jueves, 30 de abril de 2009

Algunas propuestas del gobernador Fortuño sobre la salud pueden resultar nocivas para tu idem

Dijo el gobernador de Puerto Rico Lcdo. Fortuño anoche en su mensaje al país, que “propiciarán un ambiente profesional de excelencia que desaliente el éxodo de profesionales de la salud”. Por tanto, se parte de la premisa de que este “éxodo” de profesionales de la salud es ocasionado por la inexistencia de un ambiente profesional de excelencia del país. ¿Eso era…? ¿Así de simple?
Finalmente, el gobernador dijo “le haremos justicia a nuestros pacientes y a nuestros profesionales de la salud, presentando legislación dirigida a disuadir la radicación en los tribunales de casos frívolos de impericia médica” ¿De nuevo el refrito de las demandas frívolas?
Vamos por parte y comencemos por el llamado éxodo de profesionales de la salud.
¿Quien ha dicho que el éxodo de profesionales de la salud se debe a la inexistencia de un ambiente profesional de excelencia en el país? Si yo fuera médico, estaría ofendido con esas expresiones, no contento, como parece ser el caso con los pocos médicos que había en el foro legislativo, incluyendo al ex perito médico de demandados Dr. Rivera Dueño.
Según cifras del sindicato de impericia médica que asegura médicos (SIMED), el 85% de los médicos del país nunca ha sido demandado por negligencia y son profesionales de excelencia. Es decir, solo el 15% de estos médicos suelen ser demandados y son causantes de los serios problemas de salud de sus víctimas y del aumento en costos de servicios de salud, por complicaciones que pudieron evitarse. Si por mí fuera, me gustaría que ese 15% de médicos se fuera del país. Ellos son los que carecen de profesionalismo, no los demás. Lo que debe hacer el gobierno es pagarle el pasaje, no intentar retenerlos en nuestro país.
Desconozco qué legislación se inventarán nuestros legisladores o los asesores de nuestro gobernador, pero cruzo los dedos porque preveo y temo nuevos atentados en contra de los pacientes y que, lejos de hacerle justicia a este sector, se produciría lo contrario.
El éxodo de profesionales de la salud se debe a las mismas razones que el éxodo de otros profesionales, como los ingenieros, maestros, policías, abogados, bomberos, en fin, la lista es inagotable. Estos profesionales salen de Puerto Rico en busca de mejor calidad de vida para ellos y sus familias. Si la encuentran o no es harina de otro costal. Muchos regresan y otros se quedan al otro lado del charco. Eso lo sabe o debe saber nuestro gobernador. Y debe saber que si hace buena su palabra de cesantear a más de 30 mil empleados públicos, aumentará el éxodo que tendría entonces que ver con el tema de la impericia, aunque no sea la médica.
Por último, nuevamente nos zumban en el mensaje con el tema de los casos frívolos de impericia médica. Como la española que no besa por frivolidad, estimo que ningún abogado presenta una demanda por frivolidad. Creo útil aportar unos datos sobre los casos de impericia médica en Puerto Rico, para beneficio de los que usan coloquialmente el término “frivolidad”, el último nuestro gobernador, en el contexto de estas demandas, adscribiéndole este adjetivo a todas las reclamaciones contenidas en estas demandas que no prosperan por una u otra razón.

Debo dejar meridianamente claro, de entrada, que no estoy en favor de que se radiquen casos frívolos de impericia médica en los tribunales del país. A nadie en el sistema conviene esto; ni a médicos ni a pacientes, ni a abogados. Sin embargo, me temo que con el término “frivolidad”, que significa: superficialidad, falta de seriedad (Diccionario de la lengua española © 2005 Espasa-Calpe S.A., Madrid), los favorecedores de reformas en el sistema compensatorio del país quieran adscribirlo a todas las demandas que no prosperan por una u otra razón y puedan lacerar derechos de las víctimas de impericia médica, que son realmente el eslabón más débil de la cadena.

Las reglas de procedimiento civil locales y federales imponen al abogado que firma una demanda el deber de haber practicado una investigación diligente respecto a los méritos de la causa de acción que presenta en los tribunales. Si un tribunal, luego de ponderada la evidencia en sus méritos, encuentra que una causa de acción ha sido presentada de forma frívola por una alegada víctima de impericia médica, tiene el mecanismo legal de, no solo imponer honorarios de abogado a la parte que pierde el caso, sino imponer sanciones severas al abogado que la ha radicado, incluyendo el poder de referirlo para una investigación que puede conllevar una sanción disciplinaria ante el Tribunal Supremo.

El gobernador, que es abogado hace más de 20 años, sabe esto y conoce o debiera conocer, además, que el uso indiscriminado y coloquial del término “frívolo”, en el contexto de la impericia médica, hace más daño que bien a los pacientes. Estos mismos pacientes, que son víctimas potenciales de impericia médica y de negligencia hospitalaria y que, de paso, son sus propios constituyentes.

Los que sabemos eso, incluyendo al gobernador, no podemos colocar a los pacientes a merced de gente que desconoce o desea desconocer el significado de los términos y las consecuencias que puede tener legislación guiada por ideas y conceptos jurídicamente erróneos. Tenemos que ser cuidadosos con lo que decimos o leemos y con la legislación que se intenta pasar.

viernes, 17 de abril de 2009

La quiebra y la Impericia Médica en Puerto Rico


De un tiempo a esta parte, el número de médicos en Puerto Rico que se está acogiendo a los beneficios de la Ley Federal de Quiebras va en aumento. Huyéndole a las demandas de impericia médica, las peticiones de quiebra se vienen poniendo de moda desde hace unos años, como aparente tabla de salvación, con el único fin de pretender proteger su peculio personal de alguna sentencia potencial que pudiese dictar un tribunal o de un veredicto de jurado en la corte federal. Ello, ayudados por colegas abogados especialistas en la materia que, en la gran mayoría de los casos, creen las representaciones de sus clientes.

En casi una decena de casos que hemos llevado en mi oficina, igual número de mis clientes han tenido que soportar la dura realidad de una paralización que supone la presentación de una quiebra por médicos que hemos demandado. En alguna que otra petición sobre liquidación bajo el Capítulo 7 de la Ley de Quiebras, el descargo (discharge) de sus deudas que persigue el galeno , se lleva por el medio cualquier demanda de impericia médica tramitada en su contra, pues la reclamación o la deuda que supone una sentencia o veredicto de este tipo de acción no es de las deudas llamadas aseguradas, sino de las comunes, no aseguradas. Es decir, una quiebra de un médico representa para las víctimas de su impericia médica lo que una pelota que viaja a 90 millas por hora puede representar para un bateador de beisbol cuando aterriza en una parte vital de su cuerpo.

La quiebra se ha considerado por muchos médicos como una alternativa muy viable .... hasta que llegó el caso del cirujano plástico Dr. Edgardo Colón Ledeé. Este profesional fue arrestado ayer de madrugada con su hermana abogada, acusándolos de fraude en la radicación en 2003 de su quiebra, entre otras cosas, por alegadamente querer salvarse de 24 demandas en su contra por impericia médica. Esta noticia ha sido publicada extensamente en todos los medios noticiosos del país y algunos internacionales también, lo que, otra vez, nos llena de vergüenza ajena. Bajo el título de "Caen hermanos por fraude", el periódico El Vocero de Puerto Rico ha publicado hoy un artículo de la pluma de Melissa Correa Velázquez reseñando las acusaciones presentadas por la fiscalía federal de la siguiente manera: “El dúo fue acusado por un Gran Jurado el pasado 1ro. de abril de cargos de conspiración para ocultar bienes del galeno al Síndico federal y a los acreedores, transferencias fraudulentas y lavado de dinero.

Añade el artículo en partes importantes: “Mencionó (la funcionaria federal) que unos meses antes de la radicación de su petición de quiebras, Colón Ledeé transfirió su millonaria residencia, estimada en $1.7 millones, localizada en la exclusiva área de Ocean Park, Málaga 1, a su corporación por sólo $40,000. Informó que antes de la radicación de la quiebra el acusado obtuvo un préstamo a su nombre y depositó los fondos a nombre de su corporación y enlistó el préstamo en los documentos de la quiebra como una deuda más que no podía pagar. El Síndico federal se enteró de la existencia de la corporación Investments Unlimited a través de un acreedor. Entonces Colón Ledeé trató de vender la propiedad de Ocean Park a un tercero para evitar que el Síndico la vendiera para beneficio de sus acreedores. También lavó dinero recibido de la transacción haciendo cheques falsos a terceros, involucrando a familiares y allegados”, apuntó Rodríguez. El galeno se expone a una sentencia estatutaria máxima de hasta 20 años de cárcel y a una multa de $500,000 o el doble de la cantidad de dinero lavada. Mientras que la letrada a un máximo de cinco años de prisión y a multas de $250,000."

Sin ánimo de lacerar el derecho de estos acusados a la presunción de inocencia, este caso debe ejemplificar y, ciertamente, envía un mensaje simple y muy claro a los galenos del país que se han acogido o estén acariciando la idea de acogerse a una quiebra con el fin de protegerse de las demandas de impericia médica en su contra. Cuidado... !! los federicos los están velando y ellos también juegan a la pelota dura.