La determinación sobre si exist impericia médica o negligencia hospitalaria debe ser judicial. No debe ser decidido mediant un proceso de arbitraje, previo a la decisón judicial. El P del S 530 no sirve y no debe ser aprobado. Abajo una entrevsta que se me hizo recientemente sobre el particular. Presione el link.
http://caribbeanbusiness.com/bill-to-protect-doctors-from-malpractice-lawsuits/
miércoles, 31 de mayo de 2017
Arbitraje para el deporte, no para la impericia médica
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