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viernes, 18 de junio de 2021

R E H E N E S

            


En mayor o menor grado, todos hemos ido a algún hospital en Puerto Rico, aunque sea para visitar a un paciente que busca servicios de salud. En caso de una emergencia, no hay billete que pague montarse en un avión y coger la ‘juyilanga’ para procurar ese servicio en los EEUU. Aunque haya el dinero, el tiempo apremia en una eventualidad donde esté en juego la integridad física y hasta la vida. Cuando no hay una emergencia, sin embargo, siempre existe para algunos afortunados, la opción del avión. Todos conocemos personas que han optado por procurar servicios de salud en ese país.

Haciendo abstracción total de las estadísticas que, confieso, no he buscado, y de los costos absurdos, EEUU tiene la reputación de tener uno, quizá el mejor sistema de servicios de salud en el planeta. A ese país acude gente de todo el mundo e idiosincrasias a estudiar medicina, y todas sus especialidades y subespecialidades habidas y por haber. Por tanto, en ese país muchos médicos se quedan y llevan o hacen familia; el resto se regresa a su país de origen.

Según he leído hoy, este próximo domingo Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, se propone viajar a Miami, EEUU, para someterse a una cirugía electiva para mejorar su movilidad y soltar el bastón que ha tenido que usar por siete años, tras un accidente y posterior hospitalización en la cual fue objeto de una impericia médica en su país. La cirugía, dicen, es de “mediana complejidad”, consistiendo en eliminar un quiste alojado en su área lumbar, tras la cual retornaría a sus funciones tan temprano como el próximo 30 de junio.

La cirugía de “mediana complejidad” del presidente Lasso, supone la intervención de un neurocirujano, ya que cualquier desvío del área quirúrgica con el escalpelo, lo puede dejar parapléjico para el resto de sus días. Es de público conocimiento la eliminación de la residencia de neurocirugía de nuestro principal recinto de ciencias médicas en la Universidad de Puerto Rico. Ello implica que no habrá nuevos neurocirujanos en nuestro querido país, al menos antes de 2030, si es que somos optimistas. Claro, el gobierno o los hospitales de Puerto Rico pueden importar neurocirujanos de EEUU y pagarles un salario no menor de medio millón de dólares anuales. Con la situación fiscal precaria del gobierno y el llantén financiero de los hospitales privados, imaginar esa posibilidad provoca risa. Lo que lleva obligatoriamente a preguntarnos: ¿cuántas personas en Puerto Rico podrían gestionar los servicios de un neurocirujano para un tipo de cirugía, no digamos del cerebro, sino una de “mediana complejidad” como la que hemos descrito del presidente ecuatoriano? Ciertamente no muchas personas en Puerto Rico sin seguro médico podrían pagar los honorarios de una cirugía del cerebro sin seguro médico, que podría fluctuar entre $50 mil a $150 mil dólares, sin contar con los servicios de anestesiólogo, anestesista, servicios ancilares de imágenes y otros, y el período hospitalario y de recuperación.

Para una simple cita rutinaria con un especialista en oídos, nariz y garganta (otorrinolaringólogo) o un oftalmólogo, tienes que esperar varios meses. Hay muchos dentistas que no están aceptando nuevos pacientes, particularmente en este período de pandemia. En fin, para hacer una cita con un especialista en Puerto Rico, debes esperar varias semanas, quizá meses. Medicare no paga servicios dentales, así que, imagino, quieren a todos los viejos, pero mellaos.

Nuestro país viene sufriendo de un éxodo de miles de médicos, que ha sido constante desde 2010. A pesar de lo que siempre han alegado los presidentes del Colegio de Médicos de Puerto Rico desde hace dos décadas, no son las demandas de impericia médica que los agobian. Estas radicaciones se han mantenido estables en los bajos 300 casos anuales, según estadísticas de la OAT. Frustrados primordialmente por el pedacito del “pie” que les llega, luego de que los planes médicos le pagan - poco y de manera morosa- un gran número de buenos médicos han decidido emigrar hacia los EEUU, incluso empleándose en hospitales ubicados en reservaciones indias o en lugares de pobre acceso, donde, a diferencia de nuestra Isla, reciben salarios que no pueden rechazar. Otros obtienen sus especialidades en ese país y no regresan. Todos se mudan con familia y bártulos, para hacer vida familiar y social en ese país, a pesar de que el nuestro asumió en su momento la mayor parte del costo real para obtener su grado médico.

Lo que he mencionado versa solamente de los profesionales médicos. Ni hablar del personal de enfermería y servicios ancilares que actualmente reciben salarios exiguos de los hospitales, propiciando en bastantes ocasiones turnos asfixiantes y mal pagados y su propio éxodo en busca de mejor calidad de vida. Ello, en perjuicio de la atención y cuidado que merece todo paciente que va en busca de servicios médico- hospitalarios en nuestra bendita Isla Grande, porque la chiquita Vieques ni con un hospital cuenta.

El futuro de nuestros servicios medico-hospitalarios no puede ser mas preocupante, particularmente para la gente que carece de medios económicos en un plan de salud gubernamental que deja mucho que desear, que es la mayoría de la población. Las companias de planes de seguros medico hospitalarios parecen ser intocables por los distintos gobiernos con sus legislaturas en mediano y a corto plazo. Los médicos seguiran cogiendo la ‘juyilanga’ y nuestros hospitales seguirán con su llantén. No solo los médicos y hospitales son rehenes de los planes de seguro de salud en Puerto Rico. ¿Quié con un trauma cerebral severo o una aneurisma tendrá servicio de neurocirugía de emergencia en Puerto Rico? 

Somos todos rehenes de servicios de salud deficientes, porque, a pesar de ser un derecho en Puerto Rico, poco a poco se ha convertido en un privilegio. 

martes, 12 de septiembre de 2017

Rehenes de la Salud

Nada tuvo que ver el tema de la impericia médica y negligencia hospitalaria. Con su firma, el gobernador convirtió en ley una medida legislativa justiciera, tanto para los pacientes receptores de servicios de salud, como para los médicos de este país. 

Sin haberse sentido aún las bondades de la Ley Núm. 47, la llamada Junta de Supervisión Fiscal interesa hacerla letra muerta y creo qu le dio una embestida mortal. Cual munición letal, la Junta disparó una misiva, diríamos “misil, alegando que, previo a su aprobación, el gobierno carecía de o, al menos, no les había provisto, una certificación de disponibilidad de recursos económicos para costear sus efectos. 

Todo ha sido una nébula, aún después de “que el presidente de la Junta dijera, en una entrevista radial, que si el gobierno evidencia la fuente del dinero para costearla, “no habrá problema alguno”. La otra cara de la moneda es que si no se produce esa “evidencia”, sencillamente habrá problemas, implicando que la ley parará en el zafacón, lo que ciertamente convertiría esa acción en un hito jurídico en Puerto Rico.

Hacerlo no es ilegal, pero es harto conocido el cabildeo constante y conspicuo que las aseguradoras de planes de salud del país desarrollaron para impedir la aprobación de esta ley. Lo hicieron desde el mismo momento en que el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, presentó el proyecto de ley hace algunos meses. De hecho, fue ese funcionario legislativo quien lo denunció, quizá en un intento infructuoso de avergonzarlos públicamente. Por otro lado, el esfuerzo desplegado para que se aprobara el proyecto de ley fue igualmente contundente, ya que contó con el aval, entre otros, del Colegio de Abogados y del Colegio de Médicos de Puerto Rico.

No hay duda de que la ley pisaría los callos de las compañías de seguros de salud. Después de todo, es vox populi, dentro de la industria de la salud, que estas aseguradoras tienen de rehenes, no solo a los médicos, sino también a los hospitales y a las entidades de servicios ancilares, a quienes pagan migajas por sus servicios profesionales, en comparación con el dinero que retienen para sí, como meros intermediarios. Luego de aprobada la ley por el gobernador, PROMESA proveyó a las aseguradoras el foro idóneo. Los miembros de la Junta asistieron al nacimiento de un recurso procesal novel: el pataleo boricua corporativo, desconocido para todos los juristas de Puerto Rico. Su puesta en efecto tomó por sorpresa a todos los que ya celebrábamos la aprobación de esa ley y a la mayoría de la gente que advino recientemente al conocimiento de sus bondades. Esta acción de la Junta produce coraje, a la vez que frustración, pues arriesga la aplicación de una ley necesaria y justa para la salud en nuestro país.

La Ley Núm. 47 concede el derecho a un proceso expedito ante el Procurador del Paciente, para presentar cualquier queja por la intromisión indebida de una aseguradora en un tratamiento médico. Esa es la parte de la ley que aparenta haber causado el revuelo, levantando la JCF la objeción fiscal. Sin embargo, igualmente importante que con ese proceso administrativo, esa ley crea una causa de acción en contra del plan médico, cuando niega un tratamiento aconsejado por su médico tratante y esta negativa causa un daño. Crea, además, una causa procesal en favor del médico que es demandado posteriormente por el paciente o sus familiares, pues aquel puede traer como tercero demandada a la aseguradora, para que ésta responda por los daños el paciente.


Esta ley aterra a las aseguradoras de planes de salud, que, evidentemente, no se quedaron de brazos cruzados. Esperemos que el gobernador y su gabinete den la pelea necesaria para que esta ley no sea convertida en “reina por un día”.

sábado, 29 de julio de 2017

Víctimas de impericia médica, re-victimizadas por el gobierno y por PROMESA

Andrew tenía solo diez meses de edad, cuando en octubre de 2009 sufrió impericia médica y negligencia hospitalaria en el Hospital Universitario Pediátrico, la única facilidad hospitalaria pedátrica de carácter público en Puerto Rico. El daño sufrido por la negligencia de varios médicos de la UPR, del personal de enfermería y el de terapia respiratoria que trabajaban entonces en el Hospital Pediátrico, fue catastrófico. Le ocasionaron al pequeño Andrew edema cerebral por encefalopatía isquémica hipóxica. Esta condición, desde entonces, mantiene a Andrew vivo, pero en estado de coma profunda, requiriendo cosotosos cuidados especiales 24/7, teniendo su familita que hacer de tripas corazones para cuidarlo.

Tania vino a nuestra oficina en busca de ayuda legal y decidimos radicar la demanda. Luego de una litigación intensa, por varios años, y un juicio que se prolongó por varios meses, el Tribunal en San Juan emitió una sentencia el 27 de enero de 2014 en favor de Andrew y de su madre Tania. En su sentencia, el tribunal dispuso que los médicos de la Universidad de PR habían sido negligentes en un 50%, mientras distribuyó la negligencia entre el personal de terapia respiratorio y de enfermería, en un 25% cada uno. El daño emocional a la familia, especialmente a Tania y los gastos futuros que acarrea una condición como la de Andrew son millonarios. No en balde, el tribunal estimó los daños sufridos por Andrew y su madre en un poco más de $5 millones, que representa la compensación mayor concedida por sentencia en un tribunal de Puerto Rico.

A duras penas, y luego de varios trámites apelativos, Tania y su hijo Andrew han podido recibir menos de $180 mil, que representa una ínfima cantidad de lo dictaminado por el tribunal en su sentencia. Por su parte, la compañía de terapia respiratoria, SPIS, que se le adjudicó el 25% de responsabilidad en la sentencia, no recibe contratos del gobierno y está inoperante desde hace varios años, coincidentalmente a raiz de culminarse los trámites apelativos. La UPR pagó una compensación dentro de los límites estatutarios que dispone la ley y el gobierno ha pagado alrededor de $42 mil que se autoimpuso en un plan de pagos determinado por la ley #22 que aprobó el gobierno de don Luis Fortuño.

Todo..., antes de PROMESA.

Aprobada la ley congresional federal y radicada la petición de quiebras bajo el Título III, todo es incertidumbre en Puerto Rico, incluyendo a Tania y a su pequeño Andrew. Habiendo prevalecido y dictaminándose a su favor una sentencia millonaria, no solo están impedidos de cobrar la suma dictada por el Tribunal de San Juan, sino también la cantidad paupérrima dispuesta por la ley de pleitos contra el Estado. Ahora hacen cola, al igual que la hace todo acreedor del gobierno para poder cobrar solamente un porciento indeterminado de la deuda.

Hace unos días me preguntaba un apreciado colega, que representa también a las víctimas de impericia médica, si estaríamos aceptando en el futuro en nuestro bufete casos en contra del gobierno, de la UPR, de ASEM, del Centro Cardiovascular y de otras entidades públicas, a cuyo favor se han dispuesto topes estatutarios, y en contra de médicos a cuyo favor se ha concedido inmunidad por ley. No supe qué contestarle. Esto es un tema que debe pensarse mucho, por cada abogado que, en lo sucesivo, le toque analizar uno de estos casos.

Ciertamente, todo paciente que acuda a una de estas instituciones públicas y sufra daños como resultado de impericia médica o de negligencia hospitalaria, sufrirá una re-victimización. Para el paciente y sus familiares cobrar una sentencia justa a su favor será, cuando menos, poco probable. Además, les será sumamente difícil conseguir un abogado dispuesto a radicar sus meritorias reclamaciones y a esperar años e incurrir gastos de litigio para recibir una remuneración por el trabajo intenso que implica un caso como éste.

Lo cierto es, como me escribe Tania ayer, cuando le pedí el visto bueno para colgar este post: "Andrew está bastante bien, pero su condición se deteriora; esto es día a día. Que sea lo que Dios quiera. Batallando como siempre!"

viernes, 21 de abril de 2017

P del S 27: El Senado se anota una... y bien importante

A pesar del discurso perpetuo de los presidentes de los gremios médicos, y otros que sirven de eco, no ha sido nunca el miedo a las demandas de impericia médica y de negligencia hospitalaria ni las primas de los seguros que cubren ese riesgo, los que provocan la re-localización de médicos a EEUU. Tampoco han sido las sentencias que imponen a los hospitales pagar por la negligencia de sus empleados, las que han lanzado a la quiebra o bancarrota a más de media docena de hospitales en Puerto Rico. Durante más de una década, ha sido un secreto a voces que las compañías que venden planes de seguros de salud en Puerto Rico mantienen de rehenes, no tan solo a los médicos, sino a los hospitales y a las entidades de servicios ancilares que, por medio de franquicias, brindan sus servicios dentro y fuera de estas instituciones.

El vocablo "rehenes" parece ser un calificativo fuerte o intenso, que evoca situaciones de grave peligro, donde personas inocentes, involucradas en la comisión de un delito, están a riesgo de perder la vida o de sufrir un grave daño corporal. Ciertamente, calificar de rehenes a los médicos y hospitales en Puerto Rico puede sonar un tanto hiperbólico. Sin embargo, así se sienten y se han sentido los médicos y los directivos de los hospitales a la hora de lidiar con los planes de salud que pagan por sus servicios; al punto de decidir abandonar su patria y marcharse con su familia a los Estados Unidos y a los hospitales, recurrir al Tribunal de Quiebras.

No solo pagan los planes de salud a los médicos una proporción ínfima, casi paupérrima, por sus servicios bajo el plan, reteniendo para sí el pedazo mayor, sino que, en ocasiones, se inmiscuyen en el juicio clínico médico, imponiendo marcas alternas de medicamentos y alterando decisiones previas tomadas bajo el estándar médico, sobre los días de hospitalización de un paciente, incluso cuando éste debe ser hospitalizado o no. Intervienen así indebidamente, mejor, se entrometen en la relación médico-paciente.  Huelga decir que si el tratamiento y manejo del paciente es negligente y sufre un daño como resultado de ello, todo el que lo haya ocasionado debe responder. El derecho mandata a que sea así, pero no ha sido así con las compañías que proveen los planes de seguros médicos. En ocasiones, estas intervenciones culposas o negligentes inciden en los daños que se le ocasiona a un paciente y, por ende, a sus familiares. Sin embargo, afortunadamente, la tolerancia de años parece haber llegado a su límite.

Con el precedente de una decena de jurisdicciones estatales de EEUU, que se adelantaron a partir de 1997, en una votación partidista, el Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto del Senado Número 27 (P del S 27). Este proyecto de ley, que enmienda la ley que crea la Oficina del Procurador del Paciente, intenta lidiar con los problemas que han creado las intervenciones indebidas de las compañías de planes de seguros médicos en Puerto Rico. En este momento, el proyecto se encuentra bajo consideración de la Cámara de Representantes. Este proyecto va ma más allá, al incluir la resposanbilidad por los daños a los familiares del paciente, en fin, a todo el que haya sufrido daños, como debe ser.

A continuación transcribo el artículo 8, el más importante de toda la pieza legislativa:

"Artículo 8.  Causa de Acción
Salvo aquellos casos en que no sea permitido por disposición federal, toda aseguradora que directa o indirectamente, a través de sus empleados, oficiales, agentes, personal, normas o por cualquier otro medio, intervenga en el proceso de diagnóstico o tratamiento médico, será responsable por los daños ocasionados por sus actuaciones y omisiones al paciente, sus familiares y cualquier otra persona que pueda reclamarlos conforme ha sido reconocido por la jurisprudencia y vendrá obligado a reparar los daños causados. La responsabilidad civil de la aseguradora será solidaria con los restantes cocausantes del daño sufrido. Asimismo, se dispone que la responsabilidad de las aseguradoras se interpretará bajo los principios de negligencia expuestos en el Artículo 1802 del Código Civil de Puerto Rico y su jurisprudencia interpretativa. Esta causa de acción será jurisdicción de los Tribunales del Gobierno de Puerto Rico. Se entenderá por negligencia o acto u omisión culposo, entre otros, las consideraciones de naturaleza económica, administrativas, estadísticas, actuariales o de codificaciones de procesos y servicios, que atenten contra el juicio o criterio profesional del proveedor de servicios de salud.” 
No hay duda de que el que ha dado el Senado de Puerto Rico es un paso en la dirección correcta, ya que eliminará uno de los mayores problemas que tienen los proveedores de salud en Puerto Rico y el que creo, es el mayor detonante que provoca el éxodo de médicos al exterior.
Llamen a sus representantes; háganle saber el sentir de todos en Puero Rico, a quienes las compañías de planes de seguros médicos tienen ya hartos con sus políticas económicas indebidas, que benefician solamente a ellos. La bola está en la cancha de la Cámara y debe aprobarlo. El Gobernador debe hacerlo ley. Luego de que este proyecto sea ley, los médicos y hospitales tendrán la palabra.

miércoles, 8 de marzo de 2017

Alarmante la impericia médico-hospitalaria como la tercera causa de muerte

En mi libro “Crisis de Impericia Médica, mito o realidad”, Ed. SITUM 2003, hice referencia a un estudio publicado en 1999 conducido por el Instituto de Medicina de la Academia Nacional de Ciencias, Ingenierías y de la Medicina, que describía una incidencia de 44,000-98,000 muertes anuales en EU, como consecuencia de errores médicos. De hecho, esta estadística no estaba fundamentada en un estudio conducido por el Instituto, sino en uno realizado en la Universidad de Harvard en 1984 y en otro en los estados de Utah y Colorado. En Puerto Rico esta estadística no se recoge ni se conoce.

Un estudio publicado el pasado mayo de 2016 sobre la tasa de muertes en un período de ocho años, conducido por expertos en seguridad del paciente de la Universidad de John Hopkins, liderados por el Dr. Martin Makari, nos ha informado que los estimados actuales sobrepasan todos los anteriores. Este estudio ha concluido que los errores médicos constituyen la tercera causa de muerte en los Estados Unidos, solo sobrepasada por el cáncer y enfermedades cardiacas, lo que es verdaderamente alarmante.
            
            En 2004 se resaltó que no eran casi 100,000 muertes, sino alrededor de 195,000 las muertes anuales de pacientes hospitalizados y recipientes de Medicare producidas por errores médicos. Posteriormente, esta cifra fue extrapolada por unos estudiosos del tema y concluyeron en 2013 que los errores médicos ocasionaban alrededor de 400,000 muertes anuales solo en los EU, más de cuatro veces el estimado hecho en 1999 por el Instituto de Medicina.

            No obstante los estudios realizados y el conocimiento general de que la impericia médico hospitalaria es la causa de muchas muertes, no ha sido suficiente para que aparezca como tal en los certificados de defunción. La razón no es que la impericia médico hospitalaria y los errores del sistema no ocurran, sino razones puramente burocráticas, quizá en protección del propio sistema de salud y de sus componentes.

El Centro de Control de Enfermedades y Prevención (CDC) es la encargada de concientizar al público y priorizar los estudios médicos (“research”) que se necesitan, conforme la información que allí se recoge. Eso se hace mediante el acopio de información que cumplimentan los médicos, hospitales, directores de funerarias y los patólogos forenses en los certificados de defunción. Y lo hacen a base de una asignación que únicamente descansa en el Código Internacional para la clasificación de enfermedades de causas de muerte. Causas de muerte no asociadas con esa codificación, como por ejemplo, los factores de sistema y humanos no son capturados y, por ende, son excluidos.

La seguridad del paciente se ha convertido con el paso del tiempo, en una ciencia de por sí. Se ha madurado tanto sobre el particular que ya se ha admitido abiertamente que la falta de comunicación efectiva entre los componentes del sistema de salud, errores en el diagnóstico pobre juicio y talento inadecuado del personal médico y de enfermería pueden resultar directamente en la muerte de un paciente.

Afortunadamente para todos, los profesionales de la salud, incluyendo médicos, personal de enfermería y ancilar y los administradores de hospitales se han concienzado poco a poco, pero lo suficiente como para propiciar que actualmente se hable en forma abierta en sus centros de trabajo, no solo en la academia, de los errores médicos y del sistema que provocan la muerte del paciente. Ello, con el obvio propósito de evitarse las demandas que pudieran seguir en aumento, pero, de refilón, en favor de la salud y bienestar del paciente, que debe ser y permanecer siendo su norte. Espero también que llegue el día en que un certificado de defunción pueda resaltar como causa de muerte del paciente: IMPERICIA MEDICA o NEGLIGENCIA HOSPITALARIA. Quizá de esa forma todo el mundo adquiera mayor conciencia.

viernes, 18 de noviembre de 2016

Lesiones del nacimiento (Parte 1)

Luego de una impericia médica o de alguna negligencia hospitalaria, el nacimiento de un bebé no siempre trae consigo el momento más feliz en la vida de la madre y del padre, como debe ser. De hecho, aunque, para dar paso a la realidad que les ha tocado vivir muchos padres superan el horrible trauma inicial que supone una experiencia de esa naturaleza, perdura la huella imborrable de las acciones u omisiones negligentes de aquellos en quienes depositaron su confianza y la vida de seres queridos.

Con excepción de la prematuridad en algunos bebés, el evento del nacimiento de una criatura comienza alrededor de las 40 semanas de gestación. Luego de unas contracciones uterinas inusualmente dolorosas o incómodas, los padres agarran la maleta que tenían preparada desde hace semanas y se dirigen al hospital a parir, no sin antes llamar a su obstetra para informarle del evento que está por ocurrir y, en segundo lugar, a la abuela materna, que se dirige rápidamente cual enfermera de sala de emergencias. Puede que la madre haya "roto fuente" y puede que no.

Siguiendo las instrucciones de su médico al pie de la letra, llegan prontamente al área de admisiones, donde brindan toda la información pertinente, la montan en un sillón de ruedas y la dirigen a sala de partos. Allí le colocan un instrumento para velar en una pequeña pantalla las contracciones intrauterinas y, sobretodo, con el fin de supervisar los latidos cardíacos del bebé.

Distinto a los adultos, los latidos fetales normales son relativamente rápidos. debiendo oscilar alrededor de los 140 latidos por minuto. En un trazado del monitor, se observa cómo los latidos fetales varían al momento de cada contracción uterina de la madre. Se da lo que se conoce como el reflejo "espejo": cuando llega la contracción, los latidos fetales suelen disminuir. Esto ocurre porque en el momento de la contracción uterina, el flujo de oxígeno normal hacia el bebé disminuye. Las contracciones uterinas de parto ideales son aquellas que, luego de transcurridas, permiten al bebé recuperar su latido cardíaco normal. Por el contrario, cuando no hay una coordinación adecuada entre la contracción y el latido cardíaco fetal, y se pierde el reflejo "espejo", puede haber un problema de oxigenación que debe ser corregido de inmediato, a riesgo de muerte o de grave daño cerebral del bebé por nacer.

El personal de enfermería de la sala de parto debe moverse con celeridad, cuando percibe que las contracciones uterinas son anormales o que el latido cardíaco fetal disminuye a un nivel peligroso. Estos monitores cuentan con alarmas, que alertan al personal de enfermería cuando el ritmo cardíaco fetal baja a 90 latidos por minuto o menos, implicando que hay un evento de bradicardia que debe atenderse de inmediato. Cuando esto no ocurre, comienza a llegarle menos oxígeno al cerebro del bebé y entonces comienzan sus problemas y los de sus padres.

Nuestra oficina ha manejado casos en los que el personal de enfermería ha llegado al extremo de apagar la alarma del monitor fetal que ha alertado la anomalía. Algunas enfermeras de parto han malinterpretado los trazados del monitor fetal, haciendo caso omiso al evento ominoso que ello implica. En otros casos, las enfermeras no han alertado al médico a tiempo o no han hecho lo que el protocolo para esos casos, ordena hacer. En otros, el médico no actúa con la rapidez y la diligencia necesaria para atender lo que implica una gran emergencia. 

El común denominador en todos estos casos que hemos atendido es que, por la falta de oxígeno o hipoxia en un momento crucial en el desarrollo del evento del parto, parte del cerebro del feto muere. Esto se conoce como encefalopatía hipóxica e isquémica. Como resultado de esta situación dolorosa, nacen niños que, en muchas ocasiones, requieren la instauración de medidas heroicas de personal hospitalario compuesto de médicos especializados y enfermeras para devolverle la vida, si es que tienen suerte, quedando luego éstos con severo daño cerebral. De aquí en adelante comienza la vida de una familia con un niño con perlesía cerebral. Todo cambia.


viernes, 15 de mayo de 2015

¿Crisis de impericia médica?

Hace más de una década se publicó un libro de mi autoría, titulado "Crisis de Impericia Médica... ¿Mito o Realidad?" Ediciones Situm 2003. Entonces recogimos la idea para ese nombre de un titular periodístico del año anterior que llevó el mismo nombre: "Crisis de impericia médica". ¿Había una crisis de impericia médica entonces? ¿Existe crisis de impericia médica ahora?

En nuestro libro, introdujimos a la academia y a nuestra profesión de abogacía lo que calificamos como el problema social de la impericia médica; ello, con el "twist" de la discusión que, del tema, se estaba haciendo insistentemente en ese momento en Puerto Rico. Con el objetivo de contestar la pregunta inicial, analizamos en el libro la que fue llamada crisis de los años 70', la suscitada en los años 80', que dio paso a la creación en nuestra Isla de SIMED y la que parecía ser una crisis que se perfilaba desde los años 90', pasando con la crisis de los seguros ocurrida como resultado del evento de las torres gemelas de 2001. Trazamos una ruta directa desde la reforma californiana de 1975 hasta la época en que lo escribimos, analizando los distintos argumentos que fueron esgrimidos tras cada una de estas alegadas crisis.

Aunque de manera anecdótica, abatidos por veredictos de figuras astronómicas en su contra, haciéndose eco de la industria tabacalera y de la farmacéutica, la industria de la salud norteamericana, dirigida por médicos, hospitales y sus distintas aseguradoras de riesgo, decidió orquestar una campaña publicitaria para reformar, a nivel federal, las leyes que tenían que ver con los pleitos de impericia médica. Siendo principales contribuyentes económicos a la campaña del Partido Republicano de EEUU y, en especial, del presidente de entonces, George W. Bush, la American Medical Association (AMA) y la industria de seguros de ese riesgo decidieron "pasar la factura", sugiriendo y cabildeando varios proyectos congresionales que proponían incorporar, a nivel federal, ideas reformatorias que en 1975 el estado de California había implantado en la llamada MICRA. La denominada "Medical Injury Compensation Reform Act" (MICRA),  resultó temporalmente un oasis para los médicos pero, ciertamente, un verdadero patíbulo para los derechos de las víctimas de su impericia. La MICRA había tenido cierto éxito en detener las demandas de impericia médica y negligencia hospitalaria, al imponer topes ridículamente bajos que afectaban a las personas con los mayores daños y paneles de arbitraje que alegadamente cernían las demandas meritorias de las que, a su juicio, eran "frívolas". California tuvo éxito relativo en impedir que las víctimas de impericia médico-hospitalaria acudieran a los tribunales. Fueron desalentados a hacerlo y desviados hacia paneles de arbitrajes un tanto prejuiciados en favor de los demandados. En fin, las víctimas fueron azotadas con leyes rígidas y restrictivas, hechas a la medida de los intereses particulares de los médicos, hospitales y sus compañías de seguro, que les impedían obtener lo que sus justos reclamos obtendrían de estas no existir.

En nuestro libro expusimos el derecho vigente en el tema y los proyectos de leyes, tanto a nivel federal, como a nivel de nuestro querido archipiélago.  Analizamos las ideas que los proponentes intentaban importar a nuestro país y las razones que daban públicamente para que se reformara el sistema compensatorio en los casos de daños y perjuicios motivados por la impericia médico hospitalaria. Abordamos el tema de los resucitados paneles de arbitraje, de los honorarios de abogados escalonados por cuantía de la compensación otorgada y de los topes en las compensaciones. También analizamos las propuestas para lidiar con los términos prescriptivos de las acciones de los menores de edad e incapacitados y otros temas "targets" que tenían en la mirilla, pero que, interesante aunque no sorprendentemente, solo afectaban a las víctimas de impericia médica y su derecho a acceso a los tribunales para buscar justicia y un adecuado resarcimiento de sus daños.

En el mismo ánimo que sus colegas del Norte, los médicos de nuestro país, principalmente capitaneados por el Colegio de Médicos de Puerto Rico, importaron a Puerto Rico los argumentos principales de los llamados reformistas de la teoría compensatoria del daño de EEUU y levantados desde la tercera parte del siglo pasado. Alegaron vehementemente, por ejemplo, que las demandas de impericia médico-hospitalaria habían propiciado el älegado aumento en sus primas de los seguros y del supuesto éxodo que se estaba dando de médicos fuera de Puerto Rico. Líderes médicos alzaban su voz, acomodando estadísticas que hablaban de éxodos de especialistas médicos hacia el norte. Argumentos falsos y exagerados, tal como fue comprobado posteriormente. Tanto los de EEUU como los de aquí fallaron una y otra vez en su meta de reformar nuestras leyes compensatorias, encontrándose de frente con las víctimas, esta vez agrupadas en una asociación.  Deliberadamente, los médicos y reformistas no hablaban de mejorar la calidad de vida de las familias de los médicos que acudían a la emigración, ni de la poca disponibilidad de estudiar  residencias o especialidades médicas en Puerto Rico, debido a la dilapidación de centros hospitalarios vendidos en los 90' por el gobierno del ex gobernador Pedro Rosselló a manos privadas, que solo buscaban el lucro propio y no la salud de los pacientes.

La idea siempre ha estado latente y ya hemos visto como el nuevo presidente del Colegio de Médicos de PR ha colocado como prioridad de su incumbencia el cabildeo activo con el fin de alterar el estado de derecho actual en el tema de la impericia médica.  Con el asunto del IVA y del IVU no lo hemos escuchado muy activo en el tema de la impericia, pero ya lo veremos blandiendo nuevamente los viejos argumentos, rechazados por la realidad estadística.

Volvamos, sin embargo, a la pregunta medular: ¿existe crisis de impericia médica en Puerto Rico? La impericia médica implica falta de pericia médica. ¿Existe carencia de pericia médica de los médicos de Puerto Rico? Las últimas estadísticas publicadas por el mayor asegurador de médicos en Puerto Rico, SIMED, evidencian que solo el 15% de los médicos en Puerto Rico han sido demandados. Es decir, el 85% de los médicos nunca ha sido objeto de una demanda de impericia en Puerto Rico. Por ello, solo el 15% de los médicos ha sido afectado, en cierto momento, con algún aumento en sus primas de seguro. Ello ocurre también con el resto de la industria de seguros. Las primas aumentan en la misma medida que aumenta el riesgo que se asegura. Por otro lado, el número de las demandas de impericia se ha mantenido estable desde finales del siglo pasado; el número de radicaciones no ha aumentado de forma tan significativa que levante alguna bandera. Más importante aún, y aunque varía de abogado a abogado que radica este tipo de casos, solo una minoría de las demandas radicadas llega a juicio, concluyendo casi en un 70% de los casos, con decisiones favorables a los médicos y aseguradores, sin tener que pagar un solo centavo.  Es decir, solo unas cuantas manzanas podridas existen en el barril, siendo esos datos suficientes para derrumbar el mito de que existe una crisis de impericia médica en el país. Como en toda disciplina profesional, existen malos médicos, que nunca debieron haber sido beneficiados con una licencia para atender pacientes.

En Puerto Rico hay crisis en el tema de la salud, entre otras razones, porque no hay médicos suficientes para atender las condiciones de salud que aquejan a la población. Hacen falta médicos porque muchos de los que teníamos se han ido, han emigrado. Los que se gradúan de nuestras escuelas de medicina contemplan, casi desde el saque, la idea de irse del país. Sin embargo, se ha probado a la saciedad que el éxodo de médicos hacia EEUU y otros países es igual al de los maestros, enfermeras, policías, ingenieros y hasta abogados. En muchos casos, una vez los médicos salen de PR a hacer sus especialidades al exterior, la gran mayoría se queda y forma allá su familia. Eso es verdaderamente trágico para el país, porque los estudios profesionales de muchos de ellos han sido subsidiados con aportaciones económicas públicas. Por otra parte, el que no ha estudiado en EEUU, emigra hacia esa nación en búsqueda de mejorar su calidad de vida y la de su familia, tal y como han hecho otros boricuas que no trabajan en la industria de la salud. Nada tienen que ver las demandas de impericia médica que se radican en el país ni los costos de sus seguros de responsabilidad profesional. Si acaso, gran parte de su ánimo decisional radica en torno a su propia práctica profesional que, hoy día, es intervenida de forma sustancial por elementos ajenos a la medicina, que han convertido la salud en un negocio muy lucrativo para sus dueños y accionistas: los planes de seguros de salud.

En Puerto Rico hay crisis de los profesionales de la salud debido a que las compañías de planes médicos se han practicamente adueñado de la práctica de la medicina, a pesar de las leyes que, últimamente, han promulgado en Puerto Rico, sustituyendo el juicio médico por criterios meramente económicos. Hay crisis entre los profesionales de la salud porque, al verse limitados por los planes médicos en lo que pueden o no hacer respecto a un paciente, los exponen a graves consecuencias, entre las cuales se encuentra la responsabilidad profesional hacia sus pacientes.  Tienen crisis los médicos porque no se atreven a demandar a esos planes médicos, que los han mantenido como rehenes económicos de sus intereses particulares.  Los médicos tienen crisis porque siendo nuestro país un territorio no incorporado o una colonia, la agencia norteamericana de Medicare los discrimina, pagando sus servicios profesionales sustancialmente por debajo de lo que pagan a sus pares en los EEUU por los mismos servicios.

No hacen falta leyes reformatorias del sistema compensatorio de las víctimas de impericia médica porque no existe el argumento de que hay una crisis de impericia médica en Puerto Rico que puedan levantar para justificarlo. Fue un mito en 2003 y lo sigue siendo doce años después.

Existe una crisis social y económica en el país, que se ha llevado por delante a muchos buenos profesionales de la salud y a profesionales de otras disciplinas que se levantaban todos los días a hacer patria..., de la mejor forma que podían y cuando los dejaban. Si los que siguen en nuestro país la pueden seguir haciendo, esos son otros veinte pesos.



martes, 12 de agosto de 2014

EXODO, la Guagua Aérea VIVE

Con la honrosa excepción del doctor Ibarra, el discurso principal de los presidentes del Colegio y de la Asociación de Médicos de Puerto Rico, durante más de una década, ha sido que las demandas de impericia médica y sobre negligencia hospitalaria que los abogados presentamos en los tribunales del país, han sido dínamo o propulsoras de la emigración de estos buenos profesionales a Estados Unidos de América.  Estos buenos doctores han calificado esta emigración profesional de sus pares - y la han exagerado - al punto de llamarla "éxodo", vocablo con raíces antiguas, refiriéndose al  Segundo libro de la biblia, en el que se narra la salida de los hebreos que abandonaron Egipto, de manos del profeta Moisés, en busca de la "Tierra Prometida".

Dándoles el beneficio de la duda, estos dirigentes médicos han argumentado en el pasado, quizá de buena fe, que la mayoría de las demandas que se presentan en los tribunales del país en su contra tienen a los médicos trabajando en los hospitales y oficinas con los pelos de punta y a sus familias temerosas de quedar en la ruina económica y en estado de paupérrima insolvencia.  Sin excepción, y con condescendencia, todos admiten al final que las víctimas de impericia tienen derecho a que sus casos sean ventilados y a ser compensados justamente.

A través de la pasada década, lo que he denominado antes como una falacia o mito, las estadísticas oficiales han derrumbado el argumento médico, evidenciando que la emigración de los médicos hacia el norte, no es distinta al movimiento de los boricuas en general. Habiendo sido condescendiente por muchos años, llegándolo a calificar recientemente como argumento "chatarra", no puedo menos que calificarlo en este momento como una mentira que ha tenido sus consecuencias.

Una de los primeros resultados del argumento falso del éxodo médico, fue la propuesta  de la pasada administración gubernamental de elevar el derecho de hogar seguro de los médicos sobre su residencia, irrespectivo del valor de ésta.  Como esa legislación  representaba un privilegio a una clase, ya privilegiada, se optó eventualmente por otorgar ese derecho a toda la población, y así fue aprobada por el gobernador Fortuño.

Otra de las consecuencias de este argumento mendaz, fue considerar a ciertas instituciones hospitalarias privadas, otorgándole inmunidad a su facultad médica, con los consecuentes topes aplicables a los pleitos contra el Estado.  Es decir, en caso de una reclamación y sentencia del tribunal, $75 mil por víctima de impericia médica, hasta un tope máximo de $150 mil por caso, irrespectivo del daño que la negligencia médica haya ocasionado.  Con un mejor juicio, esta legislación fue revocada por la presente administración, devolviendo la sensatez a la norma jurídica.

El actual presidente del Colegio de Médicos de Puerto Rico, como he advertido antes, ha prometido como una de sus prioridades, propulsar una reforma a la legislación de impericia médica.  El buen doctor ha repetido "ad nauseum" el argumento falaz de que el éxodo de los médicos ha sido y es a causa de las susodichas demandas de impericia médica y el "miedo" de los profesionales a esta espada de Damocles sobre sus cabezas.

Tan reciente como ayer, se publicó un informe del "Pew Research Center" (PRC) en el que analizaba los datos del último censo poblacional, con relación a los boricuas de aquí y los que residen al otro lado del charco.  Este informe reveló lo que ya era un secreto a voces:  que más boricuas han emigrado en la pasada década hacia EEUU, que los que emigraron luego de la Segunda Guerra Mundial, esto es, a principios de la década de los años 50, en lo que los más jóvenes llegamos a conocer como la "guagua aérea".  Ello, en búsqueda de mejores condiciones u ofertas laborales o condiciones familiares.  Es un hecho, evidenciado en este informe, que hay 4.9 millones de puertorriqueños esparcidos por EEUU, versus los un poco más de 3 millones que habitamos en esta bendita Isla del mofongo, las alcapurrias y  del chichorreo de fin de semana.  Otro dato importante que se revela por el PRC es que los boricuas que han volao' la verja hacia el estado de Florida, predominantemente y luego hacia el estado de New York, nuestra mayor ciudad, tienen más educación formal que el resto de los hispanos que han emigrado allá.

Con este informe no ha quedado duda alguna de que la emigración de los médicos puertorriqueños no es distinta a la de los demás profesionales que han optado por irse de Puerto Rico.  Sin embargo, este dato incuestionable seguramente no detendrá a los dirigentes médicos ni impedirá el fuerte cabildeo de sus distintas organizaciones en la Asamblea Legislativa y en la Fortaleza, para procurar una legislación más restrictiva a los derechos de las víctimas de impericia médica y de la negligencia hospitalaria en Puerto Rico.  Anclados en la mendacidad del argumento, y que tan reciente como ayer fue una vez más vapuleado, seguirán estos buenos doctores buscando en su favor más privilegios.  Solo una legislatura valiente e informada podrá impedir su avance y detenerlos en seco.  Por el bien de todos los que han sido o serán pacientes en Puerto Rico, espero que la tengamos.


viernes, 7 de marzo de 2014

Buenas noticias para las víctimas de impericia medica y la negligencia hospitalaria

Regresando de unas semi largas vacaciones fuera de Puerto Rico, múltiples han sido las felicitaciones por haber obtenido una sentencia en favor de una joven madre y su hijo, en un caso de impericia médico-hospitalaria que ha dado mucho de qué hablar entre los miembros de nuestra profesión y de la profesión médica. Visitando las redes sociales, me he percatado que muchísima gente, ajena a la abogacía y a la medicina, también la han comentando insistentemente.

Aunque fue notificada luego, la sentencia fue dictada el pasado 27 de enero por una jueza en contra del gobierno, por la negligencia de unas enfermeras, empleadas de su Departamento de Salud y en contra de una compañía de terapia respiratoria, contratada para dar servicios en el Hospital Universitario Pediátrico del Centro Médico.  Ya antes, la Universidad de Puerto Rico había transigido con la parte demandante la negligencia de varios de sus empleados médicos, según concluyó la propia sentencia.

La gran importancia de esta sentencia realmente no es lo que se pueda o no cobrar luego de un tedioso y largo proceso legal.  Poquísimo, en comparación con los daños catastróficos que los demandados causaron al niño y a su madre. Por un lado, priman los paupérrimos y anacrónicos topes mandatorios a las compensaciones incluidos en la ley de pleitos contra el estado, que, a estas alturas, muchos entendemos son inconstitucionales.  Por el otro, la compañía privada, desafortunadamente, carece de un seguro de negligencia profesional que pueda cubrir los daños probados en este caso en contra de uno de sus empleados.  La muy bien estructurada y fundamentada sentencia del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan, en mi humilde opinión, llega en un momento oportuno, a tiempo de salvar muchas vidas que puedan llegar a nuestras instituciones hospitalarias, contrario a otras que, en el pasado, han quedado destrozadas.  Este caso y su dictamen deja al descubierto unas cuantas prácticas inapropiadas dentro de una institución hospitalaria importante en nuestro país, que probablemente han prevalecido por muchos años sin que nadie se dignase a corregirlas.

Hay que decir que esta sentencia no sienta un precedente judicial.  Sin embargo, a mi juicio, es importante en cuanto al tema de la valoración del daño, por el carácter disuasivo que puede tener en los dictámenes judiciales que se dicten en el futuro en Puerto Rico.  No recuerdo, y los abogados que he preguntado  tampoco recuerdan, otra sentencia en el pasado en la cual se hayan concedido $5.1 millones a las víctimas de la negligencia médico-hospitalaria, como se concedió en ésta.  Entre otros renglones, en cuanto a los daños físicos sufridos por el niño en estado comatoso de por vida, éstos se valoraron en $1 millón, mientras los sufrimientos y angustias mentales de su madre fueron valorados por el tribunal en otro millón de dólares. Para los que no hayan leido la noticia, ésta fue reseñada tanto en Noticel como en El Nuevo Día, el 17 de febrero pasado.

Naturalmente, todos en nuestra oficina nos sentimos muy orgullosos de este triunfo judicial obtenido en favor de nuestra cliente Tania Rosario Domínguez y de su pequeño hijo Andrew.  No es para menos.  Conoce la madre y su familia que el camino tortuoso que comenzó cuando le inflingieron los daños catastróficos a Andrew es largo y no ha terminado. Sabe que nada de lo que ha pasado o pase en el futuro le restituirá el estado a su hijo, como era antes de octubre de 2009.  Está consciente que, por el estado de derecho en Puerto Rico, no cobrará los millones de dólares que le concedieron a ella y a su hijo en daños. Sin embargo, Tania es una madre luchadora que cuenta con todo el sostén de su familia y de todas las personas que la conocen y que son solidarias con su lucha, incluyendo a todo el personal de nuestra oficina, de quienes ha obtenido, de forma ilimitada, todo el apoyo profesional.

Agradecemos, por último, a todos los colegas y amigos que han deseado enhorabuenas de manera sincera. Sé ademas, que muchas personas sienten, como yo, que este granito de arena que se ha puesto con este caso implica un paso gigantezco en la valoración del daño, en favor de las víctimas de impericia médica y de negligencia hospitalaria, que siempre lo necesitan.

viernes, 13 de septiembre de 2013

Hay que aprovechar la coyuntura

            Es muy difícil admitir los errores propios; es más fácil señalar los ajenos. Sin embargo,
se ha descubierto que, para un médico, resulta muy inteligente disculparse ante un paciente o sus familiares, que han recibido daños por su negligencia o impericia. Lo mismo aplica a los hospitales, cuando hay negligencia hospitalaria. Puede que no, pero es muy posible que disculparse a tiempo valga la pena porque quizá, con ello, se evita ser demandado.

            El incidente de la bacteria en el hospital de Carolina fue la gota que colmó la copa que provocó que el Secretario doctor Joglar dejara la Secretaría de Salud.  Un poco antes de ese incidente fue su manejo de la situación con el llamado Virus del Nilo, donde aparentaba haber sido contagiada una dama.  Las cosas olían mal luego que salió a la luz pública el alegado conflicto que planteaba el nombramiento del doctor Joglar a la más importante silla en el Departamento de Salud, por haber sido un alto funcionario en Medicare y Mucho Más y en Triple S, las dos aseguradoras de planes de salud más importantes de Puerto Rico.

            Muchas voces han hablado sobre el hoy Ex Secretario de Salud, de lo buen ser humano y médico que es, hasta de lo buen abuelo que ha sido con sus nietos. Todas esas voces siempre negando que fuese la persona idónea para ser nombrada a esa silla ministerial.  Todos los escuchados, sin embargo, han pasado por alto la importante contribución que ha hecho el doctor Joglar, a propósito de su crisis más reciente.  Que yo recuerde, nadie antes lo había hecho.

Quizá ingenuamente, el doctor Joglar denunció públicamente que hubo negligencia en el manejo del protocolo con relación al control de infecciones en el Hospital Federico Trillas.  La implantación del protocolo de control de infecciones del hospital fue negligente y lo dijo alto y claro.  Y como si fuera poco, añadió el galeno que esa negligencia fue la que ocasionó la muerte a casi una docena de pacientes y el contagio de muchos otros.

           Ahora que se puede dedicar más a cuidar de sus plantitas, sostengo que el doctor Joglar ha hecho en su corta estadía en el servicio público reciente una contribución importante. Esta coyuntura debe ser utilizada para ensayar una propuesta que ha tenido éxito en muchas partes del mundo.  Ahora que el gobierno ha admitido la negligencia y que ésta ocasionó el contagio y algunas muertes, proceden las disculpas personales a los familiares de las víctimas fallecidas y a las víctimas que se contagiaron y que no han muerto.

Los funcionarios que administran y operan el hospital señalado, y que son responsables del protocolo de control de infecciones, deben dar cara en este momento ante las víctimas de la negligencia hospitalaria.  Deben ofrecerles disculpas y una compensación económica justa y adecuada para las pérdidas que han sufrido.  Existe un caso claro de negligencia hospitalaria.  Es éste el momento de corregir la situación. La mejor manera de comenzar es compensando a las víctimas de la negligencia.

NOTA: 2 de enero de 2014

Como es de conocimiento público, se radicó una demanda de clase de las víctimas del brote bacteriano, pidiendo daños y perjuicios para las sobrevivientes y para los familiares de las que no sobrevivieron.  Para mi sorpresa, casi al filo del 2013, los demandantes radicaron una acción de un interdicto, pidiendo nada menos que el cierre del hospital.  El nuevo año los recibió con una decisión del Tribunal Superior de Carolina, denegando el injunction, bajo el argumento de que el interés de los demandantes no sobrepasa el efecto negativo de un cierre del hospital para la comunidad que sirve.  Creo que la decisión fue correcta, con la venia de mi ex compañero de clase, que representa a los demandantes en un pleito de idem. LEs deseo suerte en lo que resta del pleito.

            

lunes, 9 de septiembre de 2013

Infecciones adquiridas

Para el abogado que representa pacientes víctimas de impericia médica en Puerto Rico los hallazgos de un estudio reciente no son sorpresivos.  Según un estudio publicado hace unos días en el Journal de la Asociación Médica de EEUU, las adquiridas en los hospitales, llamadas infecciones nosocomiales, ocasionan un gasto de $9.8 billones de dólares anuales.  Una tercera parte de ese costo tiene que ver con las infecciones que se originen en los sitios quirúrgicos, o sea, en el lugar del cuerpo donde se opera. Siguiéndole cerca está la pulmonía asociada a la intubación y en tercer lugar, la ocasionada por ‘clostridium difficile’, que es la bacteria que se multiplica por el exceso de antibióticos que, en ocasiones, se le da al paciente, mayormente inmuno-comprometido.
De acuerdo a ese estudio, las infecciones nosocomiales son causantes de una gran proporción de daños que se ocasionan en los hospitales a los pacientes y están directamente asociadas a los altos costos del sistema de salud norteamericano.
No hay lugar a dudas que cuando un paciente es hospitalizado, el riesgo de adquirir una infección que nada tiene que ver con la condición que lo lleva al hospital, se multiplica, pero no se puede descartar la existencia de negligencia hospitalaria.  De hecho, Medicare está con el ojo puesto a estos eventos intrahospitalarios porque naturalmente les cuestan mucho dinero. Ello quiere decir que los federicos ya no están dispuestos a pagar los platos rotos, máxime cuando el hospital ha sido negligente en el control de estas infecciones.  Todo esto implica que los abogados consultados por este tipo de evento tiene que evaluar el protocolo de control de infecciones que debe implantar el hospital y las posibilidades de que no se ha cumplido al pie de la letra con éste. Este incumplimiento que ha ocasionado un daño puede dar lugar a una demanda por negligencia hospitalaria.  Ir por lana y salir ‘trasquilao’ es un refrán boricua que en estos casos cobra mucha vigencia.

Nota del 10 de septiembre de 2013
Hoy se publicó una alarmante noticia sobre la muerte de diez pacientes producidas por infección de la bacteria Acinetobacter baumannii en un lapso de tiempo corto en el Hospital Universitario Federico Trillas de Carolina.  Esta bacteria puede ser aislada en material hospitalario, como aparatos de ventilación mecánica, catéteres, líquido de diálisis peritoneal y una amplia variedad de instrumentos hospitalarios.  Puede también formar parte de la flora normal de la piel de los adultos sanos (especialmente las manos) y puede colonizar la cavidad oral, faringe e intestino. 


lunes, 19 de agosto de 2013

Una injusticia corregida

Como política pública, la administración gubernamental pasada realizó actuaciones transgrediendo derechos a mucha gente, una de éstas en contra de los pacientes de servicios de salud en nuestra Isla, potenciales víctimas de impericia médica y de negligencia hospitalaria.  Le costó las elecciones.

Tras años de intentarlo en múltiples ocasiones por la vía correcta, que es la legislativa, terminaron por atragantarle límites en las compensaciones por daños sufridos a las víctimas, mediante acción administrativa del Secretario de Salud. En mi post del 14 de julio de 2012: “Topes por debajo del radar”, denuncié esta actuación equivocada y jaiba del gobierno. Este reglamento del tal Dr. Lorenzo González, que no por llevar ese nombre era santo de mi devoción, establecía límites de responsabilidad para todo profesional de la salud que interviniese en el diagnóstico y tratamiento de cualquier paciente de los Centros de Trauma y Estabilización, desde que era admitido hasta que era dado de alta, independientemente que la entidad en donde trabajara fuese administrada u operada por una entidad privada.  Esa actuación del Secretario de Salud supuestamente era refrendada por la Ley 544 de 2004.

En virtud de ese reglamento, contra el que la Asociación de Víctimas de Impericia Médica (AVIM) tuvo que embestir, sufragando una campaña mediática costosa en el medio de la vorágine eleccionaria pasada, se extendía inmunidad al personal de salud y se le daban los beneficios de los límites de pleitos contra el Estado ($75 mil) a los Centros de Trauma y Estabilización que así fueran designados. Hasta una orden de mordaza se le impuso a AVIM por el fulano nombrado censor electoral por el gobierno, la cual tuvo que ser también cuestionada ante la corte federal por esta agrupación.

Luego de una ardua lucha de más de un año, liderada por la AVIM con su asesor el colega Rafael García Rodón, por fin se vio la luz y se arregló el entuerto de la pasada administración.  Mediante la Ley 101 de 13 de agosto de 2013, se eliminan los beneficios de los límites de responsabilidad civil por impericia a que está sujeto el Estado Libre Asociado de Puerto Rico a los Centros de Trauma y Estabilización, se deja sin efecto el Artículo 12 titulado “Limites de Responsabilidad” del Reglamento Núm. 8131 del Departamento de Salud, se ordenar al Departamento de Salud la creación de un nuevo Reglamento para el establecimiento de un Sistema Integrado de Manejo Uniforme de Trauma y Servicios de Emergencias Médicas de una forma adecuada y precisa, y se establece una cláusula de retroactividad.  Es decir, todo de vuelta a como era antes de la ley del gobernador Fortuño.

En cuanto a la retroactividad de la nueva ley aprobada por el gobernador García Padilla, se dispone que se aplicará a cualquier caso radicado desde el 27 de junio de 2011 en adelante y que no haya sido adjudicado o transado de forma final y firme. Se toma como base esa fecha por ser el día en el cual se firmó la legislación que estableció el que se extendiera la llamada inmunidad y los beneficios de los límites de pleitos contra el Estado.

Una buena ley que desecha  la basura dejada por el gobierno anterior; ahora está en el zafacón, donde tiene que estar.

viernes, 7 de junio de 2013

RIP a la Cláusula de Selección de Foro

Hace algún tiempo escribí un post que titulé: "Cláusula de Selección de Foro, el Harakiri del Paciente”.  Este post se refería a la validación que hizo el Tribunal del Primer Circuito de Boston de la sentencia desestimatoria de una demanda por el juez federal José Antonio Fusté, relativa a una alegada impericia médica cometida en HIMA San Pablo Caguas con el paciente don Florentino Rivera.  Fue importante esa decisión judicial, pues fue la primera ocasión que una cláusula de selección de foro y toda su jurisprudencia interpretativa fueron incorporadas a los casos de impericia médica y negligencia hospitalaria, importada del árido mundo de los contratos y de las esferas comerciales e industriales.

Una cláusula de selección de foro supone someterse de forma voluntaria, de antemano, al foro que las partes escojan "libremente" en su contratación.  Las partes contratantes pueden escoger incluso el proceso de arbitraje.  de todas formas, el resultado es escoger siempre el foro que prefiere la parte contractualmente más fuerte y que, con toda probabilidad, redacta el contrato que se firma.

En un escenario de impericia médica, los médicos y los hospitales le han huido siempre a la corte federal, como el diablo a la cruz, pues supone la ventilación del juicio ante un jurado, distinto a como se hace en la esfera local: ante un juez.  Por eso la alegría con la que tanto médicos y hospitales recibieron la decisión judicial del caso de don Florentino.

Aunque no se aplicó por razones puramente técnicas, el tribunal colegiado de tres jueces en Boston en el caso de don Florentino dijo que de una reglamentación administrativa de la entonces Oficina del Procurador del Paciente, hoy Oficina del Procurador de la Salud, se traslucía la política pública del gobierno de Puerto Rico en contra de dicho tipo de cláusula.  Los hospitales esperaban esa decisión para hacerla su práctica.  Luego de ese caso, esta cláusula le era ‘atosigada’ a los pacientes o a sus familiares por el personal de oficina de HIMA y alguno que otro hospital, en el momento de la firma de la retahíla de documentos que se deben firmar para recibir los servicios médicos.

La validación entonces de la sentencia del Juez Fusté por el Primer Circuito de Boston, me hizo calificar esa acción de “HARAKIRI” para el paciente, pues, cuando se hablaba de esa cláusula, me venía a la mente la imagen cruda de un japonés pasándose una espada filosa por el vientre hasta darse muerte.  Era obvio que la firma de una clásula de este tipo resultaba en contra de los propios intereses del paciente, a la hora de demandar por una impericia.  La consecuencia era que, de incurrirse en impericia médica o negligencia hospitalaria en su tratamiento médico su caso se tendría que radicar en los tribunales del ELA de PR, pese a que la corte federal podría tener jurisdicción para entender en el asunto.

En varios casos ante la corte federal, luego del de don Florentino, la susodicha cláusula fue interpuesta por abogados de médicos y hospitales, para intentar la desestimación de las demandas en ese foro, para que entonces se radicaran en el foro local.  Sin embargo, a pesar de las destrezas y argumentos de buenos abogados y abogadas con los que cuentan los médicos y hospitales, en ninguno de estos casos la cláusula fue validada. En todos se reconoció que Puerto Rico tenía una fuerte política pública en contra de este tipo de cláusula y que, en este aspecto, la ley de Puerto Rico tenía primacía.  Esas decisiones tomaron la puerta de salida que abrió el propio tribunal de Boston.

La última de estas decisiones en la corte federal tuvo que ver con uno de mis casos, hace solo un par de días.  A pesar de los argumentos de un buen abogado, el tribunal reiteró sus decisiones anteriores, descartando la cláusula, para beneficio de los demandantes.  Este caso se resuelve al tiempo en que, coincidentalmente, se está promoviendo que la legislatura convierta en ley el Proyecto de la Cámara 655 de la autoría del representante Charlie Hernández.  Este proyecto cameral, que ahora pasa al Senado, pretende convertir en ley la prohibición reglamentaria que sirvió de fundamento a todas las decisiones del foro federal que validan la política pública de Puerto Rico, tal y como lo reconoció nuestro Tribunal Supremo hace unos años. En este aspecto la política pública local tiene primacía.  

La ley que se firmará seguramente por el gobernador, por fin dará muerte a este tipo de cláusula, en la cual el personal del hospital  aprovecha la debilidad humana que supone una emergencia médica familiar.  Una buena noticia para las víctimas de impericia médica. Es tiempo de celebrar que se ha apreciado el interés del paciente . . . para variar.