martes, 12 de septiembre de 2017

Rehenes de la Salud

Nada tuvo que ver el tema de la impericia médica y negligencia hospitalaria. Con su firma, el gobernador convirtió en ley una medida legislativa justiciera, tanto para los pacientes receptores de servicios de salud, como para los médicos de este país. 

Sin haberse sentido aún las bondades de la Ley Núm. 47, la llamada Junta de Supervisión Fiscal interesa hacerla letra muerta y creo qu le dio una embestida mortal. Cual munición letal, la Junta disparó una misiva, diríamos “misil, alegando que, previo a su aprobación, el gobierno carecía de o, al menos, no les había provisto, una certificación de disponibilidad de recursos económicos para costear sus efectos. 

Todo ha sido una nébula, aún después de “que el presidente de la Junta dijera, en una entrevista radial, que si el gobierno evidencia la fuente del dinero para costearla, “no habrá problema alguno”. La otra cara de la moneda es que si no se produce esa “evidencia”, sencillamente habrá problemas, implicando que la ley parará en el zafacón, lo que ciertamente convertiría esa acción en un hito jurídico en Puerto Rico.

Hacerlo no es ilegal, pero es harto conocido el cabildeo constante y conspicuo que las aseguradoras de planes de salud del país desarrollaron para impedir la aprobación de esta ley. Lo hicieron desde el mismo momento en que el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, presentó el proyecto de ley hace algunos meses. De hecho, fue ese funcionario legislativo quien lo denunció, quizá en un intento infructuoso de avergonzarlos públicamente. Por otro lado, el esfuerzo desplegado para que se aprobara el proyecto de ley fue igualmente contundente, ya que contó con el aval, entre otros, del Colegio de Abogados y del Colegio de Médicos de Puerto Rico.

No hay duda de que la ley pisaría los callos de las compañías de seguros de salud. Después de todo, es vox populi, dentro de la industria de la salud, que estas aseguradoras tienen de rehenes, no solo a los médicos, sino también a los hospitales y a las entidades de servicios ancilares, a quienes pagan migajas por sus servicios profesionales, en comparación con el dinero que retienen para sí, como meros intermediarios. Luego de aprobada la ley por el gobernador, PROMESA proveyó a las aseguradoras el foro idóneo. Los miembros de la Junta asistieron al nacimiento de un recurso procesal novel: el pataleo boricua corporativo, desconocido para todos los juristas de Puerto Rico. Su puesta en efecto tomó por sorpresa a todos los que ya celebrábamos la aprobación de esa ley y a la mayoría de la gente que advino recientemente al conocimiento de sus bondades. Esta acción de la Junta produce coraje, a la vez que frustración, pues arriesga la aplicación de una ley necesaria y justa para la salud en nuestro país.

La Ley Núm. 47 concede el derecho a un proceso expedito ante el Procurador del Paciente, para presentar cualquier queja por la intromisión indebida de una aseguradora en un tratamiento médico. Esa es la parte de la ley que aparenta haber causado el revuelo, levantando la JCF la objeción fiscal. Sin embargo, igualmente importante que con ese proceso administrativo, esa ley crea una causa de acción en contra del plan médico, cuando niega un tratamiento aconsejado por su médico tratante y esta negativa causa un daño. Crea, además, una causa procesal en favor del médico que es demandado posteriormente por el paciente o sus familiares, pues aquel puede traer como tercero demandada a la aseguradora, para que ésta responda por los daños el paciente.


Esta ley aterra a las aseguradoras de planes de salud, que, evidentemente, no se quedaron de brazos cruzados. Esperemos que el gobernador y su gabinete den la pelea necesaria para que esta ley no sea convertida en “reina por un día”.

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