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lunes, 4 de octubre de 2021

La Seguridad del paciente... ante todo


El pasado 17 de septiembre se conmemoró el Día Mundial de la Seguridad del Paciente, establecido por la Organización Mundial de la Salud en 2019. La OMS estableció ese “Día” con el fin de fomentar el activismo de la propia población en su seguridad en los temas de salud y, en términos generales, promover acciones y desarrollar actitudes que mejoren la seguridad de los pacientes, evitando y reduciendo los daños que puedan sufrir. Como ocurre con muchas celebraciones, el Día Internacional de la Seguridad del Paciente pasó sin pena ni gloria en nuestro país.

            Múltiples iniciativas han sido tomadas por los gobiernos y el sector privado a nivel mundial durante la pandemia. Puerto Rico no ha sido la excepción, primero para promover las pruebas y luego las vacunas para combatir el coronavirus. Como parte de las iniciativas de nuestro gobierno se encuentran las ya famosas y frecuentes Ordenes Ejecutivas.

Las redes sociales están repletas de expresiones, haciendo eco a las políticas públicas. Estas actualmente contienen privilegios de movimiento para los vacunados y lo que muchos interpretan, la restricción indebida y el desprecio solapado hacia los no vacunados. Las diferencias de opinión pueden llevar una carga dura de recriminación y desprecio implícito para el que expresa una opinión contraria a la vacunación, porque hay la tendencia de primero matar al mensajero.

En la vigente Orden Ejecutiva se incluyó un lenguaje que, al ser interpretado, en mi opinión, -y estoy vacunado – puede provocar gran perjuicio a los no vacunados. En ese espectro no solo se encuentran personas que no se vacunan porque no les da la gana. También hay otras que están impedidos o no desean haceróno por alguna razón médica u otra que, para ellos, es completamente válida.

Pacientes en Puerto Rico están siendo requeridos a presentar una prueba negativa, como condición para poder recibir servicios médicos ambulatorios para sus condiciones crónicas. Haciendo una interpretación más restrictiva que la Orden, algunos médicos se autodefinen “operadores privados” y no atienden pacientes nuevos a menos que estén vacunados o presenten prueba de PCR negativa. Ocurre en las oficinas médicas que atienden normalmente condiciones crónicas, como si los vacunados no pudiesen contagiar al que no lo está. ¿Vale exigir pruebas negativas a los no vacunados para acceder a una oficina médica, cuando algún vacunado en su interior, contagiado pero asintomáticos los puede contagiar?

De las advertencias del CDC, esas que no leemos, surge que personas que les baja el sistema inmunológico debido a que toman ciertos medicamentos, puede que no estén protegidos. Ello, aunque se hayan vacunado completamente.

Si una persona muere por COVID, porque decidió no vacunarse, es desafortunado que haya la tentación de pensar que esa persona “se lo buscó”. Y no tiene que ser así. La empatía incluye entender que lo que para uno es un disparate, para otro es genuino. Demasiadas actitudes tienen su origen en la desinformación, pero otras nacen de la crianza, de los valores personales y de las experiencias individuales. ¿Por qué no ser empáticos? Debemos aspirar a ser una sociedad que proteja a sus pacientes…, a todos.

¿Qué hacemos con los no vacunados? ¿Los tiramos a pérdida? ¿Los encerramos en sus hogares? ¿Qué ocurrirá con los que tienen condiciones crónicas de salud que no se pueden o no se quieren vacunar? ¿Será posible que no reciban la atención médica que requieran sus condiciones? La seguridad del paciente debe conmemorarse, pero debe ser aspiración continua e incondicional en una sociedad empática.

viernes, 18 de junio de 2021

R E H E N E S

            


En mayor o menor grado, todos hemos ido a algún hospital en Puerto Rico, aunque sea para visitar a un paciente que busca servicios de salud. En caso de una emergencia, no hay billete que pague montarse en un avión y coger la ‘juyilanga’ para procurar ese servicio en los EEUU. Aunque haya el dinero, el tiempo apremia en una eventualidad donde esté en juego la integridad física y hasta la vida. Cuando no hay una emergencia, sin embargo, siempre existe para algunos afortunados, la opción del avión. Todos conocemos personas que han optado por procurar servicios de salud en ese país.

Haciendo abstracción total de las estadísticas que, confieso, no he buscado, y de los costos absurdos, EEUU tiene la reputación de tener uno, quizá el mejor sistema de servicios de salud en el planeta. A ese país acude gente de todo el mundo e idiosincrasias a estudiar medicina, y todas sus especialidades y subespecialidades habidas y por haber. Por tanto, en ese país muchos médicos se quedan y llevan o hacen familia; el resto se regresa a su país de origen.

Según he leído hoy, este próximo domingo Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, se propone viajar a Miami, EEUU, para someterse a una cirugía electiva para mejorar su movilidad y soltar el bastón que ha tenido que usar por siete años, tras un accidente y posterior hospitalización en la cual fue objeto de una impericia médica en su país. La cirugía, dicen, es de “mediana complejidad”, consistiendo en eliminar un quiste alojado en su área lumbar, tras la cual retornaría a sus funciones tan temprano como el próximo 30 de junio.

La cirugía de “mediana complejidad” del presidente Lasso, supone la intervención de un neurocirujano, ya que cualquier desvío del área quirúrgica con el escalpelo, lo puede dejar parapléjico para el resto de sus días. Es de público conocimiento la eliminación de la residencia de neurocirugía de nuestro principal recinto de ciencias médicas en la Universidad de Puerto Rico. Ello implica que no habrá nuevos neurocirujanos en nuestro querido país, al menos antes de 2030, si es que somos optimistas. Claro, el gobierno o los hospitales de Puerto Rico pueden importar neurocirujanos de EEUU y pagarles un salario no menor de medio millón de dólares anuales. Con la situación fiscal precaria del gobierno y el llantén financiero de los hospitales privados, imaginar esa posibilidad provoca risa. Lo que lleva obligatoriamente a preguntarnos: ¿cuántas personas en Puerto Rico podrían gestionar los servicios de un neurocirujano para un tipo de cirugía, no digamos del cerebro, sino una de “mediana complejidad” como la que hemos descrito del presidente ecuatoriano? Ciertamente no muchas personas en Puerto Rico sin seguro médico podrían pagar los honorarios de una cirugía del cerebro sin seguro médico, que podría fluctuar entre $50 mil a $150 mil dólares, sin contar con los servicios de anestesiólogo, anestesista, servicios ancilares de imágenes y otros, y el período hospitalario y de recuperación.

Para una simple cita rutinaria con un especialista en oídos, nariz y garganta (otorrinolaringólogo) o un oftalmólogo, tienes que esperar varios meses. Hay muchos dentistas que no están aceptando nuevos pacientes, particularmente en este período de pandemia. En fin, para hacer una cita con un especialista en Puerto Rico, debes esperar varias semanas, quizá meses. Medicare no paga servicios dentales, así que, imagino, quieren a todos los viejos, pero mellaos.

Nuestro país viene sufriendo de un éxodo de miles de médicos, que ha sido constante desde 2010. A pesar de lo que siempre han alegado los presidentes del Colegio de Médicos de Puerto Rico desde hace dos décadas, no son las demandas de impericia médica que los agobian. Estas radicaciones se han mantenido estables en los bajos 300 casos anuales, según estadísticas de la OAT. Frustrados primordialmente por el pedacito del “pie” que les llega, luego de que los planes médicos le pagan - poco y de manera morosa- un gran número de buenos médicos han decidido emigrar hacia los EEUU, incluso empleándose en hospitales ubicados en reservaciones indias o en lugares de pobre acceso, donde, a diferencia de nuestra Isla, reciben salarios que no pueden rechazar. Otros obtienen sus especialidades en ese país y no regresan. Todos se mudan con familia y bártulos, para hacer vida familiar y social en ese país, a pesar de que el nuestro asumió en su momento la mayor parte del costo real para obtener su grado médico.

Lo que he mencionado versa solamente de los profesionales médicos. Ni hablar del personal de enfermería y servicios ancilares que actualmente reciben salarios exiguos de los hospitales, propiciando en bastantes ocasiones turnos asfixiantes y mal pagados y su propio éxodo en busca de mejor calidad de vida. Ello, en perjuicio de la atención y cuidado que merece todo paciente que va en busca de servicios médico- hospitalarios en nuestra bendita Isla Grande, porque la chiquita Vieques ni con un hospital cuenta.

El futuro de nuestros servicios medico-hospitalarios no puede ser mas preocupante, particularmente para la gente que carece de medios económicos en un plan de salud gubernamental que deja mucho que desear, que es la mayoría de la población. Las companias de planes de seguros medico hospitalarios parecen ser intocables por los distintos gobiernos con sus legislaturas en mediano y a corto plazo. Los médicos seguiran cogiendo la ‘juyilanga’ y nuestros hospitales seguirán con su llantén. No solo los médicos y hospitales son rehenes de los planes de seguro de salud en Puerto Rico. ¿Quié con un trauma cerebral severo o una aneurisma tendrá servicio de neurocirugía de emergencia en Puerto Rico? 

Somos todos rehenes de servicios de salud deficientes, porque, a pesar de ser un derecho en Puerto Rico, poco a poco se ha convertido en un privilegio. 

martes, 4 de diciembre de 2018

VIVA la Judicatura, MUERA el panel de arbitraje

   
 El gobernador acaba de complacer al Colegio de Médicos de Puerto Rico, convirtiendo en ley el proyecto de la cámara 1083 (en conferencia) que crea paneles de arbitraje regionales y la imposición de fianza a las víctimas, como supuestos filtros de casos de impericia médica y hospitalaria. Parafraseando a nuestro escritor Abelardo Díaz Alfaro, "Santa Cló no va a la Cuchilla", hace rato que llegó y se quedó en Fortaleza.

Cual regalo de navidad entregado prematuramente, el presidente del gremio médico, y unos cuantos de sus colegas, acudieron sonrientes y complacidos a la firma de la ley que crea el ansiado "cedazo" a las demandas de impericia. Ello, bajo los falsos supuestos de que esta ley sirve de disuasivo al éxodo que ha experimentado la profesión médica de Puerto Rico desde hace unos años hacia los Estados Unidos y de que, también, erradicará las demandas "frívolas" del panorama judicial.

       Con la aprobación de esta ley, ya es el segundo obsequio que reciben los médicos de manos del gobernador de Puerto Rico, siendo el primero el beneficio contributivo aprobado mediante la Ley 14 de 2017, estableciendo una tasa fija de contribución sobre ingresos de 4% por 15 años. Es de rigor un breve trasfondo, para que se entienda cuál es el alcance de la ley que ha firmado nuestro joven gobernador y que trastocaría la litigación de este tipo de casos en Puerto Rico. Veamos.

        La creación de foros alternos para la resolución de casos de impericia médica se originó en la década de los setenta en EEUU, cuando surgió la primera crisis de los seguros de impericia médica. Aduciendo razones de inadecuación tarifaria y el incremento en la cantidad de demandas por impericia médica, algunas aseguradoras de ese riesgo abandonaron ese mercado que, hasta ese momento, había sido sumamente lucrativo para éstas. La salida del mercado y el aumento de primas creó a los médicos un problema real de escasez en la disponibilidad de seguros para cubrir el riesgo, lo que fue percibida en sus bolsillo. Desde entonces, voces informadas argumentaban, a contrario sensu, que el problema económico en el negocio de los seguros de impericia médica se debía, en gran parte, a malas decisiones sobre las inversiones que de su capital de reserva, hacían. Achacaban la situación, sobretodo, a los altibajos en la bolsa de valores, provocados en aquella época, por una crisis en el suministro de petróleo, debido a decisiones unilaterales de los países del medio oriente productores del crudo.

       Así comenzó la primera de las tres crisis de los seguros de impericia médica que ha tocado igualmente, de tiempo en tiempo, a Puerto Rico, coincidental al movimiento bursátil de Wall Street. De la inconformidad de la clase médica y de las aseguradoras con el sistema compensatorio en estos casos, nacieron muchas propuestas creativas, que se discutieron de forma amplia en Estados Unidos. Así, nació en el estado de California la Medical Injury Compensation Reform Acta de 1975 (MICRA), que vino a revolcar el avispero, imponiendo, entre otras cosas, paneles de arbitraje para los casos de impericia médica. Por la naturaleza de este escrito, basta mencionar que, a largo plazo, las medidas incorporadas por la MICRA no menguaron la cantidad de demandas supuestamente frívolas. Sin embargo, esta ley creó un espejismo para los médicos que, poco a poco, se propagó por muchos estados de la nación estadounidense e, incluso, por algunos países del mundo. Cabildeadas, naturalmente, por las aseguradoras que veían en peligro sus abultados bolsillos por veredictos cuantiosos en casos anecdotales y por las asociaciones médicas que, igualmente, protegían los bolsillos de sus asociados, que terminaban pagando los platos rotos.

       Llegado el siglo 21, hubo dos intentos infructuosos del Presidente George W. Bush y del Partido Republicano de EEUU, para reformar el sistema compensatorio, pretendiendo hacer ley del congreso la inclusión de paneles de arbitraje, topes compensatorios y otras medidas que cercenaban derechos del paciente. Ya desde antes, en Puerto Rico, nuestro Tribunal Supremo había declarado la inconstitucionalidad de un embeleco similar, bajo el fundamente de que el panel de arbitraje creado en la década de los noventa por el primer Dr. Rosselló, era una delegación indebida y usurpación del poder judicial.

       Desde 2004, no han sido pocos los intentos del Colegio de Médicos para reformar las leyes de impericia médica y negligencia hospitalaria. Ese gremio ha adoptado argumentos de EEUU que no tienen relevancia en Puerto Rico, y otros como, por ejemplo, la presentación de demandas "frívolas", lo que repiten con este  embeleco nuevo creado por ley. En segundo lugar, ahora anclan su posición en el éxodo de médicos.

       Tomemos primero el argumento de las demandas "frívolas". El Código de Ética y la Regla 9 de Procedimiento Civil imponen al abogado que presenta una demanda el deber de cerciorarse que tiene méritos, so pena de sanciones en su contra. No hay duda que en Puerto Rico se resuelven en favor de médico y hospitales un 70% de las demandas que se presentan. Ello, sin embargo, no implica que las perdidosas sean frívolas. Argumentar lo contrario implica estar sentado en la ignorancia o en la testarudez. Si fuesen frívolas, los jueces impondrían sanciones a los abogados que las presentan y no lo hacen. Por otro lado, desde Fraguada v. Auxilio Mutuo, resuelto en 2012, prácticamente se obliga a las víctimas de impericia a incluir en las demandas a todas las partes que podrían tener algún grado de injerencia en su caso, independientemente de que se desista en el camino de alguno de éstos.

       Volviendo a los paneles de arbitraje luego de la digresión, se establece por esta ley un "mini juicio" ante tres miembros, ninguno de ellos escogido por algún grupo de pacientes o de las víctimas de impericia médica. El médico, sin embargo, sería escogido por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Puerto Rico, lo que representa, del saque, un favoritismo abierto en perjuicio de los intereses de un paciente o sus familiares que haga una reclamación judicial. Este panel escucharía testigos y recibiría evidencia, previo a que las partes tengan el derecho a descubrir prueba, proceso indispensable en toda acción judicial. Esta evidencia que se descubre en un proceso ordinario, se usa en el juicio para establecer, con preponderancia de la prueba, la causa de acción o para defenderse de ésta. La ley, además, dispone que el propósito del mini juicio es para establecer una fianza para seguir el curso ordinario, que cubra las costas y gastos que incurriría la parte demandada de prevalecer eventualmente, lo que deja abierto el asunto a la discreción del juez. Establecer una fianza, sin duda, impone trabas al acceso a los tribunales que provee nuestro orden constitucional para la reparación de agravios. Eximiría de la fianza a una persona que podría litigar ordinariamente en forma paupérrima, es decir, a un indigente, una idea que se le ocurrió a alguien, pero un recurso que casi nadie utiliza en Puerto Rico.

       La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes citó vistas para la discusión del proyecto de ley en cuestión. El Colegio de Abogados hizo su ponencia por medio del presidente de su Comisión de Salud y Negligencia Médico Hospitalaria, el profesor de derecho Lcdo. Ariel Caro. La Asociación de Víctimas de Impericia Médica igualmente compareció.  Ambos cuerpos se opusieron al proyecto de ley, particularmente, porque era innecesario y no se justificaba para atender el problema del éxodo de médicos, que le servía de excusa. Sendos memorandos con fundamentos en estadísticas y en derecho fueron presentados, pero no se nos hizo caso. Los legisladores terminaron doblegándose ante los intereses del Colegio de Médicos de Puerto Rico, empeñado desde hace más de una década, en crear estos paneles de arbitraje y la instauración de otras decapitaciones creativas a los derechos de sus propios pacientes, que, auguro, pronto intentarán ver la luz, como la han visto varias inmunidades y este proyecto.

       Por otro lado, en protección de la judicatura del país, la ley aprobada tiene el efecto de contaminar al juez de la sala ante quien se presenta el caso, con la prueba pericial disponible. Ello, porque la ley exige presentar con la demanda un informe pericial que la apoye, que el juez deberá analizar, para resolver si opera para excepcionar el nombramiento del panel de arbitraje. No es una affidavit de mérito, como se exige en otras jurisdicciones, sino un informe completo, luego de haberse analizado el récord médico y repasado la literatura pertinente.

        Esta ley no considera que el término de prescripción disponible para radicar es de solo un año, a diferencia de muchas jurisdicciones estadounidenses, donde el período es más largo. Tampoco toma en cuenta el hecho de que muchas víctimas llegan cerca del año a las oficinas del abogado. Tampoco considera la disponibilidad de peritos verdaderamente serios y calificados en Puerto Rico, dispuestos a evaluar los casos. Obligarían a la víctima a la búsqueda urgente de médicos no calificados, que sirvan de "ten-ten-pié" a su demanda, ya que de los serios y calificados, pocos existen en Puerto Rico.

        El éxodo de médicos no se resuelve con este embeleco, porque las demandas de impericia no lo han propiciado. Un informe del propio Colegio de Médicos hace unos cuantos años establece cuáles son las razones y las demandas de impericia no están en la lista. Los legisladores y el gobernador deben actuar con los planes de seguros médicos; ésa es la razón por la que los médicos se van. De hecho, tan cerca como en el verano de 2018 lo admitió incluso su presidente y otros médicos entrevistados: "la falta de control y fiscalización sobre las aseguradoras es el factor principal detrás de la fuga de médicos." 

        ¿A quien le amarga un dulce? Los médicos reciben esta ley con los brazos abiertos y la misma sonrisa evidenciada en el acto de su firma. Con la misma sonrisa que recibieron el privilegio contributivo. Nadie se llame a error; esta ley tendrá la férrea oposición de los pacientes potenciales de impericia médica y de los abogados, en particular de los que día a día litigamos este tipo de casos, incluyendo a los de defensa, porque es una ley disparatada, de privilegio, innecesaria, injusta y de dudosa constitucionalidad. No trastoque el gobierno nuestro estado de derecho y deje quieto al sistema judicial de Puerto Rico, que ha trabajado bien estos casos. Nuestros jueces tienen la facultad de actuar en estos casos - y la mayoría actúa - conforme a derecho y, sobretodo, de acuerdo a los dictados de su conciencia y, contrario a los políticos, no buscan votos.

       

     

martes, 12 de septiembre de 2017

Rehenes de la Salud

Nada tuvo que ver el tema de la impericia médica y negligencia hospitalaria. Con su firma, el gobernador convirtió en ley una medida legislativa justiciera, tanto para los pacientes receptores de servicios de salud, como para los médicos de este país. 

Sin haberse sentido aún las bondades de la Ley Núm. 47, la llamada Junta de Supervisión Fiscal interesa hacerla letra muerta y creo qu le dio una embestida mortal. Cual munición letal, la Junta disparó una misiva, diríamos “misil, alegando que, previo a su aprobación, el gobierno carecía de o, al menos, no les había provisto, una certificación de disponibilidad de recursos económicos para costear sus efectos. 

Todo ha sido una nébula, aún después de “que el presidente de la Junta dijera, en una entrevista radial, que si el gobierno evidencia la fuente del dinero para costearla, “no habrá problema alguno”. La otra cara de la moneda es que si no se produce esa “evidencia”, sencillamente habrá problemas, implicando que la ley parará en el zafacón, lo que ciertamente convertiría esa acción en un hito jurídico en Puerto Rico.

Hacerlo no es ilegal, pero es harto conocido el cabildeo constante y conspicuo que las aseguradoras de planes de salud del país desarrollaron para impedir la aprobación de esta ley. Lo hicieron desde el mismo momento en que el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, presentó el proyecto de ley hace algunos meses. De hecho, fue ese funcionario legislativo quien lo denunció, quizá en un intento infructuoso de avergonzarlos públicamente. Por otro lado, el esfuerzo desplegado para que se aprobara el proyecto de ley fue igualmente contundente, ya que contó con el aval, entre otros, del Colegio de Abogados y del Colegio de Médicos de Puerto Rico.

No hay duda de que la ley pisaría los callos de las compañías de seguros de salud. Después de todo, es vox populi, dentro de la industria de la salud, que estas aseguradoras tienen de rehenes, no solo a los médicos, sino también a los hospitales y a las entidades de servicios ancilares, a quienes pagan migajas por sus servicios profesionales, en comparación con el dinero que retienen para sí, como meros intermediarios. Luego de aprobada la ley por el gobernador, PROMESA proveyó a las aseguradoras el foro idóneo. Los miembros de la Junta asistieron al nacimiento de un recurso procesal novel: el pataleo boricua corporativo, desconocido para todos los juristas de Puerto Rico. Su puesta en efecto tomó por sorpresa a todos los que ya celebrábamos la aprobación de esa ley y a la mayoría de la gente que advino recientemente al conocimiento de sus bondades. Esta acción de la Junta produce coraje, a la vez que frustración, pues arriesga la aplicación de una ley necesaria y justa para la salud en nuestro país.

La Ley Núm. 47 concede el derecho a un proceso expedito ante el Procurador del Paciente, para presentar cualquier queja por la intromisión indebida de una aseguradora en un tratamiento médico. Esa es la parte de la ley que aparenta haber causado el revuelo, levantando la JCF la objeción fiscal. Sin embargo, igualmente importante que con ese proceso administrativo, esa ley crea una causa de acción en contra del plan médico, cuando niega un tratamiento aconsejado por su médico tratante y esta negativa causa un daño. Crea, además, una causa procesal en favor del médico que es demandado posteriormente por el paciente o sus familiares, pues aquel puede traer como tercero demandada a la aseguradora, para que ésta responda por los daños el paciente.


Esta ley aterra a las aseguradoras de planes de salud, que, evidentemente, no se quedaron de brazos cruzados. Esperemos que el gobernador y su gabinete den la pelea necesaria para que esta ley no sea convertida en “reina por un día”.

viernes, 27 de febrero de 2015

IVA, los abogados, MEDICARE y mucho más ¿o mucho menos?

¿IVA o no IVA?
Con toda probabilidad, dentro de poco entrará en el panorama local boricua el “IVA”, es decir un impuesto sobre la venta añadido. El gobierno propone eliminar el IVU del 7% y sustituirlo por un IVA de 16%. Y, para colmo, sin exenciones o las dispensas existentes al presente con el “IVU”, como son los honorarios por servicios profesionales, incluidos los que cobramos los abogados a nuestros clientes.

No solo son las afidávits que se cobran a $25 que aumentarán a $32 con el sellito de SAL, sino también los honorarios contingentes que se cobran en una reclamación de daños y perjuicios y que, de acuerdo a la ley, se establecen en 33% de la compensación otorgada mediante transacción o sentencia o 25% en caso de daños a menores e incapacitados. A ese porciento se le añadiría el IVA de 16%, más los gastos del litigio, que incluyen peritaje, sello de radicación, diligenciamientos de emplazamientos, mensajería, pago de peritos adversos y transcripciones de deposiciones (a los cuales aplicarán también el aterrador 16%). No quiero imaginar el rostro del cliente que llega a las oficinas de los abogados de daños y se entera de los costos potenciales de litigación  que le espera. Y menos a la mía, que llegan con un caso de impericia médica porque algún familiar ha muerto a manos de un médico negligente.

Más importante aún, que levante la mano el abogado de daños que no haya pasado trabajo cuando su cliente es beneficiario de Medicare y se intenta transar un caso. Todos, estoy seguro.

Como es conocido, desde enero de 2012 la ley de Medicare obliga al que paga, causante del daño, personal o vicariamente, o su asegurador, a informar a la agencia federal cualquier transacción extrajudicial, judicial o sentencia. Esto tiene que ver con cualquier reclamación de daños y perjuicios donde haya un beneficiario De Medicare que los ha sufrido a manos de un tercero. En el contexto de una víctima de daños, las aseguradoras vienen obligadas a informar a Medicare incluso de la transacción o de la sentencia que recaiga en su contra. Por cada día que pasa sin que informe a la agencia federal, la ley dispone una penalidad de mil dólares diarios.  Lo establecido no queda ahí. La ley federal impone al abogado que lleva el caso y que representa a la víctima, o sea, a nosotros, el deber de informarle a Medicare sobre la radicación de la reclamación, detallando además fecha del evento dañoso, dirección y número de seguro social del beneficiario y nombres de causantes y sus compañías de seguro.

El resultado neto de esta legislación de los federicos es que el paciente beneficiario o sus familiares sobrevivientes reciben ahora una suma menor a la que antes recibían, porque Medicare puede reclamar y cobrar (y reclama y cobra) lo gastado en el cuidado médico dado al paciente. Ya antes había escrito un post que titulé “Medicare y mucho menos."

El panorama con este impuesto debe alertarnos del peligro que implica para nuestra profesión, no solo porque posiblemente el cliente potencial se abstendrá o se retrasará aún más en acudir a nuestras oficinas en busca de servicios profesionales que necesita sin dilación, exponiéndolo al peligro de la prescripción de sus causas de acción y al drama que significa la pérdida real de sus derechos. Envuelve la negación de acceso a los tribunales a la persona que ha sufrido un daño en un evento de negligencia general o de impericia profesional médico hospitalaria. Peor aún, le niega este acceso al tribunal y a la búsqueda de la justicia al que carece de recursos económicos para satisfacer los costos usuales y frecuentes dentro de cualquier litigio. Y no quiero pensar si se trata de compensaciones por daños a menores o incapacitados que se consignan en corte y de ahí se sacan los honorarios de abogados. ¿Cómo legislarán para este detallito? 

Por último, es sabido que las compensaciones de las víctimas de un daño físico o emocional están exentas del pago de contribución sobre ingresos. O sea, una víctima que recibe una compensación por estos conceptos no paga contribución alguna al gobierno, porque no se trata del recibo de "ingreso" alguno. Tras ese estado de derecho está el principio establecido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico de que los daños compensatorios caen dentro del "ámbito reparador". Con ello se intenta colocar a la víctima del daño en la misma posición que tenía antes de la ocurrencia. Claro está, a pesar de lo dicho por el gobernador, los abogados pagamos contribución sobre ingresos sobre los honorarios contingentes que percibimos cuando el cliente recibe su compensación. Peor aún, el que recobra lucro cesante tendría , además, que pagar contribución sobre ingresos por ese concepto. ¿No significa la imposición del IVA a estas compensaciones un menoscabo de ese reconocido principio reparador en favor de la víctima? Creo que si. 

¿IVA o no IVA? Esa es la cuestión.   Marchas, piquetes, y toda una amalgama de opiniones de gente seria en contra de la imposición del  impuesto en este momento histórico, parece que no detendrán al presente gobierno en su intención de “mejorar la economía”. Creo que, con este impuesto, la probabilidad mayor es que no sea nuestra economía la que mejorará.


lunes, 19 de agosto de 2013

Una injusticia corregida

Como política pública, la administración gubernamental pasada realizó actuaciones transgrediendo derechos a mucha gente, una de éstas en contra de los pacientes de servicios de salud en nuestra Isla, potenciales víctimas de impericia médica y de negligencia hospitalaria.  Le costó las elecciones.

Tras años de intentarlo en múltiples ocasiones por la vía correcta, que es la legislativa, terminaron por atragantarle límites en las compensaciones por daños sufridos a las víctimas, mediante acción administrativa del Secretario de Salud. En mi post del 14 de julio de 2012: “Topes por debajo del radar”, denuncié esta actuación equivocada y jaiba del gobierno. Este reglamento del tal Dr. Lorenzo González, que no por llevar ese nombre era santo de mi devoción, establecía límites de responsabilidad para todo profesional de la salud que interviniese en el diagnóstico y tratamiento de cualquier paciente de los Centros de Trauma y Estabilización, desde que era admitido hasta que era dado de alta, independientemente que la entidad en donde trabajara fuese administrada u operada por una entidad privada.  Esa actuación del Secretario de Salud supuestamente era refrendada por la Ley 544 de 2004.

En virtud de ese reglamento, contra el que la Asociación de Víctimas de Impericia Médica (AVIM) tuvo que embestir, sufragando una campaña mediática costosa en el medio de la vorágine eleccionaria pasada, se extendía inmunidad al personal de salud y se le daban los beneficios de los límites de pleitos contra el Estado ($75 mil) a los Centros de Trauma y Estabilización que así fueran designados. Hasta una orden de mordaza se le impuso a AVIM por el fulano nombrado censor electoral por el gobierno, la cual tuvo que ser también cuestionada ante la corte federal por esta agrupación.

Luego de una ardua lucha de más de un año, liderada por la AVIM con su asesor el colega Rafael García Rodón, por fin se vio la luz y se arregló el entuerto de la pasada administración.  Mediante la Ley 101 de 13 de agosto de 2013, se eliminan los beneficios de los límites de responsabilidad civil por impericia a que está sujeto el Estado Libre Asociado de Puerto Rico a los Centros de Trauma y Estabilización, se deja sin efecto el Artículo 12 titulado “Limites de Responsabilidad” del Reglamento Núm. 8131 del Departamento de Salud, se ordenar al Departamento de Salud la creación de un nuevo Reglamento para el establecimiento de un Sistema Integrado de Manejo Uniforme de Trauma y Servicios de Emergencias Médicas de una forma adecuada y precisa, y se establece una cláusula de retroactividad.  Es decir, todo de vuelta a como era antes de la ley del gobernador Fortuño.

En cuanto a la retroactividad de la nueva ley aprobada por el gobernador García Padilla, se dispone que se aplicará a cualquier caso radicado desde el 27 de junio de 2011 en adelante y que no haya sido adjudicado o transado de forma final y firme. Se toma como base esa fecha por ser el día en el cual se firmó la legislación que estableció el que se extendiera la llamada inmunidad y los beneficios de los límites de pleitos contra el Estado.

Una buena ley que desecha  la basura dejada por el gobierno anterior; ahora está en el zafacón, donde tiene que estar.

jueves, 30 de mayo de 2013

Cuando yo sea grande

Siempre recordaré mi graduación de primer grado del Colegio San José de mi pueblo de San Lorenzo.
Pienso que mi disposición a hablar en público, muchos dirían: lo sobrao' que era, me colocó en  la posición  de "maestro de ceremonias", lo cual debía haber sido una distinción un tanto rara para un niño de seis años.   En esa graduación un amigo de mi infancia, ahora miembro de la cámara de representantes de nuestro país, recitó de memoria un poema, cuya primera estrofa, según la dijo, jamás he olvidado: "Cuando yo sea grande, me compraré un perióquido".  

Hace tiempo que ese amigo ya es "grande" y, seguramente, habrá comprado en su vida muchos "perióquidos", al igual que lo he hecho yo, aunque hace unos cuantos años prefiero leerlos a través de la pantalla de mi computadora.  Más pronto que tarde, mi amigo y yo pasaremos de ser "grandes" a ser viejos.  Mientras eso ocurre, las noticias publicadas en los distintos rotativos del país sobre esa llamada tercera edad no son agradables, por el contrario, son sumamente preocupantes, particularmente en el tema de la salud.

La esperanza, a medida que la persona va llegando a su vejez, es poder pasar el ocaso de su vida con la mejor salud posible, tener una vida activa, estable económicamente y con todas sus necesidades principales, como la vieja canción: ropa, zapato, casa y comida, completamente satisfechas.  Muchos llegan a esa edad "dorada" con dolencias y condiciones crónicas, que deben ser atendidas y manejadas por médicos y hospitales, preferiblemente, de su selección, a través del programa federal de Medicare. Sin embargo, contrario a sus mejores espectativas para una vida tranquila y saludable, muchos de nuestros viejos son hoy empujados a adquirir planes de seguros de salud, vendidos por compañías que sirven de intermediarias entre Medicare y los proveedores de servicios de salud.  Por ese servicio de "mediación" entre el que paga y el que recibe el billete, estas compañías de planes de seguros de salud reciben mucho dinero.

El periódico refleja  hoy día mucha tensión proveniente no solo de nuestros pacientes viejos, sino de los médicos, hospitales y servicios ancilares.  El paciente se queja porque sus condiciones de salud no son atendidas con la prontitud y el servicio que merece.  No hay más que entrar a algunos sitios en el internet, como el de Medicina Defectuosa, para leer las historias de horror que cuentan los pacientes de Medicare.  Los médicos y demás proveedores también se quejan porque no reciben la paga adecuada por sus servicios y por el embeleco de los hospitalistas criollos que, en muchas ocasiones, imponen criterios de hospitalización y estadía promovidos por su principal, que son, en ocasiones, ajenos a los mejores intereses del paciente y que, además, les han invadido terreno y mermado injustamente sus ingresos.  Por su parte, como si alguien en nuestro país les creyera, las siete compañías de planes de salud Medicare Advantage que hay en Puerto Rico aseguran en sus anuncios de medios que su prioridad principal es el paciente.

Salvo que cambie el sistema de salud imperante en Puerto Rico de forma radical, creo que las aseguradoras llegaron a nuestra Isla para quedarse. Hay que hacerse a la idea de que estas entidades corporativas complejas se quedarán de intermediarias en el sistema de salud.  La razón sencilla es que al gobierno federal le es sumamente conveniente despachar a otro el problemón que implica administrar los fondos que destina  para brindar los servicios médicos a los beneficiarios de Medicare con derecho a recibirlos.  Al gobierno federal le importa un bledo que estas compañías privadas, a quienes beneficia con estas franquicias, paguen a los  proveedores de salud de su red honorarios por servicio rendido ("fee for service") o de forma capitada ("capitation"). La agencia federal ha descartado incluso la recomendación del GAO para suspender programas experimentales por no haberse validado el propósito original de alcanzar la costo eficiencia.  Sencillamente no sé lo que les importa, pero pienso que se hacen de la vista larga y botan chavos a diestra y siniestra.

Dicho lo anterior, hay que estar claro: los pacientes de Medicare se hicieron, de una u otra forma, acreedores de servicios médicos y tienen derecho a recibirlos.  Sin embargo, existe la impresión equivocada, entre mucha gente, de que esos fondos federales representan una dádiva o regalía del gobierno de EEUU y como tal, "a caballo regalao' no se le mira el colmillo".

Nuestros viejos, pacientes de la tercera edad, merecen y tienen derecho al mejor manejo y tratamiento médico, a ser brindado por todos los componentes del sistema de salud.   Nos corresponde ahora, a los que hemos llegado a "grandes", monitorear y mantener la presión debida para que eso ocurra.  Por todos los medios a nuestro alcance hay que lograr que los viejos de ahora reciban ese cuidado que merecen, si es que nosotros queremos disfrutar de la vida ... cuando pasemos de grandes y seamos viejos.

miércoles, 15 de mayo de 2013

Entre "HOSPITALISTOS" te veas

Médicos, hospitales, pacientes y abogados de víctimas de impericia médica se encuentran del mismo lado, por primera vez en Puerto Rico, en el tema de los hospitalistas, o debo decir, ¿hospitalistos?  Sin el permiso de Pedro Scorza Viscal, médico y abogado, tomo prestada su definición de la figura del hospitalista, según estructurada en el país por un par de aseguradoras dedicadas a proveer planes de seguros de salud Medicare Advantage a nuestra población incapacitada y a la llamada tercera edad. 

Acertadamente, el doctor Scorza define los hospitalistas así: "internistas contratados por un plan médico en específico para servirle a la población de pacientes que acuden a ese hospital en específico.  Estos evalúan las consultas de sala de emergencia y admiten o dan de alta los pacientes. (Debo añadir, a veces sin ver al paciente). Si son dados alta, (los hospitalistas) reciben una bonificacion extra por cada caso, como incentivo. Si los admiten están cubiertos ya por el pago capitado mensual que reciben, no pueden facturar adicionalmente. Si mantienen las estadías promedios dentro de ciertos límites pre acordados, reciben bonificación extra estipulada por tablas de días/ pacientes, y cantidades acordadas".

Esta definición, tomada prestada al buen doctor, tiene varios elementos que vale la pena discutir, porque son eje de la controversia de todas las partes con esas aseguradoras de planes de salud.  El tema ha provocado desde insultos personales a médicos bien intencionados, alegatos de supuesta difamación, querellas formales a diversas agencias, una reclamación judicial de impericia médico-hospitalaria por la muerte de una beneficiaria de Medicare, supuestas investigaciones federales, reuniones de los representantes de hospitales con el CMS y muchísima publicidad pagada, con el único fin, a mi juicio, de controlar los daños ("damage control") que le han ocasionado toda esta publicidad en contra de sus intereses económicos.

De un tiempo a esta parte, estas aseguradoras han encontrado un gran nicho económico, actuando de intermediarios entre el gobierno federal que paga y el paciente que recibe los servicios médico hospitalarios.   Estas compañías han sido beneficiadas por cierto tipo de "franquicia" del gobierno de EEUU, a través de “Centers for Medicare & Medicaid Services” (CMS), que supuestamente regula, a la vez que aparentemente valida sus cuestionadas prácticas de negocio.  En los períodos de renovación de los planes “Advantage”, todos somos testigos de cómo estas aseguradoras privadas inundan el mercado publicitario para reclutar pacientes beneficiarios de Medicare, tal y como hacen los partidos y sus candidatos políticos en año electoral.  Esta gente le paga a ciertas figuras públicas para que, con sus sonrisas e imágenes positivas, ganadas a través de sus ejecutorias públicas a través de los  años, los endosen en anuncios en radio, televisión y prensa escrita.  El más famoso de estos endosos lo ha dado una reconocida y siempre querida figura de un  noticiario, jubilada de ese medio tras toda una vida frente a las cámaras televisivas.

La figura del hospitalista en EEUU es distinta a la definición criolla y no es mi propósito establecer cuáles son las diferencias entre una y otra.  Como parte de un llamado "programa de hospitalistas", las aseguradoras lograron acuerdos de servicios médicos, accediendo a muchos hospitales, con el propósito de integrar médicos de su selección o de la selección de unas entidades que se crearon para esos fines, a las distintas facultades médicas.  Estas entidades, se crearon simultáneamente en Puerto Rico y son corridas por ciertos médicos, naturalmente de la confianza de estas aseguradoras, con quienes tienen acuerdos económicos.  Estas corporaciones de servicios médicos, a su vez, contrataron grupos de médicos especialistas en medicina interna, que son los llamados "hospitalistas". 

Todas las instituciones hospitalarias de Puerto Rico aceptan e interesan brindar servicios médico hospitalarios a los beneficiarios de Medicare.  Después de todo, esta población es la más que requiere de cuidados médicos y hospitalarios, pues, naturalmente, tiene la salud más quebrada.  La única forma que tienen los hospitales para atraer esta "clientela", beneficiaria de Medicare Advantage, es a través de estas aseguradoras privadas, creadas bajo el palio protector de CMS y a través de las cuales, el gobierno federal paga por los servicios médicos a los beneficiarios. Los hospitales están sintiendo la presión de ser empujados a aceptar incluso médicos que no tienen privilegios como parte de sus facultades médicas y ya se han cansado.

No solo hospitales están que trina en contra de esta práctica.  Basta con mirar las noticias para conocer del descontento en Puerto Rico, a todo nivel, con esta figura del hospitalista. Los hospitales protestan, aunque algunos se la han tenido que chupar, pues es la única forma de brindar servicios a pacientes de Medicare Advantage. Los que no han accedido, han estado dispuestos a perder una porción grande de sus ingresos. 

El otro concepto que resulta altamente preocupante para el país, y que integra la definición dada al principio, es que estas compañías estén bonificando la no hospitalización de un paciente o que se dé de alta luego de un somero tratamiento en sala de emergencias,  Esta práctica, aunque pueda disfrazarse como que persigue una mejor utilización del plan médico, es alarmante porque, en el país donde el ave nacional resulta ser el ganso, incentivar económicamente a un médico por dar de alta o limitar los servicios médicos que pueda brindar, podría degenerar en la muerte de pacientes, como ha sido denunciado por un grupo de médicos en el espacio cibernético de Facebook al que llaman "Medicina Defectuosa". La medicina "defectuosa" del hospitalista, a mi juicio, resulta más amarga que la que predecía el anterior gobernador de Puerto Rico, que ya no veo por aquí.  Sin embargo, el gobernador que sí está aquí ha sido convocado por algunas de las partes en controversia a actuar, con la duda, expresada por algunos, de que un hermano suyo ostenta una posición en la alta jerarquía de una de las aseguradoras, cuya práctica es cuestionada.

En fin, la solución económica que complazca a hospitales, médicos y aseguradoras no es fácil ni está a la vuelta de la esquina. Para el jamón del sándwich, que siempre es el paciente, la vida discurre. . ., a su suerte.

Nota 27 de mayo de 2013
En una asamblea del Colegio de Médicos de Puerto Rico, celebrada el pasado sábado en Ponce, los galenos allí reunidos ratificaron sus objeciones a la figura del hospitalista, según implantada en nuestra Isla por varias compañías de planes médicos.  Me parece que a Medicare no les importa mucho la estructura de pagos (capitación o pago por servicio) que sea utilizada por las aseguradoras que reciben el dinero y que fungen de intermediarias y los médicos de sus distintas redes.  Creo que la implantación y consecuencias de políticas de pago a los llamados hospitalistas será lo que eventualmente se defina en los distintos foros; a ver si el gas pela.

sábado, 3 de marzo de 2012

MEDICARE y mucho ... menos


Cuando en un mismo paciente concurren las características de ser beneficiario de Medicare y haber sido víctima de impericia médica o de negligencia hospitalaria, la ecuación resultante es verdaderamente preocupante para el abogado que lo representa. Preocupante también debe ser para la aseguradora del médico, para este y para el hospital que van a tener que compensar al paciente.

Desde 1980, la ley federal de Medicare faculta a la agencia para solicitar el reembolso por los gastos médicos o de rehabilitación que ha incurrido a favor de un beneficiario. Desde entonces han transcurrido un poco más de tres décadas sin que esa disposición de reembolso haya tenido las garras o, como nos gusta decir a los abogados, los dientes para implantarla debidamente. Eso se acabó y todos nos encontramos, en este momento, sin las ideas o el conocimiento indispensable para lidiar con situaciones emergentes; como una bombilla fundida.

Desde enero de 2012 la ley federal de Medicare obliga al que paga a informar a la agencia cualquier transacción extrajudicial, judicial o sentencia. Esto tiene que ver con cualquier reclamación de daños y perjuicios. Pero, en el contexto de una víctima de impericia médica que transige con SIMED, Triple S, cualquier otra aseguradora, el médico o el hospital u obtiene una sentencia a su favor, estas entidades o personas vienen obligadas a informar de la transacción o sentencia a Medicare. Por cada día que pasa sin que informe a la agencia federal, la ley dispone una penalidad, valga la redundancia, de mil dólares diarios.

Lo establecido no queda ahí. La ley federal impone al abogado que lleva el caso y que representa a la víctima el deber de informarle a Medicare sobre la radicación de la reclamación, detallando además fecha de incidente, dirección y número de seguro social del beneficiario. El resultado neto de toda esta legislación federal es que el paciente beneficiario o sus familiares sobrevivientes, que reclaman sus daños, recibirán menos de lo que antes recibían, porque Medicare puede reclamar y cobrar lo gastado en el cuidado médico dado al paciente.

Por otro lado, las aseguradoras no pagarán la compensación a menos de que se cercioren que los gastos pagados por Medicare hayan sido "tasados" por la agencia y tal vez satisfechos. Nadie estará dispuesto a pagar dos veces. Y como la soga parte siempre por lo más fino, probablemente retendrán los pagos o endosarán el cheque a favor de Medicare, como beneficiario adicional.

¿Cuál es el propósito de los colmillos que le han nacido a la ley de Medicare en estos días? Obviamente, todos los gobiernos del mundo andan tras el billete y los federicos no son una excepción. El que un paciente reciba una compensación en un pleito de impericia médico hospitalaria, pone a todo el mundo a revelar información encaminada a que Medicare recobre lo que haya pagado por la negligencia de un tercero… de donde pueda hacerlo, incluyendo beneficiario (paciente), su abogado y los paganinis que son en los casos de impericia médica, SIMED, Triple S, médicos y hospitales. Es decir, todo el mundo.

¿Qué debemos hacer los abogados que representamos a las víctimas? ¿Qué harán los jueces que conceden gastos médicos en sus sentencias, y las aseguradoras que pagan las reclamaciones? Hay demasiadas interrogantes y poca información disponible hasta ahora. TODOS debemos conocer la ley de Medicare, sus variantes de recobro, sus ramificaciones y, sobre todo, las consecuencias por su incumplimiento.

El Colegio de Abogados de Puerto Rico está planificando un seminario sobre este tema tan importante y con tan graves consecuencias en nuestro entorno profesional. Los profesionales del derecho debemos acudir en masa cuando se ofrezca. Que la ignorancia sobre el tema sea sustituida por una bombilla que nos alumbre y nos dé conocimiento preciso. Los federicos juegan a la pelota dura y si alguien aún no lo cree, pregúntele a Héctor Martínez, a De Castro Font y, más recientemente, al sol que se apagó en Barceloneta.