Por el estado político vigente, que muchos catalogamos de colonial en la Isla de Puerto Rico desde que los norteamericanos la pisaron en 1898, radica en nuestro suelo la corte federal para el Distrito de Puerto Rico, llamada originalmente la corte colonial. Por virtud de una ley federal, que cubre no solo a nuestra patria, sino a los estados de ese país, residentes bona fide de un estado pueden presentar demandas en la corte federal de distrito de otro estado donde hayan sufrido daños y perjuicios. Por ejemplo, si un daño ocurre en Puerto Rico pero al momento de instarse la demanda el demandante reside de manera permanente en algún estado de EEUU o en una nación extranjera, éste puede presentar su demanda en la corte federal de aquí.
Un médico me escribe en torno a este tema y quiero compartir su correo con mis lectores.
“Leí la carta de la mamá del niño con perlesía cerebral y otros ensayos que has escrito... Ahora te voy a hablar sobre la otra parte. La impericia médica existe y doy fe de eso porque sabes que he sido perito en casos de demandantes. Sin embargo, lo que yo no puedo tolerar es que un caso en donde ocurrió algo no deseado o el tratamiento médico tuvo un resultado sub óptimo sea interpretado por algunos como malpractice. Tampoco creo justo que si un medico cometió impericia algunos abogados vayan detrás de las propiedades y de los ahorros de sus vidas. Is it all about money?
Denigra también la profesión de la abogacía la práctica de algunos de mudar al paciente para los EEUU solo para poder radicar los casos en la corte federal y así ganar más dinero. ¿Hasta dónde se puede prostituir esto? Muchos consiguen peritos ("hired guns") que dicen lo que sea por dinero. ¿Donde está la ética? No he visto a ningún abogado que lo demanden por impericia en la federal y hayan mudado al cliente. Estamos claros que la impericia existe. ¿Pero hasta donde se manipulan los hechos con el fin de obtener dinero? Por eso es que se radican los casos en el tribunal federal. Algunos abogados entienden que un jurado les dará millones porque, según ellos, probablemente no entiendan las controversias médicas en el caso.
No puedo entender que mis hijos estén a riesgo de heredar deudas y hasta tener que irse a quiebra por algo que no pude prever en mi buena fe. ¡Y esto me puede pasar todos los días! ¿Hasta cuándo? Por eso es que hay muchos médicos empleados en el Centro Médico. No se atreven trabajar afuera. Y esos son los supuestos académicos. ¿Y los demás que somos?
Bueno, otro día filosofamos en persona lo cual me encantaría por considerarte una persona honesta y de quien se puede sacar una buena experiencia.
Alfonso Serrano, MD
PD: Si quieres lo puedes publicar en tu blog”
Es comprensible y razonable, que un médico se preocupe por las demandas de impericia médica. SIMED, el sindicato de aseguradores del riesgo en Puerto Rico, asegura la mayoría de los médicos locales en contra esta eventualidad, pero solo ofrece una cubierta de $100 mil por incidente. Por su parte, Triple S cuenta con un ofrecimiento mayor, de $250 mil por incidente. Actualmente hay ofrecimientos en el mercado de seguros, por el exceso de esas cubiertas, pero la percepción de muchos en nuestra Isla , real o no, es que prevalece desde hace unos cuantos años un problema de cubierta de seguro de negligencia profesional médico hospitalaria para afrontar la exposición al riesgo existente.
Si un tribunal o jurado aquilatara en su justa perspectiva y adjudicara, como debiera, una compensación económica por los daños sufridos en estos casos, no hay duda que la preocupación es comprensible y lógica. Si el ente que adjudica los daños lo hace o no, es tema para otro ensayo.
El Dr. Serrano plantea en su correo varios asuntos de un mismo tema que son dignos de discusión. Habla de su preocupación de que se interpreten resultados sub óptimos en los tratamientos como impericia. Debo asegurar de entrada que, salvo raras ocasiones, un abogado no interpreta eso. Si lo hace, está equivocado. Es conocido que un resultado sub óptimo no debe ser interpretado como “malpractice”, excepto en la situación en que realmente haya incurrido en negligencia en su tratamiento del paciente. Dicho de otra forma, un abogado que se confronte con unos hechos para hacer una determinación de mérito, no debe analizar el caso desde la perspectiva del resultado. Eso sería un enfoque viciado que no resultaría en un análisis jurídico correcto. En los casos de impericia médico-hospitalaria la habilidad del artífice no necesariamente se conoce por su obra, sino por sus hechos que provocaron el determinado resultado.
En su escrito, el galeno implica también que es la práctica de muchos abogados mudar al cliente a EEUU con el fin de que la corte federal adquiera jurisdicción mediante el estatuto de diversidad. No puedo dar fe de que esta práctica esté sucediendo o haya sucedido en el pasado pues no tengo conocimiento personal de algún caso en que se haya hecho. He escuchado rumores, como probablemente los han escuchado muchos abogados y médicos en nuestro país. Si ello ocurre o ha ocurrido, con el único fin de ganar acceso al foro federal, es una práctica que debe ser condenada por todos, por ser no solo ilegal sino inmoral. Sin embargo, si la llamada mudanza de Puerto Rico hacia EEUU se da con el objetivo de procurarse servicios médicos y de rehabilitación, que son difíciles o imposible de obtener para con ello conseguir una mejor calidad de vida para la víctima de impericia médica y de sus familiares, y de paso se gana acceso al foro federal, ello no debe tener nada de censurable.
En cuanto a que es injusto que se vaya tras las propiedades y ahorros de una vida de un médico que comete impericia médica, me veo obligado a decir que esta moneda tiene dos caras. Lo que es injusto para unos puede ser lo más justo y razonable para otros. Tengo que apuntar, sin embargo, que la percepción de los médicos a la exposición al riesgo en estos casos está siendo sobreestimada. Es decir, en un porciento abrumador de casos, me atrevo decir que más del 95%, el médico negligente responde solamente con la póliza de seguros que ha venido por ley obligado a comprar.
La percepción de la exposición al riesgo que tienen los médicos es real solamente en los casos de muerte o grave daño corporal, que son la minoría de los que se presentan, como pueden ser los casos que mayormente son presentados en la corte federal. Aunque no lo dice, el médico que nos escribe percibe la jurisdicción federal obtenida por, lo que podríamos catalogar como fraude, como un problema real en nuestro país para ellos. Y en eso estamos totalmente de acuerdo.
Los médicos y hospitales demandados, sin embargo, no están desprovistos de excelentes abogados. En muchos casos, el desbalance en experiencia y talento entre abogados del caso es, casi siempre, a su favor. En el descubrimiento de prueba, estos abogados, de cuyo profesionalismo y entrega a sus clientes puedo dar fe, escudriñan las razones tras la mudanza de los demandantes y exigen evidencia fehaciente que pueda o no servir de apoyo a las alegaciones de residencia bona fide en EEUU. La determinación de si el caso se queda o no en la corte federal, en última instancia, depende exclusivamente del escrutinio judicial federal que, aseguro, cada día es más exigente y restrictiva de su jurisdicción en torno a este particular.
Finalmente quiero comentar la pregunta retórica que plantea el doctor Serrano: “Is it all about money?”
Nuestro sistema de justicia, a diferencia de muchos países, como he dicho antes, provee, como exclusiva retribución de los daños y perjuicios, una compensación económica que pretende, en teoría, colocar a la víctima en la misma posición que estaba antes de sufrir el daño. A mi juicio, esa pretensión me resulta un tanto idealista y se queda corta, pero es lo que tenemos. Por distintas razones, que no son objeto de discusión en este escrito, en Puerto Rico no tenemos investigaciones ni radicaciones de cargos criminales contra los médicos en estos casos. Por otro lado, nunca he sabido de medico alguno que 'dé cara' y acepte ante el paciente o sus familiares, que ha cometido un error y se disculpe con ellos. A nivel de experimento, los hospitales de veteranos en los EEUU adoptaron hace unos años una política de aceptación de negligencia, disculpa con el paciente y sus familiares y otrogación de compensación expedita, que ha logrado efectivamente disminuir las demandas de impericia médico-hospitalarias en su contra. Eso no ocurre aquí en Puerto Rico y en otros escenarios conocidos.
Por mi experiencia, de más de dos décadas trabajando en este tipo de casos, puedo apostar que las víctimas de impericia médico-hospitalaria optarían, si pudieran, por presentar acusaciones criminales en contra de los médicos y quizá, como un remedio secundario no en todos los casos, reclamar la compensación económica. Tal vez de esa forma, los pacientes se sientan mejor retribuidos y se disminuyan las demandas, que, al fin y al cabo, es lo más que preocupa a los médicos, ¿no?
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