lunes, 12 de mayo de 2008

El rey del truco



Aunque no hace falta ser abogado de víctimas de impericia médica en Puerto Rico ni experto en el análisis forense de documentos para percatarse de que algún documento incluido en un record o expediente médico ha sido trucado, algo de eso ayuda. Estas alteraciones de documentos – que en muchas ocasiones son hechas de manera burda por el médico - son evidentemente fabricadas con el propósito de protegerse de cualquier alegación futura de negligencia.

El truco es realmente un juego de barajas o naipes. Es de origen árabe (truk o truch), y algunos lingüistas creen que es el origen etimológico de la palabra truco, debido precisamente a los ardides que se emplean en este juego. (http://es.wikipedia.org/wiki/Truco_(juego_de_naipes). Así, la palabra “ardid” es la que incide en una actuación de alteración o falsificación de esta índole, ya que su autor pretende defraudar, mediante engaño, a quien lee el record médico, particularmente a los abogados que representamos a las víctimas de impericia médica.
A través de los años, me he encontrado con unas cuantas alteraciones de records médicos, hechas con el objetivo firme de engañar al lector y proteger al autor de cualquier alegación de impericia. Hace unos cuantos meses, en el ensayo “La impunidad del perjurio”, reseñé, con cierta frustración, detalles de un caso que me había ocurrido en esos días. Enfatizo la palabra frustración porque esa fue la emoción que sentí al ver como la doctora salía del tribunal sin haber sido objeto siquiera de una reprimenda, luego de que fuese evidente su autoría en una alteración de record y patente su testimonio eminentemente perjuro. El asegurador terminó pagando por su negligencia. A pesar de ello, sin embargo, las alteraciones de los records médicos siguen ocurriendo y, aunque seguramente no con la frecuencia que se debiera, se siguen descubriendo.
Me puedo imaginar a un médico solicitando en el departamento de expedientes médicos que le dejen examinar un record de una paciente suya, con la excusa de que ha dejado de firmar algunas notas de progreso, requerimientos de consultas u órdenes médicas.
Todo discurre normal hasta que se sienta en la soledad del pequeño cuarto de examen de records, de frente al record, pero de espaldas a la puerta y a los empleados del departamento de records. Allí, con su conciencia de único testigo, comienza a buscar disimulada pero desesperadamente dentro del expediente el documento, la hoja o porciones del record que tiene ideado alterar. Al encontrar el objeto de su búsqueda, como el que esconde un naipe de la mirada incisiva de un jugador adverso, observa de reojo que nadie le esté mirando y comienza a ejecutar el plan fraguado desde hace unos días.

Una vez ejecutado el ardid, entrega el expediente alterado y sale satisfecho, con la frente en alto y el pecho inflado, sintiéndose el rey del truco. De camino a su oficina recuerda cada una de las notas que alteró, justificando de alguna manera su engaño, probablemente para sentirse menos culpable. Total, ya nada puede hacerse para revivir a su paciente. El reloj no puede dar marcha atrás y solo queda proteger su peculio, su familia y su reputación de una demanda de impericia médica. Convencido de que hizo lo que tenía que hacer, pasa la página y sigue con su rutina aunque cruzando los dedos para que lo que hizo, que no revelará a nadie, nunca se descubra.
Llega el día temido - el momento de la verdad y las alteraciones y falsificaciones que hace el incauto médico salen a la luz, porque todo a la larga se sabe. Lo que creía era el "crimen" perfecto, ya no lo es tanto y entonces, luego de la negación, vienen las lamentaciones.
Recuerdo y hago un homenaje al Chino González, excelente y reconocido abogado boricua, ya fallecido. El Chino González no se cansaba de poner en el más riguroso plano de observación cada documento que caía en sus manos relativo a algún caso suyo. Según decía, mientras más observaba los documentos, más cosas nuevas notaba de su contenido.

Si algo importante pude de mi corta relación profesional con ese estupendo abogado criminalista puertorriqueño fue aprender a observar los documentos con un rigor que pocos colegas acostumbran. Orificios uniformes en papeles sucesivos que debieron insertarse en fechas distintas, tintas desiguales, presión en la escritura distinta, dos copias del mismo documento cuyo contenido no concuerda, etc. Ha sido un buen consejo que me ha servido como abogado y que comparto con mis lectores como algo verdaderamente valioso. Hay que observar cada documento detenidamente, una y otra vez, y luego hay que volver a observarlo.

Cuando se descubre el fraude, ya el tema principal u obligado del caso no es la negligencia sino el engaño perpetrado por el médico para pretender protegerse de una alegación de negligencia. Lo que pudo ser un caso razonablemente defendible se convierte en una pesadilla para el abogado que defiende al “rey del truco”.

En la mayoría de las ocasiones el médico levanta las manos ante una prueba irrefutable de su engaño y transige su caso. Para aquellas ocasiones en que no lo hace, creo que una sentencia otorgando una compensación se queda corta, no hace verdadera justicia a las víctimas ni resulta en un disuasivo eficaz.

martes, 6 de mayo de 2008

!Quien mucho abarca, poco aprieta!




Hace tres décadas tuve un profesor en la escuela de derecho que aconsejaba incluir en la demanda de daños y perjuicios todo aquel sospechoso de haber contribuido, de alguna manera, a ocasionar un daño a nuestro cliente. Que luego se saliera, si es que podía…; así decía.
A pesar de ser uno de mis íconos, nunca, a sabiendas, seguí el consejo de mi antiguo profesor. Al menos, no en los casos de impericia médica. Incluir a un médico en una demanda de este tipo implica para él o ella un aumento de prima en su seguro de responsabilidad profesional, pues, siendo actualmente ésta una industria sumamente volátil, las aseguradoras cuantifican el riesgo potencial de pérdida que puede ocasionar determinada demanda, estimando de antemano además, los costos de litigación. Al hacerlo, le cobran a los médicos los ya famosos “recargos” que solo ellos y la Oficina del Comisionado de Seguros, saben la manera como se computan.
Qué muchas demandas se evitarían los médicos con tan solo escribir sus notas en los expedientes de sus pacientes adecuadamente, y de forma legible. No me malinterpreten. Ello no quiere que los abogados incluyamos como demandados a los médicos por el solo hecho de ser pésimos calígrafos. Quiero creer que se demandan siempre bajo la idea fundamentada de que han sido negligentes y que con su negligencia han contribuido a los daños de nuestros clientes. No se demanda a un médico porque escriba como niño de escuela elemental o primaria, aprendiéndolo a hacer en cursivo. Sin embargo, una palabra aquí y otra allá puede marcar la diferencia entre ser o no demandado.

Cada vez con más frecuencia, he encontrado casos - míos y de algún colega - en que, por esa razón, alguno que otro médico ha sido incluido como demandado, porque el perito médico que hemos contratado ha entendido que debe ser incluido, en ocasiones por una mala interpretación de lo que ha escrito, que no siempre es lo que el médico en cuestión ha pretendido. Como he sostenido antes, el abogado de la victima de impericia médico-hospitalaria no quiere encontrarse con una situación de esta naturaleza y menos luego de varios años de litigación intensa que implica incontables horas de trabajo arduo.

He sugerido que, de inmediato, comenzando el período de descubrimiento de prueba, el abogado de una alegada víctima debe requerir una transcripción de las notas a manuscrito de cualquier médico demandado. Usualmente, los demandados no tienen reparo alguno a proveerla, ya que entienden que ello facilita la litigación, no tanto para el abogado contrario que la solicita y por quienes no tienen seguramente admiración o deseo alguno de facilitarles el trabajo, sino para el abogado propio. A pesar de que creo que antes de presentar la demanda el abogado debe contar con el informe pericial que sustente la alegación de negligencia y su vínculo con el daño ocasionado, es importante referir estas transcripciones al perito, para que éste verifique que lo que ha entendido del récord médico fue lo que el autor de la nota pretendió con ésta.

Aquí viene lo difícil, pero necesario. Si un abogado se percata que él, ella o su perito se han equivocado en la interpretación de los records, porque no se ha entendido adecuadamente la letra de los médicos o enfermeras que han escrito en éste, debe confrontarse de inmediato con la verdad. Si la mala interpretación es una sustancial, cuya corrección podría variar las conclusiones sobre la negligencia o falta de ésta con relación a determinado demandado, debe corregirse la situación y sacar al médico del pleito de inmediato, sin dilación alguna. A través de sus abogados, usualmente los médicos demandados acceden a esta petición sin exigir, aunque podrían hacerlo, el pago de costas o de honorarios de abogado. Para un abogado de una víctima, desistir siempre es difícil, pero es lo honesto.

El abogado no necesita dentro de un pleito a un médico que no ha contribuido con los daños de una víctima de impericia médica. Además de complicar el trámite, es injusto para ese médico, que se ha visto obligado a incurrir en unos gastos con relación a su seguro de impericia médica; sin contar con la angustia y ansiedad que un pleito de esta naturaleza en su contra provoca en él y en su familia. Por otro lado, en estos casos, el dicho jíbaro viene como anillo al dedo: "quien mucho abarca, poco aprieta".

miércoles, 30 de abril de 2008

Al fragor de la lucha forense


La litigación en todo campo del derecho – y la impericia médica en Puerto Rico no es la excepción, conlleva, en muchas ocasiones, palabras fuertes o altisonantes, frases equivocadas, dichas por el abogado, todas en el fragor de la lucha forense. Muchas de éstas son verbalizadas espontáneamente y en otras ocasiones, de manera escrita, presumiblemente más pensadas, objeto de mayor deliberación por parte del que las escribe. El proceso adversativo implica precisamente el que adversarios midan sus actuaciones u omisiones pasadas y presentes y sus argumentos para defenderlas con el objetivo en mente de prevalecer en su día ante el juzgador de los hechos, que puede ser un juez o un jurado, con las actuaciones u omisiones pasadas y presentes del adversario.

El abogado litigante no debe perder de perspectiva que no es el dueño de la acción que lleva ante el tribunal; el dueño es siempre su cliente. No debe olvidarse nunca que el abogado que representa al cliente adversario del suyo es sencillamente eso: el instrumento que utiliza el cliente con intereses opuestos al de uno para sostener sus puntos de vistas para presentarlos y representarlo ante el foro judicial de la mejor manera posible, utilizando las reglas, la ley y su mejor talento.

En ocasiones algunos podemos salirnos un poco de la raya, bien sea de forma verbal o epistolar. Cuando se advierte que ello ha ocurrido, se debe rectificar de inmediato y, de proceder una disculpa, comunicarla al abogado de la parte adversa que pudo sentirse agraviado con las palabras, acciones u omisiones en el fragor de la litigación, aunque no lo manifieste expresamente. La disculpa no debe tomarse por nadie como un posible signo de debilidad, sino de fortaleza de carácter. Trasmitida la disculpa debidamente, pasada la página, se vuelve al fragor de la lucha, con la esperanza de que todo quede atrás, midiendo las actuaciones en su justa perspectiva, pero sin confundir la gimnasia con la magnesia.