tag:blogger.com,1999:blog-87931582113723122642024-03-12T18:39:35.007-07:00Impericia médica y hospitalariaReflexiones de un abogado litigante.
Twitter@LawPscUnknownnoreply@blogger.comBlogger139125tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-881520858748215202023-06-07T12:12:00.005-07:002023-06-11T08:39:30.831-07:00Honorarios periciales<p> </p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://www.expertinstitute.com/wp-content/uploads/2020/09/10.1.20-expert-witness-role-2700x2000-1.jpg" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="593" data-original-width="800" height="200" src="https://www.expertinstitute.com/wp-content/uploads/2020/09/10.1.20-expert-witness-role-2700x2000-1.jpg" width="243" /></a></div><br /><span style="font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-align: justify;">A medida que los casos se vuelven más complejos y
especializados, la necesidad de peritos o expertos calificados para
proporcionar testimonio pericial y análisis se ha vuelto vital. En el tema de
la impericia médico-hospitalaria, el peritaje es indispensable. Sin embargo,
con esta creciente necesidad también ha surgido la cuestión de la razonabilidad
de los honorarios que cobran esos peritos. Para los abogados que litigamos
casos de víctimas de impericia médico-hospitalaria, el tema resulta vital, pues
las víctimas pueden ver coartado su derecho a tener acceso a la justicia. Sin
embargo, asumiendo que se pueda costear el peritaje inicialmente, surge una
segunda etapa, si es que el caso tiene mérito.</span><p></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">Una vez radicada la demanda, comienza el
descubrimiento de prueba y dentro de este proceso, las deposiciones a los
distintos peritos de las partes. Cuando no hay acuerdo sobre la cuantía a
cobrar por los peritos, interviene el tribunal para “regularlos.” Los
tribunales deben sopesar varios factores para determinar lo que se considera
"razonable", que es el criterio rector que imponen nuestras reglas de
procedimiento civil en torno al descubrimiento de este tipo de prueba. Aunque
no hay una regla fija, varios criterios se utilizan generalmente para este
propósito.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">El primer criterio es el área de especialización del
perito. Esto es crucial porque el nivel de especialización puede influir en el
valor del testimonio pericial que proveerá. Por ejemplo, un perito con una
subespecialidad relevante para el caso puede cobrar más que uno con una
especialización general. Esto se debe a que el primero puede tener
conocimientos más profundos y experiencia en la materia específica del caso.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">En segundo lugar, para proporcionar la perspectiva
pericial, la educación y la formación necesarias del perito también son
importantes. Un perito que ha pasado años de estudio y de práctica profesional
para obtener una calificación o experiencia particular puede justificar
honorarios más altos. Esto presupone una especie de reconocimiento de la
inversión significativa de tiempo, esfuerzo y recursos financieros que el perito
ha hecho en su campo.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">También se consideran las tarifas prevalecientes de
otros expertos respetados. Si bien cada caso es único, el costo de los
servicios periciales suele ser similar con lo que otros expertos del mismo
campo cobran por igual servicio. Este criterio ayuda a prevenir excesos al
proporcionar un punto de referencia o categoría dentro del cual los honorarios periciales
deben caer.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">El siguiente factor es la naturaleza, calidad y
complejidad de las respuestas solicitadas en el descubrimiento de la prueba. La
información solicitada puede variar significativamente en términos de
complejidad y puede requerir diferentes niveles de análisis y tiempo para
prepararla. Es natural que un perito que proporciona información particularmente
compleja o que requiere una cantidad significativa de tiempo para prepararse cobre
más.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">Los honorarios que realmente se están cobrando a la
parte que contrató al perito y los que el perito ha cobrado tradicionalmente en
asuntos relacionados son otros factores importantes. Estos criterios ayudan a
proporcionar un contexto y evitar posibles controversias sobre los honorarios.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-top: 12pt; text-align: justify;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR;">Finalmente, cualquier otro factor que probablemente
sea útil para el tribunal al balancear los intereses implicados puede ser
relevante. Esto podría incluir factores tales como la importancia del
testimonio del perito para el caso, la disponibilidad de otros peritos, las
tarifas estándar en la jurisdicción y la ubicación o residencia del perito.<o:p></o:p></span></p>
<span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES-PR; mso-bidi-language: AR-SA; mso-fareast-font-family: Calibri; mso-fareast-language: EN-US; mso-fareast-theme-font: minor-latin;">En resumen, determinar la razonabilidad de los honorarios periciales es un proceso difícil que requiere que el Tribunal considere una variedad de factores. El objetivo es asegurar que los peritos reciban una remuneración justa por su tiempo y experiencia, al mismo tiempo que se evita cargar a las partes adversas con costos excesivos y limitar de forma irrazonable su derecho como litigante a descubrir la prueba que se presentará en su contra. </span>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-10883745964600972222023-05-25T05:37:00.001-07:002023-06-11T08:34:38.582-07:00Caídas de Pacientes en los Hospitales<p style="text-align: justify;">Los hospitales de Puerto Rico están muy preocupados por la seguridad de los pacientes. Las caídas son uno de los muchos riesgos que enfrentan los pacientes. Las consecuencias graves de las caídas incluyen lesiones, discapacidades e incluso la muerte.</p><p style="text-align: justify;">En los hospitales de Puerto Rico, hay una serie de factores que contribuyen al riesgo de caídas. La situación de los pacientes es uno de ellos. Muchos pacientes hospitalizados tienen problemas de equilibrio y coordinación, como debilidad, movilidad reducida o efectos de medicamentos. Además, el estrés emocional y la falta de familiaridad con el entorno hospitalario pueden aumentar la propensión a las caídas.</p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Un factor adicional es la falta de personal adecuado. Los hospitales a menudo tienen sobrecargas y pocas enfermeras y auxiliares. Esto puede conducir an una supervisión inadecuada de los pacientes y una respuesta tardía a las señales de riesgo de caídas. Además, la falta de comunicación efectiva entre el personal médico y de enfermería puede hacer que sea más difícil identificar y aplicar medidas preventivas.</p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Es fundamental implantar medidas preventivas efectivas para reducir el riesgo de caídas en los hospitales de Puerto Rico. En primer lugar, al ingresar a cada paciente, se debe realizar una evaluación completa del riesgo de caídas. Esto implica identificar factores de riesgo individuales, como la
debilidad muscular, la inestabilidad ortostática y la necesidad de dispositivos
de asistencia para la movilidad.</p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span face=""Arial",sans-serif" lang="ES-PR" style="mso-ansi-language: ES-PR;">Con base en esta
evaluación, se deben establecer planes de atención individualizados que
incluyan precauciones específicas para prevenir caídas. Estas medidas pueden
incluir el uso de dispositivos de sujeción del paciente, como las barandas
laterales en las camas, y la colocación de señales de advertencia en los pisos
resbaladizos. Además, es esencial garantizar una supervisión adecuada de los
pacientes en riesgo y asegurar la disponibilidad de personal capacitado en
técnicas de manejo de caídas.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span face=""Arial",sans-serif" lang="ES-PR" style="mso-ansi-language: ES-PR;">Por otra parte, La
educación y la participación del paciente y sus familiares también son clave.
Es importante que los pacientes y sus familias estén informados sobre los
riesgos de caídas y las medidas de prevención. En cuanto al paciente, esto
puede incluir promover su movilidad segura, la incentivación de la
participación en programas de rehabilitación y la notificación inmediata al
personal médico o de enfermería en caso de cualquier preocupación o cambio en su
condición.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span face=""Arial",sans-serif" lang="ES-PR" style="mso-ansi-language: ES-PR;">Conclusión:<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span face=""Arial",sans-serif" lang="ES-PR" style="mso-ansi-language: ES-PR;">El riesgo de
caídas en los hospitales es un problema significativo que requiere una atención
adecuada. La implementación de medidas preventivas efectivas y la cooperación de
las familias, puede reducir la incidencia de caídas y mejorar la seguridad de
los pacientes. <o:p></o:p></span></p>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-89474663284595224302021-10-04T09:25:00.001-07:002021-10-04T09:28:37.295-07:00La Seguridad del paciente... ante todo<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjkvkMbcrKJLwoRA0j-VGhSRTxYiFlPsVD0n0jAB2aIa9S44CZuPDmKSZCYPXW3Wu32DnToXCyn3iVBk_8OcZUL-NlHr2D_avYymLhS7Oo5Swrsx1jSdFm7pcomDesBX9yvjgPjbD0xRnI/s950/IMG_8252.PNG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="424" data-original-width="950" height="143" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjkvkMbcrKJLwoRA0j-VGhSRTxYiFlPsVD0n0jAB2aIa9S44CZuPDmKSZCYPXW3Wu32DnToXCyn3iVBk_8OcZUL-NlHr2D_avYymLhS7Oo5Swrsx1jSdFm7pcomDesBX9yvjgPjbD0xRnI/s320/IMG_8252.PNG" width="320" /></a></div><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt;"><br />El
pasado 17 de septiembre se conmemoró el Día Mundial de la Seguridad del Paciente,
establecido por la Organización Mundial de la Salud en 2019. La OMS estableció
ese “Día” con el fin de fomentar el activismo de la propia población en su
seguridad en los temas de salud y, en términos generales, promover acciones y desarrollar
actitudes que mejoren la seguridad de los pacientes, evitando y reduciendo los
daños que puedan sufrir. Como ocurre con muchas celebraciones, el Día
Internacional de la Seguridad del Paciente pasó sin pena ni gloria en nuestro
país.<o:p></o:p></span><p></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt;"><span style="mso-spacerun: yes;"> </span><span style="mso-tab-count: 1;"> </span>Múltiples
iniciativas han sido tomadas por los gobiernos y el sector privado a nivel
mundial durante la pandemia. Puerto Rico no ha sido la excepción, primero para
promover las pruebas y luego las vacunas para combatir el coronavirus. Como
parte de las iniciativas de nuestro gobierno se encuentran las ya famosas y
frecuentes Ordenes Ejecutivas.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-PR;">Las redes
sociales están repletas de expresiones, haciendo eco a las políticas públicas. Estas
actualmente contienen privilegios de movimiento para los vacunados y lo que muchos
interpretan, la restricción indebida y el desprecio solapado hacia los no
vacunados. Las diferencias de opinión pueden llevar una carga dura de recriminación
y desprecio implícito para el que expresa una opinión contraria a la vacunación,
porque hay la tendencia de primero matar al mensajero.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-PR;">En la vigente
Orden Ejecutiva se incluyó un lenguaje que, al ser interpretado, en mi opinión,
-y estoy vacunado – puede provocar gran perjuicio a los no vacunados. En ese
espectro no solo se encuentran personas que no se vacunan porque no les da la
gana. También hay otras que están impedidos o no desean haceróno por alguna
razón médica u otra que, para ellos, es completamente válida. <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-PR;">Pacientes
en Puerto Rico están siendo requeridos a presentar una prueba negativa, como
condición para poder recibir servicios médicos ambulatorios para sus condiciones
crónicas. Haciendo una interpretación más restrictiva que la Orden, algunos médicos
se autodefinen “operadores privados” y no atienden pacientes nuevos a menos que
estén vacunados o presenten prueba de PCR negativa. Ocurre en las oficinas
médicas que atienden normalmente condiciones crónicas, como si los vacunados no
pudiesen contagiar al que no lo está. ¿Vale exigir pruebas negativas a los no
vacunados para acceder a una oficina médica, cuando algún vacunado en su
interior, contagiado pero asintomáticos los puede contagiar?<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-PR;">De las
advertencias del CDC, esas que no leemos, surge que personas que les baja el
sistema inmunológico debido a que toman ciertos medicamentos, puede que no estén
protegidos. Ello, aunque se hayan vacunado completamente. <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-PR;">Si una
persona muere por COVID, porque decidió no vacunarse, es desafortunado que haya
la tentación de pensar que esa persona “se lo buscó”. Y no tiene que ser así. La
empatía incluye entender que lo que para uno es un disparate, para otro es
genuino. Demasiadas actitudes tienen su origen en la desinformación, pero otras
nacen de la crianza, de los valores personales y de las experiencias
individuales. ¿Por qué no ser empáticos? Debemos aspirar a ser una
sociedad que proteja a sus pacientes…, a todos.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-indent: 35.4pt;"><span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-PR;">¿Qué
hacemos con los no vacunados? ¿Los tiramos a pérdida? ¿Los encerramos en sus
hogares? ¿Qué ocurrirá con los que tienen condiciones crónicas de salud que no
se pueden o no se quieren vacunar? ¿Será posible que no reciban la atención
médica que requieran sus condiciones? La seguridad del paciente debe conmemorarse,
pero debe ser aspiración continua e incondicional en una sociedad empática.<o:p></o:p></span></p>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-47507629513028040322021-06-18T08:53:00.013-07:002021-06-18T09:29:14.825-07:00R E H E N E S <p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; mso-ansi-language: ES-PR; mso-fareast-font-family: "Times New Roman";"><span style="mso-tab-count: 1;"> </span></span></p><p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12pt; mso-ansi-language: ES-PR; mso-fareast-font-family: "Times New Roman";"></span></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg49MkwMBwb18gKG8jj2j8gGdGyuLclp6GRAl4lz5pkWPFVxPz13spXQm7VzmlGxa_KbvwYOYzg2-zV3gxn9inWVTIBNGX8A0CVYf6V5GesSvis7_0ehzgZRPyAROHqPFocdfe34A1uwp0/s1200/hostage-cropped-100270474-large.jpg" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1050" data-original-width="1200" height="280" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg49MkwMBwb18gKG8jj2j8gGdGyuLclp6GRAl4lz5pkWPFVxPz13spXQm7VzmlGxa_KbvwYOYzg2-zV3gxn9inWVTIBNGX8A0CVYf6V5GesSvis7_0ehzgZRPyAROHqPFocdfe34A1uwp0/w320-h280/hostage-cropped-100270474-large.jpg" width="320" /></a></div><br />En mayor o menor grado, todos hemos
ido a algún hospital en Puerto Rico, aunque sea para visitar a un paciente que busca
servicios de salud. En caso de una emergencia, no hay billete que pague
montarse en un avión y coger la ‘juyilanga’ para procurar ese servicio en los
EEUU. Aunque haya el dinero, el tiempo apremia en una eventualidad donde esté
en juego la integridad física y hasta la vida. Cuando no hay una emergencia,
sin embargo, siempre existe para algunos afortunados, la opción del avión.
Todos conocemos personas que han optado por procurar servicios de salud en ese
país.<p></p><p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Haciendo
abstracción total de las estadísticas que, confieso, no he buscado, y de los costos
absurdos, EEUU tiene la reputación de tener uno, quizá el mejor sistema de servicios
de salud en el planeta. A ese país acude gente de todo el mundo e idiosincrasias
a estudiar medicina, y todas sus especialidades y subespecialidades habidas y
por haber. Por tanto, en ese país muchos médicos se quedan y llevan o hacen
familia; el resto se regresa a su país de origen.</span></p><p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Según
he leído hoy, este próximo domingo Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, se
propone viajar a Miami, EEUU, para someterse a una cirugía electiva para
mejorar su movilidad y soltar el bastón que ha tenido que usar por siete
años, tras un accidente y posterior hospitalización en la cual fue objeto de
una</span><a href="https://www.eltiempo.com/mundo/latinoamerica/en-que-consiste-cirugia-que-le-haran-al-presidente-lasso-en-estados-unidos-596651" style="font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;"> impericia médica en su país</a><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">. La cirugía, dicen, es de “mediana complejidad”,
consistiendo en eliminar un quiste alojado en su área lumbar, tras la cual
retornaría a sus funciones tan temprano como el próximo 30 de junio.</span></p><p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">La
cirugía de “mediana complejidad” del presidente Lasso, supone la intervención
de un neurocirujano, ya que cualquier desvío del área quirúrgica con el
escalpelo, lo puede dejar parapléjico para el resto de sus días. Es de público
conocimiento la eliminación de la residencia de neurocirugía de nuestro
principal recinto de ciencias médicas en la Universidad de Puerto Rico. Ello
implica que no habrá nuevos neurocirujanos en nuestro querido país, al menos
antes de 2030, si es que somos optimistas. Claro, el gobierno o los hospitales
de Puerto Rico pueden importar neurocirujanos de EEUU y pagarles un salario no
menor de medio millón de dólares anuales. Con la situación fiscal precaria del
gobierno y el llantén financiero de los hospitales privados, imaginar esa
posibilidad provoca risa. Lo que lleva obligatoriamente a preguntarnos: ¿cuántas
personas en Puerto Rico podrían gestionar los servicios de un neurocirujano
para un tipo de cirugía, no digamos del cerebro, sino una de “mediana
complejidad” como la que hemos descrito del presidente ecuatoriano? Ciertamente
no muchas personas en Puerto Rico sin seguro médico podrían pagar los
honorarios de una cirugía del cerebro sin seguro médico, que podría fluctuar
entre $50 mil a $150 mil dólares, sin contar con los servicios de
anestesiólogo, anestesista, servicios ancilares de imágenes y otros, y el
período hospitalario y de recuperación.</span></p><p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Para una simple cita rutinaria con
un especialista en oídos, nariz y garganta (otorrinolaringólogo) o un
oftalmólogo, tienes que esperar varios meses. Hay muchos dentistas que no están
aceptando nuevos pacientes, particularmente en este período de pandemia. En
fin, para hacer una cita con un especialista en Puerto Rico, debes esperar
varias semanas, quizá meses. Medicare no paga servicios dentales, así que,
imagino, quieren a todos los viejos, pero mellaos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt;">Nuestro país viene sufriendo de un éxodo
de miles de médicos, que ha sido constante desde 2010. A pesar de lo que
siempre han alegado los presidentes del Colegio de Médicos de Puerto Rico desde
hace dos décadas, no son las demandas de impericia médica que los agobian.
Estas radicaciones se han mantenido estables en los bajos 300 casos anuales,
según estadísticas de la OAT. Frustrados primordialmente por el pedacito del “pie”
que les llega, luego de que los planes médicos le pagan - poco y de manera
morosa- un gran número de buenos médicos han decidido emigrar hacia los EEUU,
incluso empleándose en hospitales ubicados en reservaciones indias o en lugares
de pobre acceso, donde, a diferencia de nuestra Isla, reciben salarios que no
pueden rechazar. Otros obtienen sus especialidades en ese país y no regresan. Todos
se mudan con familia y bártulos, para hacer vida familiar y social en ese país,
a pesar de que el nuestro asumió en su momento la mayor parte del costo real para
obtener su grado médico.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt;">Lo que he mencionado versa solamente
de los profesionales médicos. Ni hablar del personal de enfermería y servicios
ancilares que actualmente reciben salarios exiguos de los hospitales,
propiciando en bastantes ocasiones turnos asfixiantes y mal pagados y su propio
éxodo en busca de mejor calidad de vida. Ello, en perjuicio de la atención y
cuidado que merece todo paciente que va en busca de servicios médico-
hospitalarios en nuestra bendita Isla Grande, porque la chiquita Vieques ni con
un hospital cuenta.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt;">El futuro de nuestros servicios medico-hospitalarios
no puede ser mas preocupante, particularmente para la gente que carece de
medios económicos en un plan de salud gubernamental que deja mucho que desear,
que es la mayoría de la población. Las companias de planes de seguros medico
hospitalarios parecen ser intocables por los distintos gobiernos con sus
legislaturas en mediano y a corto plazo. Los médicos seguiran cogiendo la ‘juyilanga’
y nuestros hospitales seguirán con su llantén. No solo los médicos y hospitales
son rehenes de los planes de seguro de salud en Puerto Rico. ¿Quié con un trauma cerebral severo o una aneurisma tendrá servicio de neurocirugía de emergencia en Puerto Rico? </span></p><p class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: 0in; text-align: justify;"><span style="color: #323232; font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt;">Somos todos rehenes
de servicios de salud deficientes, porque, a pesar de ser un derecho en Puerto Rico, poco a
poco se ha convertido en un privilegio. </span></p>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-10201442536254819342019-07-02T08:02:00.002-07:002023-01-31T15:15:42.687-08:00<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi1mEwMxX2Y3d3Mb4Dr5lKzlX_MU7yENhH6fLkvys0aKqfYoJmeQmlSgJRDF7-l7QpxEciihz_nvUG8-GJPsTF7uWJ03h-cC_Ummx5S7nHt9JG2fRheV2eoPVZI1YSWpnNjKtrEoWHgPHo/s1600/jacket.jpg" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><br /></a></div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-661409131185066682018-12-04T08:26:00.003-08:002018-12-05T09:47:04.866-08:00VIVA la Judicatura, MUERA el panel de arbitraje <br />
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<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbNePxiMCFrnTcPc3IErqFmd955XcH16k-anqiXthW7glCDKepUp7efGPzbk5aK67VaEpw1laQteH8iMDXgPeYCP0gc6GZnSFLeTqnsQn0ZGX_e07TG0G4lN52ZXaoJapouhCS3oLTWhw/s1600/Santa+clos.gif" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="255" data-original-width="250" height="200" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbNePxiMCFrnTcPc3IErqFmd955XcH16k-anqiXthW7glCDKepUp7efGPzbk5aK67VaEpw1laQteH8iMDXgPeYCP0gc6GZnSFLeTqnsQn0ZGX_e07TG0G4lN52ZXaoJapouhCS3oLTWhw/s200/Santa+clos.gif" width="196" /></a></div>
El gobernador acaba de complacer al Colegio de Médicos de Puerto Rico, convirtiendo en ley el proyecto de la cámara 1083 (en conferencia) que crea paneles de arbitraje regionales y la imposición de fianza a las víctimas, como supuestos filtros de casos de impericia médica y hospitalaria. Parafraseando a nuestro escritor Abelardo Díaz Alfaro, "Santa Cló no va a la Cuchilla", hace rato que llegó y se quedó en Fortaleza.<br />
<br />
Cual regalo de navidad entregado prematuramente, el presidente del gremio médico, y unos cuantos de sus colegas, acudieron sonrientes y complacidos a la firma de la ley que crea el ansiado "cedazo" a las demandas de impericia. Ello, bajo los falsos supuestos de que esta ley sirve de disuasivo al éxodo que ha experimentado la profesión médica de Puerto Rico desde hace unos años hacia los Estados Unidos y de que, también, erradicará las demandas "frívolas" del panorama judicial.<br />
<br />
Con la aprobación de esta ley, ya es el segundo obsequio que reciben los médicos de manos del gobernador de Puerto Rico, siendo el primero el beneficio contributivo aprobado mediante la Ley 14 de 2017, estableciendo una tasa fija de contribución sobre ingresos de 4% por 15 años. Es de rigor un breve trasfondo, para que se entienda cuál es el alcance de la ley que ha firmado nuestro joven gobernador y que trastocaría la litigación de este tipo de casos en Puerto Rico. Veamos.<br />
<br />
La creación de foros alternos para la resolución de casos de impericia médica se originó en la década de los setenta en EEUU, cuando surgió la primera crisis de los seguros de impericia médica. Aduciendo razones de inadecuación tarifaria y el incremento en la cantidad de demandas por impericia médica, algunas aseguradoras de ese riesgo abandonaron ese mercado que, hasta ese momento, había sido sumamente lucrativo para éstas. La salida del mercado y el aumento de primas creó a los médicos un problema real de escasez en la disponibilidad de seguros para cubrir el riesgo, lo que fue percibida en sus bolsillo. Desde entonces, voces informadas argumentaban, a <i>contrario sensu</i>, que el problema económico en el negocio de los seguros de impericia médica se debía, en gran parte, a malas decisiones sobre las inversiones que de su capital de reserva, hacían. Achacaban la situación, sobretodo, a los altibajos en la bolsa de valores, provocados en aquella época, por una crisis en el suministro de petróleo, debido a decisiones unilaterales de los países del medio oriente productores del crudo.<br />
<br />
Así comenzó la primera de las tres crisis de los seguros de impericia médica que ha tocado igualmente, de tiempo en tiempo, a Puerto Rico, coincidental al movimiento bursátil de Wall Street. De la inconformidad de la clase médica y de las aseguradoras con el sistema compensatorio en estos casos, nacieron muchas propuestas creativas, que se discutieron de forma amplia en Estados Unidos. Así, nació en el estado de California la Medical Injury Compensation Reform Acta de 1975 (MICRA), que vino a revolcar el avispero, imponiendo, entre otras cosas, paneles de arbitraje para los casos de impericia médica. Por la naturaleza de este escrito, basta mencionar que, a largo plazo, las medidas incorporadas por la MICRA no menguaron la cantidad de demandas supuestamente frívolas. Sin embargo, esta ley creó un espejismo para los médicos que, poco a poco, se propagó por muchos estados de la nación estadounidense e, incluso, por algunos países del mundo. Cabildeadas, naturalmente, por las aseguradoras que veían en peligro sus abultados bolsillos por veredictos cuantiosos en casos anecdotales y por las asociaciones médicas que, igualmente, protegían los bolsillos de sus asociados, que terminaban pagando los platos rotos.<br />
<br />
Llegado el siglo 21, hubo dos intentos infructuosos del Presidente George W. Bush y del Partido Republicano de EEUU, para reformar el sistema compensatorio, pretendiendo hacer ley del congreso la inclusión de paneles de arbitraje, topes compensatorios y otras medidas que cercenaban derechos del paciente. Ya desde antes, en Puerto Rico, nuestro Tribunal Supremo había declarado la inconstitucionalidad de un embeleco similar, bajo el fundamente de que el panel de arbitraje creado en la década de los noventa por el primer Dr. Rosselló, era una delegación indebida y usurpación del poder judicial.<br />
<br />
Desde 2004, no han sido pocos los intentos del Colegio de Médicos para reformar las leyes de impericia médica y negligencia hospitalaria. Ese gremio ha adoptado argumentos de EEUU que no tienen relevancia en Puerto Rico, y otros como, por ejemplo, la presentación de demandas "frívolas", lo que repiten con este embeleco nuevo creado por ley. En segundo lugar, ahora anclan su posición en el éxodo de médicos.<br />
<br />
Tomemos primero el argumento de las demandas "frívolas". El Código de Ética y la Regla 9 de Procedimiento Civil imponen al abogado que presenta una demanda el deber de cerciorarse que tiene méritos, so pena de sanciones en su contra. No hay duda que en Puerto Rico se resuelven en favor de médico y hospitales un 70% de las demandas que se presentan. Ello, sin embargo, no implica que las perdidosas sean frívolas. Argumentar lo contrario implica estar sentado en la ignorancia o en la testarudez. Si fuesen frívolas, los jueces impondrían sanciones a los abogados que las presentan y no lo hacen. Por otro lado, desde <i><a href="http://www.ramajudicial.pr/ts/2012/2012tspr126.pdf">Fraguada v. Auxilio Mutuo</a></i>, resuelto en 2012, prácticamente se obliga a las víctimas de impericia a incluir en las demandas a todas las partes que podrían tener algún grado de injerencia en su caso, independientemente de que se desista en el camino de alguno de éstos.<br />
<br />
Volviendo a los paneles de arbitraje luego de la digresión, se establece por esta ley un "mini juicio" ante tres miembros, ninguno de ellos escogido por algún grupo de pacientes o de las víctimas de impericia médica. El médico, sin embargo, sería escogido por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Puerto Rico, lo que representa, del saque, un favoritismo abierto en perjuicio de los intereses de un paciente o sus familiares que haga una reclamación judicial. Este panel escucharía testigos y recibiría evidencia, previo a que las partes tengan el derecho a descubrir prueba, proceso indispensable en toda acción judicial. Esta evidencia que se descubre en un proceso ordinario, se usa en el juicio para establecer, con preponderancia de la prueba, la causa de acción o para defenderse de ésta. La ley, además, dispone que el propósito del mini juicio es para establecer una fianza para seguir el curso ordinario, que cubra las costas y gastos que incurriría la parte demandada de prevalecer eventualmente, lo que deja abierto el asunto a la discreción del juez. Establecer una fianza, sin duda, impone trabas al acceso a los tribunales que provee nuestro orden constitucional para la reparación de agravios. Eximiría de la fianza a una persona que podría litigar ordinariamente en forma paupérrima, es decir, a un indigente, una idea que se le ocurrió a alguien, pero un recurso que casi nadie utiliza en Puerto Rico.<br />
<br />
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes citó vistas para la discusión del proyecto de ley en cuestión. El Colegio de Abogados hizo su ponencia por medio del presidente de su Comisión de Salud y Negligencia Médico Hospitalaria, el profesor de derecho Lcdo. Ariel Caro. La Asociación de Víctimas de Impericia Médica igualmente compareció. Ambos cuerpos se opusieron al proyecto de ley, particularmente, porque era innecesario y no se justificaba para atender el problema del éxodo de médicos, que le servía de excusa. Sendos memorandos con fundamentos en estadísticas y en derecho fueron presentados, pero no se nos hizo caso. Los legisladores terminaron doblegándose ante los intereses del Colegio de Médicos de Puerto Rico, empeñado desde hace más de una década, en crear estos paneles de arbitraje y la instauración de otras decapitaciones creativas a los derechos de sus propios pacientes, que, auguro, pronto intentarán ver la luz, como la han visto varias inmunidades y este proyecto.<br />
<br />
Por otro lado, en protección de la judicatura del país, la ley aprobada tiene el efecto de contaminar al juez de la sala ante quien se presenta el caso, con la prueba pericial disponible. Ello, porque la ley exige presentar con la demanda un informe pericial que la apoye, que el juez deberá analizar, para resolver si opera para excepcionar el nombramiento del panel de arbitraje. No es una affidavit de mérito, como se exige en otras jurisdicciones, sino un informe completo, luego de haberse analizado el récord médico y repasado la literatura pertinente.<br />
<br />
Esta ley no considera que el término de prescripción disponible para radicar es de solo un año, a diferencia de muchas jurisdicciones estadounidenses, donde el período es más largo. Tampoco toma en cuenta el hecho de que muchas víctimas llegan cerca del año a las oficinas del abogado. Tampoco considera la disponibilidad de peritos verdaderamente serios y calificados en Puerto Rico, dispuestos a evaluar los casos. Obligarían a la víctima a la búsqueda urgente de médicos no calificados, que sirvan de "ten-ten-pié" a su demanda, ya que de los serios y calificados, pocos existen en Puerto Rico.<br />
<br />
El éxodo de médicos no se resuelve con este embeleco, porque las demandas de impericia no lo han propiciado. Un informe del propio Colegio de Médicos hace unos cuantos años establece cuáles son las razones y las demandas de impericia no están en la lista. Los legisladores y el gobernador deben actuar con los planes de seguros médicos; ésa es la razón por la que los médicos se van. De hecho, tan cerca como en el verano de 2018 lo admitió incluso su presidente y otros médicos entrevistados<i>: "</i><strong style="background-color: white; font-family: Georgia, serif; font-style: italic; line-height: 1; margin: 0px; padding: 0px;"><a href="https://www.elnuevodia.com/noticias/locales/nota/lafugademedicosamenazalasalud-2436908/"><span style="font-size: x-small;">la falta de control y fiscalización sobre las aseguradoras es el factor principal detrás de la fuga de médicos." </span></a></strong><br />
<br />
¿A quien le amarga un dulce? Los médicos reciben esta ley con los brazos abiertos y la misma sonrisa evidenciada en el acto de su firma. Con la misma sonrisa que recibieron el privilegio contributivo. Nadie se llame a error; esta ley tendrá la férrea oposición de los pacientes potenciales de impericia médica y de los abogados, en particular de los que día a día litigamos este tipo de casos, incluyendo a los de defensa, porque es una ley disparatada, de privilegio, innecesaria, injusta y de dudosa constitucionalidad. No trastoque el gobierno nuestro estado de derecho y deje quieto al sistema judicial de Puerto Rico, que ha trabajado bien estos casos. Nuestros jueces tienen la facultad de actuar en estos casos - y la mayoría actúa - conforme a derecho y, sobretodo, de acuerdo a los dictados de su conciencia y, contrario a los políticos, no buscan votos.<br />
<br />
<br />
<br />
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<br />Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-34077925136577608502018-09-19T11:15:00.003-07:002018-09-19T11:15:50.666-07:00"KERNICTERUS"<div style="text-align: justify;">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgOUHtfvypm6rbvuBje18ECE2i3Ei2ZZIaLixO6-uWONOb3dRLURsLrbcM_tZCiFc5hmJht7OqkBfk9NbSOilf061oS1enLjltoa5wwpgUE1g-xde4SiTwBIewYTzt8aBPm6yr6zoZKzTU/s1600/fototerapia.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgOUHtfvypm6rbvuBje18ECE2i3Ei2ZZIaLixO6-uWONOb3dRLURsLrbcM_tZCiFc5hmJht7OqkBfk9NbSOilf061oS1enLjltoa5wwpgUE1g-xde4SiTwBIewYTzt8aBPm6yr6zoZKzTU/s1600/fototerapia.jpg" /></a></div>
Un tema apasionante que he visitado en varias ocasiones como abogado litigante en casos de impericia médica y negligencia hospitalaria, es el daño cerebral, ocurrido alrededor del nacimiento de un niño. Fue fascinante descubrir cómo algo tan simple como un mal manejo de la fototerapia, podría ocasionar este daño.<br />
<br />
Cuando abordé por primera vez el tema de la fototerapia como abogado, fue por el relato de unos padres que llegaron a mi oficina alegando que su hijo, entonces de cinco años, había sufrido daño cerebral severo y permanente relacionado con el manejo médico y hospitalario que recibió durante sus primeros días de nacido. Hasta ese entonces, la fototerapia representaba para mí solo la imagen de un bebé en una pequeña cuna alumbrada por lámparas, tras los cristales de un "nursery". Los padres que conocí con su pequeño hijo cambiaron toda mi perspectiva sobre ese tema, para siempre.<br />
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Una de las primeras interrogantes que me surgieron con el relato de los padres amorosos que tenía ante mí, fue por qué razón habían tardado tanto en buscar ayuda legal. Me contestaron que no conocieron la verdadera razón por la cual su hijo tenía retraso en su desarrollo, sino hasta hacía unos cuantos meses, y fue luego cuando se decidieron a buscarla.<br />
<br />
Desde que su pequeño hijo fue dado de alta del hospital, luego de tres semanas de estadía y manejo médico hospitalario, habían recorrido muchas oficinas de médicos con especialidades entre otras, pediatría, neurología, endocrinología, audiología, oftalmología. Ninguno de los médicos que visitaron por varios años, daban con la fuente o, como dicen, etiología del retraso en el desarrollo de su hijo. Múltiples exámenes especializados le fueron practicados a su hijo con el fin de descartar condiciones metabólicas y otras que no hace falta mencionar. Todos los exámenes apuntaban a que el niño sufría de daño cerebral severo y permanente, compatible algunos de sus hallazgos con perlesía cerebral.<br />
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La sorpresiva revelación ocurrió en la segunda visita de los padres con su hijo a un hospital de niños fuera de Puerto Rico, donde acudieron en búsqueda de respuestas. Luego de varios exámenes mega especializados, y encontrando que el daño se focalizaba en varios puntos específicos del cerebro, el neurólogo pediátrico que examinó al niño y que estudió todo su historial médico, al fin dio con el verdadero diagnóstico: <a href="http://www.kernicterus.org/">KERNICTERUS</a>.<br />
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Hago este relato porque es probable que hayan padres que se encuentran en la situación de no saber o comprender la razón del retraso en el desarrollo de sus pequeños retoños. Conocer a los padres de mi relato me hizo entender a cabalidad la angustia por la que pueden atravesar unos padres que se encuentran en el limbo ante el desconocimiento de la verdadera etiología de la condición de sus hijos.<br />
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En este punto el lector se preguntará: ¿y qué tiene que ver el kernicterus con la fototerapia?<br />
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Las estadísticas han evidenciado que tanto como el 60 porciento de todos los niños que nacen son afectados por ictericia fisiológica en la primera semana de vida. Es fácil percibir esta condición observando el color amarillento en que se torna la piel del neonato. Es un hecho probado que aproximadamente el 10 porciento de los bebés que son lactados, pueden mantener la ictericia hasta transcurrido el mes de nacido.<br />
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La ictericia neonatal o hiperbilirubinemia, se detecta por estudios de laboratorio, cuando los niveles de bilirrubina en la sangre han aumentado del nivel que se considera normal. Cuando el hígado recién estrenado del neonato no puede lidiar con la cantidad de bilirrubina, su cuerpo se torna amarilloso. Esta condición no pasa de ser un pequeño susto para muchos padres que tienen que ver a sus recién nacidos sometidos al proceso de fototerapia, que todos conocemos. Para otros, como los padres de mi relato, el manejo simple de la fototerapia por un grupo de médicos y enfermeras, se convirtió en una pesadilla que ha cambiado a su familia para siempre. Un manejo médico hospitalario inadecuado y negligente de la hiperbilirubinemia de su hijo provocó que una cantidad de bilirrubina llegara a su cerebro, produciéndole un daño grave.<br />
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En la mayoría de los casos, los altos niveles de bilirrubina del neonato con ictericia pueden ser disminuidos al nivel normal con meramente exponerlo a unas lámparas en su cuna, con la debida protección de sus ojos y su genitalia. Es imperioso un monitoreo cercano y frecuente de estos niveles de bilirrubina para que se pueda alterar la fototerapia, bien para prolongarla o para descontinuarla. También se deben descartar otras condiciones médicas, en un ejercicio aceptable de diagnóstico diferencial.<br />
<br />
Un altísimo número de neonatos es tratado exitosamente con fototerapia, que funciona bajando los niveles de bilirrubina. Sin embargo, en otros la fototerapia se torna inefectiva para bajar los niveles de bilirrubina y entonces se debe recurrir a un procedimiento que se denomina como <a href="http://www.youtube.com/watch?v=IKLqy9WMyjk">exsanguinotransfusión ("exchange transfusion")</a>, donde literalmente le cambian la sangre al recién nacido.<br />
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Siempre han habido gráficas para el tratamiento, guías y estándares publicados por la Academia Americana de Pediatría, que instruyen a los médicos y enfermeras, tanto para comenzar con la fototerapia, como para recurrir al remedio extremo de la exsanguino-transfusión. Conocer cabalmente estos instrumentos de conocimiento médico vigente es deber ineludible de todos los médicos y del personal hospitalario que lidian a diario con recién nacidos.<br />
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Desde el punto de vista del médico y del hospital, no mantenerse al día en el conocimiento para el manejo de la hiperbilirubinemia neonatal implica exponerse a una demanda por impericia médico-hospitalaria. Una reclamación donde tendrán que pagar muchísimo dinero y, posiblemente, vivir con algún grado de remordimiento por algunos años, hasta que lo olviden, dependiendo de la sensibilidad humana que se tenga. Sin embargo, la consecuencia inexorable de este desconocimiento negligente, para <u>todos</u> los protagonistas, no solo es económica. Lo peor de todo cuando se desconocen estas guías de tratamiento es la gran probabilidad de imponer una sentencia de cadena perpetua, no solo al bebé que sufre el daño cerebral por negligencia, daño del que estará consciente a diario, sino una que será pagada por todos en su familia, para toda la vida. REPOST</div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-80688026100018973172018-09-11T09:15:00.004-07:002018-09-19T11:05:53.327-07:00Cesáreas innecesariasHablemos un poco del tema de la impericia médica que pasa desapercibida en Puerto Rico, aunque puede que ocurra a diario en cualquier hospital de nuestra nación. En Puerto Rico, Estados Unidos, en fin, en todos los países, millones de pacientes al año se someten al escalpelo de sus cirujanos por distintas razones. Sin embargo, ¿han sido necesarias todas esas cirugías?<br />
<br />
No es un secreto que muchos pacientes han sido sometidos y han pagado por cirugías que no son necesarias. Los únicos que parecen beneficiarse de estos procesos innecesarios son obviamente los medicos y los profesionales de la salud que les prestan a los pacientes servicios incidentals al proceso quirúrgico. En Death by Medicine, <a href="http://www.lef.org/magazine/mag2004/mar2004_awsi_death_02.htm">http://www.lef.org/magazine/mag2004/mar2004_awsi_death_02.htm</a>, Dr. Gary Null estimó que anualmente se hacen 7.5 milones de procesos médicos innecesarios. En lugar de resolver los problemas, el Dr. Null añade que estos procesos médicos innecesarios muchas veces no hacen sino provocar y hacer que surjan nuevos y mayores problemas de salud y en ocasiones la muerte del paciente. De este dato podemos dar fe.<br />
<br />
De acuerdo a Under The Influence of Modern Medicine por Terry A. Rondberg, un informe de 1995 de Milliman & Robertson, Inc. concluyó que cerca del 60% de todas las cirugías practicadas son realmente innecesarias. Entre estos procesos se encuentran predominantemente las histerectomías, las cesáreas y cirugías para puentes arterio-coronarios.<br />
<br />
No conocemos datos estadísticos en Puerto Rico sobre la totalidad de procesos quirúrgicos que son practicados de forma innecesaria. Solo en una de las cirugías, la cesárea, se ha informado por la Organización Mundial de la Salud, que Puerto Rico tiene la dudosa distinction de estar ubicado dentro de los primeros países en incidencia, con alrededor de 45% de los partos hechos por este método.<br />
<br />
Tras una cirugía innecesaria está la forma y manera en que el médico obtiene de su paciente el consentimiento para someterse a ésta. No hay duda de que, para ello, el medico tiene que inyectar un ingrediente de engaño en el proceso de tomar el consentimiento a su paciente. De otra forma no lo obtendría. En este engaño del medico a su paciente yace el problema no solo moral, sino legal en este tema de las cirugías innecesarias.<br />
<br />
En todo proceso quirúrgico existen normas y protocolos estándares que deben primar antes de proceder con éste. La cesárea no es la excepción. Después de todo, una cesárea desvía el proceso de parto natural hacia uno que no lo es. Debe justificarse adecuadamente la decisión que toma un médico para ordenar una cesárea. Sin embargo, razones puramente personales del médico, ajenas al bienestar de la madre y su hij@ están prevaleciendo en un alarmante número de casos en Puerto Rico.<br />
¿Cuales son las consecuencias de una cesárea innecesaria?<br />
<br />
No tengo duda de que cualquier cirugía innecesaria es un acto de impericia médica, desde el mismo momento en que se toma el consentimiento “informado” del paciente totalmente viciado, por contener criterios fatulos, con el solo objetivo de justificar el procedimiento. En el caso de las cesáreas, el medico no solo priva a la madre de sentir la experiencia del nacimiento de su hij@, pues la anestesia epidural se lo impide. Aún cuando el proceso resulte en un bebé completamente normal, la cirugía marca a la madre para toda su vida y, en Puerto Rico, con toda probabilidad, tendrá solamente cesáreas en el futuro, si es que decide tener nuevos hijos. (REPOST).Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-44341621028288445442018-08-24T10:25:00.002-07:002018-09-19T11:08:11.904-07:00Privilegios para el médico u hospital negligente<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmnnyJIw3XGX-G1VPF2nKqtuW1mMYM08aUQycuMaYOIBkcrFosyOk3RidoK2xWBsFpZV-rERAm7JS7kYrT5frqmrbNyNO6kSaFmLzJ7i7arrH37gUrNNHT5yQLvF8ujZ4FIjMeExXZyis/s1600/Charbonier.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="304" data-original-width="615" height="98" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmnnyJIw3XGX-G1VPF2nKqtuW1mMYM08aUQycuMaYOIBkcrFosyOk3RidoK2xWBsFpZV-rERAm7JS7kYrT5frqmrbNyNO6kSaFmLzJ7i7arrH37gUrNNHT5yQLvF8ujZ4FIjMeExXZyis/s200/Charbonier.jpg" width="200" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES-PR" style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 10.0pt; line-height: 200%;">¿Cuán importante son las víctimas de impericia médica y negligencia hospitalaria para los funcionarios electos por el pueblo de Puerto Rico? No les ha bastado con otorgar
inmunidad a diestra y siniestra. Tampoco creen suficiente legislar para darles un particular incentivo contributivo. En la revisión de nuestro Código Civil, la
representante Charbonier, quien es abogada, interesa echar al zafacón el
concepto de “solidaridad entre los causantes de un daño”, sustituyéndolo por el
de la “mancomunidad”. Que recuerde, aparte del Colegio de Médicos y la
Asociación de Hospitales, no hay otro grupo que haya cabildeado por más de
quince años, para variar el sistema jurídico compensatorio en nuestro país en
favor de su gremio.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES-PR" style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 10.0pt; line-height: 200%;">La doctrina de la
mancomunidad está estatuida en nuestro Código Civil y, al igual que la mayoría
de los estatutos que lo conforman, fue importada de España. La “mancomunidad” es
utilizada mayormente para casos de deudas económicas, surgidas en virtud de
obligaciones contractuales. Bajo la presidencia de George W. Bush se trató de
incorporar la mancomunidad, eliminando igualmente el que se aplicase la
solidaridad entre causantes de un daño al momento del pago. Allí se denominaba como
“Fair Share Rule”, o regla de participación justa, en ánimo de adscribirle una implicación
de “justicia”, que, mirada de fondo, no tenía. Según cabildeada abiertamente por
la American Medical Association entonces, la mancomunidad propuesta suponía que
los causantes de un daño respondieran a la víctima que lo sufre en la misma
proporción de negligencia que le era atribuido por sentencia en su contra. A
pesar de varios intentos, nunca esa legislación fue aprobada en el congreso
federal, aunque sí se ha hecho en varios estados de esa nación. En el sistema de
justicia federal y en Puerto Rico actualmente, bajo la doctrina jurídica de “solidaridad”
que se intenta eliminar, todos los causantes del daño le responden a la víctima
que lo sufrió por la totalidad de la sentencia. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES-PR" style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 10.0pt; line-height: 200%;">Mirándolo
superficialmente, parecería que la mancomunidad es un concepto más justo que el
de la solidaridad. Sin embargo, no lo es. En casos de impericia médica y
negligencia hospitalaria, el eslabón más débil, es decir, la víctima y sus
familiares, serían re-victimizados.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES-PR" style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 10.0pt; line-height: 200%;">El origen de la
doctrina de la solidaridad se remonta a la Francia del siglo XVIII, según la
cual los que han concurrido a un “delito civil” están todos obligados
solidariamente a su reparación. En el 1987, nuestro Tribunal Supremo en Sánchez
v. López Jiménez reconoció que “no cabe duda de la universalidad del principio
de la solidaridad en materia de responsabilidad civil extracontractual”, como
resultan ser los casos de daños por impericia médico hospitalaria. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES-PR" style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 10.0pt; line-height: 200%;">Aunque por sentencia se
le debe adjudicar el porciento de responsabilidad de cada demandado - médico y
hospital – respecto al daño ocasionado, al momento de cobrar la sentencia la
víctima puede cobrar hoy todo el dinero, de cualquiera de éstos. Una vez se
paga la sentencia, nace a favor del que paga su “acción de nivelación”. Esta causa
de acción supone que el que pagó todo, puede buscar que el resto de los
causantes del daño le paguen el dinero que les correspondía pagar originalmente.
Así se repara el daño a la víctima en este momento y no hay nada más justo con
el paciente que es el más vulnerable, palabra del momento. Bajo la norma de
mancomunidad que intenta implantar la representante del partido de gobierno, la
nivelación resulta innecesaria.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES-PR" style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 10.0pt; line-height: 200%;">En el supuesto de la
mancomunidad, si algún médico u hospital que le ocasionan daños a un paciente,
se declara insolvente o carece de un seguro de impericia médica o
responsabilidad hospitalaria, como ocurre de vez en cuando, nace una
injusticia. Es así como el paciente y sus familiares son re-victimizados, pues
carecería de medio alguno legal para ser reparados en la totalidad de sus
daños.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<br /></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-74259890815017836872017-09-12T08:54:00.000-07:002017-09-12T08:57:14.797-07:00Rehenes de la Salud<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjT7smbeBhPM9QirzypTiBZnE-NCpS-9KtUK-nDOgcOhfhW83sR17yLgVKUNPKNr8ug87KF5Im5pQK3JvBlJ9VarPq5xNFahlqhmHPdsKzVEovEZhMs_rAMHZb4OKsDDQjHbt7BkDnMB9w/s1600/hostage.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="321" data-original-width="450" height="142" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjT7smbeBhPM9QirzypTiBZnE-NCpS-9KtUK-nDOgcOhfhW83sR17yLgVKUNPKNr8ug87KF5Im5pQK3JvBlJ9VarPq5xNFahlqhmHPdsKzVEovEZhMs_rAMHZb4OKsDDQjHbt7BkDnMB9w/s200/hostage.jpg" width="200" /></a></div>
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Nada tuvo que ver el tema de la impericia médica y negligencia hospitalaria. Con su firma, el gobernador convirtió en
ley una medida legislativa justiciera, tanto para los pacientes receptores de
servicios de salud, como para los médicos de este país. </span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Sin haberse sentido aún
las bondades de la Ley Núm. 47, la llamada Junta de Supervisión
Fiscal interesa hacerla letra muerta y creo qu le dio una embestida mortal. Cual munición letal, la Junta disparó una misiva, diríamos “misil, alegando que, previo a su aprobación, el gobierno carecía
de o, al menos, no les había provisto, una certificación de disponibilidad de
recursos económicos para costear sus efectos. </span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Todo ha sido una nébula, aún
después de “que el presidente de la Junta dijera, en una entrevista radial, que
si el gobierno evidencia la fuente del dinero para costearla, “no habrá
problema alguno”. La otra cara de la moneda es que si no se produce esa “evidencia”,
sencillamente habrá problemas, implicando que la ley parará en el zafacón, lo
que ciertamente convertiría esa acción en un hito jurídico en Puerto Rico.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Hacerlo no es ilegal, pero es harto
conocido el cabildeo constante y conspicuo que las aseguradoras de planes de
salud del país desarrollaron para impedir la aprobación de esta ley. Lo
hicieron desde el mismo momento en que el presidente del Senado, Thomas Rivera
Schatz, presentó el proyecto de ley hace algunos meses. De hecho, fue ese
funcionario legislativo quien lo denunció, quizá en un intento infructuoso de
avergonzarlos públicamente. Por otro lado, el esfuerzo desplegado para que se
aprobara el proyecto de ley fue igualmente contundente, ya que contó con el
aval, entre otros, del Colegio de Abogados y del Colegio de Médicos de Puerto
Rico. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">No hay duda de que la ley pisaría los
callos de las compañías de seguros de salud. Después de todo, es <i>vox populi,</i> dentro de la industria de la
salud, que estas aseguradoras tienen de rehenes, no solo a los médicos, sino también
a los hospitales y a las entidades de servicios ancilares, a quienes pagan
migajas por sus servicios profesionales, en comparación con el dinero que
retienen para sí, como meros intermediarios. Luego de aprobada la ley por el
gobernador, PROMESA proveyó a las aseguradoras el foro idóneo. Los miembros de
la Junta asistieron al nacimiento de un recurso procesal novel: el pataleo
boricua corporativo, desconocido para todos los juristas de Puerto Rico. Su puesta
en efecto tomó por sorpresa a todos los que ya celebrábamos la aprobación de
esa ley y a la mayoría de la gente que advino recientemente al conocimiento de sus
bondades. Esta acción de la Junta produce coraje, a la vez que frustración, pues
arriesga la aplicación de una ley necesaria y justa para la salud en nuestro
país.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">La Ley Núm. 47 concede el derecho a un
proceso expedito ante el Procurador del Paciente, para presentar cualquier
queja por la intromisión indebida de una aseguradora en un tratamiento médico.
Esa es la parte de la ley que aparenta haber causado el revuelo, levantando la
JCF la objeción fiscal. Sin embargo, igualmente importante que con ese proceso
administrativo, esa ley crea una causa de acción en contra del plan médico,
cuando niega un tratamiento aconsejado por su médico tratante y esta negativa
causa un daño. Crea, además, una causa procesal en favor del médico que es
demandado posteriormente por el paciente o sus familiares, pues aquel puede traer
como tercero demandada a la aseguradora, para que ésta responda por los daños
el paciente.<o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Esta ley aterra a las
aseguradoras de planes de salud, que, evidentemente, no se quedaron de brazos
cruzados. Esperemos que el gobernador y su gabinete den la pelea necesaria para
que esta ley no sea convertida en “reina por un día”.<o:p></o:p></span></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-39017515732932634362017-08-26T06:39:00.002-07:002017-08-27T11:23:40.190-07:00Impericia médica privilegiada y ¿"privi-legada"?<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0EB6uCf8tfXJ5-n7mHfcm-3HyVdkaBNS5bj99mIfPTykmC5R377b6gowEMLcqBQr1NuEzJWigJxvColcmZtp2HARQa3rviNgTH4J-R_Iqe5Pcoa8mMfEqDcD9h0noJx-x32IqLOM1sNM/s1600/privilegos.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" data-original-height="280" data-original-width="380" height="146" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0EB6uCf8tfXJ5-n7mHfcm-3HyVdkaBNS5bj99mIfPTykmC5R377b6gowEMLcqBQr1NuEzJWigJxvColcmZtp2HARQa3rviNgTH4J-R_Iqe5Pcoa8mMfEqDcD9h0noJx-x32IqLOM1sNM/s200/privilegos.jpg" width="200" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">El gobernador Ricardo Rosselló propone
resucitar una legislación mala, eliminada en el cuatrienio pasado. Quiere extender
a los hospitales privados que implanten salas de trauma, los beneficios de la ley 104, de
pleitos contra el Estado del año de las guácaras. Ello implica el privilegio de que paguen solo $150
mil por los daños de los demandantes acumulados en una demanda, incluyendo los que han reclamado daños catastróficos, que van desde una distocia de hombro en un recién nacido, perlesía cerebral, cuadriplegia, etcétera, hasta la muerte de un paciente. Quiere también nuestro joven gobernador conceder inmunidad a los médicos que causan tales daños.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="background: white; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="background: white; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt;">Viajando por la internet descubrí que
la palabra "privilegio" proviene del latín “<i>privilegium”</i>,
componiéndose de “<i>privus”,</i> del verbo “<i>privare”</i> (privado,
particular), “<i>legio”</i> proveniente de “<i>legalis”</i> (relativo
a la ley) y del sufijo “<i>ium”</i> (io, o relación). Etimológicamente
hablando, el concepto o palabra “privilegio”, significaría entonces algo así como una ley favoreciendo
una persona o un cierto grupo de personas.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Desde el 450 AC se conocen
las Doce Tablas Romanas, cuerpo de leyes variadas que regían las relaciones en
aquella sociedad, entre personas privadas y de éstas con el gobierno. En su
Tabla IX, este cuerpo de leyes recogía el principio de que la ley habría de ser
igual para todos. C</span><span style="background: white; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt;">on la expresión: “<i>privilegia
ne inrogantur”, es decir,</i> no se legislará leyes dirigidas a personas o
sectores particulares", el principio jurídico </span><span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">proscribía la
legislación de privilegio</span><span style="background: white; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt;">. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Desde aquellos romanos, que,
dizque, copiaron muchos principios democráticos de los griegos, ha llovido
muchísimo. A partir de entonces, hemos evolucionado en dirección contraria a este caro principio. Privilegios “legales” se aprueban a diario en todas partes del
mundo. El principio, que va de la mano con el deseo de evitar la corrupción, ha
sido tan aguado al punto de que, muchas veces, todos miramos hacia otro lado cuando se aprueban leyes que otorgan privilegios a cierta clase de individuos o empresas
y actividades. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Aquí en Puerto Rico ya ni se cuentan los privilegios legislados.
Importaciones que son eximidas de arbitrios, concesión y validación de escoltas a ex funcionarios públicos, que van desde ex- gobernadores hasta ex superintendestes de la policía, concesión de pensiones de
lujo o las llamadas "cadillacs", pensiones a jueces retirados del Supremo y también a sus viudas, etcétera.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">En el vano afán de supuestamente
evitar que los médicos nos sigan abandonando, nuestros gobiernos y nuestros tribunales han sido
bastante generosos, por decir lo menos. Con ese palio protector, no hay duda de que los médicos, desde hace tiempo, se han convertido en
nuestro país en clase privilegiada.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">A los médicos les
cobija la “presunción de corrección”, que no protege a ningún otro profesional. Ello significa que, si un paciente los demanda por impericia, el juez, o el jurado federal, debe presumir de antemano que el médico actuó conforme a la mejor
práctica de la medicina. Corresponde entonces al paciente que lo demanda destruir esa
presunción con evidencia en contrario, que en la práctica, se convierte en una exigencia de presentar prueba robusta y convincente, diría yo, que más allá de duda razonable, lo que no ocurre con otro tipo de casos. </span><span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Este privilegio implica que es improbable que el galeno haya incurrido
en impericia médica que ocasionó daño o la muerte a su paciente. ¿Mano que
cura, no puede herir?</span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">El ex gobernador Luis Fortuño intentó en su cuatrienio privilegiar a los médicos, otorgándole un derecho a hogar seguro sobre su residencia
principal. No el derecho que tenía cualquier hijo de vecino, sino un derecho a hogar seguro, irrespectivo del
valor de su propiedad. Así que si un médico poseía una residencia principal valorada en un millón de dólares, este activo no se podía embargar, así excediera de $15 mil, que representaba el máximo de valor sobre hogar seguro. El descaro que pretendía el gobierno con este privilegio, naturalmente levantó protestas provenientes de todas partes y sectores. Para enderezar el entuerto que habían propuesto, el gobierno de entonces aprobó la ley pero, esta vez, beneficiando a todo dueño de residencia.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">Convencidos de que desalentará
el “éxodo” de médicos de Puerto Rico, este gobierno le disminuyó a esta clase las contribuciones sobre ingresos a solo un 4%.
Esta disposición representa reducirles 29% sobre lo que pagaban antes y paga Raymundo y tó’
el mundo que trabaja por cuenta propia, generando ingresos más o menos
similares. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">No hay duda de que estos privilegios afectan
al paciente, pero son pagados por todos los contribuyentes de nuestro país. Actualmente, si un médico le causa
daño cerebral a un niño en hospital público, el gobierno paga $150 mil a la
familia. Sin embargo, el gasto millonario para cubrir los cuidados que recibirá
el niño por el resto de su vida lo paga nuestro gobierno, es decir, nosotros. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
</div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: normal; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="color: #323232; font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt;">En este escenario
propuesto por el gobernador Rosselló, hijo, el médico negligente que trabaje en una sala de traumas privada “meterá
la pata” y nosotros pagaremos la cuenta. Quizá deba inventarse la palabra: "privi-legada", porque éste y otros privilegios podrían convertirse en "legado" de privilegios que el joven gobernador quiere dejar a su paso. El paciente no se lo merece,,,, el
contribuyente tampoco.<o:p></o:p></span></div>
Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-17396285017116547122017-07-29T09:14:00.000-07:002017-08-03T06:03:20.340-07:00Víctimas de impericia médica, re-victimizadas por el gobierno y por PROMESA<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhlLGAkwa-sm8LIEY87Hx2hW5bRoXb5LmJONULq9N4Znrba419SGQthMXUha6_BjXqI68Ih6AyVvWljGdlD2mZLj-0J9BdytGestAjULwEmkAZfybkMVsj7IngQQwDveUQUVgew1kvMogw/s1600/Tania+y+Andrew.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" data-original-height="720" data-original-width="720" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhlLGAkwa-sm8LIEY87Hx2hW5bRoXb5LmJONULq9N4Znrba419SGQthMXUha6_BjXqI68Ih6AyVvWljGdlD2mZLj-0J9BdytGestAjULwEmkAZfybkMVsj7IngQQwDveUQUVgew1kvMogw/s320/Tania+y+Andrew.jpg" width="320" /></a></div>
Andrew tenía solo diez meses de edad, cuando en octubre de 2009 sufrió impericia médica y negligencia hospitalaria en el Hospital Universitario Pediátrico, la única facilidad hospitalaria pedátrica de carácter público en Puerto Rico. El daño sufrido por la negligencia de varios médicos de la UPR, del personal de enfermería y el de terapia respiratoria que trabajaban entonces en el Hospital Pediátrico, fue catastrófico. Le ocasionaron al pequeño Andrew edema cerebral por encefalopatía isquémica hipóxica. Esta condición, desde entonces, mantiene a Andrew vivo, pero en estado de coma profunda, requiriendo cosotosos cuidados especiales 24/7, teniendo su familita que hacer de tripas corazones para cuidarlo.<br />
<br />
Tania vino a nuestra oficina en busca de ayuda legal y decidimos radicar la demanda. Luego de una litigación intensa, por varios años, y un juicio que se prolongó por varios meses, el Tribunal en San Juan emitió una sentencia el 27 de enero de 2014 en favor de Andrew y de su madre Tania. <a href="http://www.noticel.com/noticia/155923/mujer-gana-demanda-tras-impericia-medica-que-casi-le-quita-la-vida-a-su-hijo.html">En su sentencia,</a> el tribunal dispuso que los médicos de la Universidad de PR habían sido negligentes en un 50%, mientras distribuyó la negligencia entre el personal de terapia respiratorio y de enfermería, en un 25% cada uno. El daño emocional a la familia, especialmente a Tania y los gastos futuros que acarrea una condición como la de Andrew son millonarios. No en balde, el tribunal estimó los daños sufridos por Andrew y su madre en un poco más de $5 millones, que representa la compensación mayor concedida por sentencia en un tribunal de Puerto Rico.<br />
<br />
A duras penas, y luego de varios trámites apelativos, Tania y su hijo Andrew han podido recibir menos de $180 mil, que representa una ínfima cantidad de lo dictaminado por el tribunal en su sentencia. Por su parte, la compañía de terapia respiratoria, SPIS, que se le adjudicó el 25% de responsabilidad en la sentencia, no recibe contratos del gobierno y está inoperante desde hace varios años, coincidentalmente a raiz de culminarse los trámites apelativos. La UPR pagó una compensación dentro de los límites estatutarios que dispone la ley y el gobierno ha pagado alrededor de $42 mil que se autoimpuso en un plan de pagos determinado por la ley #22 que aprobó el gobierno de don Luis Fortuño.<br />
<br />
Todo..., antes de PROMESA.<br />
<br />
Aprobada la ley congresional federal y radicada la petición de quiebras bajo el Título III, todo es incertidumbre en Puerto Rico, incluyendo a Tania y a su pequeño Andrew. Habiendo prevalecido y dictaminándose a su favor una sentencia millonaria, no solo están impedidos de cobrar la suma dictada por el Tribunal de San Juan, sino también la cantidad paupérrima dispuesta por la ley de pleitos contra el Estado. Ahora hacen cola, al igual que la hace todo acreedor del gobierno para poder cobrar solamente un porciento indeterminado de la deuda.<br />
<br />
Hace unos días me preguntaba un apreciado colega, que representa también a las víctimas de impericia médica, si estaríamos aceptando en el futuro en nuestro bufete casos en contra del gobierno, de la UPR, de ASEM, del Centro Cardiovascular y de otras entidades públicas, a cuyo favor se han dispuesto topes estatutarios, y en contra de médicos a cuyo favor se ha concedido inmunidad por ley. No supe qué contestarle. Esto es un tema que debe pensarse mucho, por cada abogado que, en lo sucesivo, le toque analizar uno de estos casos.<br />
<br />
Ciertamente, todo paciente que acuda a una de estas instituciones públicas y sufra daños como resultado de impericia médica o de negligencia hospitalaria, sufrirá una re-victimización. Para el paciente y sus familiares cobrar una sentencia justa a su favor será, cuando menos, poco probable. Además, les será sumamente difícil conseguir un abogado dispuesto a radicar sus meritorias reclamaciones y a esperar años e incurrir gastos de litigio para recibir una remuneración por el trabajo intenso que implica un caso como éste.<br />
<br />
Lo cierto es, como me escribe Tania ayer, cuando le pedí el visto bueno para colgar este post: "Andrew está bastante bien, pero su condición se deteriora; esto es día a día. Que sea lo que Dios quiera. Batallando como siempre!"Unknownnoreply@blogger.com0Puerto Rico18.220833 -66.59014916.2903535 -69.171936 20.1513125 -64.008361999999991tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-38663273859519357412017-05-31T06:10:00.002-07:002017-05-31T06:15:37.639-07:00Arbitraje para el deporte, no para la impericia médicaLa determinación sobre si exist impericia médica o negligencia hospitalaria debe ser judicial. No debe ser decidido mediant un proceso de arbitraje, previo a la decisón judicial. El P del S 530 no sirve y no debe ser aprobado. Abajo una entrevsta que se me hizo recientemente sobre el particular. Presione el link.<br />
<br />
<br />
<a href="http://caribbeanbusiness.com/bill-to-protect-doctors-from-malpractice-lawsuits/">http://caribbeanbusiness.com/bill-to-protect-doctors-from-malpractice-lawsuits/</a>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-27943082854285041742017-04-21T13:13:00.004-07:002017-04-22T20:47:38.013-07:00P del S 27: El Senado se anota una... y bien importante<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgck9osREl2nPZnAof7M-i8q-N0hvmQqLfJkUWRSJGRbaL_ybnNpbVS-FEPMDqcfKA-i9LKg1RmaQwJt0NLVmg2ZS3BXR4FZacZ13fXLJcuhHEkKAn7Sg4XgX9x3EUZA_hl4bWLeB8guMU/s1600/CAPITOLIO+PR.jpe" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgck9osREl2nPZnAof7M-i8q-N0hvmQqLfJkUWRSJGRbaL_ybnNpbVS-FEPMDqcfKA-i9LKg1RmaQwJt0NLVmg2ZS3BXR4FZacZ13fXLJcuhHEkKAn7Sg4XgX9x3EUZA_hl4bWLeB8guMU/s1600/CAPITOLIO+PR.jpe" /></a></div>
A pesar del discurso perpetuo de los presidentes de los gremios médicos, y otros que sirven de eco, no ha sido nunca el miedo a las demandas de impericia médica y de negligencia hospitalaria ni las primas de los seguros que cubren ese riesgo, los que provocan la re-localización de médicos a EEUU. Tampoco han sido las sentencias que imponen a los hospitales pagar por la negligencia de sus empleados, las que han lanzado a la quiebra o bancarrota a más de media docena de hospitales en Puerto Rico. Durante más de una década, ha sido un secreto a voces que las compañías que venden planes de seguros de salud en Puerto Rico mantienen de rehenes, no tan solo a los médicos, sino a los hospitales y a las entidades de servicios ancilares que, por medio de franquicias, brindan sus servicios dentro y fuera de estas instituciones.<br />
<br />
El vocablo "<i>rehenes</i>" parece ser un calificativo fuerte o intenso, que evoca situaciones de grave peligro, donde personas inocentes, involucradas en la comisión de un delito, están a riesgo de perder la vida o de sufrir un grave daño corporal. Ciertamente, calificar de rehenes a los médicos y hospitales en Puerto Rico puede sonar un tanto hiperbólico. Sin embargo, así se sienten y se han sentido los médicos y los directivos de los hospitales a la hora de lidiar con los planes de salud que pagan por sus servicios; al punto de decidir abandonar su patria y marcharse con su familia a los Estados Unidos y a los hospitales, recurrir al Tribunal de Quiebras.<br />
<br />
No solo pagan los planes de salud a los médicos una proporción ínfima, casi paupérrima, por sus servicios bajo el plan, reteniendo para sí el pedazo mayor, sino que, en ocasiones, se inmiscuyen en el juicio clínico médico, imponiendo marcas alternas de medicamentos y alterando decisiones previas tomadas bajo el estándar médico, sobre los días de hospitalización de un paciente, incluso cuando éste debe ser hospitalizado o no. Intervienen así indebidamente, mejor, se entrometen en la relación médico-paciente. Huelga decir que si el tratamiento y manejo del paciente es negligente y sufre un daño como resultado de ello, todo el que lo haya ocasionado debe responder. El derecho mandata a que sea así, pero no ha sido así con las compañías que proveen los planes de seguros médicos. En ocasiones, estas intervenciones culposas o negligentes inciden en los daños que se le ocasiona a un paciente y, por ende, a sus familiares. Sin embargo, afortunadamente, la tolerancia de años parece haber llegado a su límite.<br />
<br />
Con el precedente de una decena de jurisdicciones estatales de EEUU, que se adelantaron a partir de 1997, en una votación partidista, el Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto del Senado Número 27 (P del S 27). Este proyecto de ley, que enmienda la ley que crea la Oficina del Procurador del Paciente, intenta lidiar con los problemas que han creado las intervenciones indebidas de las compañías de planes de seguros médicos en Puerto Rico. En este momento, el proyecto se encuentra bajo consideración de la Cámara de Representantes. Este proyecto va ma más allá, al incluir la resposanbilidad por los daños a los familiares del paciente, en fin, a todo el que haya sufrido daños, como debe ser.<br />
<br />
A continuación transcribo el artículo 8, el más importante de toda la pieza legislativa:<br />
<br />
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-left: .5in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<i><span lang="ES" style="letter-spacing: -0.2pt;"><b>"Artículo 8. </b></span></i><i><span lang="ES"><b>Causa de Acción </b><span style="letter-spacing: -.2pt;"><o:p></o:p></span></span></i></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-left: .5in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<i><b><span lang="ES">Salvo aquellos casos en que no sea
permitido por disposición federal, toda aseguradora que directa o
indirectamente, a través de sus empleados, oficiales, agentes, personal, normas
o por cualquier otro medio, intervenga en el proceso de diagnóstico o
tratamiento médico, será responsable </span><span lang="ES">por</span><span lang="ES"> los
daños ocasionados por sus actuaciones y omisiones
al paciente, sus familiares y
cualquier otra persona que pueda reclamarlos conforme ha sido reconocido por la
jurisprudencia y vendrá obligado a
reparar los daños causados. La responsabilidad civil de la aseguradora será
solidaria con los restantes cocausantes del daño sufrido. Asimismo, se dispone
que la responsabilidad de las aseguradoras se interpretará bajo los principios
de negligencia expuestos en el Artículo 1802 del Código Civil de Puerto Rico y
su jurisprudencia interpretativa. Esta causa de acción será jurisdicción de los
Tribunales del Gobierno de Puerto Rico. </span></b></i><i style="font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 12pt;"><b>Se entenderá por
negligencia o acto u omisión culposo, entre otros, las consideraciones de
naturaleza económica, administrativas, estadísticas, actuariales o de
codificaciones de procesos y servicios, que atenten contra el juicio o criterio
profesional del proveedor de servicios de salud.”</b> </i></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-left: .5in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt;">No hay duda de que el que ha dado el Senado de Puerto Rico es un paso en la dirección correcta, ya que eliminará uno de los mayores problemas que tienen los proveedores de salud en Puerto Rico y el que creo, es el mayor detonante que provoca el éxodo de médicos al exterior.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; margin-left: .5in; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12pt;">Llamen a sus representantes; háganle saber el sentir de todos en Puero Rico, a quienes las compañías de planes de seguros médicos tienen ya hartos con sus políticas económicas indebidas, que benefician solamente a ellos. La bola está en la cancha de la Cámara y debe aprobarlo. El Gobernador debe hacerlo ley. Luego de que este proyecto sea ley, los médicos y hospitales tendrán la palabra.</span></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-38752644841884411212017-03-08T13:56:00.000-08:002017-03-08T14:14:27.204-08:00Alarmante la impericia médico-hospitalaria como la tercera causa de muerte<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhFD9AUHJ3nxPCOOH27CBPwNeZAepNF9cyNexJd4WvXGUNSDNzoG63_9CTzqTPZ9CrNReaABf90hFoDdG5OCxn8qGdWt-hzu0FrKYeT7PgKpmdMRRxqRswUlR8SeprdIExeDV1-6dUxGpw/s1600/martin_makary_300x450.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" height="200" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhFD9AUHJ3nxPCOOH27CBPwNeZAepNF9cyNexJd4WvXGUNSDNzoG63_9CTzqTPZ9CrNReaABf90hFoDdG5OCxn8qGdWt-hzu0FrKYeT7PgKpmdMRRxqRswUlR8SeprdIExeDV1-6dUxGpw/s200/martin_makary_300x450.jpg" width="133" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;">En mi libro “Crisis de Impericia Médica, mito o realidad”,
Ed. SITUM 2003, hice referencia a un estudio publicado en 1999 conducido por el Instituto de
Medicina de la Academia Nacional de Ciencias, Ingenierías y de la Medicina, que describía
una incidencia de 44,000-98,000 muertes anuales en EU, como consecuencia de errores
médicos. De hecho, esta estadística no estaba fundamentada en un estudio
conducido por el Instituto, sino en uno realizado en la Universidad de Harvard
en 1984 y en otro en los estados de Utah y Colorado. En Puerto Rico esta estadística no se recoge ni se conoce.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;">Un estudio publicado el pasado mayo de 2016 sobre la tasa de muertes en un
período de ocho años, conducido por expertos en seguridad del paciente de la
Universidad de John Hopkins, liderados por el Dr. Martin Makari, nos ha
informado que los estimados actuales sobrepasan todos los anteriores. Este
estudio ha concluido que los errores médicos constituyen la tercera causa de
muerte en los Estados Unidos, solo sobrepasada por el cáncer y enfermedades
cardiacas, lo que es verdaderamente alarmante.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"> </span></div>
<div class="MsoNormal">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"> En 2004 se resaltó que no eran casi
100,000 muertes, sino alrededor de 195,000 las muertes anuales de pacientes hospitalizados
y recipientes de Medicare producidas por errores médicos. Posteriormente, esta
cifra fue extrapolada por unos estudiosos del tema y concluyeron en 2013 que
los errores médicos ocasionaban alrededor de 400,000 muertes anuales solo en los
EU, más de cuatro veces el estimado hecho en 1999 por el Instituto de Medicina.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"> No obstante los estudios realizados y
el conocimiento general de que la impericia médico hospitalaria es la causa de
muchas muertes, no ha sido suficiente para que aparezca como tal en los
certificados de defunción. La razón no es que la impericia médico hospitalaria
y los errores del sistema no ocurran, sino razones puramente burocráticas,
quizá en protección del propio sistema de salud y de sus componentes. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;">El Centro de Control de Enfermedades y Prevención (CDC) es la encargada de concientizar
al público y priorizar los estudios médicos (“research”) que se necesitan,
conforme la información que allí se recoge. Eso se hace mediante el acopio de información
que cumplimentan los médicos, hospitales, directores de funerarias y los
patólogos forenses en los certificados de defunción. Y lo hacen a base de una asignación
que únicamente descansa en el Código Internacional para la clasificación de
enfermedades de causas de muerte. Causas de muerte no asociadas con esa
codificación, como por ejemplo, los factores de sistema y humanos no son capturados
y, por ende, son excluidos.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;">La seguridad del paciente se ha convertido con el paso del tiempo, en una ciencia
de por sí. Se ha madurado tanto sobre el particular que ya se ha admitido
abiertamente que la falta de comunicación efectiva entre los componentes del
sistema de salud, errores en el diagnóstico pobre juicio y talento inadecuado del
personal médico y de enfermería pueden resultar directamente en la muerte de un
paciente. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "times new roman" , serif; font-size: 12.0pt; line-height: 107%;">Afortunadamente para todos, los profesionales de la salud, incluyendo médicos, personal de enfermería y ancilar y los administradores de hospitales se
han concienzado poco a poco, pero lo suficiente como para propiciar que actualmente se hable en forma abierta en sus centros de trabajo, no solo en la academia, de los errores médicos y del
sistema que provocan la muerte del paciente. Ello, con el obvio propósito de
evitarse las demandas que pudieran seguir en aumento, pero, de refilón, en favor de
la salud y bienestar del paciente, que debe ser y permanecer siendo su norte. Espero también que llegue el día en que un certificado de defunción pueda resaltar como causa de muerte del paciente: IMPERICIA MEDICA o NEGLIGENCIA HOSPITALARIA. Quizá de esa forma todo el mundo adquiera mayor conciencia.</span></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-79460572997018991682016-11-18T07:57:00.003-08:002016-11-18T08:06:35.786-08:00Lesiones del nacimiento (Parte 1)<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbFRWDQ5Lu2O4VChifdtI85dTQwLPP1lEttZS8IbdRtMS489JqFyZNoZgFisL4beAVdeU7ukcqLXMPaFt_VjGv84lr-0ShgIs4xMJy_REBebNquuCIQAmFbUem2g_UOEWmL1cBgw-8i4o/s1600/perles%25C3%25ADa+cerebral.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbFRWDQ5Lu2O4VChifdtI85dTQwLPP1lEttZS8IbdRtMS489JqFyZNoZgFisL4beAVdeU7ukcqLXMPaFt_VjGv84lr-0ShgIs4xMJy_REBebNquuCIQAmFbUem2g_UOEWmL1cBgw-8i4o/s1600/perles%25C3%25ADa+cerebral.jpg" /></a></div>
Luego de una impericia médica o de alguna negligencia hospitalaria, el nacimiento de un bebé no siempre trae consigo el momento más feliz en la vida de la madre y del padre, como debe ser. De hecho, aunque, para dar paso a la realidad que les ha tocado vivir muchos padres superan el horrible trauma inicial que supone una experiencia de esa naturaleza, perdura la huella imborrable de las acciones u omisiones negligentes de aquellos en quienes depositaron su confianza y la vida de seres queridos.<br />
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Con excepción de la prematuridad en algunos bebés, el evento del nacimiento de una criatura comienza alrededor de las 40 semanas de gestación. Luego de unas contracciones uterinas inusualmente dolorosas o incómodas, los padres agarran la maleta que tenían preparada desde hace semanas y se dirigen al hospital a parir, no sin antes llamar a su obstetra para informarle del evento que está por ocurrir y, en segundo lugar, a la abuela materna, que se dirige rápidamente cual enfermera de sala de emergencias. Puede que la madre haya "roto fuente" y puede que no.</div>
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Siguiendo las instrucciones de su médico al pie de la letra, llegan prontamente al área de admisiones, donde brindan toda la información pertinente, la montan en un sillón de ruedas y la dirigen a sala de partos. Allí le colocan un instrumento para velar en una pequeña pantalla las contracciones intrauterinas y, sobretodo, con el fin de supervisar los latidos cardíacos del bebé.</div>
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Distinto a los adultos, los latidos fetales normales son relativamente rápidos. debiendo oscilar alrededor de los 140 latidos por minuto. En un trazado del monitor, se observa cómo los latidos fetales varían al momento de cada contracción uterina de la madre. Se da lo que se conoce como el reflejo<a href="http://www.slideshare.net/davidtadeo/monitorizacion-fetal-en-el-diagnostico-prenatal"> "espejo"</a>: cuando llega la contracción, los latidos fetales suelen disminuir. Esto ocurre porque en el momento de la contracción uterina, el flujo de oxígeno normal hacia el bebé disminuye. Las contracciones uterinas de parto ideales son aquellas que, luego de transcurridas, permiten al bebé recuperar su latido cardíaco normal. Por el contrario, cuando no hay una coordinación adecuada entre la contracción y el latido cardíaco fetal, y se pierde el reflejo "espejo", puede haber un problema de oxigenación que debe ser corregido de inmediato, a riesgo de muerte o de grave daño cerebral del bebé por nacer.</div>
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El personal de enfermería de la sala de parto debe moverse con celeridad, cuando percibe que las contracciones uterinas son anormales o que el latido cardíaco fetal disminuye a un nivel peligroso. Estos monitores cuentan con alarmas, que alertan al personal de enfermería cuando el ritmo cardíaco fetal baja a 90 latidos por minuto o menos, implicando que hay un evento de bradicardia que debe atenderse de inmediato. Cuando esto no ocurre, comienza a llegarle menos oxígeno al cerebro del bebé y entonces comienzan sus problemas y los de sus padres.</div>
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Nuestra oficina ha manejado casos en los que el personal de enfermería ha llegado al extremo de apagar la alarma del monitor fetal que ha alertado la anomalía. Algunas enfermeras de parto han malinterpretado los trazados del monitor fetal, haciendo caso omiso al evento ominoso que ello implica. En otros casos, las enfermeras no han alertado al médico a tiempo o no han hecho lo que el protocolo para esos casos, ordena hacer. En otros, el médico no actúa con la rapidez y la diligencia necesaria para atender lo que implica una gran emergencia. </div>
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El común denominador en todos estos casos que hemos atendido es que, por la falta de oxígeno o <a href="http://salud.ccm.net/faq/7955-hipoxia-definicion">hipoxia</a> en un momento crucial en el desarrollo del evento del parto, parte del cerebro del feto muere. Esto se conoce como <a href="http://www.se-neonatal.es/Portals/0/EHI.pdf">encefalopatía hipóxica e isquémica</a>. Como resultado de esta situación dolorosa, nacen niños que, en muchas ocasiones, requieren la instauración de medidas heroicas de personal hospitalario compuesto de médicos especializados y enfermeras para devolverle la vida, si es que tienen suerte, quedando luego éstos con severo daño cerebral. De aquí en adelante comienza la vida de una familia con un niño con perlesía cerebral. Todo cambia.</div>
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Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-20805640710991374942016-03-10T08:45:00.000-08:002016-03-15T15:14:13.137-07:00RYAN..., nuestro campeón<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
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<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4IGtwQatstSwMQhO2a4YjjsvpEN-9Bne7R0ZwRcyXUWrnVHmF5Xb6m5R1mrrgMB9PKdY_XiaWbWX1y8kGO3Z0_jYWh6_D7EwbQKJbpFcMRBLhcffYcHGUsgWEsbhEUFZIfc0Sw-eH1gM/s1600/IMG_7241+%25281%2529.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" height="200" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4IGtwQatstSwMQhO2a4YjjsvpEN-9Bne7R0ZwRcyXUWrnVHmF5Xb6m5R1mrrgMB9PKdY_XiaWbWX1y8kGO3Z0_jYWh6_D7EwbQKJbpFcMRBLhcffYcHGUsgWEsbhEUFZIfc0Sw-eH1gM/s200/IMG_7241+%25281%2529.JPG" width="133" /></a></div>
Hace casi tres años colgué un post sobre la <a href="http://impericiamedica.blogspot.com/2013/05/fototerapia-y-el-dano-cerebral.html">fototerapia en los hospitales y el daño cerebral</a>, y su relación con la impericia médica y la negligencia hospitalaria. De hecho, así lo titulé. Trataba en mi escrito de una condición de salud, entonces desconocida para mí como abogado: KERNICTERUS. Algo de lo que, incluso, muchos médicos desconocen o, al menos, de lo que no han escuchado hablar frecuentemente en sus escuelas de entrenamiento profesional. Delata esta condición una muy probable negligencia en la administración - o falta de administración - de fototerapia. La fototerapia es ese tratamiento con lámparas que todos hemos visto le ponen a algunos bebés recién nacidos en los "nurseries", cuando se ponen un poco amarillitos. También es conocido que eso es consecuencia de niveles de bilirrubina altos en la sangre. Cuando ocurre, se produce lo que se conoce como ictericia, pero ahí no termina el tema.<br />
<br />
Por definición, la bilirrubina es un líquido amarillento que se encuentra en la bilis, que es producido por el hígado. Esa palabrita - bilirrubina, que muchos han escuchado por primera vez en la pegajosa canción que Juan Luis Guerra viene cantando hace poco más de 25 años, es mucho más importante que eso. Unos niveles altos de bilirrubina, resulta en ictericia que, en la mayoría de las ocasiones, se corrige con fototerapia, pero puede evolucionar a algo más serio y ocasionarle daño cerebral al bebé si ese líquido amarillento y tóxico le sube al cerebro. Esta condición, desconocida para muchos, se llama con el nombre de KERNICTERUS. La fototerapia se administra de acuerdo a unos protocolos sencillos, que han sido establecidos y que todos los "nurseries" deben tener pegados a su tablón de edictos. Si estos protocolos no se siguen, el bebé puede desarrollar esta seria condición.<br />
<br />
Ryan fue víctima de negligencia en la administración de fototerapia. Hoy día vive con daño cerebral severo y permanente, como resultado de haber desarrollado KERNICTERUS, debido a negligencia. Varios pediatras que intervinieron con él en el hospital donde nació desconocían o no aplicaron el protocolo para administrarle la fototerapia a Ryan.<br />
<br />
Luego de varios años de litigio, en el que se superó la usual negación inicial de negligencia médica, se logró obtener en beneficio del niño una compensación económica que ayudará a sus padres a proveerle una mejor calidad de vida. Después de mucho esfuerzo y trabajo legal arduo, con la ayuda de peritos de nivel mundial, la comprensión cabal y sensibilidad de los abogados y abogadas de los demandados, de la Procuradora de Relaciones de Familia y del Tribunal, logramos poner fin al litigio, dictándose sentencia final.<br />
<br />
No hay más que conocerlo para enamorarse de él y sentir una gran empatía con sus padres. Tiene una<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg505fQ4YzEJOn5BONWcpiQYmS3xpYWegIf8wVQ1MXlH4zwUUaEUy5WtpGSmQnJ6dSoVHXi7uTGq1ug0D9-9xZ12okGwaqJaxJe7hEg_nW4snh5SRlFu_y00-J4qeuXeIFFojY2GGjnuXw/s1600/IMG_7230+%25281%2529.PNG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" height="200" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg505fQ4YzEJOn5BONWcpiQYmS3xpYWegIf8wVQ1MXlH4zwUUaEUy5WtpGSmQnJ6dSoVHXi7uTGq1ug0D9-9xZ12okGwaqJaxJe7hEg_nW4snh5SRlFu_y00-J4qeuXeIFFojY2GGjnuXw/s200/IMG_7230+%25281%2529.PNG" width="112" /></a></div>
sonrisa bella, que siempre ha denotado felicidad y muchos deseos de vivir y aprender. Ryan ha sido un campeón y lo seguirá siendo. Ya no tendrá que venir en su silla de ruedas al tribunal, verse con abogados y lidiar con sentencias. La sentencia más importante, sin embargo, es la que dictó la negligencia médica en su contra y de su familia cuando nació. Esa no puede jamás ser archivada porque él y sus padres la viven día a día. Es una que debe servir de experiencia a los nuevos padres.<br />
<br />
Los padres de Ryan tienen una página en <a href="https://www.facebook.com/MamaDeRyan/?fref=ts">facebook, en la que colocan todos los logros y experiencias</a> vividas con su hijo a diario. Los invito a visitarla y recorrerla. Su propósito es crear conciencia sobre la condición del niño, pero revela el orgullo que sienten por cada avance en la vida de su hijo, y no es para menos. Cada vez que la visito siento inmenso orgullo de haber sido un vehículo para mejorar la calidad de vida de estos bellos seres humanos que conocí hace algunos años.<br />
<br />
KERNICTERUS es una condición evitable si todos ponemos de nuestra parte: médicos, hospitales y los padres de recién nacidos. Hay que conocer los riesgos. Todos pueden evitar que eventos negligentes, como el de Ryan, ocurran en nuestros hospitales. Una sentencia ayuda a la calidad de vida del que la sufre, pero no corrige la condición que resultó de la negligencia. La fototerapia no es una mera lámpara que le da calor al bebé recién nacido; es mucho más que éso y debe tomarse en serio.<br />
<br />
<br />Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-85827968070707466042015-05-15T11:17:00.000-07:002015-05-19T10:51:09.135-07:00¿Crisis de impericia médica? <div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgqVAuTsJEXwWlDAgzFsuH4O5nONJTE-j3_V9Q4Or9CtsTGnFbDRsdaKWitlB-f8QlwqjdVZttzvQ4_5r7AnsGgBr1F3YFSkIrGCOpTaqVWTPUW-Dz8vrEVw9MBO-euPO6gjSdXT7FNWuc/s1600/FullSizeRender+(1).jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgqVAuTsJEXwWlDAgzFsuH4O5nONJTE-j3_V9Q4Or9CtsTGnFbDRsdaKWitlB-f8QlwqjdVZttzvQ4_5r7AnsGgBr1F3YFSkIrGCOpTaqVWTPUW-Dz8vrEVw9MBO-euPO6gjSdXT7FNWuc/s1600/FullSizeRender+(1).jpg" /></a></div>
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Hace más de una década se publicó un libro de mi autoría, titulado "Crisis de Impericia Médica... ¿Mito o Realidad?" Ediciones Situm 2003. Entonces recogimos la idea para ese nombre de un titular periodístico del año anterior que llevó el mismo nombre: "Crisis de impericia médica". ¿Había una crisis de impericia médica entonces? ¿Existe crisis de impericia médica ahora?<br />
<br />
En nuestro libro, introdujimos a la academia y a nuestra profesión de abogacía lo que calificamos como el problema social de la impericia médica; ello, con el "twist" de la discusión que, del tema, se estaba haciendo insistentemente en ese momento en Puerto Rico. Con el objetivo de contestar la pregunta inicial, analizamos en el libro la que fue llamada crisis de los años 70', la suscitada en los años 80', que dio paso a la creación en nuestra Isla de SIMED y la que parecía ser una crisis que se perfilaba desde los años 90', pasando con la crisis de los seguros ocurrida como resultado del evento de las torres gemelas de 2001. Trazamos una ruta directa desde la reforma californiana de 1975 hasta la época en que lo escribimos, analizando los distintos argumentos que fueron esgrimidos tras cada una de estas alegadas crisis.</div>
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Aunque de manera anecdótica, abatidos por veredictos de figuras astronómicas en su contra, haciéndose eco de la industria tabacalera y de la farmacéutica, la industria de la salud norteamericana, dirigida por médicos, hospitales y sus distintas aseguradoras de riesgo, decidió orquestar una campaña publicitaria para reformar, a nivel federal, las leyes que tenían que ver con los pleitos de impericia médica. Siendo principales contribuyentes económicos a la campaña del Partido Republicano de EEUU y, en especial, del presidente de entonces, George W. Bush, la American Medical Association (AMA) y la industria de seguros de ese riesgo decidieron "pasar la factura", sugiriendo y cabildeando varios proyectos congresionales que proponían incorporar, a nivel federal, ideas reformatorias que en 1975 el estado de California había implantado en la llamada MICRA. La denominada "Medical Injury Compensation Reform Act" (MICRA), resultó temporalmente un oasis para los médicos pero, ciertamente, un verdadero patíbulo para los derechos de las víctimas de su impericia. La MICRA había tenido cierto éxito en detener las demandas de impericia médica y negligencia hospitalaria, al imponer topes ridículamente bajos que afectaban a las personas con los mayores daños y paneles de arbitraje que alegadamente cernían las demandas meritorias de las que, a su juicio, eran "frívolas". California tuvo éxito relativo en impedir que las víctimas de impericia médico-hospitalaria acudieran a los tribunales. Fueron desalentados a hacerlo y desviados hacia paneles de arbitrajes un tanto prejuiciados en favor de los demandados. En fin, las víctimas fueron azotadas con leyes rígidas y restrictivas, hechas a la medida de los intereses particulares de los médicos, hospitales y sus compañías de seguro, que les impedían obtener lo que sus justos reclamos obtendrían de estas no existir.</div>
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En nuestro libro expusimos el derecho vigente en el tema y los proyectos de leyes, tanto a nivel federal, como a nivel de nuestro querido archipiélago. Analizamos las ideas que los proponentes intentaban importar a nuestro país y las razones que daban públicamente para que se reformara el sistema compensatorio en los casos de daños y perjuicios motivados por la impericia médico hospitalaria. Abordamos el tema de los resucitados paneles de arbitraje, de los honorarios de abogados escalonados por cuantía de la compensación otorgada y de los topes en las compensaciones. También analizamos las propuestas para lidiar con los términos prescriptivos de las acciones de los menores de edad e incapacitados y otros temas "targets" que tenían en la mirilla, pero que, interesante aunque no sorprendentemente, solo afectaban a las víctimas de impericia médica y su derecho a acceso a los tribunales para buscar justicia y un adecuado resarcimiento de sus daños.</div>
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En el mismo ánimo que sus colegas del Norte, los médicos de nuestro país, principalmente capitaneados por el Colegio de Médicos de Puerto Rico, importaron a Puerto Rico los argumentos principales de los llamados reformistas de la teoría compensatoria del daño de EEUU y levantados desde la tercera parte del siglo pasado. Alegaron vehementemente, por ejemplo, que las demandas de impericia médico-hospitalaria habían propiciado el älegado aumento en sus primas de los seguros y del supuesto éxodo que se estaba dando de médicos fuera de Puerto Rico. Líderes médicos alzaban su voz, acomodando estadísticas que hablaban de éxodos de especialistas médicos hacia el norte. Argumentos falsos y exagerados, tal como fue comprobado posteriormente. Tanto los de EEUU como los de aquí fallaron una y otra vez en su meta de reformar nuestras leyes compensatorias, encontrándose de frente con las víctimas, esta vez agrupadas en una asociación. Deliberadamente, los médicos y reformistas no hablaban de mejorar la calidad de vida de las familias de los médicos que acudían a la emigración, ni de la poca disponibilidad de estudiar residencias o especialidades médicas en Puerto Rico, debido a la dilapidación de centros hospitalarios vendidos en los 90' por el gobierno del ex gobernador Pedro Rosselló a manos privadas, que solo buscaban el lucro propio y no la salud de los pacientes.</div>
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La idea siempre ha estado latente y ya hemos visto como el nuevo presidente del Colegio de Médicos de PR ha colocado como prioridad de su incumbencia el cabildeo activo con el fin de alterar el estado de derecho actual en el tema de la impericia médica. Con el asunto del IVA y del IVU no lo hemos escuchado muy activo en el tema de la impericia, pero ya lo veremos blandiendo nuevamente los viejos argumentos, rechazados por la realidad estadística.<br />
<br />
Volvamos, sin embargo, a la pregunta medular: ¿existe crisis de impericia médica en Puerto Rico? La impericia médica implica falta de pericia médica. ¿Existe carencia de pericia médica de los médicos de Puerto Rico? Las últimas estadísticas publicadas por el mayor asegurador de médicos en Puerto Rico, SIMED, evidencian que solo el 15% de los médicos en Puerto Rico han sido demandados. Es decir, el 85% de los médicos nunca ha sido objeto de una demanda de impericia en Puerto Rico. Por ello, solo el 15% de los médicos ha sido afectado, en cierto momento, con algún aumento en sus primas de seguro. Ello ocurre también con el resto de la industria de seguros. Las primas aumentan en la misma medida que aumenta el riesgo que se asegura. Por otro lado, el número de las demandas de impericia se ha mantenido estable desde finales del siglo pasado; el número de radicaciones no ha aumentado de forma tan significativa que levante alguna bandera. Más importante aún, y aunque varía de abogado a abogado que radica este tipo de casos, solo una minoría de las demandas radicadas llega a juicio, concluyendo casi en un 70% de los casos, con decisiones favorables a los médicos y aseguradores, sin tener que pagar un solo centavo. Es decir, solo unas cuantas manzanas podridas existen en el barril, siendo esos datos suficientes para derrumbar el mito de que existe una crisis de impericia médica en el país. Como en toda disciplina profesional, existen malos médicos, que nunca debieron haber sido beneficiados con una licencia para atender pacientes.</div>
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En Puerto Rico hay crisis en el tema de la salud, entre otras razones, porque no hay médicos suficientes para atender las condiciones de salud que aquejan a la población. Hacen falta médicos porque muchos de los que teníamos se han ido, han emigrado. Los que se gradúan de nuestras escuelas de medicina contemplan, casi desde el saque, la idea de irse del país. Sin embargo, se ha probado a la saciedad que el éxodo de médicos hacia EEUU y otros países es igual al de los maestros, enfermeras, policías, ingenieros y hasta abogados. En muchos casos, una vez los médicos salen de PR a hacer sus especialidades al exterior, la gran mayoría se queda y forma allá su familia. Eso es verdaderamente trágico para el país, porque los estudios profesionales de muchos de ellos han sido subsidiados con aportaciones económicas públicas. Por otra parte, el que no ha estudiado en EEUU, emigra hacia esa nación en búsqueda de mejorar su calidad de vida y la de su familia, tal y como han hecho otros boricuas que no trabajan en la industria de la salud. Nada tienen que ver las demandas de impericia médica que se radican en el país ni los costos de sus seguros de responsabilidad profesional. Si acaso, gran parte de su ánimo decisional radica en torno a su propia práctica profesional que, hoy día, es intervenida de forma sustancial por elementos ajenos a la medicina, que han convertido la salud en un negocio muy lucrativo para sus dueños y accionistas: los planes de seguros de salud.</div>
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En Puerto Rico hay crisis de los profesionales de la salud debido a que las compañías de planes médicos se han practicamente adueñado de la práctica de la medicina, a pesar de las leyes que, últimamente, han promulgado en Puerto Rico, sustituyendo el juicio médico por criterios meramente económicos. Hay crisis entre los profesionales de la salud porque, al verse limitados por los planes médicos en lo que pueden o no hacer respecto a un paciente, los exponen a graves consecuencias, entre las cuales se encuentra la responsabilidad profesional hacia sus pacientes. Tienen crisis los médicos porque no se atreven a demandar a esos planes médicos, que los han mantenido como rehenes económicos de sus intereses particulares. Los médicos tienen crisis porque siendo nuestro país un territorio no incorporado o una colonia, la agencia norteamericana de Medicare los discrimina, pagando sus servicios profesionales sustancialmente por debajo de lo que pagan a sus pares en los EEUU por los mismos servicios.</div>
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<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
No hacen falta leyes reformatorias del sistema compensatorio de las víctimas de impericia médica porque no existe el argumento de que hay una crisis de impericia médica en Puerto Rico que puedan levantar para justificarlo. Fue un mito en 2003 y lo sigue siendo doce años después.<br />
<br />
Existe una crisis social y económica en el país, que se ha llevado por delante a muchos buenos profesionales de la salud y a profesionales de otras disciplinas que se levantaban todos los días a hacer patria..., de la mejor forma que podían y cuando los dejaban. Si los que siguen en nuestro país la pueden seguir haciendo, esos son otros veinte pesos.</div>
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<br /></div>
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</div>
Unknownnoreply@blogger.com3tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-34685601225552657082015-04-29T10:19:00.000-07:002015-04-29T10:19:17.707-07:00Niños especiales tienen padres especiales<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">He sido abogado en
muchos casos de impericia médica y de negligencia hospitalaria relacionados con
niños y niñas que le han diagnosticado daños cerebrales severos, a causa de un
mal manejo médico alrededor de su nacimiento. No son casos fáciles de litigar.
Sin embargo, probar la negligencia del médico que priva a un bebé de una vida
saludable, da mucha satisfacción. Verlos crecer con el producto de la ayuda que les he brindado para procurarse justicia, es algo indescriptible.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">Los padres vienen a
mi oficina muchas veces confundidos, en su mayoría aturdidos aún con el
diagnóstico que un neurólogo ha hecho a su pequeño. Llegan, además, frustrados y
algunos con mucho coraje con el médico o el personal de hospital a quienes les
confiaron sus vidas y la de sus hijos por nacer.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">Estos padres llegan conociendo
sobre la condición, bien porque se la han explicado o porque han buscado información
por su cuenta. Llegan también con la sospecha de que la negativa de muchos de
los médicos a darles cara y explicarles lo ocurrido tiene que ver con la
comisión de la negligencia de alguno de ellos. "Los médicos se tapan unos
a otros" es la frase que con mayor frecuencia escucho en mi oficina.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">Ya han experimentado lo
que hace la condición con la vida de sus hijos o hijas. A través de estos, los
padres han experimentado muchos de los signos de la condición como son la
tensión muscular o los espasmos, movimientos corporales involuntarios,
disturbios en la manera de caminar y en la movilidad, percepción sensorial
anormal, ceguera o algún grado de incapacidad en la visión, en el oído y en el
habla y las convulsiones. Con cada signo característico de la condición de sus
hijos estos padres sienten como se les cae un pedazo de su corazón.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">Ambos padres llegan contagiados
con el amor incondicional hacia esa criatura especial que les dirige, a cambio,
una mirada con un brillo especial, que sirve de dínamo emocional y que es capaz
de hacerlos mover cielo y tierra para procurar su bienestar y justicia. Ese
amor del que he sido testigo con este tipo de caso no deja de conmoverme </span><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt; mso-ansi-language: ES;">profundamente e
invariablemente,<span class="apple-converted-space"> </span></span><span style="font-size: 13.5pt;"><a href="http://www.facebook.com/video/video.php?v=107083352694101&oid=52927711312"><span lang="ES" style="color: windowtext; mso-ansi-language: ES; text-decoration: none; text-underline: none;">también me contagio</span></a></span><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt; mso-ansi-language: ES;">.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">Una vez he sido
contagiado con el amor que estos padres prodigan a sus hijos especiales, es
fácil para mí, como abogado, comprender de todo lo que son capaces en la
búsqueda de una mejor calidad de vida para sus hijos. Se me hace más fácil
entender como están muchas veces dispuestos a abandonar el gran apoyo emocional
que les pueden brindar a ellos sus respectivas familias en Puerto Rico para ir
en busca de las ayudas necesarias en beneficio de su hijo, que no encuentran o
es muy difícil encontrar en nuestro País. Son clientes cooperadores y puntuales
en la litigación, ayudándome así en mi búsqueda de una justa compensación para
la familia, que les procure suficientes ingresos para sufragar los altos costos
de un indispensable cuidado especializado de por vida para sus hijos.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">A medida que pasa el
tiempo, como su abogado y quizá un poco, como amigo, me hacen partícipe de cada
progreso de sus hijos, por pequeño que éste sea. Como hizo una de ellas hace
unas horas, me narran sobre las múltiples e indispensables citas médicas, las
distintas cirugías a las que son sometidos, sus terapias físicas; en fin, todo
lo relacionado a sus hijos. Y me gusta que lo hagan; no solo porque es útil
conocerlo para el caso que se puede estar tramitando. Lo hacen con orgullo y
emocionados ante la esperanza, que nunca pierden, de que sus hijos vivan una
mejor calidad de vida. Aunque no lo hayan asimilado completamente por la
juventud que aún poseen, todo lo hacen motivados con la idea de que, en su
ausencia, ese hijo o hija pueda llegar con el tiempo, en gran medida, a valerse
por sí mismo. Durante todos estos años he aprendido que este tipo de motivación
mueve montañas y solo se produce en almas buenas.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">En ocasiones me
pregunto qué azar de la vida puede explicar que angelitos como estos les toque
vivir condiciones tan especiales como la perlesía cerebral, espina bífida,
síndrome de Down, de Turner y tantas otras que tocan de cerca a mucha gente. Me
pregunto qué razón pudiese haber para que determinados seres humanos les toque
vivir estas situaciones tan difíciles y de tanta entrega incondicional con sus
hijos.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">Aún busco respuestas
terrenales y lógicas a muchas interrogantes que quizá solo existen en el
terreno de lo </span><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt; mso-ansi-language: ES;">espiritual; no lo sé. De lo que estoy seguro es que detrás de cada niño o
niña especial existe un<span class="apple-converted-space"> </span></span><span style="font-size: 13.5pt;"><a href="http://www.padresespeciales.com/"><span lang="ES" style="color: windowtext; mso-ansi-language: ES; text-decoration: none; text-underline: none;">padre y una madre especial</span></a></span><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt; mso-ansi-language: ES;">.<o:p></o:p></span></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: .0001pt; margin: 0in; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-size: 13.5pt; mso-ansi-language: ES;">**A todos esos padres y niños
especiales que han depositado su confianza en el autor.
Nota: para otros ensayos del autor sobre el tema de la perlesía cerebral y la
impericia médica puede visitar:<span class="apple-converted-space"> </span></span><span style="font-size: 13.5pt;"><a href="http://impericiamedica.blogspot.com/2008/01/la-perlesa-cerebral-y-la-impericia.html"><span lang="ES">http://impericiamedica.blogspot.com/2008/01/la-perlesa-cerebral-y-la-impericia.html</span></a></span><span class="apple-converted-space"><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;"> </span></span><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt;">y<span class="apple-converted-space"> </span></span><span style="font-size: 13.5pt;"><a href="http://impericiamedica.blogspot.com/2009/01/la-perlesa-cerebral-y-la-impericia.html"><span lang="ES">http://impericiamedica.blogspot.com/2009/01/la-perlesa-cerebral-y-la-impericia.html</span></a></span><span lang="ES" style="font-size: 13.5pt; mso-ansi-language: ES;"><o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-2491235820954357732015-02-27T07:32:00.004-08:002015-03-04T07:01:20.468-08:00IVA, los abogados, MEDICARE y mucho más ¿o mucho menos?<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: right; margin-left: 1em; text-align: right;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj4k3ZNRHxJrLUp3OWFtSRN3g52ud8sx3SOsqeltg27RgZmttxtnqLhxJ5Do4WwTEeu43dQ3d8vSyIiqSlEMg12AJP8ljJX6OFVKrqZNu9MoOwHylHK_28FRgnMUEaGxg2UNKkiyixY7x4/s1600/to-be1.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj4k3ZNRHxJrLUp3OWFtSRN3g52ud8sx3SOsqeltg27RgZmttxtnqLhxJ5Do4WwTEeu43dQ3d8vSyIiqSlEMg12AJP8ljJX6OFVKrqZNu9MoOwHylHK_28FRgnMUEaGxg2UNKkiyixY7x4/s1600/to-be1.jpg" height="200" width="179" /></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">¿IVA o no IVA?</td></tr>
</tbody></table>
<div style="background: white; line-height: 14.5pt; margin-bottom: 4.5pt; margin-left: 0in; margin-right: 0in; margin-top: 4.5pt;">
<span lang="ES" style="color: #141823; mso-ansi-language: ES;">Con toda probabilidad, dentro de poco entrará en el
panorama local boricua el “IVA”, es decir un impuesto sobre la venta añadido. El
gobierno propone eliminar el IVU del 7% y sustituirlo por un IVA de 16%. Y,
para colmo, sin exenciones o las dispensas existentes al presente con el “IVU”,
como son los honorarios por servicios profesionales, incluidos los que cobramos
los abogados a nuestros clientes.</span><br />
<span lang="ES" style="color: #141823; mso-ansi-language: ES;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">No solo son las afidávits que se cobran a $25 que aumentarán
a $32 con el sellito de SAL, sino también los honorarios contingentes que se
cobran en una reclamación de daños y perjuicios y que, de acuerdo a la ley, se
establecen en 33% de la compensación otorgada mediante transacción o sentencia
o 25% en caso de daños a menores e incapacitados. A ese porciento se le añadiría
el IVA de 16%, más los gastos del litigio, que incluyen peritaje, sello de radicación,
diligenciamientos de emplazamientos, mensajería, pago de peritos adversos y
transcripciones de deposiciones (a los cuales aplicarán también el aterrador
16%). No quiero imaginar el rostro del cliente que llega a las oficinas de los
abogados de daños y se entera de los costos potenciales de litigación que le espera. Y menos a la mía, que llegan
con un caso de impericia médica porque algún familiar ha muerto a manos de un
médico negligente.</span><br />
<span style="line-height: 14.5pt;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">Más importante aún, que levante la mano el abogado de
daños que no haya pasado trabajo cuando su cliente es beneficiario de Medicare
y se intenta transar un caso. Todos, estoy seguro.</span><br />
<span style="line-height: 14.5pt;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">Como es conocido, desde enero de 2012 la ley de Medicare
obliga al que paga, causante del daño, personal o vicariamente, o su
asegurador, a informar a la agencia federal cualquier transacción
extrajudicial, judicial o sentencia. Esto tiene que ver con cualquier
reclamación de daños y perjuicios donde haya un beneficiario De Medicare que los
ha sufrido a manos de un tercero. En el contexto de una víctima de daños, las
aseguradoras vienen obligadas a informar a Medicare incluso de la transacción o
de la sentencia que recaiga en su contra. Por cada día que pasa sin que informe
a la agencia federal, la ley dispone una penalidad de mil dólares diarios. Lo establecido no queda ahí. La ley federal
impone al abogado que lleva el caso y que representa a la víctima, o sea, a
nosotros, el deber de informarle a Medicare sobre la radicación de la
reclamación, detallando además fecha del evento dañoso, dirección y número de
seguro social del beneficiario y nombres de causantes y sus compañías de seguro.</span><br />
<span style="line-height: 14.5pt;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">El resultado neto de esta legislación de los federicos es
que el paciente beneficiario o sus familiares sobrevivientes reciben ahora una
suma menor a la que antes recibían, porque Medicare puede reclamar y
cobrar (y reclama y cobra) lo gastado en el cuidado médico dado al paciente. Ya
antes había escrito un post que titulé <a href="http://impericiamedica.blogspot.com/2012/03/medicare-y-mucho-menos.html">“Medicare y mucho menos.</a>"</span><br />
<span style="line-height: 14.5pt;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">El panorama con este impuesto debe alertarnos del peligro
que implica para nuestra profesión, no solo porque posiblemente el cliente
potencial se abstendrá o se retrasará aún más en acudir a nuestras oficinas en busca de servicios profesionales que necesita sin dilación, exponiéndolo al peligro de la prescripción de sus causas de acción y al drama que significa la pérdida real de sus derechos. Envuelve la negación de acceso a los tribunales a la persona
que ha sufrido un daño en un evento de negligencia general o de impericia profesional
médico hospitalaria. Peor aún, le niega este acceso al tribunal y a la búsqueda de la justicia al que carece de recursos económicos
para satisfacer los costos usuales y frecuentes dentro de cualquier litigio. Y no quiero pensar si se trata de compensaciones por daños a menores o incapacitados que se consignan en corte y de ahí se sacan los honorarios de abogados. ¿Cómo legislarán para este detallito? </span><br />
<span style="line-height: 14.5pt;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">Por último, es sabido que las compensaciones de las víctimas de un daño físico o emocional están exentas del pago de contribución sobre ingresos. O sea, una víctima que recibe una compensación por estos conceptos no paga contribución alguna al gobierno, porque no se trata del recibo de "ingreso" alguno. Tras ese estado de derecho está el principio establecido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico de que los daños compensatorios caen dentro del "ámbito reparador". Con ello se intenta colocar a la víctima del daño en la misma posición que tenía antes de la ocurrencia. Claro está, a pesar de lo dicho por el gobernador, los abogados pagamos contribución sobre ingresos sobre los honorarios contingentes que percibimos cuando el cliente recibe su compensación. Peor aún, el que recobra lucro cesante tendría , además, que pagar contribución sobre ingresos por ese concepto. </span><span style="line-height: 19.3333339691162px;">¿No significa la imposición del IVA a estas compensaciones un menoscabo de ese reconocido principio reparador en favor de la víctima? Creo que si.</span><span style="line-height: 19.3333339691162px;"> </span><br />
<span style="line-height: 14.5pt;"><br /></span>
<span style="line-height: 14.5pt;">¿IVA o no IVA? Esa es la cuestión. Marchas, piquetes, y toda una amalgama de opiniones de
gente seria en contra de la imposición del impuesto en este momento histórico, parece que
no detendrán al presente gobierno en su intención de “mejorar la economía”.
Creo que, con este impuesto, la probabilidad mayor es que no sea nuestra economía la que mejorará.</span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%;">
<br /></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-34291144884285012015-02-20T07:15:00.001-08:002015-03-04T07:14:37.150-08:00RIESGO INHERENTE: ¿Carta blanca a la impericia médica?<div align="center" class="MsoNormal" style="text-align: center;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;"> </span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgj4AKdj9vfiuIMiZeMr40OJBtpCDN9rMIl_e-ezqqHZaI_uPvIw-j4PzDI5ttoOpMbLC8K7GoTUyrggCW8pZkvfDauq8r-zp3pU2cqR31ZNfUEOTxQ7ALJ1bt7PctxCbrL5Kw2xPLMSYM/s1600/Getoutofjailfreecc.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgj4AKdj9vfiuIMiZeMr40OJBtpCDN9rMIl_e-ezqqHZaI_uPvIw-j4PzDI5ttoOpMbLC8K7GoTUyrggCW8pZkvfDauq8r-zp3pU2cqR31ZNfUEOTxQ7ALJ1bt7PctxCbrL5Kw2xPLMSYM/s1600/Getoutofjailfreecc.jpg" height="115" width="200" /></a></div>
<span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">Desde
que comencé a representar víctimas de impericia médica y de
negligencia hospitalaria en Puerto Rico, hace muchos años, he venido escuchando
cómo los médicos y sus representantes legales han manejado el interesante término: “riesgo
inherente”. Cual espada de caballero inglés de Mesa Redonda, muy frecuentemente utilizan esta frase livianamente, como salvoconducto y defensa afirmativa ante una alegación de impericia de sus
pacientes. ¿Constituye realmente el “riesgo inherente” una defensa absoluta en
este tipo de casos? La respuesta no es la que quisieran escuchar los médicos y
los hospitales y alguno que otro de sus representantes profesionales.</span><br />
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;"> Antes
de realizar procedimientos diagnósticos, cirugías o tratamiento médico en
general, el paciente tiene derecho a ser informado debidamente de los
beneficios y los riesgos o complicaciones significativas que pueden surgir de
ese manejo. También debe el paciente ser informado por su médico de los riesgos
de no realizarse el procedimiento propuesto y de las alternativas que tiene
disponibles. Una vez informado y consentido el proceso en cuestión por su paciente,
puede entonces el médico realizarlo. Este “toma y dame” informativo en la
relación médico-paciente, se conoce como “consentimiento informado”. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">El concepto de consentimiento informado es
tan importante en el estado de derecho de todo país civilizado, que el que se
haga un procedimiento médico al paciente sin obtenerlo previamente, puede dar
origen a la configuración del delito de agresión y, además, al nacimiento de
una causa de acción civil en contra del galeno que lo omite. Tomemos esta
última, pues que, sepamos, no ha habido caso penal alguno, en Puerto Rico, en el que se haya
radicado una denuncia a un médico por este motivo y no lo veo en el panorama de los próximos años. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">Es pertinente aclarar que, para poder alegar
esta causa de acción como fuente generadora de daños en Puerto Rico, nuestro Tribunal
Supremo ha exigido jurisprudencialmente que se alegue y en el juicio se
evidencie que el daño al paciente fue ocasionado precisamente por el
incumplimiento del médico de su deber de informar. Naturalmente, ello resulta cuesta
arriba para la víctima del daño y su abogado. Por otro lado, dentro del
concepto de consentimiento informado, se exige que se explique al paciente,
entre otras cosas que he puntualizado, los riesgos y las complicaciones que pueden
resultar del proceso o tratamiento médico, pero no los riesgos o complicaciones
que son remotas o que han ocurrido en pocas ocasiones. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">Estas complicaciones o riesgos en cada
proceso médico deja a estos profesionales de la salud con el dilema de definir apropiadamente lo que es
un “riesgo inherente” del mismo. La literatura médica
se ha encargado de suplir, de forma amplia, esta información, la cual siempre ha estado al alcance de todos los médicos.
Muchas de estas complicaciones o riesgos son obvios y otros, no tanto.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">Todos sabemos que en un escenario
hospitalario, donde acude tanta gente con multiplicidad de infecciones,
proliferan las bacterias. El ser humano vive con bacterias que su cuerpo está
constantemente combatiendo; el ambiente está repleto de ellas. Por tanto, un riesgo inherente de todo proceso
médico invasivo, incluyendo una una infusión de líquidos intravenosos o hasta la administración de una inyección, es que el paciente contraiga una infección bacteriana. Todos los
formularios de “consentimiento informado”, por tanto, incluyen el “riesgo
inherente de contraer infección. El ser humano no es inmortal, por tanto,
sabemos que en todo proceso quirúrgico existe el riesgo de muerte que también se incluye en anticipación de una cirugía, así como también daño a algún órgano cerca o en el área quirúrgica.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">¿Si un paciente contrae una infección en un
hospital o muere durante un proceso quirúrgico, implica ello ausencia total de
impericia médica o negligencia hospitalaria? ¿Implica la ocurrencia real de alguno
de estos “riesgos inherentes” durante una hospitalización o proceso médico que
el paciente o sus familiares están huérfanos de una causa de acción en contra
del médico o el hospital? ¿Es absoluta la defensa de “riesgo inherente”? No.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;">Para no dejar de hacérsela más difícil a las
víctimas de impericia médico hospitalaria, nuestro estado de derecho ha
incorporado la presunción de corrección en el tratamiento médico. Esta presunción </span>"VIP" es con la que han favorecido a los médicos en estos casos, a diferencia de otros profesionales de distinta disciplina, que entran por la puerta general.<span lang="ES" style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; line-height: 200%;"> Esto
significa que </span><span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;">al médico le asiste
una presunción de haber ejercido un grado razonable de cuidado y haber ofrecido
un tratamiento adecuado. Para rebatir esta presunción, la alegada víctima de
impericia médica no puede descansar en una mera posibilidad de que el daño que
se le ocasionó se debió al incumplimiento por parte del médico de su obligación
profesional.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;">No obstante esta llamada presunción de corrección, donde la víctima comienza el juicio con un “strike”
en su contra, probar que el daño que se le ocasionó se debió al incumplimiento
por parte del médico de su obligación profesional no es imposible; se hace
todos los días. Esto incluye los daños a órganos y las muertes que ocurren en
sala de operaciones y las infecciones iatrogénicas o nosocomiales que se originan en los
hospitales donde el paciente deteriora y, en muchas ocasiones, muere. Estas complicaciones o
riesgos son denominados “riesgos inherentes” pero tanto los médicos como los hospitales pueden ser demandados por
variadas razones, incluyendo falta de asepsia en las facilidades o instrumentos, descuido de enfermería en los
hospitales en el lavado de manos e incluso por descuido negligente en el tratamiento o en el proceso médico. Por ejemplo, creo que un cirujano con cataratas o alguna otra condición de la vista importante, no la pasaría bien en un juicio, porque sería crasamente negligente si persiste en practicar su oficio y ocasiona una de estas complicaciones "inherentes" en la cirugía a alguno de sus pacientes. Es decir, Dr. Magoo debería abstenerse de hacer cirugías.</span><br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh0uluPObT8QlSmwz1EB6P4Q8R2p3e3n4iY4E23reYbEdj-FVK_a2CFr_7j7puf_DKqZvf_C8JCmj81Tu-8g7KiRL2amjACxB4VtQUNXQS7Bb-Q6DVDP_mrBLm4oXteXJIWynzJ8v3pGG4/s1600/Mr+Magoo.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh0uluPObT8QlSmwz1EB6P4Q8R2p3e3n4iY4E23reYbEdj-FVK_a2CFr_7j7puf_DKqZvf_C8JCmj81Tu-8g7KiRL2amjACxB4VtQUNXQS7Bb-Q6DVDP_mrBLm4oXteXJIWynzJ8v3pGG4/s1600/Mr+Magoo.jpg" height="200" width="200" /></a><span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;"></span></div>
<span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;"><o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="line-height: 200%; text-align: justify; text-indent: .5in;">
<span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;">El riesgo inherente, como defensa o salvoconducto en una
acción de daños por alegada impericia médica, por tanto, parte de la premisa inarticulada de que se
hicieron las cosas correctamente, dentro de la mejor práctica de la medicina. Es más, parte de la mismísima presunción de que les escribí anteriormente; es la otra cara de la moneda de la "presunción de corrección" que tienen los médicos. </span><br />
<span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;"><br /></span>
<span lang="ES" style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 12.0pt; line-height: 200%; mso-ansi-language: ES;">Algunos no lo comprenden o se les hace difícil asimilarlo. Siempre que un médico haga las cosas correctamente y, por ejemplo, su paciente murió en la mesa quirúrgica o con su tratamiento, puede levantar con éxito la defensa de que el daño resultante fue riesgo inherente del proceso. De lo contrario no y es en extremo lógico. </span>Si se prueba que no hizo las cosas como debía haberlas hecho, fue descuidado, el proceso o la cirugía no estaba indicada, si cometió una equivocación en la técnica quirúrgica y su paciente murió
o se le ocasionó un daño resultante de esas actuaciones u omisiones negligentes, aunque el resultado esté revestido de arriba a abajo con uno de
los llamados "riesgos inherentes", el médico no podría levantar con éxito la defensa de riesgo inherente; no está a su disposición, punto. Si aún así lo hace, su defensa de riesgo inherente tendrá el valor que puede tener en el mundo real una tarjeta del juego de monopolio.</div>
Unknownnoreply@blogger.com3tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-84831146283983117232014-10-02T09:10:00.002-07:002014-10-29T09:58:51.164-07:00Las medias verdades nunca son verdades, "Doctor President"<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgRxBMPXI5MJNoqmcFAYA7_a1h_aC1w6yRLhoHmYCA2UhDK3tP4gTiU-lbC6uykaApxzmrGQgsMzDs6G3K7m2HVrbBs_MME3uWx2uvQu0ea199YV2IRAwmf5_W54ul-WBvrNVdjx15CRqg/s1600/you+suck+Pinnochio.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgRxBMPXI5MJNoqmcFAYA7_a1h_aC1w6yRLhoHmYCA2UhDK3tP4gTiU-lbC6uykaApxzmrGQgsMzDs6G3K7m2HVrbBs_MME3uWx2uvQu0ea199YV2IRAwmf5_W54ul-WBvrNVdjx15CRqg/s1600/you+suck+Pinnochio.jpg" /></a></div>
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Además de constituir un maltrato hacia la mujer y la criatura por nacer, las cesáreas innecesarias dan origen a una causa de acción, es decir, a una demanda, bien por agresión o por impericia y negligencia, en contra del médico que la hace. Así de grave, pero sencillo de comprender. </span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br />
La Organización Mundial de la Salud establece que el porciento razonable de cesáreas no debe sobrepasar el 15% de todos los partos. Puerto Rico tiene la dudosa distinción de que el 48% de los partos hechos en nuestros hospitales son mediante cesárea. En algún momento, hace unos años, "logramos" la primera posición a nivel mundial.</span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br />
La Comisión de Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, presidida por la ex primera dama, hoy representante, Pity Gándara, celebró el miércoles 1ro. de octubre de este año la continuación de unas vistas públicas, al son de una manifestación en el exterior del capitolio, promovida por el grupo puertorriqueño autodenominado <a href="http://inne-cesareas.org/">Inne-cesareas.org</a>. En estas vistas se ha estado discutiendo el cumplimiento de los médicos del país con la llamada Ley para el Desarrollo y la Implantación de la Política Pública para la niñez temprana. Particularmente, el miércoles se discutieron las disposiciones de la Ley sobre nacimiento seguro y el rol de los obstetras en este importante evento. Allí estuvo exponiendo la posición gremial (no genial) de los médicos el flamante presidente del Colegio de Médicos y Cirujanos, el pediatra Dr. Victor Ramos Otero.</span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br />
En su ponencia oral, el buen doctor dijo lo siguiente: <span lang="ES-PR" style="background: white; line-height: 115%;">“En Puerto Rico el alto número de
cesáreas se explica por la escasez de obstetras ginecólogos y como defensa de
las demandas de impericia médica ante los altos riesgos que conllevan los
partos naturales. Puerto Rico es el único lugar donde se puede demandar hasta
que el menor cumple los 22 años cuando eso no se ve en Estados Unidos”.</span> <span style="color: black; mso-themecolor: text1;"><a href="http://tribunapr.com/2014/10/01/cuestionan-a-medicos-por-alto-numero-de-cesareas-en-puerto-rico.html">http://tribunapr.com/2014/10/01/cuestionan-a-medicos-por-alto-numero-de-cesareas-en-puerto-rico.html</a>. Sorprendentemente, el buen doctor Ramos añadió un criterio para el uso de cesárea como método para terminar un embarazo. Si no lo hubiese leído y se hubiese comentado "ad nauseum" por los medios en Puerto Rico, no lo hubiese creído y menos directo de la boca de comer de un pediatra, con la más alta posición en el gremio médico.</span></span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><span style="color: black; mso-themecolor: text1;"><br /></span><span style="color: black; mso-themecolor: text1;">Disparate aparte, vayamos por parte y analicemos la gravedad de la aserción del galeno. Hay que decir de entrada, que el tema del alto número de cesáreas en Puerto Rico no es nada nuevo, como tampoco lo es darle cobertura noticiosa a cualquier disparatero en este país. Este tópico data de más de veinte años. En diciembre de 2013 se publicó que "[</span><span style="background-color: white; line-height: 115%;">L]os nacimientos por cesárea en Puerto
Rico se triplicaron en los últimos 20 años, lo que elevó la tasa a 49.7 por
ciento, la más alta del mundo." </span><span style="line-height: 18.3999996185303px;">http://www.elpostantillano.com/salud/8327-prensa-latina.html. Por lo tanto, el hecho de que hace no más de cinco años los obstetras boricuas hayan optado por brincar el charco en busca de mejor calidad de vida, como ya es harto conocido, no ha incidido en que los que se hayan quedad0 usen más de lo debido el escalpelo en el vientre materno. Esa práctica era un mal viejo y estaba firmemente establecida en esa especialidad de la medicina desde hace décadas.</span></span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><span style="line-height: 18.3999996185303px;"><br /></span>
<span style="line-height: 18.3999996185303px;">Por otro lado, el buen doctor interesantemente habla e lo que los abogados conocemos como "período prescriptivo" para radicar una demanda cuando se trata de daños a menores de edad. Establece correctamente que en Puerto Rico existe el derecho a radicar una demanda en su favor, hasta un año luego de que el menor llega a la mayoría de edad, esto es, hasta que el menor cumple 22 años de edad. Lo que calla es que en Puerto Rico la mayoridad se llega a los 21 años de edad. Atribuye a esta parte de la ley actual la frecuencia del uso del bisturí en los obstetras para terminar el embarazo, estableciendo en su exposición una distinción de Puerto Rico con respecto a lo que ocurre en EEUU.</span></span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><span style="line-height: 18.3999996185303px;"><br /></span>
<span style="line-height: 18.3999996185303px;">El punto medular y, sobre todo, pertinente a lo que ha dicho este galeno sobre la ley local que establece los períodos prescriptivos para radicar una demanda en Puerto Rico, es el establecimiento de que la mayoría de edad es a los 21 años. Ello es distinto a EEUU, con la excepción del estado de Mississippi, en que se llega a la mayoridad a los 18 años de edad y Delaware, Alabama y Nebraska en que la edad es de 19 años.</span></span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span>
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Lo que oculta interesantemente el buen doctor Ramos es que en más de 20 estados de la nación estadounidense el período prescriptivo es el mismo que en Puerto Rico: hasta un año luego de que el menor llega a su mayoría de edad. Los siguientes son los estados a que me refiero: Kansas, Arizona, Washington DC, Kansas, Kentucky, Minnesota, Missouri, Nebraska, Nevada, New Hampshire, New Jersey, North Carolina, Ohio, Oklahoma, Oregon, Pennsylvania, Rhode Island, South Carolina, South Dakota, Tennessee, Vermont y Washington. ¿Por qué el doctor Ramos oculta este dato?</span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span>
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Si en Puerto Rico se variara la ley, estableciendo la mayoridad a 18 años de edad, en lugar de los 21 años en que está establecida actualmente, el período prescriptivo para radicar una demanda en favor de un menor de edad igualmente se reduciría. Por consiguiente, la demanda tendría oportunidad de radicarse en Puerto Rico hasta que el menor cumpliera 19 años de edad, como ocurre en estos estados. </span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span>
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Y ya que el buen doctor Ramos se refirió a EEUU, de una revisión al <span style="background-color: white; line-height: 115%;">U.S. National Center for
Health Statistics data </span>hemos notado<span style="background-color: white; line-height: 115%;"> que las tasas de cesáreas en esa nación van desde el 22% en Arkansas, hasta 37% en West Virginia, mucho menos que la barbaridad del 48% de Puerto Rico. Si en más de 20 estados el período prescriptivo para radicar una demanda en favor de un menor de edad es el mismo que en Puerto Rico, o sea, un año luego de que llegue a la mayoría de edad, el porciento de cesáreas innecesarias debería ser similar al de aquí, y no lo es. El doctor Ramos tendría la razón, pero no la tiene. Distinto a lo que dice el doctor Ramos, si el período prescriptivo, para radicar una demanda a favor de un menor, tuviese que ver en la decisión del médico obstetra para realizar una cesárea, como método para terminar un embarazo, el porciento en esa veintena de estados rondaría la bochornosa cifra que ronda en Puerto Rico.</span></span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><span style="background-color: white; line-height: 115%;"><br /></span>
<span style="background-color: white; line-height: 115%;">Podría especular con respecto a las razones por las cuales los médicos terminan en 48% de cesáreas en Puerto Rico, pero nos abstendremos de hacerlo. Lo que es vital aclarar es que la decisión de hacer o no una cesárea, fuera de toda duda, debe ser guiada por unos criterios estrictamente médicos y no de cualquier otra índole. </span></span><br />
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><span style="background-color: white; line-height: 115%;"><br /></span>
<span style="background-color: white; line-height: 115%;">Por lo demás, invito nuevamente al doctor Ramos a estudiar e interpretar mejor las estadísticas para que llegue a unas conclusiones honestas y ofrezca testimonios veraces ante la opinón pública, con algún mérito. Antes fue el éxodo de médicos a EEUU, ahora son las cesáreas innecesarias. Espero que al buen doctor no se le ocurra decir que las demandas de impericia médica, y los abogados que las radicamos, tenemos también culpa de la epidemia de chincungunya o del virus del Ebola.</span></span><br />
<span style="background: white; color: #333333; font-family: "Verdana","sans-serif"; font-size: 9.0pt; line-height: 115%; mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-font-family: "Times New Roman"; mso-bidi-language: AR-SA; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: EN-US;"></span><br />
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="line-height: 18.3999996185303px;"><br /></span></span>
<br />
<div class="MsoNormal">
<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal">
<o:p></o:p></div>
<br />
<br />Unknownnoreply@blogger.com2tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-36841623936246922872014-08-20T10:02:00.002-07:002014-10-07T07:09:35.557-07:00Purga en la judicatura<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh4npsTL-v5e4uv-LfKnZsjSYwjUPqw1_HBXEhQC1DsTLv61N8TNn4xaGjTe-dIZOXGHV_ZoTTM3hIUHRZ_TXqFzvWx5ocmU-hxMRdt6yRwfDR-UjF63IxVMczdycKj0GSnxkvpkQquoSE/s1600/expulsion1.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh4npsTL-v5e4uv-LfKnZsjSYwjUPqw1_HBXEhQC1DsTLv61N8TNn4xaGjTe-dIZOXGHV_ZoTTM3hIUHRZ_TXqFzvWx5ocmU-hxMRdt6yRwfDR-UjF63IxVMczdycKj0GSnxkvpkQquoSE/s1600/expulsion1.jpg" height="145" width="200" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman","serif"; font-size: 12.0pt; mso-ansi-language: ES-PR;">Los que conocemos el sistema judicial del país de
primera mano, sabemos que no es perfecto, nunca lo ha sido y jamás lo será. Ningún sistema
judicial lo es. Nunca ha habido esas pretensiones en ninguna parte del mundo. Sin embargo, los abogados de Puerto Rico siempre hemos sentido orgullo por las mujeres y hombres que han compuesto la judicatura del país. Personas
que, en muchas ocasiones, luego de litigar casos de toda índole, deciden un buen
día integrarse al sistema judicial para, en alguna medida lograr que se haga
justicia a los reclamos de las personas que acuden ante ellos.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Constantemente, los abogados nos hemos preciado de la
incorruptibilidad de nuestra judicatura; en fin, que tenemos la mejor
judicatura con la que puede contar un país para mediar en las disputas entre
personas y lidiar con los problemas sociales que nos agobian, como es la
criminalidad. Claro, este punto de vista es naturalmente prejuiciado en caso de
un abogado y debe tener mucho que ver con la apreciación boricua de que somos
el ombligo del mundo.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman","serif"; font-size: 12.0pt; mso-ansi-language: ES-PR;">Los
hechos que nos son revelados como parte de los procesos investigativos y
judiciales en contra de algunos componentes de nuestra judicatura representan
un golpe contundente, aunque sean con relación a una paupérrima minoría. Es un estacazo, no solo a las personas contra
quienes se dirigen, sino contra la percepción de todos los que hemos formado
parte o meramente protegido el sistema
judicial del país. Cada vez que los medios publican algún evento relacionado
con una alegada podredumbre en la judicatura del país, atisbo a mis treinta y
pico de años como abogado litigante e, irremediablemente, me pregunto si en
alguno que otro caso donde mi cliente no prevaleció hubo alguna mano ajena
detrás de la determinación judicial.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Creo que el titubeo que brota en estas circunstancias surge
en la mente de los abogados litigantes del país. Lógicamente, esta duda se
potencia en la apreciación de todas las personas que, de una u otra forma,
acuden a diario a los tribunales del país, bien como demandantes, demandados,
acusados o víctimas de delito y que no conocen el sistema, como los que
trabajamos en su entorno.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">En cómo se afecta la percepción de la población que
sirve la rama judicial gravita la evaluación en medio de estas pesquisas. </span><span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;"> </span><span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">El resultado natural de todas las alegaciones
de corrupción judicial que se hacen en los distintos medios, ya sea por
filtraciones o de un modo legítimo, es que la población deja de creer. Cada información
resulta en una estocada mortal al corazón del sistema que tiene que, en último
término, lidiar con todas las disputas que surgen en el país.</span><span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;"> </span><span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Se agrava la percepción general cuando estos
casos de alegada putrefacción judicial no se resuelven con rapidez. Ello es así
porque el aparente neutro da paso a la conjetura.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Somos muy dados a hacer generalizaciones, aún sin
contar con evidencia que las justifique; así es la naturaleza humana. Se han
hecho muchas en torno al sistema judicial. Sin embargo, cuando esas
generalizaciones toman alguna forma ante nuestros aún incrédulos ojos, el daño que
se hace a una institución, que requiere imparcialidad en todas sus ejecuciones
oficiales, es realmente inconmensurable.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span lang="ES-PR" style="font-family: "Times New Roman","serif"; font-size: 12.0pt; mso-ansi-language: ES-PR;">La
investigación que se hace en contra de algún componente de la rama judicial no
debe ser considerada como cualquier otra investigación. El delito que comete un
juez dentro de su función como tal no es un delito más. Requiere este tipo de pesquisa algo más que
la diligencia acostumbrada de la agencia que investiga.</span></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 12pt 0in 0.0001pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: 'Times New Roman', serif; font-size: 12pt; text-indent: 0.5in;">Nuestro país necesita rapidez en la resolución, sin que
los recursos investigativos y jurídicos sean restringidos de forma alguna. La
purga solo es forzosa cuando es necesaria. De lo contrario, entonces las que se
deben purgar rápidamente son las alegaciones.</span></div>
Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-25171310851671659042014-08-15T07:58:00.003-07:002014-10-07T07:09:15.539-07:00Otra herramienta nueva y útil<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhOG5644OgPVQNjPi2fB5hiwiODRJSJsLHETC_z_d7n8LlnJa4mupbVWbmizBMYtzsWaOJm6RR4iUncWK0sbM6A7PIrsYqasipDwTILphNUlb4suK5NIR_cPkvrTq5Tr849wtMqJJ3hrgk/s1600/Alvarado+Tizol+book.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhOG5644OgPVQNjPi2fB5hiwiODRJSJsLHETC_z_d7n8LlnJa4mupbVWbmizBMYtzsWaOJm6RR4iUncWK0sbM6A7PIrsYqasipDwTILphNUlb4suK5NIR_cPkvrTq5Tr849wtMqJJ3hrgk/s1600/Alvarado+Tizol+book.JPG" height="200" width="200" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
Para aquellos abogados que interesen incursionar en la litigación en el área, el colega Héctor Alvarado Tizol ha publicado su libro con el título sugestivo de "Litigación en Casos de Impericia Médica", Mariana editores, 2014. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
El licenciado Alvarado Tizol es uno de los pocos abogados experimentados en el área de la impericia médica en Puerto Rico, contando con alrededor de cuatro décadas de experiencia en este campo. Su visión dual de cirujano oral maxilofacial y abogado hace que este libro tenga una perspectiva interesante desde el punto de vista de la litigación, pues no está dirigido solamente a los que litigamos en pro de las víctimas, sino, igualmente, está enfocado al punto de vista del profesional de la salud. </div>
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<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
En su libro, Héctor cita y brinda un resumen de toda la legislación y la jurisprudencia pertinente, tanto federal, como de Puerto Rico, aplicable al tema. Naturalmente, este libro está al día, presentando incluso los casos de Fraguada y Confesor Rodríguez, en los cuales el Tribunal Supremo de PR desarrolló nuevas normas jurídicas y guías que resultan sumamente importantes para todos los que nos interesa el tema y que, de día a día litigamos este tipo de casos. Nos dice la contraportada, además, que "este libro está escrito con la precisa intención de que los estudiantes de derecho tengan una herramienta completa al momento de graduarse y que lleguen a la práctica con los conocimientos suficientes para no llevar jamás una demanda frívola contra un médico o cualquier otro profesional en la preservación de la salud."</div>
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<br /></div>
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De un vistazo al contenido del libro, puedo asegurar que su lenguaje, algo técnico, es de fácil manejo y comprensión para todos los abogados del país que interesen conocer un poco más del tema de la impericia médica, aunque no persigan litigar en el área. Esta nueva herramienta se encuentra desde hace unos días disponible para la venta en Biblioservices, una librería especializada en derecho, ubicada cerca de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana, en el sector Tres Monjitas de Hato Rey. </div>
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<div style="text-align: justify;">
Enhorabuena y éxito para el amigo y colega!!</div>
Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-8793158211372312264.post-78814477221345114352014-08-12T08:22:00.002-07:002014-08-14T09:47:10.054-07:00EXODO, la Guagua Aérea VIVE<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhvZgex69mkY2nYM9shb2Ty-PiLZYK5OIGs5Fk2jILXgFS-y9FpA_6pLBCcCh04mKHBzPmjFwAmftPVV38bqKV1rr0IutDUSqQtgJuaaOahDhdhstIjQEeg6uKhpAEngVLIhf74PmXVlFU/s1600/La+guagua+a%C3%A9rea.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhvZgex69mkY2nYM9shb2Ty-PiLZYK5OIGs5Fk2jILXgFS-y9FpA_6pLBCcCh04mKHBzPmjFwAmftPVV38bqKV1rr0IutDUSqQtgJuaaOahDhdhstIjQEeg6uKhpAEngVLIhf74PmXVlFU/s1600/La+guagua+a%C3%A9rea.jpg" height="320" width="232" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Con la honrosa excepción del doctor Ibarra, el discurso principal de los presidentes del Colegio y de la Asociación de Médicos de Puerto Rico, durante más de una década, ha sido que las demandas de impericia médica y sobre negligencia hospitalaria que los abogados presentamos en los tribunales del país, han sido dínamo o propulsoras de la emigración de estos buenos profesionales a Estados Unidos de América. Estos buenos doctores han calificado esta emigración profesional de sus pares - y la han exagerado - al punto de llamarla "éxodo", vocablo con raíces antiguas, refiriéndose al Segundo libro de la biblia, en el que se narra la salida de los hebreos que abandonaron Egipto, de manos del profeta Moisés, en busca de la "Tierra Prometida".</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Dándoles el beneficio de la duda, estos dirigentes médicos han argumentado en el pasado, quizá de buena fe, que la mayoría de las demandas que se presentan en los tribunales del país en su contra tienen a los médicos trabajando en los hospitales y oficinas con los pelos de punta y a sus familias temerosas de quedar en la ruina económica y en estado de paupérrima insolvencia. Sin excepción, y con condescendencia, todos admiten al final que las víctimas de impericia tienen derecho a que sus casos sean ventilados y a ser compensados justamente.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">A través de la pasada década, lo que he denominado antes como una falacia o mito, las estadísticas oficiales han derrumbado el argumento médico, evidenciando que la emigración de los médicos hacia el norte, no es distinta al movimiento de los boricuas en general. Habiendo sido condescendiente por muchos años, llegándolo a calificar recientemente como argumento "chatarra", no puedo menos que calificarlo en este momento como una mentira que ha tenido sus consecuencias.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Una de los primeros resultados del argumento falso del éxodo médico, fue la propuesta de la pasada administración gubernamental de elevar el derecho de hogar seguro de los médicos sobre su residencia, irrespectivo del valor de ésta. Como esa legislación representaba un privilegio a una clase, ya privilegiada, se optó eventualmente por otorgar ese derecho a toda la población, y así fue aprobada por el gobernador Fortuño.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Otra de las consecuencias de este argumento mendaz, fue considerar a ciertas instituciones hospitalarias privadas, otorgándole inmunidad a su facultad médica, con los consecuentes topes aplicables a los pleitos contra el Estado. Es decir, en caso de una reclamación y sentencia del tribunal, $75 mil por víctima de impericia médica, hasta un tope máximo de $150 mil por caso, irrespectivo del daño que la negligencia médica haya ocasionado. Con un mejor juicio, esta legislación fue revocada por la presente administración, devolviendo la sensatez a la norma jurídica.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">El actual presidente del Colegio de Médicos de Puerto Rico, como he advertido antes, ha prometido como una de sus prioridades, propulsar una reforma a la legislación de impericia médica. El buen doctor ha repetido "ad nauseum" el argumento falaz de que el éxodo de los médicos ha sido y es a causa de las susodichas demandas de impericia médica y el "miedo" de los profesionales a esta espada de Damocles sobre sus cabezas.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Tan reciente como ayer, se publicó un informe del "Pew Research Center" (PRC) en el que analizaba los datos del último censo poblacional, con relación a los boricuas de aquí y los que residen al otro lado del charco. <a href="http://www.pewhispanic.org/files/2014/08/2014-08-11_Puerto-Rico-Final.pdf">Este informe</a> reveló lo que ya era un secreto a voces: que más boricuas han emigrado en la pasada década hacia EEUU, que los que emigraron luego de la Segunda Guerra Mundial, esto es, a principios de la década de los años 50, en lo que los más jóvenes llegamos a conocer como la "guagua aérea". Ello, en búsqueda de mejores condiciones u ofertas laborales o condiciones familiares. Es un hecho, evidenciado en este informe, que hay 4.9 millones de puertorriqueños esparcidos por EEUU, versus los un poco más de 3 millones que habitamos en esta bendita Isla del mofongo, las alcapurrias y del chichorreo de fin de semana. Otro dato importante que se revela por el PRC es que los boricuas que han volao' la verja hacia el estado de Florida, predominantemente y luego hacia el estado de New York, nuestra mayor ciudad, tienen más educación formal que el resto de los hispanos que han emigrado allá.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">Con este informe no ha quedado duda alguna de que la emigración de los médicos puertorriqueños no es distinta a la de los demás profesionales que han optado por irse de Puerto Rico. Sin embargo, este dato incuestionable seguramente no detendrá a los dirigentes médicos ni impedirá el fuerte cabildeo </span><span style="font-family: Georgia, 'Times New Roman', serif;">de sus distintas organizaciones </span><span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;">en la Asamblea Legislativa </span><span style="font-family: Georgia, 'Times New Roman', serif;">y en la Fortaleza, </span><span style="font-family: Georgia, 'Times New Roman', serif;">para procurar una legislación más restrictiva a los derechos de las víctimas de impericia médica y de la negligencia hospitalaria en Puerto Rico. A</span><span style="font-family: Georgia, 'Times New Roman', serif;">nclados en la mendacidad del argumento, y que tan reciente como ayer fue una vez más vapuleado, s</span><span style="font-family: Georgia, 'Times New Roman', serif;">eguirán estos buenos doctores buscando en su favor más privilegios. Solo una legislatura valiente e informada podrá impedir su avance y detenerlos en seco. Por el bien de todos los que han sido o serán pacientes en Puerto Rico, espero que la tengamos.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Georgia, Times New Roman, serif;"><br /></span></div>
Unknownnoreply@blogger.com0