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viernes, 13 de septiembre de 2013

Hay que aprovechar la coyuntura

            Es muy difícil admitir los errores propios; es más fácil señalar los ajenos. Sin embargo,
se ha descubierto que, para un médico, resulta muy inteligente disculparse ante un paciente o sus familiares, que han recibido daños por su negligencia o impericia. Lo mismo aplica a los hospitales, cuando hay negligencia hospitalaria. Puede que no, pero es muy posible que disculparse a tiempo valga la pena porque quizá, con ello, se evita ser demandado.

            El incidente de la bacteria en el hospital de Carolina fue la gota que colmó la copa que provocó que el Secretario doctor Joglar dejara la Secretaría de Salud.  Un poco antes de ese incidente fue su manejo de la situación con el llamado Virus del Nilo, donde aparentaba haber sido contagiada una dama.  Las cosas olían mal luego que salió a la luz pública el alegado conflicto que planteaba el nombramiento del doctor Joglar a la más importante silla en el Departamento de Salud, por haber sido un alto funcionario en Medicare y Mucho Más y en Triple S, las dos aseguradoras de planes de salud más importantes de Puerto Rico.

            Muchas voces han hablado sobre el hoy Ex Secretario de Salud, de lo buen ser humano y médico que es, hasta de lo buen abuelo que ha sido con sus nietos. Todas esas voces siempre negando que fuese la persona idónea para ser nombrada a esa silla ministerial.  Todos los escuchados, sin embargo, han pasado por alto la importante contribución que ha hecho el doctor Joglar, a propósito de su crisis más reciente.  Que yo recuerde, nadie antes lo había hecho.

Quizá ingenuamente, el doctor Joglar denunció públicamente que hubo negligencia en el manejo del protocolo con relación al control de infecciones en el Hospital Federico Trillas.  La implantación del protocolo de control de infecciones del hospital fue negligente y lo dijo alto y claro.  Y como si fuera poco, añadió el galeno que esa negligencia fue la que ocasionó la muerte a casi una docena de pacientes y el contagio de muchos otros.

           Ahora que se puede dedicar más a cuidar de sus plantitas, sostengo que el doctor Joglar ha hecho en su corta estadía en el servicio público reciente una contribución importante. Esta coyuntura debe ser utilizada para ensayar una propuesta que ha tenido éxito en muchas partes del mundo.  Ahora que el gobierno ha admitido la negligencia y que ésta ocasionó el contagio y algunas muertes, proceden las disculpas personales a los familiares de las víctimas fallecidas y a las víctimas que se contagiaron y que no han muerto.

Los funcionarios que administran y operan el hospital señalado, y que son responsables del protocolo de control de infecciones, deben dar cara en este momento ante las víctimas de la negligencia hospitalaria.  Deben ofrecerles disculpas y una compensación económica justa y adecuada para las pérdidas que han sufrido.  Existe un caso claro de negligencia hospitalaria.  Es éste el momento de corregir la situación. La mejor manera de comenzar es compensando a las víctimas de la negligencia.

NOTA: 2 de enero de 2014

Como es de conocimiento público, se radicó una demanda de clase de las víctimas del brote bacteriano, pidiendo daños y perjuicios para las sobrevivientes y para los familiares de las que no sobrevivieron.  Para mi sorpresa, casi al filo del 2013, los demandantes radicaron una acción de un interdicto, pidiendo nada menos que el cierre del hospital.  El nuevo año los recibió con una decisión del Tribunal Superior de Carolina, denegando el injunction, bajo el argumento de que el interés de los demandantes no sobrepasa el efecto negativo de un cierre del hospital para la comunidad que sirve.  Creo que la decisión fue correcta, con la venia de mi ex compañero de clase, que representa a los demandantes en un pleito de idem. LEs deseo suerte en lo que resta del pleito.

            

sábado, 18 de mayo de 2013

Fototerapia y el daño cerebral

Cuando abordé por primera vez el tema de la fototerapia como abogado, fue por el relato de unos padres que llegaron a mi oficina alegando que su hijo, entonces de cinco años, había sufrido daño cerebral severo y permanente relacionado con el manejo médico y hospitalario que recibió durante sus primeros días de nacido.  Hasta ese entonces, la fototerapia representaba para mí solo la imagen de un bebé en una pequeña cuna alumbrada por lámparas, tras los cristales de un "nursery".  Los padres que conocí con su pequeño hijo  cambiaron toda mi perspectiva sobre ese tema, para siempre.

Una de las primeras interrogantes que me surgieron con el relato de los padres amorosos que tenía ante mí, fue por qué razón habían tardado tanto en buscar ayuda legal.  Me contestaron que no conocieron la verdadera razón por la cual su hijo tenía retraso en su desarrollo, sino hasta hacía unos cuantos meses, y fue luego cuando se decidieron a buscarla.

Desde que su pequeño hijo fue dado de alta del hospital, luego de tres semanas de estadía y manejo médico hospitalario, habían recorrido muchas oficinas de médicos con especialidades entre otras, pediatría, neurología, endocrinología, audiología, oftalmología.  Ninguno de los médicos que visitaron por varios años, daban con la fuente o, como dicen, etiología del retraso en el desarrollo de su hijo.  Múltiples exámenes especializados le fueron practicados a su hijo con el fin de descartar condiciones metabólicas y otras que no hace falta mencionar. Todos los exámenes apuntaban a que el niño sufría de daño cerebral severo y permanente, compatible algunos de sus hallazgos con perlesía cerebral.

La sorpresiva revelación ocurrió en la segunda visita de los padres con su hijo a un hospital de niños fuera de Puerto Rico, donde acudieron en búsqueda de respuestas. Luego de varios exámenes mega especializados, y encontrando que el daño se focalizaba en varios puntos específicos del cerebro, el neurólogo pediátrico que examinó al niño y que estudió todo su historial médico, al fin dio con el verdadero diagnóstico: KERNICTERUS.

Hago este relato porque es probable que hayan padres que se encuentran en la situación de no saber o comprender la razón del retraso en el desarrollo de sus pequeños retoños.  Conocer a los padres de mi relato me hizo entender a cabalidad la angustia por la que pueden atravesar unos padres que se encuentran en el limbo ante el desconocimiento de la verdadera etiología de la condición de sus hijos.

En este punto el lector se preguntará: ¿y qué tiene que ver el kernicterus con la fototerapia?

Las estadísticas han evidenciado que tanto como el 60 porciento de todos los niños que nacen son afectados por ictericia fisiológica en la primera semana de vida.  Es fácil percibir esta condición observando el color amarillento en que se torna la piel del neonato.  Es un hecho probado que aproximadamente el 10 porciento de los bebés que son lactados, pueden mantener la ictericia hasta transcurrido el mes de nacido. 

La ictericia neonatal o hiperbilirubinemia, se detecta por estudios de laboratorio, cuando los niveles de bilirrubina en la sangre han aumentado del nivel que se considera normal.  Cuando el hígado recién estrenado del neonato no puede lidiar con la cantidad de bilirrubina, su cuerpo se torna amarilloso.  Esta condición no pasa de ser un pequeño susto para muchos padres que tienen que ver a sus recién nacidos sometidos al proceso de fototerapia, que todos conocemos.  Para otros, como los padres de mi relato, el manejo simple de la fototerapia por un grupo de médicos y enfermeras, se convirtió en una pesadilla que ha cambiado a su familia para siempre. Un manejo médico hospitalario inadecuado y negligente de la hiperbilirubinemia de su hijo provocó que una cantidad de bilirrubina llegara a su cerebro, produciéndole un daño grave.

En la mayoría de los casos, los altos niveles de bilirrubina del neonato con ictericia pueden ser disminuidos al nivel normal con meramente exponerlo a unas lámparas en su cuna, con la debida protección de sus ojos y su genitalia.  Es imperioso un monitoreo cercano y frecuente de estos niveles de bilirrubina para que se pueda alterar la fototerapia, bien para prolongarla o para descontinuarla.  También se deben descartar otras condiciones médicas, en un ejercicio aceptable de diagnóstico diferencial.

Un altísimo número de neonatos es tratado exitosamente con fototerapia, que funciona bajando los niveles de bilirrubina.  Sin embargo, en otros la fototerapia se torna inefectiva para bajar los niveles de bilirrubina y entonces se debe recurrir a un procedimiento que se denomina como exsanguinotransfusión ("exchange transfusion"), donde literalmente le cambian la sangre al recién nacido. 

Siempre han habido gráficas para el tratamiento, guías y estándares publicados por la Academia Americana de Pediatría, que instruyen a los médicos y enfermeras, tanto para comenzar con la fototerapia, como para recurrir al remedio extremo de la exsanguino-transfusión.  Conocer cabalmente estos instrumentos de conocimiento médico vigente es deber ineludible de todos los médicos y del personal hospitalario que lidian a diario con recién nacidos.

Desde el punto de vista del médico y del hospital, no mantenerse al día en  el conocimiento para el manejo de la hiperbilirubinemia neonatal implica exponerse a una demanda por impericia médico-hospitalaria. Una reclamación donde tendrán que pagar muchísimo dinero y, posiblemente, vivir con algún grado de remordimiento por algunos años, hasta que lo olviden, dependiendo de la sensibilidad humana que se tenga.  Sin embargo, la consecuencia inexorable de este desconocimiento negligente, para todos los protagonistas, no solo es económica.   Lo peor de todo cuando se desconocen estas guías de tratamiento es la gran probabilidad de imponer una sentencia de cadena perpetua, no solo al bebé que sufre el daño cerebral  por negligencia, daño del que estará consciente a diario, sino una que será pagada por todos en su familia, para toda la vida.

sábado, 3 de marzo de 2012

MEDICARE y mucho ... menos


Cuando en un mismo paciente concurren las características de ser beneficiario de Medicare y haber sido víctima de impericia médica o de negligencia hospitalaria, la ecuación resultante es verdaderamente preocupante para el abogado que lo representa. Preocupante también debe ser para la aseguradora del médico, para este y para el hospital que van a tener que compensar al paciente.

Desde 1980, la ley federal de Medicare faculta a la agencia para solicitar el reembolso por los gastos médicos o de rehabilitación que ha incurrido a favor de un beneficiario. Desde entonces han transcurrido un poco más de tres décadas sin que esa disposición de reembolso haya tenido las garras o, como nos gusta decir a los abogados, los dientes para implantarla debidamente. Eso se acabó y todos nos encontramos, en este momento, sin las ideas o el conocimiento indispensable para lidiar con situaciones emergentes; como una bombilla fundida.

Desde enero de 2012 la ley federal de Medicare obliga al que paga a informar a la agencia cualquier transacción extrajudicial, judicial o sentencia. Esto tiene que ver con cualquier reclamación de daños y perjuicios. Pero, en el contexto de una víctima de impericia médica que transige con SIMED, Triple S, cualquier otra aseguradora, el médico o el hospital u obtiene una sentencia a su favor, estas entidades o personas vienen obligadas a informar de la transacción o sentencia a Medicare. Por cada día que pasa sin que informe a la agencia federal, la ley dispone una penalidad, valga la redundancia, de mil dólares diarios.

Lo establecido no queda ahí. La ley federal impone al abogado que lleva el caso y que representa a la víctima el deber de informarle a Medicare sobre la radicación de la reclamación, detallando además fecha de incidente, dirección y número de seguro social del beneficiario. El resultado neto de toda esta legislación federal es que el paciente beneficiario o sus familiares sobrevivientes, que reclaman sus daños, recibirán menos de lo que antes recibían, porque Medicare puede reclamar y cobrar lo gastado en el cuidado médico dado al paciente.

Por otro lado, las aseguradoras no pagarán la compensación a menos de que se cercioren que los gastos pagados por Medicare hayan sido "tasados" por la agencia y tal vez satisfechos. Nadie estará dispuesto a pagar dos veces. Y como la soga parte siempre por lo más fino, probablemente retendrán los pagos o endosarán el cheque a favor de Medicare, como beneficiario adicional.

¿Cuál es el propósito de los colmillos que le han nacido a la ley de Medicare en estos días? Obviamente, todos los gobiernos del mundo andan tras el billete y los federicos no son una excepción. El que un paciente reciba una compensación en un pleito de impericia médico hospitalaria, pone a todo el mundo a revelar información encaminada a que Medicare recobre lo que haya pagado por la negligencia de un tercero… de donde pueda hacerlo, incluyendo beneficiario (paciente), su abogado y los paganinis que son en los casos de impericia médica, SIMED, Triple S, médicos y hospitales. Es decir, todo el mundo.

¿Qué debemos hacer los abogados que representamos a las víctimas? ¿Qué harán los jueces que conceden gastos médicos en sus sentencias, y las aseguradoras que pagan las reclamaciones? Hay demasiadas interrogantes y poca información disponible hasta ahora. TODOS debemos conocer la ley de Medicare, sus variantes de recobro, sus ramificaciones y, sobre todo, las consecuencias por su incumplimiento.

El Colegio de Abogados de Puerto Rico está planificando un seminario sobre este tema tan importante y con tan graves consecuencias en nuestro entorno profesional. Los profesionales del derecho debemos acudir en masa cuando se ofrezca. Que la ignorancia sobre el tema sea sustituida por una bombilla que nos alumbre y nos dé conocimiento preciso. Los federicos juegan a la pelota dura y si alguien aún no lo cree, pregúntele a Héctor Martínez, a De Castro Font y, más recientemente, al sol que se apagó en Barceloneta.

viernes, 13 de enero de 2012

Justicia tardía nunca es justicia


El refrán trillado que sirve de título a este post, y que deliberadamente he trastocado un poco, aplica también a los casos de impericia médica y negligencia hospitalaria que se litigan diariamente en Puerto Rico.

Ya había dicho que el perfil de una víctima no escondía, en la mayoría de los casos, el deseo o fin último de lucro personal como consecuencia de un evento de mala práctica médica o mala praxis, como la llaman en algunos países hermanos. Invariablemente, el propósito de estas personas, cuando acuden a buscar ayuda profesional de un abogado, es la búsqueda de justicia para un ser querido o para ellos mismos.

En marzo de 2002 presenté una demanda en el tribunal de primera instancia de Puerto Rico. Se trataba ese caso de una dama, a quien llamaré con el nombre ficticio de "Ana", que falleció en mayo de 2001 a causa de impericia médica. Ana tenía 55 años de edad.

Luego de varios años de trámite angustioso para su viudo y sus dos hijos demandantes, el juicio finalmente se celebró en 2007, quedando el caso sometido para dictamen judicial. En septiembre de 2009 recayó finalmente una sentencia favorable a nuestros clientes, en la que el tribunal encontró que la muerte de Ana se debió a la negligencia médica combinada de unos médicos que la trataron por varias semanas en el hospital. En su consecuencia, el juez condenó a la parte demandada al pago de determinada suma de dinero por los daños y perjuicios sufridos por el viudo y los dos hijos de Ana que le sobrevivieron.

De la sentencia dictada, la parte demandada apeló al Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, que confirmó que la muerte de la dama se debió a la impericia médica, tal y como encontró el juez del Tribunal de primera instancia. No conformes, la parte demandada solicitó la expedición de un recurso discrecional ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico para revisar tanto la sentencia dictada por el tribunal de primera instancia como la emitida por el primer foro apelativo. El Tribunal Supremo finalmente confirmó todo lo actuado, reiterando, en consecuencia, que la muerte de Ana se debió a la impericia médica probada de los médicos que la trataron. Esta sentencia advino final y firme el pasado mes de diciembre de 2011, hace apenas tres semanas de la fecha en que cuelgo este comentario.

La buena noticia de que prevalecieron finalmente ante el Tribunal Supremo nunca llegó a oídos de uno de los que demandaron por el fallecimiento de Ana. Dos meses antes de conocerse esa sentencia final su viudo también murió.

Cuando recibí el mandato del Tribunal Supremo, documento que implicaba que el caso había ya culminado y que mis clientes habían finalmente prevalecido, un sabor agridulce embargó mi ánimo, sensación de la cual aún no me repongo. Puede que este post me sirva de catarsis, ya que otros de mis clientes, con una salud delicada a causa de negligencia médico-hospitalaria, prevalecieron en un juicio, también en diciembre pasado. Temo que el proceso apelativo, que seguramente seguirá, pueda cobrar similar cuota.

Nadie discute el derecho de que cualquier parte que pierde su caso pueda apelar la sentencia en su contra. Eso es parte de la resrva de derecho que tiene cualquier litigante en un país que se precia de su democracia. Sin embargo, el sistema judicial nuestro no es ágil, al menos en los casos de impericia médica y negligencia hospitalaria, que son los que exclusivamente litigo. En estos casos el camino resulta demasiado extenso y angustioso para todas las partes envueltas. Debemos comenzar con admitirlo.

Luego de una admisión honesta de que lo que hay no funciona bien, se debe estudiar y buscar nuevas avenidas para que el trámite judicial en nuestros tribunales nacionales sea uno ágil y que propenda a la dilucidación de las controversias en el menor tiempo posible. Quizá el número de asuntos judiciales que se ventilan en nuestra jurisdicción no permita ver el final de los casos en 18-24 meses, como ocurre en el foro federal, donde ciertamente el inventario de asuntos judiciales es menor y la jurisdicción es limitada. Sin embargo, urge hacer algo. Es ineludible el deber de agilizar los casos de impericia médico-hospitalaria en los tribunales de justicia del país.

Las salas especializadas para ventilar este tipo de caso, como las propuestas recientemente, no son la respuesta. La contestación tiene que residir necesariamente en la laboriosidad de jueces imparciales y del personal judicial que interviene en estos casos. Reside también en la disposición de los abogados en tramitarlos como se merecen sus clientes, tanto las víctimas que reclaman, como los médicos y hospitales que son demandados.

Todos en el sistema judicial tenemos que cooperar y ponernos las pilas para que este camino sea menos largo y tortuoso. Los hijos de Ana tuvieron que esperar 10 años. Más de tres años de espera resulta demasiado tiempo, más para las víctimas que sufrieron los daños. No podemos dejar que la justicia en los tribunales de Puerto Rico se obtenga a paso de tortuga.