jueves, 31 de diciembre de 2009

SER O NO SER . . . .humano



Reflexionaba hace unos días sobre qué escribir del tema de la impericia médica en Puerto Rico, sobre médicos y abogados que pudiera servir de punto final a mis escritos en este año que acaba. Recordé una película protagonizada por el actor estadounidense Richard Gere titulada “Nights in Rodanthe”. Era una trama romántica, que mi esposa casi me obliga a ver en estos días. Digo que casi me obliga porque no soy muy dado a sentarme a ver televisión. Sin embargo, esta película me interesó por su trama secundaria, que nada tenía de romántica y que, un poco, motivó el que los personajes principales se conocieran.

No les voy a contar la película, solo la uso como pie forzado para este ensayo. Este afamado actor caracterizaba en la película a un médico cirujano que había perdido una paciente mientras le practicaba una cirugía relativamente sencilla. La dama tuvo una complicación que, aunque poco probable, la llevó a su muerte a pocos minutos de comenzada la cirugía. Una enfermera tuvo que comunicar a los familiares cercanos de la dama fallecida el hecho de su muerte, pues el cirujano estaba ocupado con otras tres cirugías que tenía pendientes. Eventualmente la familia demandó al médico por alegada impericia médica.

La actitud del médico - en la trama de ficción - de desentenderse de lo que podría ser más que un deber como médico, un deber sencillamente humano, me hizo recordar varios casos que he tenido, en particular uno muy reciente. Al igual que en la película, ni una palabra de pésame o de sensibilidad ante el hecho de la gran pérdida que estaba experimentando la familia de la persona fallecida, fue proferida en mi caso por médico alguno. Así lo declaró la hija en una especie de catarsis en corte abierta, provocando con sus sentidas y sinceras lágrimas un pequeño receso en el juicio.

Estar continuamente trabajando en una institución hospitalaria con gente enferma puede de-sensibilizar a una persona. Lidiar con el sufrimiento humano no es fácil y, si se hace frecuentemente, puede drenar las energías a una enfermera o a un médico al punto de afectar su ánimo y su capacidad para trabajar en la profesión que escogió. Peor aún, puede afectar su vida personal y familiar. Es razonable, por tanto, que estos profesionales de la salud tomen cierta distancia y tengan una actitud de desapego cuando se relacionan con sus pacientes. En mi opinión es válido para un profesional de la salud asumir en ocasiones una especie de coraza o escudo emocional que los proteja.

Trabajar con desapego o tomar cierta distancia, con el propósito de protegerse emocionalmente, como dije, es razonable. Sin embargo, esta actitud de “desapego” no debe llegar al punto de hacer que el profesional de la salud pierda la sensibilidad humana. El sufrimiento de su paciente o de las personas que pierden a un miembro querido de su familia, como consecuencia de un tratamiento médico, jamás debe tomarse a la ligera por el profesional de la salud.

Con su carencia de sensibilidad humana en ese momento de pérdida de su paciente, el personaje de la película interpretado por Richard Gere prácticamente se compró una demanda de impericia médica en su contra. Podría el médico haber tenido las mejores defensas en su caso que le valdrían quizá un veredicto a su favor; no sé, porque ese detalle queda en el aire en la película como una mera trama secundaria. Lo que quedó bien claro y fue eventualmente comprendido por éste, es que como ser humano fracasó y de mala manera en un momento crucial de su práctica profesional. Con su actitud, que claramente denotó prepotencia e insensibilidad, solamente logró que la familia que sufrió la pérdida del ser querido buscara enojada el asesoramiento de un abogado y que posteriormente lo demandara.

Ya había escrito que el común denominador de las personas que gestionan el asesoramiento de un abogado especializado en impericia médica es la falta de información, la frustración e impotencia ante lo ocurrido y el coraje. Estas emociones, que no ocultan, motivan casi el cien por ciento de las consultas profesionales que he hecho sobre este tema. “Vienen frustradas, con ira, impotentes de no poder hacer nada. Dudosas sobre el evento que marcó sus vidas. Caras largas que no explicaron porque “ellos son los que saben de medicina”. (Perfil de una víctima de impericia”).

Quizá no todas, pero estoy seguro que muchas visitas a los abogados no se harían con solo el médico dar cara a su paciente o familiares. Esto no tiene nada que ver con la medicina. Es algo que debe hacer el médico simplemente porque es también un ser humano, equipado con una conciencia que lo diferencia del animal. Un pésame sincero ante la pérdida, un abrazo, un ofrecimiento de razones; en fin, algo que denote que se hizo lo que se pudo y todo lo que debió hacerse pero no se obtuvieron los resultados deseados. Si fue así, algo que implique que sencillamente el tratamiento resultó en una desgracia que no se pudo evitar. ¿Qué le cuesta al médico hacer esto?

Soy abogado, represento exclusivamente a víctimas y defiendo los intereses de mis clientes en cualquier foro con asertividad y perseverancia hasta lograr el mejor objetivo posible en su beneficio. He aprendido con el tiempo y vivo día a día el valor de demostrar una verdadera solidaridad con las personas que se consideran víctimas directas e indirectas de impericia médica. Es también una meta alcanzable de todo el que se crea un buen médico y, si lo quieren ver desde el punto de vista pragmático, puede ahorrarles muchas visitas a los tribunales. Tomen los médicos éste como mi consejo gratis de fin de año.
Tal vez sea utópico, una pretensión idealista en un mundo donde cada día se pierden de vista valores simples y sencillos que, a través de los siglos, han servido de cohesión para lograr una mejor convivencia social. Siempre he sido idealista, así que espero que el nuevo año sea mejor que el que dejamos atrás.

miércoles, 11 de noviembre de 2009

A PROPÓSITO DE UNA BASE DE DATOS … ¿saber o no saber?


El tema de la impericia médica en Puerto Rico, con sus médicos detractores y abogados en dos aguas vuelve a la palestra pública. La representante Julissa Nolasco Ortiz, ha presentado el P. de la C. 1797 el 26 de junio de 2009. Este proyecto legislativo, de ser convertido en ley, autoriza a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica de Puerto Rico (antes Tribunal Examinador de Médicos) a establecer y mantener “una base de datos pública que dé aviso a los potenciales pacientes sobre los casos adjudicados de mala práctica contra los médicos en Puerto Rico”.

Pocas cosas me asombran y como están las cosas en nuestro país, esta no es una de ellas. Un parte de prensa informa que el Departamento de Salud, a través de una tal licenciada Nilda Ortiz, respaldó la referida medida durante una vista pública de la comisión cameral de salud sobre la medida de Nolasco. Los médicos, por supuesto, han protestado porque, en otras palabras, entienden que el proyecto los estigmatizaría y porque no resuelve realmente el problema de la impericia.

Vamos a hacer algo de historia para poner este tema en perspectiva.

La Ley Núm. 260 del 17 de agosto de 1999 autorizaba al antiguo Tribunal Examinador de Médicos de Puerto Rico (TEM) a establecer un sistema de información y orientación público de los médicos licenciados en Puerto Rico y sus especialidades, el cual estaría también disponible al público a través de la internet. Esta ley es, por mucho, más abarcadora que el proyecto presentado por Nolasco. ¿Qué ha ocurrido con esta ley aprobada durante el mandato del Dr. Pedro Rosselló? Desafortunadamente nunca se puso en vigor, estando la base de datos vacía, como la imagen que adorna este ensayo.

Desde su aprobación he estado monitoreando la implantación de esa ley y muchas otras que se han aprobado en muchos estados de la nación norteamericana, de donde fue recogida. La excusa que siempre me han dado aquellos a quienes he preguntado, incluyendo a su Ex Director Ejecutivo el abogado Valentín, que está pasando unas vacaciones en alguna cárcel federal por el llamado escándalo de los médicos fatulos, es que estaba pendiente de la aprobación de un reglamento. Este reglamento, que sepa, nunca fue aprobado. Ergo: el público no ha tenido acceso a la información que la ley menciona tiene derecho a poseer si la intenta acceder en la base de datos pública que tampoco existe.

Como dije, la ley resulta más abarcadora que el presente proyecto. Ordenaba, al antiguo TEM, integrar los siguientes datos en un sistema de información público, a saber: nombre de las escuelas de medicina donde estudió el médico y la fecha de graduación; qué especialidad, si alguna, posee; números de años en la práctica y lugares donde se ha desempeñado; nombre de los hospitales donde tiene privilegios; puestos que ha ocupado en la facultad médica; publicaciones que haya realizado relacionadas a la medicina; reconocimientos recibidos por servicio profesional comunitario; dirección actual de su lugar principal de trabajo y si es participante del programa del Medicaid, o cualquier otro programa.

También ordena dicha ley incluir si ha sido convicto por delitos graves o menos grave y que mediante reglamentación determine el TEM debe ser incluida; descripción de cualquier acción disciplinaria tomada por el TEM; descripción de cualquier acción disciplinaria tomada por una junta o tribunal examinadora de cualquier estado o país; una descripción de revocación o restricción involuntaria de privilegios en un hospital por razones relacionados a su competencia como profesional, o de la renuencia a su renovación como miembro del equipo médico, o cualquier acción tomada por el hospital como medida disciplinaria relacionada con su competencia profesional en el hospital; toda decisión judicial o adjudicación monetaria a una parte querellante o arreglo realizado donde el TEM, luego de realizar la investigación correspondiente, encuentre que se ha incurrido en mala práctica de la medicina. Disposiciones relacionadas a los pagos efectuados debían ser identificadas en un mínimo de tres categorías diferentes según el grado, nivel de importancia o significado de la adjudicación o arreglo. La información relacionada a los pagos por impericia médica debía ser puesta en un contexto comparativo de acuerdo a la experiencia obtenida en relación con otros profesionales de la misma especialidad.

El TEM quedaba autorizado a adoptar aquellas normas y reglamentos que entendiese necesarios para la implantación de esta ley siguiendo el procedimiento establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Pero nunca lo hizo y ahí quedó la ley, resultando esa cláusula en una píldora venenosa que la mantiene agonizante e ignorada en una esquinita donde mandan las leyes que no se quieren o no saben como implantar.

No hay duda que una base de datos que contenga información sobre un médico no resuelve el problema de la impericia médica que existe en ningún país. Sin embargo, en los países donde existe un sistema informático, incluyendo en muchos estados de la nación norteamericana, apodera al paciente con información suficiente para decidir si se pone o no en las manos de tal o cual médico. Más importante aún, evita una selección ciega, desinformada y, sobretodo, potencialmente riesgosa para su salud.

Una ley que solo necesita para su implantación un reglamento que nunca se aprueba hace evidente que la burocracia en la rama ejecutiva prevalece sobre la voluntad del pueblo, si es que los componentes de la rama legislativa son representativos realmente de ésta. Resulta simplemente patético, por decir lo menos, que la hayan ignorado por más de una década o, peor aún, como parece ser el caso, que no sepan de su existencia.

La radicación del proyecto de ley de la autoría de la representante Nolasco Ortiz evidencia que nuestros legisladores, los médicos y los funcionarios del Departamento de Salud no se han enterado de que el mecanismo de un sistema de datos, aunque mellao, existía desde 1999 y que solo faltaba que el TEM, hoy Junta, le pusiera dientes mediante la aprobación de un reglamento. Todo se reduce a querer saber; pero si no se sabe, se pregunta ¿no?

sábado, 24 de octubre de 2009

BAJO LAS REGLAS DEL TRIBUNAL ... yeah right!!


Los médicos que son demandados en casos de impericia médica y sus peritos pueden hablar todo lo que quieran y consultarse entre sí lo que deseen mientras no se hayan sentado a declarar en el juicio. Igual ocurre con las váctimas o demandantes. Hasta que esto se haga, no hay limitación en derecho para esta comunicación, de clase alguna. El que piense o resuelva lo contrario está equivocado o equivocada y no hace sino dar o confirmar la impresión de que sabe poco o nada sobre las reglas evidenciarias que deben prevalecer en los procesos judiciales. Cuando ocurre un receso en un juicio, sin embargo, tanto a los peritos médicos como a cualquier testigo o parte que declaran en los tribunales a preguntas de los abogados, se les ordena que no se comuniquen entre sí con respecto a los hechos del caso.
El propósito tras esa regla es evitar que se manipule el testimonio que sigue, para, de alguna manera, intentar curar indebida e inapropiadamente cualquier error que haya cometido en perjuicio del demandado, a cuyo favor ha estado testificando, o en su propio perjuicio. En otras palabras, para minimizar el daño, ilegalmente, con motivo de cualquier metida de pata. Un testimonio así manipulado va en contra de la búsqueda de la justicia que es el norte hacia donde debe mirar todo proceso judicial.

No podemos tapar el cielo con la mano. Existe la firme creencia de que todos mienten en los tribunales. El que un juez o jueza, abogado o abogada permita a sabiendas que ello ocurra, ciertamente no propende a que esa creencia se disipe; todo lo contrario, se perpetúa la creencia.

Siempre he sostenido que las víctimas de impericia médica no mienten en los tribunales. Ello es así porque no es necesario que mientan. Vienen al tribunal a decir la verdad de lo que les ocurrió a ellos o a su ser querido. No soy ingenuo; no descarto que alguno que otro, sin mi consejo, exagere más de la cuenta los daños que ha sufrido como consecuencia de la impericia médico-hospitalaria. Sin embargo, con relación a los hechos sustanciales del caso, nunca he sabido de ninguno de mis clientes que lo haga.

No puedo decir lo mismo de algunos médicos o ciertos peritos médicos, cuyos testimonios he presenciado. Debo añadir, con cierto grado de frustración, que nunca he sabido que las mentiras que vierte bajo juramento esta gente tengan alguna consecuencia penal inmediata en su contra. O los jueces o juezas en Puerto Rico no están atentos en ese momento al testimonio, son ingenuos, miran hacia el lado o sencillamente no se atreven a imputarle perjurio en corte abierta por las razones que sean, que es lo que procede en derecho. Por la inacción judicial en estas situaciones es que seguramente lo hacen repetidamente, una y otra vez.

Por razones de deferencia profesional, muchos abogados hemos pasado por alto que, estando bajo las reglas del tribunal porque ha ocurrido un receso que interrumpe su testimonio, el médico demandado siga conversando con su perito o con quienes quieran. Se supone que no hablen del caso. Sin embargo, ¿habrá alguien tan ingenuo que crea que no están hablando del caso a solas? He visto como lo hacen aún a espaldas de sus propios abogados que, dándoles el beneficio de la duda, desconocen que están violentando la directriz dada por el tribunal al bajar de la silla de los testigos.

Ocurriendo esas conversaciones en un receso de almuerzo o por el día, algunos peritos, que no están regulados por los cánones de ética de nuestra profesión de la abogacía, descaradamente y sin disimulo violentan a propósito las normas y, sin lugar a dudas, ‘aceitan’ al testigo y lo ayudan a que trate subsiguientemente de minimizar cualquier perjuicio que haya ocasionado a su defensa su testimonio anterior. Lo hacen con descaro porque los abogados no pueden hacerlo éticamente y, obviamente, con el único propósito de que queden bien y al final logren ganar el caso. Algunas veces lo logran, en otras no. En todas las ocasiones en que los peritos médicos hacen eso, sin embargo, arriesgan al testigo o parte, probablemente ajeno a la consecuencia que tiene cualquier mentira suya, a una acusación potencial por perjurio o desacato criminal, si lo agarran variando o brindando, bajo juramento, versiones distintas de un mismo hecho sustancial.
Aunque nunca se debe ser un ser humano extremadamente desconfiado, "la vida te da sorpresas", como dice Pedro Navaja. Un abogado debe siempre tratar de tener las pilas encendidas para evitar que pueda ocurrir una manipulación de un testimonio que dé al traste con lo que, se presume, es el objetivo de todo proceso judicial: la búsqueda de la verdad, máxime cuando ha logrado ya desenmascarar al testigo inicialmente. No siempre eso se logra. Pero cuando se percibe, aunque inicialmente lo haya pasado por alto o incluso irrespectivo de la decisión final que pueda tomar determinado juez o jurado en el caso, no debe descansar hasta lograr poner las actuaciones del perito manipulador y el testimonio del testigo embustero de cara al sol. Al final del día, la verdad siempre la tendrá de frente; depende del jurado o del juez querer hacer verdadera justicia en el caso. ¿No dicen que la fe es lo último que se pierde?

NOTA EX POST FACTO
Tuve oportunidad de contrainterrogar a la perito. Confieso que disfruté traviesamente cuando, a mi pregunta de si había preparado a un testigo que ya estaba bajo las reglas del tribunal, patinó .. , patinó ... y volvió a patinar. Finalmente, reaccionando a la especificidad y contundencia de mi pregunta, porque sabía que la acusaba de algo ilegal en corte abierta, contestó con una mirada que esquivó la mía, con la tez blanca como un papel. Estoy seguro que la juez no le creyó cuando dijo que no. Aún no ha llegado la sentencia; ya vendrá.

22 de julio de 2010
Pues ya llego la sentencia y se hizo justicia, no solo a los demandantes sino a su padre fallecido por la impericia y negligencia medica. Al declarar Con Lugar la demanda y condenar a los galenos demandados al pago de una compensacion en favor de los demandantes, el tribunal no le dio credibilidad alguna a esta perito. Como decia mi viejo querido, a la larga el chivo agarra al venao'.

domingo, 20 de septiembre de 2009

PASAJE A LA CHARDON... todo es según el color del cristal con que se mira


Por el estado político vigente, que muchos catalogamos de colonial en la Isla de Puerto Rico desde que los norteamericanos la pisaron en 1898, radica en nuestro suelo la corte federal para el Distrito de Puerto Rico, llamada originalmente la corte colonial. Por virtud de una ley federal, que cubre no solo a nuestra patria, sino a los estados de ese país, residentes bona fide de un estado pueden presentar demandas en la corte federal de distrito de otro estado donde hayan sufrido daños y perjuicios. Por ejemplo, si un daño ocurre en Puerto Rico pero al momento de instarse la demanda el demandante reside de manera permanente en algún estado de EEUU o en una nación extranjera, éste puede presentar su demanda en la corte federal de aquí.

Un médico me escribe en torno a este tema y quiero compartir su correo con mis lectores.
“Leí la carta de la mamá del niño con perlesía cerebral y otros ensayos que has escrito... Ahora te voy a hablar sobre la otra parte. La impericia médica existe y doy fe de eso porque sabes que he sido perito en casos de demandantes. Sin embargo, lo que yo no puedo tolerar es que un caso en donde ocurrió algo no deseado o el tratamiento médico tuvo un resultado sub óptimo sea interpretado por algunos como malpractice. Tampoco creo justo que si un medico cometió impericia algunos abogados vayan detrás de las propiedades y de los ahorros de sus vidas. Is it all about money?

Denigra también la profesión de la abogacía la práctica de algunos de mudar al paciente para los EEUU solo para poder radicar los casos en la corte federal y así ganar más dinero. ¿Hasta dónde se puede prostituir esto? Muchos consiguen peritos ("hired guns") que dicen lo que sea por dinero. ¿Donde está la ética? No he visto a ningún abogado que lo demanden por impericia en la federal y hayan mudado al cliente. Estamos claros que la impericia existe. ¿Pero hasta donde se manipulan los hechos con el fin de obtener dinero? Por eso es que se radican los casos en el tribunal federal. Algunos abogados entienden que un jurado les dará millones porque, según ellos, probablemente no entiendan las controversias médicas en el caso.
No puedo entender que mis hijos estén a riesgo de heredar deudas y hasta tener que irse a quiebra por algo que no pude prever en mi buena fe. ¡Y esto me puede pasar todos los días! ¿Hasta cuándo? Por eso es que hay muchos médicos empleados en el Centro Médico. No se atreven trabajar afuera. Y esos son los supuestos académicos. ¿Y los demás que somos?
Bueno, otro día filosofamos en persona lo cual me encantaría por considerarte una persona honesta y de quien se puede sacar una buena experiencia.
Alfonso Serrano, MD
PD: Si quieres lo puedes publicar en tu blog”

Es comprensible y razonable, que un médico se preocupe por las demandas de impericia médica. SIMED, el sindicato de aseguradores del riesgo en Puerto Rico, asegura la mayoría de los médicos locales en contra esta eventualidad, pero solo ofrece una cubierta de $100 mil por incidente. Por su parte, Triple S cuenta con un ofrecimiento mayor, de $250 mil por incidente. Actualmente hay ofrecimientos en el mercado de seguros, por el exceso de esas cubiertas, pero la percepción de muchos en nuestra Isla , real o no, es que prevalece desde hace unos cuantos años un problema de cubierta de seguro de negligencia profesional médico hospitalaria para afrontar la exposición al riesgo existente.

Si un tribunal o jurado aquilatara en su justa perspectiva y adjudicara, como debiera, una compensación económica por los daños sufridos en estos casos, no hay duda que la preocupación es comprensible y lógica. Si el ente que adjudica los daños lo hace o no, es tema para otro ensayo.

El Dr. Serrano plantea en su correo varios asuntos de un mismo tema que son dignos de discusión. Habla de su preocupación de que se interpreten resultados sub óptimos en los tratamientos como impericia. Debo asegurar de entrada que, salvo raras ocasiones, un abogado no interpreta eso. Si lo hace, está equivocado. Es conocido que un resultado sub óptimo no debe ser interpretado como “malpractice”, excepto en la situación en que realmente haya incurrido en negligencia en su tratamiento del paciente. Dicho de otra forma, un abogado que se confronte con unos hechos para hacer una determinación de mérito, no debe analizar el caso desde la perspectiva del resultado. Eso sería un enfoque viciado que no resultaría en un análisis jurídico correcto. En los casos de impericia médico-hospitalaria la habilidad del artífice no necesariamente se conoce por su obra, sino por sus hechos que provocaron el determinado resultado.
En su escrito, el galeno implica también que es la práctica de muchos abogados mudar al cliente a EEUU con el fin de que la corte federal adquiera jurisdicción mediante el estatuto de diversidad. No puedo dar fe de que esta práctica esté sucediendo o haya sucedido en el pasado pues no tengo conocimiento personal de algún caso en que se haya hecho. He escuchado rumores, como probablemente los han escuchado muchos abogados y médicos en nuestro país. Si ello ocurre o ha ocurrido, con el único fin de ganar acceso al foro federal, es una práctica que debe ser condenada por todos, por ser no solo ilegal sino inmoral. Sin embargo, si la llamada mudanza de Puerto Rico hacia EEUU se da con el objetivo de procurarse servicios médicos y de rehabilitación, que son difíciles o imposible de obtener para con ello conseguir una mejor calidad de vida para la víctima de impericia médica y de sus familiares, y de paso se gana acceso al foro federal, ello no debe tener nada de censurable.

En cuanto a que es injusto que se vaya tras las propiedades y ahorros de una vida de un médico que comete impericia médica, me veo obligado a decir que esta moneda tiene dos caras. Lo que es injusto para unos puede ser lo más justo y razonable para otros. Tengo que apuntar, sin embargo, que la percepción de los médicos a la exposición al riesgo en estos casos está siendo sobreestimada. Es decir, en un porciento abrumador de casos, me atrevo decir que más del 95%, el médico negligente responde solamente con la póliza de seguros que ha venido por ley obligado a comprar.

La percepción de la exposición al riesgo que tienen los médicos es real solamente en los casos de muerte o grave daño corporal, que son la minoría de los que se presentan, como pueden ser los casos que mayormente son presentados en la corte federal. Aunque no lo dice, el médico que nos escribe percibe la jurisdicción federal obtenida por, lo que podríamos catalogar como fraude, como un problema real en nuestro país para ellos. Y en eso estamos totalmente de acuerdo.

Los médicos y hospitales demandados, sin embargo, no están desprovistos de excelentes abogados. En muchos casos, el desbalance en experiencia y talento entre abogados del caso es, casi siempre, a su favor. En el descubrimiento de prueba, estos abogados, de cuyo profesionalismo y entrega a sus clientes puedo dar fe, escudriñan las razones tras la mudanza de los demandantes y exigen evidencia fehaciente que pueda o no servir de apoyo a las alegaciones de residencia bona fide en EEUU. La determinación de si el caso se queda o no en la corte federal, en última instancia, depende exclusivamente del escrutinio judicial federal que, aseguro, cada día es más exigente y restrictiva de su jurisdicción en torno a este particular.

Finalmente quiero comentar la pregunta retórica que plantea el doctor Serrano: “Is it all about money?”

Nuestro sistema de justicia, a diferencia de muchos países, como he dicho antes, provee, como exclusiva retribución de los daños y perjuicios, una compensación económica que pretende, en teoría, colocar a la víctima en la misma posición que estaba antes de sufrir el daño. A mi juicio, esa pretensión me resulta un tanto idealista y se queda corta, pero es lo que tenemos. Por distintas razones, que no son objeto de discusión en este escrito, en Puerto Rico no tenemos investigaciones ni radicaciones de cargos criminales contra los médicos en estos casos. Por otro lado, nunca he sabido de medico alguno que 'dé cara' y acepte ante el paciente o sus familiares, que ha cometido un error y se disculpe con ellos. A nivel de experimento, los hospitales de veteranos en los EEUU adoptaron hace unos años una política de aceptación de negligencia, disculpa con el paciente y sus familiares y otrogación de compensación expedita, que ha logrado efectivamente disminuir las demandas de impericia médico-hospitalarias en su contra. Eso no ocurre aquí en Puerto Rico y en otros escenarios conocidos.

Por mi experiencia, de más de dos décadas trabajando en este tipo de casos, puedo apostar que las víctimas de impericia médico-hospitalaria optarían, si pudieran, por presentar acusaciones criminales en contra de los médicos y quizá, como un remedio secundario no en todos los casos, reclamar la compensación económica. Tal vez de esa forma, los pacientes se sientan mejor retribuidos y se disminuyan las demandas, que, al fin y al cabo, es lo más que preocupa a los médicos, ¿no?

lunes, 14 de septiembre de 2009

Tras un diagnóstico de perlesía cerebral


He escrito en variadas ocasiones sobre la perlesía cerebral como resultado de la impericia médica. En un anterior ensayo sobre este tema concluía que detrás de cada niño especial definitivamente existe un padre especial y cada día me convenzo más de ello.

Estando la pasada semana fuera de Puerto Rico, recibí un correo electrónico de parte de una madre especial de un niño especial que sufre de perlesía cerebral desde su nacimiento, como resultado de una impericia médica. En ese caso demandamos al médico obstetra y al hospital que tenía al otro médico empleado. Hace alrededor de dos años que en esa demanda se obtuvo una compensación económica, tanto para beneficio del menor como de sus padres. La correspondiente al niño, por supuesto, fue consignada para su beneficio en el tribunal, sujeto a la autorización judicial previa para su uso, aunque la de sus padres la han destinado también para su hijo.

El correo recibido me emocionó mucho y no quise esperar más para compartir parcialmente su contenido con mis lectores. Con su autorización previa, lo he editado un poco con el fin de proteger la identidad de los protagonistas, cuyos nombres son ficticios, por supuesto.

“Saludos Licenciado,
Espero que usted y su familia se encuentren bien. No sé si ha visto fotos recientes de Antonio, pero ¡ya está caminando con bastones!!! En mayo lo llevamos a Alemania para el trasplante de’ stem cells’ que le había mencionado en un momento dado. En julio lo llevamos de nuevo a las terapias intensivas en Orlando. A la Vista sobre autorización judicial llevé a Antonio y se robó el corazón de medio mundo en esa Sala.
El trasplante fue con células autólogas de su médula ósea. A los 4 días notamos una mejoría bien notable en la espasticidad y fue progresivo. Estoy segura que esto lo ayudó grandemente a poder caminar con bastones y a mejorar su balance.Ahora estoy investigando de un Programa de Alimentación Intensiva en Virginia donde trabajan en ayudar a niños como Antonio a mejorar en esta área. Antonio aún come sólo puré, yogurts, ‘baby foods’ y líquidos. Ayer hablé con una persona del programa y el asunto sale entre $1,300 - 1,500 DIARIOS y puede extenderse a varias semanas. Ya Antonio camina y está en la escuela así que me siento lista para regresar al grupo laboral.
¿Por qué le dejo saber esto? Para que vea que hoy en día algunos miles de dólares no dan para mucho cuando uno tiene un niño con necesidades especiales. Pero gracias a Dios, lo de la demanda nos ha ayudado a tener a Antonio como se encuentra hoy. Hay madres que me han dicho que prefirieron no demandar en sus casos, pero yo les dejo saber que si no fuera por eso Antonio no estuviera tan adelantado porque, definitivamente, el peso económico es gigantesco. No hubiéramos podido ofrecerle las oportunidades que ha recibido hasta ahora.
Nada, sólo un largo "up-date" del nene porque sé que también podría beneficiar a otros niños que usted conozca. Muchas gracias por su lucha contra la impericia médica.”


Los niños con perlesía cerebral requieren y requerirán toda su vida de muchos cuidados especializados, como testimonia el contenido del correo que les copio. Huelga decir que este cuidado resulta sumamente costoso y hasta complicado.
Los niños con perlesía cerebral merecen la oportunidad de tener una mejor calidad de vida y el único vehículo que tienen para lograrlo resulta ser el esfuerzo combinado de sus padres. Por la confusión que puede haberse generado la comunicación, quiero, por último dejar bien claro que los padres que decidieron alguna vez no demandar no lo tienen todo perdido. deben conocer que aún tienen oportunidad para reclamar una justa compensación para sus hijos. Los padres de estos niños especiales aún tienen la oportunidad de intentar mejorar su calidad de vida, si es que la condición del niño o de la niña fue el resultado de una impericia médica o de negligencia hospitalaria.

Los adultos renuncian a sus propios derechos a reclamar sus daños cuando no los ejercitan dentro de un período de tiempo relativamente corto, porque la ley presume que la inacción denota dejadez y falta de interés en reclamarlos. Sin embargo, los niños con perlesía cerebral están incapacitados y, por ello, nuestro sistema de derecho concede a los padres la oportunidad de reclamar en los tribunales, no ya sus derechos que renunciaron, sino los derechos de sus hijos a una compensación justa y razonable por sus daños.

Estos niños especiales MERECEN justicia que llega mejorando la mejor calidad de vida que los padres, junto a sus abogados que defendemos y reclamamos sus derechos en los tribunales, podamos brindarles. Luego de un diagnóstico de perlesía cerebral, estos niños no merecen nada menos que eso.

miércoles, 2 de septiembre de 2009

¿Aspiraciones tronchadas?


De vez en cuando dejo atrás las lecturas obligadas sobre mis casos de impericia médica, las historias de ficción de abogados (John Grisham) o de médicos (Robin Cook) y tomo algunos de los libros de autores de Puerto Rico que he decidido leer y que, muchas veces, descansan, uno sobre otro, sobre mi mesita de noche en espera de que abra sus páginas y las lea con avidez.

Esta vez le tocó el turno a don José Trías Monge, otrora Secretario de Justicia bajo Muñoz y presidente del Tribunal Supremo del País por un poco más de 10 años, hasta su retiro en 1985. Su permanencia en nuestro más alto foro judicial coincidió con mis primeros años del ejercicio de mi profesión de abogado, por lo que su tribunal marcó, para mí, el comienzo de una carrera profesional de la cual he derivado muchas satisfacciones.

Don Pepe, como le conocían sus allegados, luego de haber estado ligado, él y su bufete, al Partido Popular Democrático, publicó en 1997 el libro en el idioma inglés que tituló “Puerto Rico, The Trials of the Oldest Colony in the World”. Como su título sugiere, la tesis central del autor gira en torno al planteamiento de que, luego de casi 100 años de la invasión norteamericana a Puerto Rico, contrario a las aspiraciones políticas diversas de la población, a lo largo de todos estos años, el País se encuentra sumido en el mismo estado colonial en que lo encontró el advenimiento del siglo 20. Ello, no solo para desgracia de nuestro País, sino para vergüenza del propio país colonizador, Estados Unidos, alegado paladín de la democracia mundial y forjador de muchos gobiernos que dejaron atrás, por su intervención, sistemas dictatoriales y coloniales.

Quiero a continuación citar en una traducción libre, el párrafo, quizás, más logrado que tiene ese libro, porque tiene la virtud de sintetizar en unas pocas palabras la situación vigente en nuestro País: “A medida que el centenario del advenimiento de las tropas norteamericanas a Puerto Rico se acerca, las condiciones políticas, económicas y sociales de la Isla son nada de lo que Estados Unidos o Puerto Rico pueden sentirse orgullosos. Grandes desarrollos se han logrado en varias áreas, pero a un alto costo. En el proceso, en una extensión deplorable, los puertorriqueños se han convertido en adictos a las dádivas, se han acostumbrado a condiciones de inferioridad política y se han tornado indiferentes a la erosión de la identidad nacional”.

Nada ha cambiado desde el momento en que Trías escribió su libro y eso deja un profundo sabor de amargura en un lector que nunca se ha sentido parte de la corriente. Seguramente el mismo sentido de amargura del autor fue el dínamo que lo impulsó a escribir de la manera en que lo hizo. Seguramente la misma frustración que motivó a Neruda a escribir sobre la libertad del hombre y de la tierra y a tantos otros autores o políticos de buena fe que fueron víctimas de sistemas políticos que intentaron cambiar.

En mis años de estudiante había un dicho común entre la población adulta y votante que, medio en broma y medio en serio y refiriéndose a la situación en Puerto Rico decía que “esto no lo arregla ni Mari Brás.” Cuando leí el párrafo que cito del libro de Trías recordé a don Juan, quien a sus 80 y tantos años se encuentra dictando cátedra de derecho en Mayagüez y de cuya voz, de vez en cuando, surge la conciencia de un País que sigue en desbandada a pesar de los años y de las luchas.

Como parte de la generación inconforme de los 70’s, la de los revoluces en la UPR, pasé mi juventud bajo la firme creencia de que nuestras ideas y actuaciones arreglarían al mundo que, en esos tiempos, daba la impresión de estar al garete. Me falta poco para llegar a las seis décadas de vida y el mundo sigue estando al garete y, al igual que muchas generaciones que me preceden, la mía tampoco ha hecho mucho por arreglarlo, quizás por imbuirnos en nuestros propios problemas y circunstancias personales, mientras hemos abandonado los del colectivo.

El mundo que probablemente legaré a mi descendencia resultará peor que el que legaron mis padres. Seguimos en la misma bazofia política que Muñoz Rivera, De Diego, Barbosa, Albizu, Muñoz Marín, Fernós, Juan Mari, Berríos y otros, cada cual con su prisma, han pretendido variar desde 1898. Estados Unidos sigue inmerso en sus propios problemas, siendo indiferente y resultándole irrelevante los que sufre la colonia más vieja del mundo.

Resultaría penoso que mi generación no deje ejemplos de políticos que mi descendencia pueda emular. Todo parece indicar que tendrán que seguir pensando en los mismos que la mía intentó emular, si es que se intentó, con los resultados que tenemos.
¿Habrá una luz de esperanza para nuestro País? Espero que antes que enganche los guantes la pueda ver. Quiero dejar un mundo mejor.

martes, 25 de agosto de 2009

MICHAEL JACKSON ¿victima de impericia médica?


Todo parece indicar que Michael Jackson se ha convertido en otra víctima más de impericia médica. Según confirma una reseña sobre el informe de la autopsia, publicada ayer en Los Ángeles Times, niveles letales de un potente anestésico llamado propofol, mercadeado con el nombre comercial de Diprivan®, le ocasionaron la muerte a la estrella del pop. Este anestésico reduce la ansiedad y la tensión y promueve la relajación y el sueño (¿sweet dreams?) o la pérdida de conciencia. Se usa frecuentemente para suplementar otras drogas usadas para anestesia general, durante procedimientos quirúrgicos, mayormente, de corta duración.

El lío tras la noticia es que el Dr. Conrad Murray, el cardiólogo que ganaba $150 mil mensuales por monitorear la salud del cantante, parece ser el que le administró el anestésico. Presumiblemente, ello con el propósito médico y terapéutico de lidiar con un problema de insomnio que el pobre tenía.

No conforme con descocotarlo negligentemente con una sobredosis de Diprivan®, que, además, debe ser inyectado solo por profesionales de la anestesia en un ambiente controlado, al notar que no respiraba, intentó darle resucitación cardio pulmonar (CPR) por un tiempo determinado. El problema era que lo hacía mientras su famoso paciente yacía acostado en su lecho de dormir. Con el sui generis CPR, imagino que el asustado galeno solo logró comprimir los muelles de la cama, por lo que sus intentos de resucitar a don Michael resultaron patentemente infructuosos.

Como había adelantado en mi anterior ensayo 'Mano dura contra la Impericia Médica', las autoridades del estado de California planean radicar cargos criminales por homicidio involuntario en contra del Dr. Murray. Por otro lado, unas notas periodísticas señalan la probabilidad de que la madre de Jackson presente también una demanda en el foro civil por la impericia médica en contra del galeno.

Suena lógico que se le radiquen cargos criminales al médico que le ocasionó la muerte, ¿verdad? Es más, a nadie le parece raro que lo hagan. Tampoco parece raro el que se piense en radicar una demanda en el foro civil por impericia médica. ¿No será que nos parece lo más normal del mundo porque se trata de una figura como Michael Jackson? ¿Y las demás víctimas . . . qué?


En Estados Unidos solamente, mueren casi 200 mil personas anualmente por negligencia médico-hospitalaria. Y no hablemos de las personas que resultan gravemente dañadas por lo mismo. La impericia o negligencia de un médico que le ocasiona un grave daño corporal o la muerte a un ser humano, como a Michael Jackson, debe ser tratada de forma penal y también en el ámbito civil. Pero no debe ser así solo porque se trate de alguien importante como lo fue el astro del pop fallecido. El curso de acción debe ser dual y ser igual para todos, indistintamente de la persona que haya resultado víctima de impericia médica e irrespectivo del médico que resulte ser su victimario.

Atrevámonos a dar el paso en la dirección correcta, para disuadir este tipo de conducta. Si existen actualmente los mecanismos jurídicos mediante el uso de las doctrinas de negligencia criminal general, atrévanse los fiscales de nuestro País a usarlas. Si piensan que no los hay o creen que resultaría difícil de probar la negligencia criminal sobre impericia médica en un tribunal, promovamos la tipificación como delito de estas conductas dañosas, a ver si el gas pela.

jueves, 20 de agosto de 2009

Mano dura contra la impericia médica

De conformidad con nuestro sistema de leyes, reglas y abogados, los casos de impericia médica y la negligencia hospitalaria en Puerto Rico, cuando se radican demandas, terminan solamente con la compensación económica de la víctima o, en el peor de los casos, en su desestimación. Desafortunadamente, poca, si alguna, es la verdadera retribución moral que puede lograr una víctima de impericia médica en nuestro País, aun ganando su caso en los tribunales.

La conducta negligente de un médico, en el ejercicio de su profesión, no es tipificada en nuestro País como delito aunque ocasione grave daño corporal o la muerte de su paciente. Esto quiere decir que al médico no se le impone una pena de cárcel, aún luego de determinada su negligencia.

Nunca en nuestro País se ha debatido si la conducta constitutiva de impericia médico-hospitalaria constituye un problema de tal magnitud que amerite tipificar ciertas de sus instancias como delito. Nunca antes se ha discutido la deseabilidad de considerar a un profesional de la salud como persona que ha delinquido en el ejercicio de su profesión y, por tanto, sujeto de delito. Ese tema ha sido realmente un tabú, excepto para aquellos que han sufrido un daño a manos de un médico negligente. Salvo contadas excepciones, una víctima de impericia médico-hospitalaria a quien se le ha ocasionado grave daño o la muerte de un ser querido, siempre pregunta si existe la posibilidad de “meter preso” al médico negligente, de suspender o cancelar su licencia para practicar la medicina, para que no vuelva a ocasionar daño a otras personas.

No existen estadísticas en nuestro País sobre la cantidad de casos de impericia médica y de negligencia hospitalaria que ocurren aquí. Si existen, no se dan a la luz pública. Los que estudiamos el tema solo podemos acudir a las estadísticas que compañías serias, como Healthgrades, Inc., arrojan de vez en cuando sobre el particular. En un estudio hecho en 2004 por dicha compañía se reveló que 195 mil pacientes de Medicare mueren cada año por errores médicos en los hospitales de EEUU, muchos más que en accidentes de tránsito. La Organización Mundial de la Salud reveló en su congreso de Oporto, Portugal, de 2007, que la cifra mundial anual ronda por los 10 millones de personas.
No hay duda de que, tanto en EEUU como en Puerto Rico, más se preocupan por el victimario que por la víctima de impericia, cuando debe ser lo contrario. Tradicionalmente se ha tratado el tema de la impericia médico-hospitalaria como si el problema fuese la víctima y el número de demandas que se presentan en los tribunales. Los juicios de impericia muchas veces dan la impresión de que quien está en la silla de los imputados es la víctima y no el médico que alegadamente la comete. En lugar de atacar el problema de raíz, que es la impericia del médico como causante del daño, se ha pretendido enfocar el tema en base a los costos de los seguros de impericia y han llegado, incluso, a adjudicarle a las demandas unas consecuencias que solo en la mente de algunos existen, como lo es el supuesto éxodo de los médicos a otras jurisdicciones alegadamente más lenientes con los médicos.

La verdad es que el médico negligente siempre ha campeado por su respeto en Puerto Rico. Aunque les imponen recargos, las aseguradoras terminan siempre pagando por sus metidas de pata. El antiguo Tribunal Examinador de Médicos ni se diga; en toda su historia ha suspendido sus licencias, por impericia, a solo dos médicos de las cientos de quejas que se encuentran radicadas allí. Contando con los mecanismos legales para depurar su profesión de estas manzanas podridas, los gremios profesionales - como son el Colegio y la Asociación de Médicos - y las facultades médicas de los hospitales, se hacen los chivos locos, mirando para otro lado cuando se toca el tema de la impericia médica de un colega. Por el contrario, con gusto los defienden en los tribunales, sirviendoles de peritos, negando el mismo privilegio a los pacientes, quienes se ven obligados a contratar muchas veces peritos del exterior, con la diferencia en el costo que ello conlleva. El resultado neto de toda esta ‘mano blanda’, que representa la inacción o displicencia oficial y la protección gremial de sus pares, ha sido la continua y consciente exposición de los pacientes a severos daños o a la pérdida de sus vidas; pacientes ingenuos que día a día se entregan, sin saberlo, a las manos de estos médicos negligentes, pero protegidos.
En toda la historia de EEUU, se han procesado criminalmente a menos de cincuenta médicos que han ocasionado daños en el ejercicio de su profesión. Ello se ha hecho bajo doctrinas generales de daños cometidos por negligencia crasa, como el caso que le piensan radicar en estos días al médico de Michael Jackson, Dr. Conrad Murray. (Véase la noticia cliqueando el siguiente enlace:
http://www.foxnews.com/story/0,2933,540540,00.html). Que sepamos, en Puerto Rico no se ha procesado criminalmente a ninguno. No hay ley que lo tipifique y no se aplican normas criminales sobre negligencia en el aspecto médico. Mientras, las cifras de víctimas de impericia médica siguen en aumento, tanto aquí como allá.
Casi todos los países tratan el tema de la negligencia médica concurrentemente en las dos esferas: en el ámbito civil y en el penal. Mientras con el aspecto civil se procura la compensación económica del paciente dañado, con la penalización del ofensor en el ámbito penal, incluyendo su inhabilitación temporal o permanente para la práctica de la medicina, coetáneamente se intenta disuadir futuras conductas similares en el ofensor y, a manera ejemplarizante, en otros en la misma situación. De paso, la retribución moral del daño que se puede conseguir con ese tratamiento dual está más cerca de lo que razonablemente esperan las víctimas.

Bolivia es el país que más recientemente ha optado por atacar el problema social que representa la impericia médico-hospitalaria, incorporando específicamente a su código penal este tema. En estos días se está discutiendo en ese país una pieza legislativa que tipificaría como delito penal lo que ellos llaman la “mala praxis”, que no es otra cosa que la impericia médica. A continuación el texto que se propone para la incorporación a su código penal:

(Homicidio por acto médico). El profesional que por acto médico causare la muerte de algún paciente como consecuencia de imprudencia, impericia, negligencia, inobservancia de reglamentos y normas o deberes a su cargo será sancionado con pena de reclusión de dos a seis años e inhabilitación especial por cinco a diez años.”
(Lesiones por acto médico). El profesional que por acto médico causare lesión de algún paciente como consecuencia de imprudencia, impericia, negligencia, inobservancia de reglamentos y normas o deberes a su cargo, con relación a los casos previstos en los artículos 270 y 271, será sancionado con la pena agravada de un tercio e inhabilitación especial por uno a cinco años. “

El propósito legislativo tras la tipificación de la impericia como delito es el siguiente:

“El presente proyecto de ley tiene por objetivo el de tipificar y sancionar la conducta de mala praxis en el ejercicio profesional médico, específicamente en cuanto se refiere al acto médico, con el fin de mejorar la calidad de atención y evitar resultados negativos en la vida, integridad física y salud de los pacientes, y de la misma manera procurar que los profesionales médicos, cuando han actuado con negligencia, impericia, imprudencia o inobservancia de leyes y normas, no queden en la impunidad. “

Quizás es tiempo ya que Puerto Rico mire un poco hacia el resto de los países, incluyendo aquellos que, por un equivocado orgullo, muchos han considerado parte de un alegado “tercer mundo”, para ver cómo están enfocando las soluciones a sus problemas sociales. Debemos buscar avenidas creativas a nuestros problemas, porque, además, es tiempo ya de brindar una mano blanda y amiga al paciente e imponer una mano dura al médico negligente.

domingo, 16 de agosto de 2009

JUNTAS REGIONALES DE IMPERICIA MEDICA, la idea


No es abogado y, que sepamos, no ha practicado el aspecto clínico de la medicina por algún tiempo, pero el Dr. Walter Frontera, presidente y decano de la escuela de medicina de Puerto Rico, ha lanzado una “idea” para lidiar con, lo que él entiende, el problema de la impericia médica en nuestro País. Mediante la creación de “juntas regionales” el Dr. Frontera dice que se pueden atender querellas por impericia médica, sin descartar el derecho al acceso judicial de los pacientes agraviados.

Añade la lacónica noticia de Prensa Asociada, probablemente resultante de una entrevista de media hora con el periodista ponceño Pepén Fernández Colon del 15 de agosto, que “las juntas para atender las querellas sobre posible mala práctica médica es al menos un mecanismo para atender de manera justa cualquier reclamo que pudiera tener un paciente.”
Sin entrar en juicios valorativos sobre lo que el buen doctor pueda o no entender como una "manera justa" para atender reclamos de los pacientes, el Dr. Frontera añade algo que es sumamente interesante: “que estadísticamente tal vez no haya un problema de impericia médica”, pero que, irrespectivo de que sea así, los médicos optan por practicar la medicina defensiva, para evitar una acción legal en su contra.

Despues de leer eso, cabe preguntarse entonces, ¿en qué lado de la cancha existe el problema de la impericia medica, si es que existe? ¿Quién es el responsable de que pueda plantearse la existencia de un problema de impericia medica, el paciente o el médico? ¿Resulta necesaria la creación de un foro adicional para ventilar quejas de los pacientes o sus familiares sobre alegadas impericias medicas? ¿Es tan detrimentalmente significativa la práctica de la medicina defensiva?

Lejos de pretender matar el mensajero, en lugar de su mensaje, vamos a darle el beneficio de la duda al buen doctor boricua por un momento. Si la idea que lanza es de buena fe, y no vamos a dudarlo, tenemos que, por obligación, descartarla desde el saque por ser ingenua, deficiente y, por decir lo menos, innecesaria.

Una junta sobre impericia médica como la que el Dr. Frontera propone, supone estar compuesta por un grupo de profesionales (médicos y quizás alguno que otro abogado) que reciban, analicen y hagan unas determinaciones sobre las controversias que se le planteen. ¿Y después, que? ¿Tendría facultad esa junta que determina que el médico fue negligente para compensar a la victima? ¿Tendría facultad para imponer algún tipo de sanción ética, económica o administrativa al médico negligente?

Los hospitales tienen los llamados comités de “peer review” que no son otra cosa que colegas analizando las alegadas metidas de pata de sus colegas. Por ley, estas investigaciones son confidenciales y sus hallazgos están fuera del proceso de descubrimiento de prueba en una demanda; es decir, que en teoría, la victima de impericia médica nunca se entera si se toma algún tipo de sanción contra el médico negligente. Los hallazgos y determinaciones de este tipo de comité solo son para consumo del hospital y del médico en cuestión. Pero no hay que ser muy optimista con las sanciones potenciales; a lo sumo, le quitan los privilegios al médico o se los suspenden por un tiempo. ¿Y el paciente?
El Colegio y la Asociación Medica de PR tienen sendos comités de ética que pasan juicio sobre actuaciones de los médicos que atenten contra los distintos códigos de ética del gremio. Tienen además la facultad para hacer vistas y radicar querellas ante el antiguo Tribunal Examinador de Médicos, en procura de sanciones para el médico, por alguna querella sobre impericia medica que algún paciente presente en contra de este. Que yo sepa, ni la Asociación ni el Colegio han radicado querella alguna en contra de algún médico, asociado o colegiado, por una alegada impericia medica.

Tenemos también la Oficina de la Procuradora del Paciente de Puerto Rico, que se supone atienda quejas de impericia medica que tengan los pacientes en nuestro País. Desde que se radica la queja en esa oficina hasta que se resuelve, si tiene suerte, al paciente se le puede pasar el tiempo, le prescribe su caso, y se queda así sin su derecho a demandar. Sin embargo, esa es una oficina con una directora y un presupuesto que investiga, rinde lo que se presume es un informe pericial y solo termina radicando otra querella mas ante el TEM, haciéndola formar parte de las miles que están durmiendo el sueño de los justos en ese lugar. Tampoco tienen la facultad legal de ordenar compensar al paciente por sus daños.
La ineficiencia, el desinterés, la dejadez y la falta de herramientas jurídicas de los foros alternativos existentes en la actualidad en Puerto Rico para lidiar con los casos de impericia medica, no justifica, sin embargo, la creación de otro más, como el propuesto por el galeno ponceño. Las juntas regionales del Dr. Frontera, aunque no sea ese su propósito o interés, serían otro muerto más que solo lograría desenfocar a las víctimas de impericia medica de acudir al único foro que ha mostrado algún grado de efectividad en Puerto Rico. Lo desviarían de la avenida que eventualmente tienen que recorrer: reclamar ante los tribunales del País por sus daños, tan pronto como puedan hacerlo, en procura de algún grado de retribución para sus daños.

Por otro lado, como implica el galeno, no hay duda de que la práctica de la llamada medicina defensiva representa un problema para un sistema de salud que de por si es deficiente y que económicamente, es endeble. A pesar de lo que pueda creer el distinguido galeno sureño, sin embargo, es conocido que la práctica de la medicina defensiva representa un porciento ínfimo dentro del costo total de un sistema de salud. Habría que determinar también si la medicina defensiva resulta en beneficios o perjudica al paciente. A juzgar por las miles de muertes que son ocasionadas por impericia medica, estoy seguro que unas cuantas de éstas se evitarían con la práctica de medicina defensiva. En el tema de la medicina defensiva lo que debe preocuparnos es determinar si ésta realmente se practica por miedo a las demandas frívolas o si la medicina defensiva que resulta perjudicial al paciente, constituye un problema. Que sepamos, no hay estudios, ni aquí ni en EEUU que indiquen cuantos son los médicos que practican medicina defensiva, perjudicial al paciente, por miedo a las demandas frívolas.

La práctica de algunos de la medicina defensiva no puede ser justificación válida para quitarles derechos a los pacientes que reclamen sus daños. El miedo de los médicos a las demandas y la percepción que tienen sobre el verdadero riesgo a ser demandados, debe ser confrontado con hechos al desnudo y objetivos, usando las mismas estadísticas que, acepta el Dr. Frontera, evidencian que realmente no existe un problema de impericia medica.

No tengo duda de que existe un problema de percepción, mayormente entre los médicos, sobre el riesgo que tienen a las demandas de impericia médica y la negligencia hospitalaria, que nace de la ignorancia de mucha gente que opina sobre el tema. Sin embargo, si el proponente de la “idea” de las juntas entiende que existe un problema, como presidente de una de las universidades que enseñan medicina en el País, debe enfocarlo correctamente; esto es, proponiendo ideas para lidiar con el médico negligente, quien lo origina, y no con su víctima. Si están dispuesto a lidiar con la impericia médica, el Dr. Frontera y su escuela de medicina debe comenzar con auspiciar y sobre todo, propiciar una mejor actitud entre los estudiantes de medicina para que un mayor número de médicos sirva en el futuro cercano de peritos a favor de las victimas de impericia medica y no solo de peritos para favorecer a sus colegas. Esa sería una buena idea.

Como están las cosas, creo que los médicos deben dejar a los pacientes velar por sus propios intereses luego de sufrir una impericia médica; seguramente lo hacen mejor que ellos.

domingo, 2 de agosto de 2009

Cláusula de selección de foro ... el HARAKIRI del paciente


El abogado que defiende los derechos de las víctimas de impericia médica y de negligencia hospitalaria en Puerto Rico debe manejar eficientemente muchos conceptos tradicionalmente exclusivos de los médicos. No es fácil la defensa de una víctima de impericia, particularmente en nuestro País, con el Colegio y la Asociación de Médicos cabildeando constantemente con los legisladores de Puerta de Tierra, procurando legislación que les favorezca, a la vez que le quita derechos al paciente reconocidos a través de tiempo inmemorial. En la misma onda, los tribunales de primera instancia deben aplicar en este tema normas y conceptos jurisprudenciales desarrollados a lo largo de los años por nuestro Tribunal Supremo. La presunción de corrección en el tratamiento médico, la doctrina de consentimiento informado, error de juicio y otras doctrinas por el estilo, son algunas que conforman el "desarrollo" o evolución, y que dificultan aún más la litigación de impericia médico-hospitalaria, sin contar con el aura - casi mística - que siempre ha rodeado a la profesión médica, desde mucho antes de Ben Casey y el Dr. Kildare. Por nuestra relación política especial con los EEUU, cuando se acude al ámbito judicial federal, los vientos que nos soplan actualmente desde el Primer Circuito de Boston tampoco son muy favorables que digamos para el paciente, como veremos más adelante.

En las hojas de consentimiento el médico o el personal del hospital advierte o, más bien, debe advertir al paciente, por escrito, los riesgos y beneficios del tratamiento en cuestión al cual habrá de someterse. Esto debe ocurrir, naturalmente, después que se lo diga verbalmente. Luego de que, supuestamente, el médico lo apodera con esta información de vital importancia para su salud y bienestar, el paciente lo autoriza a brindarle el tratamiento, estampando su firma al calce del documento como evidencia fehaciente de tal autorización. Este proceso informativo, que debe suponer un intercambio inteligente y honesto de preguntas y respuestas entre ambas partes, es conocido como la obtención por el médico de un consentimiento informado de su paciente.

Si reside fuera del País al momento de presentar su demanda, una persona que alega haber sufrido daños en Puerto Rico puede hacerlo en la corte federal, y ésta asume jurisdicción bajo una ley que así lo permite [1]. Esta autoridad judicial es asumida no solo por la corte de distrito federal que radica aquí, sino también por las cortes de distrito entre estados de la nación norteamericana. A diferencia de los tribunales estatales, al presentar su demanda de daños y perjuicios en el foro federal, el caso se ventila ante jurado, que decide si hay o no negligencia de la parte demandada, determina el vínculo causal de ésta y los daños sufridos y finalmente, asigna la cuantía de compensación a favor de la parte demandante.

Mediante la inserción de una cláusula de selección de foro, las partes en un contrato, generalmente relacionados a temas corporativos o industriales, acuerdan someterse a la jurisdicción, bien sea de arbitraje, mediación o de algún foro judicial que, de ordinario no tendría jurisdicción exclusiva sobre la cuestión a dilucidarse. Validando ese tipo de cláusulas como algo legítimo en la contratación entre las partes y haciendo referencia a varias decisiones del Tribunal Supremo federal, la Juez Naveira en Unisys v. Ramallo Brothers[2], dijo que se ha establecido una fuerte presunción a favor de la validez de las cláusulas contractuales de selección de foro. Sigue diciendo que se ha señalado que el hacer valer una cláusula de selección de foro protege los intereses legítimos de las partes, sus expectativas y, sobre todo, fomenta los intereses vitales del sistema de justicia.

Desde hace alrededor de 4 años, un conocido centro hospitalario en nuestro País ha insertado una pequeña cláusula al pie de estas hojas de consentimiento, de las llamadas cláusulas de selección de foro ("forum selection clause"). Mediante esta inserción se incorporó a la industria de la salud, particularmente con relación a los casos de impericia médico-hospitalaria, este tipo de cláusulas, hasta ahora, ajena a este tema. La cláusula incorporada en las hojas de consentimiento informado que le dan a los pacientes para su firma, literalmente dispone lo siguiente: “En la eventualidad de que ya fuere por acción u omisión, considere que se me han causado daños físicos, emocionales o económicos, expresamente acuerdo someterme a la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para cualquier posible reclamación”.


Por razón de la firma de esta cláusula, el paciente se obliga a presentar cualquier demanda alegando daños por negligencia hospitalaria, en contra de ese hospital, en los tribunales estatales. Así, descarta el paciente implícitamente la posibilidad de hacerlo en la corte federal, aunque tenga el derecho, por ser residente bona fide de algún estado u otro país al momento en que vaya a presentar la demanda.

Temprano en el 2007, don Florentino Rivera, un paciente residente en Estados Unidos, presentó en la corte federal en San Juan una demanda de impericia médico-hospitalaria en contra de dicho hospital y de algunos médicos que le atendieron. En una decisión que desestimó la demanda en contra del hospital, por voz del Honorable Juez José A. Fusté, la corte federal validó dicha cláusula de selección de foro, siendo el caso entonces inmediatamente apelado por los abogados del paciente, quien había firmado la cláusula.

Pendiente la apelación interpuesta en el Circuito de Boston, el 12 de mayo de 2008 la Oficina de la Procuradora del Paciente emitió una enmienda al reglamento[3] relacionado con la ley que contiene los derechos del paciente en Puerto Rico. Mediante esta enmienda se prohibió a los hospitales injertar ese tipo de cláusula como parte de la documentación sobre consentimiento informado que se le da a firmar al paciente. A excepción del referido centro hospitalario, que le buscó la vuelta a dicha prohibición reglamentaria y lo ha continuado haciendo, muchos hospitales del País se abstuvieron de hacerlo, pero aguardaban ansiosos por los resultados de la apelación en el caso que lleva por título Rivera v. Centro Médico del Turabo, Inc., h/n/c HIMA San Pablo Caguas[4].

Argumentos jurídicos, algunos más fuertes que otros, fueron vehementemente esgrimidos por los abogados del paciente apelante y de su esposa Carmen De León Rivera. Todos esos argumentos fueron de una u otra forma convincentemente atacados por los abogados de la institución hospitalaria, aparentemente de forma exitosa, ya que el pasado viernes 31 de julio un panel de jueces del primer circuito de Boston confirmó la desestimación del caso en contra de don Florentino, de su esposa, que ni siquiera firmó el documento[5] y de la sociedad legal de gananciales que ambos componen.

No es necesario conocer sobre ingeniería espacial para saber que un paciente o sus familiares firman lo que sea que le den para firmar, sin leer en su gran mayoría, fijándose solamente en la línea donde tienen que estampar su firma de forma rápida. Eso no está bien, pero casi todo el mundo, irrespectivo de su educación y capacidad intelectual, lo hace, aquí y en todas partes del mundo. Normalmente, nadie está pensando en una posible demanda a la hora de necesitar y de recibir tratamiento médico para cualquier condición de salud que le aqueje.

Desde mi perspectiva como abogado de víctimas de impericia médico-hospitalaria, esta decisión del Primer Circuito de Boston representa otro azote para los derechos de los pacientes y en particular de las víctimas de impericia médico-hospitalaria en Puerto Rico y los puertorriqueños que residen en EEUU. Es posible de que los abogados de don Florentino y su esposa estén pensando ya en solicitar una reconsideración ‘en banc’, o sea, que todos los jueces del primer circuito, no solo un panel, consideren los argumentos nuevamente. Aunque les deseo toda la suerte del mundo - y espero que me equivoque - creo poco probable que, en un tipo de trámite como ese, el tribunal eventualmente revoque al panel de jueces que emitió la decisión, por lo que tendremos que vivir con ésta hasta que otra cosa se disponga.

Sin embargo, la buena noticia es que ningún hospital o médico puede obligar a nadie a firmar un tipo de cláusula de selección de foro como la impugnada en el caso de don Florentino previo a brindarle un tratamiento necesario. Si el paciente firma el documento a sabiendas o, peor aún, sin leerlo, como hacemos muchas veces, y por esos azares de la vida reside fuera del País al momento de presentar la demanda, habrá renunciado al derecho a presentar su demanda en el foro federal. ASI QUE OJO CON LO QUE SE FIRMA EN LOS HOSPITALES.

A este paciente y a sus familiares no les quedará otra opción que olvidarse del derecho federal a juicio por jurado. Tendrá que ventilar su reclamación en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, ante un solo juez. Un foro judicial donde cada magistrado, a pesar de sus buenas intenciones y laboriosidad incuestionable, tiene un inventario promedio ante sí de más de 1000 casos de distintos temas y complejidades. Un foro donde, día a día, el lema de “justicia tardía no es justicia”, cobra verdadera importancia.


[1] 28 U.S.C. §1391(a)
[2] 128 DPR 28 (1991)
[3] Reglamento 7504
[4] 07-2657
[5] Razonando que la acción de la esposa que no firmó la famosa cláusula era una derivada de la acción principal de don Florentino, el tribunal dijo lo siguiente: “We have stated that "claims involving the same operative facts" as a claim for breach of contract that is subject to a forum selection clause should also be litigated in the forum chosen by the parties.”

jueves, 30 de julio de 2009

Padres y niños especiales**


Por un poco más de dos décadas he sido abogado, litigando en Puerto Rico casos de impericia médica y negligencia hospitalaria. Algunos de estos casos han estado relacionados con niños y niñas que han resultado con perlesía cerebral, luego de un evento alrededor del momento de su nacimiento.

Invariablemente, el denominador común en este tipo de caso cuando llega a mi oficina es un par de padres amorosos, entregados totalmente a este ser humano especial que ha llegado permanentemente a sus vidas. Vienen muchas veces confundidos, en su mayoría aturdidos aún con el diagnóstico que un neurólogo pediátrico les ha tirado encima de momento, como un baño de agua fría. Llegan, además, con la frustración del vívido recuerdo de un posible acto de negligencia cometido por un médico o personal de hospital a quienes en un momento dado les confiaron sus vidas y la de sus hijos por nacer.

Estos padres llegan a mi oficina conociendo de antemano sobre la condición, bien porque se la han explicado o porque han buscado información por su cuenta en libros de medicina o en la internet. Llegan también con la sospecha de que la negativa de muchos de los médicos a darles cara y explicarles lo ocurrido tiene que ver con la comisión de la negligencia de alguno de ellos. "Los médicos se tapan unos a otros" es la frase que con mayor frecuencia escucho en mi oficina.
Ya han experimentado que la perlesía cerebral describe un grupo de condiciones crónicas que afectan el movimiento corporal y la coordinación de los músculos de su hijo o hija, caracterizado por la inhabilidad para controlar la función motora, particularmente el control muscular y la coordinación. A través de su hijito o hijita, han experimentado muchos de los signos de la condición como son la tensión muscular o los espasmos, movimientos corporales involuntarios, disturbios en la manera de caminar y en la movilidad, percepción sensorial anormal, ceguera o algún grado de incapacidad en la visión, en el oído y en el habla y las convulsiones. Con cada signo característico de la condición de sus hijos estos padres sienten como se les cae un pedazo de su corazón.

Aunque ambos padres saben que la perlesía cerebral de su hijo no es una enfermedad, vienen a mi oficina con un alto grado de contagio que me resulta evidente. Llegan ambos contagiados con un amor incondicional hacia esa criatura especial que les dirige, a cambio, una mirada con un brillo especial, que sirve de dínamo emocional y que es capaz de hacerlos mover cielo y tierra para procurar su bienestar y justicia. Ese amor del que he sido testigo con este tipo de caso no deja de conmoverme profundamente e invariablemente, también me contagio.

Una vez he sido contagiado con el amor que estos padres prodigan a sus hijos especiales, es fácil para mí, como abogado, comprender de todo lo que son capaces en la búsqueda de una mejor calidad de vida para sus hijos. Se me hace más fácil entender como están muchas veces dispuestos a abandonar el gran apoyo emocional que les pueden brindar a ellos sus respectivas familias en Puerto Rico para ir en busca de las ayudas necesarias en beneficio de su hijo, que no encuentran o es muy difícil encontrar en nuestro País. Son clientes cooperadores y puntuales en la litigación, ayudándome así en mi búsqueda de una justa compensación para la familia, que les procure suficientes ingresos para sufragar los altos costos de un indispensable cuidado especializado de por vida para sus hijos.

A medida que pasa el tiempo, como su abogado y quizá un poco, como amigo, me hacen partícipe de cada progreso de sus hijos, por pequeño que éste sea. Como hizo una de ellas hace unas horas, me narran sobre las múltiples e indispensables citas médicas, las distintas cirugías a las que son sometidos, sus terapias físicas; en fin, todo lo relacionado a sus hijos. Y me gusta que lo hagan; no solo porque es útil conocerlo para el caso que se puede estar tramitando. Lo hacen con orgullo y emocionados ante la esperanza, que nunca pierden, de que sus hijos vivan una mejor calidad de vida. Aunque no lo hayan asimilado completamente por la juventud que aún poseen, todo lo hacen motivados con la idea de que, en su ausencia, ese hijo o hija pueda llegar con el tiempo, en gran medida, a valerse por sí mismo. Durante todos estos años he aprendido que este tipo de motivación mueve montañas y solo se produce en almas buenas.
En ocasiones me pregunto qué azar de la vida puede explicar que angelitos como estos les toque vivir condiciones tan especiales como la perlesía cerebral, espina bífida, síndrome de Down, de Turner y tantas otras que tocan de cerca a mucha gente. Me pregunto qué razón pudiese haber para que determinados seres humanos les toque vivir estas situaciones tan difíciles y de tanta entrega incondicional con sus hijos.
Aún busco respuestas terrenales y lógicas a muchas interrogantes que quizá solo existen en el terreno de lo espiritual; no lo sé. De lo que estoy seguro es que detrás de cada niño o niña especial existe un padre y una madre especial.
**A mis hijos Mayté y Ego y a mi nieto Joaquín.
Nota: para otros ensayos del autor sobre el tema de la perlesía cerebral y la impericia médica puede visitar: http://impericiamedica.blogspot.com/2008/01/la-perlesa-cerebral-y-la-impericia.html y http://impericiamedica.blogspot.com/2009/01/la-perlesa-cerebral-y-la-impericia.html

lunes, 20 de julio de 2009

Hablar con tapujos o el 'sincericidio'... ese es el dilema


Luego de que funcionarios importantes del gobierno de México cometieron “sincericidio”, todos los países atacados por la gripe porcina han evadido hacerlo a toda costa. El vecino país azteca, manejando el asunto de la epidemia, pagó caro por hablar claro y tuvo que lidiar con las consecuencias naturales de su sinceridad oficial. No fueron pocos los vacacionistas mexicanos que fueron puestos en cuarentena dondequiera que pisaban tierra, hasta en la China. Fueron muchas las líneas aéreas internacionales que cancelaron vuelos a ese país y líneas de cruceros con destino a México que cambiaron de rumbo hacia otros países aún no afectados por la pandemia de origen porcino. Todo ello redundó en una obvia disminución en su ya frágil economía nacional.

El gobierno de Puerto Rico no ha sido la excepción en la evasión de su deber de informar. Más temprano que tarde tendremos también que pagar el precio. Esperemos que el costo no sea tan alto como el que tuvo que pagar México.

Luego de que el doctor Rivera Dueño hiciera una campañita de medios publicitarios, más o menos efectiva, sobre cómo evitar el contagio con la fiebre porcina y qué hacer en caso de sospecha, el gobierno sorpresivamente hizo mutis por un tiempo irrazonablemente prolongado. El Secretario de Salud doctor Rivera Dueño se convirtió nuevamente en Ex y regresó a sus funciones como Director Médico de HIMA-San Pablo de Caguas que dejó al haber acudido al llamado indelegable del gobernador. Luego de su partida (¿?) todos los funcionarios gubernamentales concernidos se pusieron una mascarilla virtual y no hablaron más del tema de la epidemia . . . hasta que el eritema se puso caliente, se convirtió en absceso y comenzó a fluir del chichón la espesa realidad del contagio por el AH1N1 que ha provocado ya unas cuantas muertes en nuestro País, al igual que en muchas partes del mundo.
Desafortunadamente, en nuestro querido y politizado archipiélago que muchos consideramos nuestra nación, todo se ve con un prisma partidista. El gobernador Fortuño no nombra un Secretario de Salud que sustituya al que se fue porque la selección obvia y natural del momento sería el doctor Johnny Rullán, Ex Secretario de Salud bajo el PPD y actual epidemiólogo del estado nombrado por el Doctor Rivera Dueño. Paciente de cáncer, el doctor Rullán ha demostrado sus galones en esta crisis mayormente desatada por la desinformación en que se sumió al País luego de la partida del doctor Rivera Dueño como Secretario del Departamento de Salud.
Aún si fuese nombrado, que lo dudo, el dos veces popular doctor Rullán seguramente no pasaría por el cáustico cedazo del Senado. Irremediablemente, el buen doctor Rullán sería, en otras palabras, pasado por la piedra. Consiguientemente, su nombramiento sería un ejercicio fútil del primer ejecutivo que no haría sino sacar al galeno de su enfoque actual, tan necesario para el País.
Cualquiera que sea nombrado actualmente a ese cargo deberá lidiar con el asunto de la gripe porcina y, naturalmente, ocupará un segundo plano, ante los conocimientos de la pandemia que posee y el rol y liderazgo que ha asumido el epidemiólogo doctor Rullán en su manejo gubernamental. Dudo mucho que algún médico que se precie, profesional y personalmente, se aventure a aceptar el cargo en este momento. Así que, ¿por qué embarcarse en un nuevo nombramiento?

La discusión del tema de la gripe porcina ha tocado, sin embargo, aunque de refilón, el de las infecciones adquiridas en los hospitales, las llamadas infecciones nosocomiales. Su discusión incidental, aunque mínima, ha resultado en este momento en una ganancia. Se estima que el 5% de los pacientes hospitalizados adquiere una infección sobre-impuesta a la condición por la cual fue admitido inicialmente, siendo muchas de éstas evitables conque los médicos y enfermeras de laven las manos. Estos eventos intra-hospitalarios afectan anualmente alrededor de dos millones de personas, nada más en Estados Unidos, provocando cientos de miles de muertes alrededor del mundo en pacientes particularmente inmuno-comprometidos. El tema, por tanto, es uno de suma importancia, cuya discusión debe ser continua, haya o no epidemia de dengue, influenza o de gripe porcina.
En una franca colusión, por no decir contubernio, con los directivos de los hospitales del País, el Departamento de Salud ha optado por no rendir cuentas al pueblo sobre la frecuencia e incidencia de estas infecciones nosocomiales. Todavía la legislación que no manda, sino sugiere el deber de los hospitales de informar al Departamento de Salud sobre este tipo de infección es puramente voluntaria. El silencio ha sido siempre la orden del día, pagando los pacientes con su salud y sus vidas.

Mientras se trabaja con las infecciones nosocomiales, sin embargo, es necesario el “sincericidio” oficial en esta crisis de salud, cueste lo que cueste, informando al País las cifras reales y los mecanismos de ataque a nuestro alcance en esta epidemia que nos azota. Dejen al doctor Rullán en el área de la epidemiología que es en la que posee su mayor y más talentoso peritaje. Caminemos todos al unísono para controlar la pandemia y la crisis de salud que atraviesa nuestro País, que ha colocado en segundo plano la económica y, afortunadamente, nos ha dado unas merecidas vacaciones sobre el tema del status político que tanto divide.
Sin embargo, por mucha importancia que se le conceda a la gripe porcina en este momento, no debemos esperar a sufrir una pandemia, para que nuestros gobernantes, directivos de hospitales, médicos responsables, representantes de pacientes y todos los concernidos se pongan a trabajar eficientemente y de forma proactiva en la disminución de las infecciones adquiridas en los hospitales. Distinto a las epidemias, estas infecciones, que muchas veces son consideradas “complicaciones inherentes” en el tratamiento médico, no llegan ocasionalmente a nuestras vidas sino que viven con nosotros a diario y matan a mucha gente.

jueves, 16 de julio de 2009

“Error médico. De hombres, avestruces y asnos”


Esta mañana cayó en mis manos un ensayo publicado ayer por Mónica Lalanda, una doctora española que trabaja en la sala de emergencias de un hospital de Segovia. Sin desperdicio alguno, esta profesional de la salud dice cosas muy interesantes respecto a la negligencia médico-hospitalaria, que resultan de aplicación, no solo en la madre patria, sino en todas partes. Reproduzco, de forma íntegra, su ensayo que lleva el título que sirve de encabezamiento y cuya lectura recomiendo principalmente a los médicos y directivos de hospitales de nuestro País.

"16 de julio de 2009.- Que dé un paso adelante el médico que nunca haya cometido un error durante su carrera profesional. De los que hayan dado el paso se pueden decir dos cosas, o bien mienten o simplemente no han visto suficientes pacientes. En un estudio de la universidad de Harvard se calcula que en América, el número de muertos por errores médicos equivale a que se estrellen tres jumbo-jets cada dos días y mueran todos sus ocupantes.

Los sanitarios padecemos una enfermedad que nos lleva a cometer errores; se llama condición humana, incurable e inevitable. Errar es humano pero mientras los cocineros cubren sus fallos con salsas y los arquitectos con plantas, los errores médicos se cubren desafortunadamente con tierra. Según James Reason (psicólogo), aunque no se puede cambiar la condición humana, sí se pueden cambiar las condiciones en las que trabajan los humanos. Ahí quizás yace la gran diferencia entre los distintos modelos sanitarios.

En un mundo ideal un médico debería dormir ocho horas ininterrumpidas, comer sano, no hacer excesos, no sufrir estrés o temor a nada, no apasionarse o tener hobbies, en fin, estar siempre al 100% y trabajar como un autómata. El cansancio, un olvido o un descuido pueden acarrear en cualquier momento consecuencias normalmente menores pero que a veces son fatales. Mientras la raza humana no evolucione (y a la vista del apéndice vermicular, no parece que esto vaya a ir deprisa) los médicos seguiremos cometiendo errores y por esto debe haber un sistema sólido que minimice o impida sus consecuencias. La imprudencia o la negligencia son ya otro tema pero aun así, los pacientes deberían estar protegidos por este mismo sistema. La mitad de los errores médicos en los hospitales son evitables.

Para crear estrategias válidas contra el riesgo de errores, primero hay que identificarlos y sólo a partir de ahí se pueden poner barreras de seguridad para evitarlos. Desafortunadamente, el sistema sanitario español continúa en su mayoría anclado en la era arcaica de la complicidad y el corporativismo. Los errores se cometen pero nadie aprende de ellos, se esconden, se ignoran, se tapan. No se facilita al sanitario un ámbito en el que pueda reconocer su error sin miedo a la represalia, una forma oficial, sencilla y homogénea de canalizar la increíble frustración que conlleva reconocer que has metido la pata, sobre todo si has echado un borrón sobre el primum non nocere. Un sistema justo que evite al profesional ser portada de un periódico antes de aclarar responsabilidades.

Los hospitales españoles están pidiendo a gritos mayor transparencia, un control de calidad profesional y sólido. Hay que luchar contra la cultura de la culpa e introducir la cultura del reporte e intentar convertir los errores en oportunidades de avance y mejoría.

Otro cambio imprescindible es afrontar el error confrontando al paciente. Un paciente víctima de un error merece una explicación y una disculpa. Un estudio del
'Medical Protection Society' sobre este tema confirma que en el 55% de las reclamaciones, eso es lo único que persigue el paciente, frente a un 24% que buscan una compensación económica. El código deontológico inglés incluye como una obligación más el disculparse inmediatamente con el paciente. Parece razonable, de la misma forma que uno espera una disculpa en la calle si alguien te pisa un callo o si te venden un producto equivocado en una tienda. El médico no debe estar exento de responder con humanidad.
El fenómeno anglosajón de la reclamación ha llegado a España y las demandas por errores médicos se han cuadriplicado en una década. Afortunadamente, el paciente español ha dejado por fin de tolerar actitudes paternalistas. Ha llegado el momento de aplicar también sistemas anglosajones de seguridad para minimizar errores hospitalarios. Facilitar que se reporten todos los errores, incluso los más pequeños, los que pasan desapercibidos o los que son sólo potenciales, estudiarlos y poner los medios para evitar tragedias mayores.Errar es humano, pero no reconocerlo es de avestruces y no poner los medios para minimizar sus consecuencias de asnos.” HA DICHO.

martes, 23 de junio de 2009

Siguen los cuentos de camino.. el chupacabras syndrome

Usando de muleta la anécdota de una sobrinita suya saludable de dos años de edad, que se fracturó el codo jugando el otro día y que no encontró en Mayagüez, Puerto Rico un médico especialista en ortopedia que la atendiera, el economista Nicolás Muñoz, hace malabares en su razonamiento para culminar con varias recomendaciones a la legislatura - que no necesita mucho - con relación al tema de la impericia médica.
En una columna de opinión en el periódico El Nuevo Día http://www.elnuevodia.com/columna/583843/, dicho profesional de la economía alega lo siguiente:

“Muchos médicos, como resultado de estas demandas pierden todos sus bienes debido a que el seguro de impericia médica limita los pagos y responden personalmente por el remanente. El resultado es que los cirujanos y ortopedas están abandonando el País para establecerse en Florida y otros estados donde la situación es menos peligrosa para su práctica profesional. En Puerto Rico ahora hay menos cirujanos ortopedas y un solo hospital para atender los casos. Exceso de demanda y oferta limitada. Como consecuencia, larga espera para casos críticos. El resultado final es un costo económico y social mayor, pues hay que adiestrar nuevos médicos que eventualmente también se irán del País mientras no se atienda el problema.”

Finaliza recomendando lo siguiente en su columna de El Nuevo Día:
“Es necesario legislar para limitar las reclamaciones por impericia médica, para evitar la fuga de médicos, viabilizar mejor cuidado de salud y controlar el costo de las primas de seguros. Es incomprensible que, a modo de ejemplo, un motociclista que conduce a exceso de velocidad, tras sufrir un accidente por su acto irresponsable y recibir fracturas múltiples en brazos y piernas, quiera convertirse en millonario porque sus huesos no sanaron a la perfección tras la operación. La pregunta es, ¿por qué no extender a todos los hospitales públicos y privados la inmunidad que se otorga al Centro Médico de Río Piedras?”

Resulta increíble que un economista que maneja conceptos estadísticos continuamente pretenda que la gente crea que muchos médicos pierden todos sus bienes con las demandas de impericia médica y que los pacientes quieran convertirse en millonarios a costa de los pobre médicos, ayudados, claro, por abogados que estamos dispuestos a demandar simplemente por resultados subóptimos en los tratamientos médicos. Me resulta raro además, en este momento en que se discute legislación sobre el tema, que siga corriendo la bola, y que pretenda hacer creer los cuentos de camino de que la anecdótica fuga de médicos a EEUU es el resultado de las demandas de impericia médica, haciendo abstracción, adrede, de toda otra causa o motivación de esas familias. Me gustaría saber si el distinguido economista le achaca igualmente a las demandas de impericia médica el que se vayan de Puerto Rico también los jubilados, las enfermeras, la mitad de los ingenieros que se gradúan en nuestras escuelas, los bomberos y hasta los policías.

Aquí algunas estadísticas al 31 de diciembre de 2008 que debe el buen economista conocer: (1) el 85% de los asegurados activos de SIMED (sindicato asegurador de la mayor parte de nuestros médicos) paga una prima anual de solo $5,000 ó menos; (2) el 66% de todos los asegurados no ha tenido nunca reclamaciones de impericia médica; (3) el 81% no tiene o sólo tiene una reclamación en su contra; (4) el 5% (628 médicos) de los asegurados tiene 5 reclamaciones ó más y (5) este numerito de médicos viajeros frecuentes a las cortes es responsable del 43% de las pérdidas incurridas en la cartera de SIMED. Estas estadísticas son muy reveladoras y es muy conveniente repasarlas antes de colocar su prestigio profesional en riesgo en unas cuartillas llenas de inexactitudes y al servicio gratuito o no de una clase ya privilegiada.
Nadie debe responsabilizar a las víctimas de impericia que radican sus demandas de la suerte de algunos malos médicos, probablemente de aquellos que no merecen practicar la medicina en nuestro país. Estos médicos y sus viejos y nuevos amigos deben achacar su suerte a su impericia médica, que es lo que realmente origina las demandas en su contra. Son los médicos que ocasionan con su negligencia que un niño viva con perlesía cerebral por el resto de sus días, sin poder jugar y hacer acrobacias como la sobrinita del columnista, tornando, por el contrario, en pesadilla contínua las ilusiones que alguna vez tuvieran sus padres de una vida alegre y feliz. Son ellos los mismos que, con su paupérrimo talento para hacer medicina, tronchan todos los días las vidas de seres humanos.
En cuanto a que muchos médicos pierden sus bienes, la sensibilidad siempre me enternece, pero en este caso ese comentario me suena a lágrimas de cocodrilo. Las víctimas de impericia pierden en manos de médicos negligentes en ocasiones, no solo sus bienes materiales, sino, más importante aún, su salud y a veces su vida. Sin embargo, es pertinente puntualizar que hace unos pocos años, la Oficina del Comisionado de Seguros reveló que la media (estadística que descarta los valores extremos) en las compensaciones en este país en las demandas de impericia médica era de solo $37 mil. El promedio de pago (la suma de todos los pagos dividida entre el número de casos pagados) en SIMED durante los últimos 5 años bajó a $58 mil, de $67 mil que era antes ($53 mil en los últimos 12 meses), mucho menos del límite de $100 mil que ofrece la póliza de SIMED en estos casos y muy por debajo de los $250 mil que ofrece actualmente Triple S de cubierta a algunos de sus médicos asegurados con buena experiencia de asegurabilidad, o sea sin sin experiencia de demandas.

Nadie, y menos los legisladores del país, debe hacerse eco de cuentos de camino que se originan en el nicho puramente económico de un puñado de médicos negligentes que hacen que SIMED, obligado por ley a asegurar a todo el que solicite, incurra en pérdidas debido a su mala experiencia de asegurabilidad. Es una desgracia para el país que a diario surja tanta desinformación, principalmente entre gente educada. Me extraña que alguna gente vive aún o pretenda que otros vivan rehenes del síndrome del chupacabras .
El paciente que resulta víctima de un médico negligente es el eslabón más débil de la cadena y, como tal, no debe cargar con el peso de un sistema de salud mal planificado, deficiente y lento. No se le debe quitar al paciente más derechos de los que ya le han quitado en el pasado con legislación mala y deficiente, producto de legisladores mal intencionados o, por decir lo menos y darle el beneficio de la duda, mal informados.