jueves, 31 de diciembre de 2009

SER O NO SER . . . .humano



Reflexionaba hace unos días sobre qué escribir del tema de la impericia médica en Puerto Rico, sobre médicos y abogados que pudiera servir de punto final a mis escritos en este año que acaba. Recordé una película protagonizada por el actor estadounidense Richard Gere titulada “Nights in Rodanthe”. Era una trama romántica, que mi esposa casi me obliga a ver en estos días. Digo que casi me obliga porque no soy muy dado a sentarme a ver televisión. Sin embargo, esta película me interesó por su trama secundaria, que nada tenía de romántica y que, un poco, motivó el que los personajes principales se conocieran.

No les voy a contar la película, solo la uso como pie forzado para este ensayo. Este afamado actor caracterizaba en la película a un médico cirujano que había perdido una paciente mientras le practicaba una cirugía relativamente sencilla. La dama tuvo una complicación que, aunque poco probable, la llevó a su muerte a pocos minutos de comenzada la cirugía. Una enfermera tuvo que comunicar a los familiares cercanos de la dama fallecida el hecho de su muerte, pues el cirujano estaba ocupado con otras tres cirugías que tenía pendientes. Eventualmente la familia demandó al médico por alegada impericia médica.

La actitud del médico - en la trama de ficción - de desentenderse de lo que podría ser más que un deber como médico, un deber sencillamente humano, me hizo recordar varios casos que he tenido, en particular uno muy reciente. Al igual que en la película, ni una palabra de pésame o de sensibilidad ante el hecho de la gran pérdida que estaba experimentando la familia de la persona fallecida, fue proferida en mi caso por médico alguno. Así lo declaró la hija en una especie de catarsis en corte abierta, provocando con sus sentidas y sinceras lágrimas un pequeño receso en el juicio.

Estar continuamente trabajando en una institución hospitalaria con gente enferma puede de-sensibilizar a una persona. Lidiar con el sufrimiento humano no es fácil y, si se hace frecuentemente, puede drenar las energías a una enfermera o a un médico al punto de afectar su ánimo y su capacidad para trabajar en la profesión que escogió. Peor aún, puede afectar su vida personal y familiar. Es razonable, por tanto, que estos profesionales de la salud tomen cierta distancia y tengan una actitud de desapego cuando se relacionan con sus pacientes. En mi opinión es válido para un profesional de la salud asumir en ocasiones una especie de coraza o escudo emocional que los proteja.

Trabajar con desapego o tomar cierta distancia, con el propósito de protegerse emocionalmente, como dije, es razonable. Sin embargo, esta actitud de “desapego” no debe llegar al punto de hacer que el profesional de la salud pierda la sensibilidad humana. El sufrimiento de su paciente o de las personas que pierden a un miembro querido de su familia, como consecuencia de un tratamiento médico, jamás debe tomarse a la ligera por el profesional de la salud.

Con su carencia de sensibilidad humana en ese momento de pérdida de su paciente, el personaje de la película interpretado por Richard Gere prácticamente se compró una demanda de impericia médica en su contra. Podría el médico haber tenido las mejores defensas en su caso que le valdrían quizá un veredicto a su favor; no sé, porque ese detalle queda en el aire en la película como una mera trama secundaria. Lo que quedó bien claro y fue eventualmente comprendido por éste, es que como ser humano fracasó y de mala manera en un momento crucial de su práctica profesional. Con su actitud, que claramente denotó prepotencia e insensibilidad, solamente logró que la familia que sufrió la pérdida del ser querido buscara enojada el asesoramiento de un abogado y que posteriormente lo demandara.

Ya había escrito que el común denominador de las personas que gestionan el asesoramiento de un abogado especializado en impericia médica es la falta de información, la frustración e impotencia ante lo ocurrido y el coraje. Estas emociones, que no ocultan, motivan casi el cien por ciento de las consultas profesionales que he hecho sobre este tema. “Vienen frustradas, con ira, impotentes de no poder hacer nada. Dudosas sobre el evento que marcó sus vidas. Caras largas que no explicaron porque “ellos son los que saben de medicina”. (Perfil de una víctima de impericia”).

Quizá no todas, pero estoy seguro que muchas visitas a los abogados no se harían con solo el médico dar cara a su paciente o familiares. Esto no tiene nada que ver con la medicina. Es algo que debe hacer el médico simplemente porque es también un ser humano, equipado con una conciencia que lo diferencia del animal. Un pésame sincero ante la pérdida, un abrazo, un ofrecimiento de razones; en fin, algo que denote que se hizo lo que se pudo y todo lo que debió hacerse pero no se obtuvieron los resultados deseados. Si fue así, algo que implique que sencillamente el tratamiento resultó en una desgracia que no se pudo evitar. ¿Qué le cuesta al médico hacer esto?

Soy abogado, represento exclusivamente a víctimas y defiendo los intereses de mis clientes en cualquier foro con asertividad y perseverancia hasta lograr el mejor objetivo posible en su beneficio. He aprendido con el tiempo y vivo día a día el valor de demostrar una verdadera solidaridad con las personas que se consideran víctimas directas e indirectas de impericia médica. Es también una meta alcanzable de todo el que se crea un buen médico y, si lo quieren ver desde el punto de vista pragmático, puede ahorrarles muchas visitas a los tribunales. Tomen los médicos éste como mi consejo gratis de fin de año.
Tal vez sea utópico, una pretensión idealista en un mundo donde cada día se pierden de vista valores simples y sencillos que, a través de los siglos, han servido de cohesión para lograr una mejor convivencia social. Siempre he sido idealista, así que espero que el nuevo año sea mejor que el que dejamos atrás.

miércoles, 11 de noviembre de 2009

A PROPÓSITO DE UNA BASE DE DATOS … ¿saber o no saber?


El tema de la impericia médica en Puerto Rico, con sus médicos detractores y abogados en dos aguas vuelve a la palestra pública. La representante Julissa Nolasco Ortiz, ha presentado el P. de la C. 1797 el 26 de junio de 2009. Este proyecto legislativo, de ser convertido en ley, autoriza a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica de Puerto Rico (antes Tribunal Examinador de Médicos) a establecer y mantener “una base de datos pública que dé aviso a los potenciales pacientes sobre los casos adjudicados de mala práctica contra los médicos en Puerto Rico”.

Pocas cosas me asombran y como están las cosas en nuestro país, esta no es una de ellas. Un parte de prensa informa que el Departamento de Salud, a través de una tal licenciada Nilda Ortiz, respaldó la referida medida durante una vista pública de la comisión cameral de salud sobre la medida de Nolasco. Los médicos, por supuesto, han protestado porque, en otras palabras, entienden que el proyecto los estigmatizaría y porque no resuelve realmente el problema de la impericia.

Vamos a hacer algo de historia para poner este tema en perspectiva.

La Ley Núm. 260 del 17 de agosto de 1999 autorizaba al antiguo Tribunal Examinador de Médicos de Puerto Rico (TEM) a establecer un sistema de información y orientación público de los médicos licenciados en Puerto Rico y sus especialidades, el cual estaría también disponible al público a través de la internet. Esta ley es, por mucho, más abarcadora que el proyecto presentado por Nolasco. ¿Qué ha ocurrido con esta ley aprobada durante el mandato del Dr. Pedro Rosselló? Desafortunadamente nunca se puso en vigor, estando la base de datos vacía, como la imagen que adorna este ensayo.

Desde su aprobación he estado monitoreando la implantación de esa ley y muchas otras que se han aprobado en muchos estados de la nación norteamericana, de donde fue recogida. La excusa que siempre me han dado aquellos a quienes he preguntado, incluyendo a su Ex Director Ejecutivo el abogado Valentín, que está pasando unas vacaciones en alguna cárcel federal por el llamado escándalo de los médicos fatulos, es que estaba pendiente de la aprobación de un reglamento. Este reglamento, que sepa, nunca fue aprobado. Ergo: el público no ha tenido acceso a la información que la ley menciona tiene derecho a poseer si la intenta acceder en la base de datos pública que tampoco existe.

Como dije, la ley resulta más abarcadora que el presente proyecto. Ordenaba, al antiguo TEM, integrar los siguientes datos en un sistema de información público, a saber: nombre de las escuelas de medicina donde estudió el médico y la fecha de graduación; qué especialidad, si alguna, posee; números de años en la práctica y lugares donde se ha desempeñado; nombre de los hospitales donde tiene privilegios; puestos que ha ocupado en la facultad médica; publicaciones que haya realizado relacionadas a la medicina; reconocimientos recibidos por servicio profesional comunitario; dirección actual de su lugar principal de trabajo y si es participante del programa del Medicaid, o cualquier otro programa.

También ordena dicha ley incluir si ha sido convicto por delitos graves o menos grave y que mediante reglamentación determine el TEM debe ser incluida; descripción de cualquier acción disciplinaria tomada por el TEM; descripción de cualquier acción disciplinaria tomada por una junta o tribunal examinadora de cualquier estado o país; una descripción de revocación o restricción involuntaria de privilegios en un hospital por razones relacionados a su competencia como profesional, o de la renuencia a su renovación como miembro del equipo médico, o cualquier acción tomada por el hospital como medida disciplinaria relacionada con su competencia profesional en el hospital; toda decisión judicial o adjudicación monetaria a una parte querellante o arreglo realizado donde el TEM, luego de realizar la investigación correspondiente, encuentre que se ha incurrido en mala práctica de la medicina. Disposiciones relacionadas a los pagos efectuados debían ser identificadas en un mínimo de tres categorías diferentes según el grado, nivel de importancia o significado de la adjudicación o arreglo. La información relacionada a los pagos por impericia médica debía ser puesta en un contexto comparativo de acuerdo a la experiencia obtenida en relación con otros profesionales de la misma especialidad.

El TEM quedaba autorizado a adoptar aquellas normas y reglamentos que entendiese necesarios para la implantación de esta ley siguiendo el procedimiento establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Pero nunca lo hizo y ahí quedó la ley, resultando esa cláusula en una píldora venenosa que la mantiene agonizante e ignorada en una esquinita donde mandan las leyes que no se quieren o no saben como implantar.

No hay duda que una base de datos que contenga información sobre un médico no resuelve el problema de la impericia médica que existe en ningún país. Sin embargo, en los países donde existe un sistema informático, incluyendo en muchos estados de la nación norteamericana, apodera al paciente con información suficiente para decidir si se pone o no en las manos de tal o cual médico. Más importante aún, evita una selección ciega, desinformada y, sobretodo, potencialmente riesgosa para su salud.

Una ley que solo necesita para su implantación un reglamento que nunca se aprueba hace evidente que la burocracia en la rama ejecutiva prevalece sobre la voluntad del pueblo, si es que los componentes de la rama legislativa son representativos realmente de ésta. Resulta simplemente patético, por decir lo menos, que la hayan ignorado por más de una década o, peor aún, como parece ser el caso, que no sepan de su existencia.

La radicación del proyecto de ley de la autoría de la representante Nolasco Ortiz evidencia que nuestros legisladores, los médicos y los funcionarios del Departamento de Salud no se han enterado de que el mecanismo de un sistema de datos, aunque mellao, existía desde 1999 y que solo faltaba que el TEM, hoy Junta, le pusiera dientes mediante la aprobación de un reglamento. Todo se reduce a querer saber; pero si no se sabe, se pregunta ¿no?

sábado, 24 de octubre de 2009

BAJO LAS REGLAS DEL TRIBUNAL ... yeah right!!


Los médicos que son demandados en casos de impericia médica y sus peritos pueden hablar todo lo que quieran y consultarse entre sí lo que deseen mientras no se hayan sentado a declarar en el juicio. Igual ocurre con las váctimas o demandantes. Hasta que esto se haga, no hay limitación en derecho para esta comunicación, de clase alguna. El que piense o resuelva lo contrario está equivocado o equivocada y no hace sino dar o confirmar la impresión de que sabe poco o nada sobre las reglas evidenciarias que deben prevalecer en los procesos judiciales. Cuando ocurre un receso en un juicio, sin embargo, tanto a los peritos médicos como a cualquier testigo o parte que declaran en los tribunales a preguntas de los abogados, se les ordena que no se comuniquen entre sí con respecto a los hechos del caso.
El propósito tras esa regla es evitar que se manipule el testimonio que sigue, para, de alguna manera, intentar curar indebida e inapropiadamente cualquier error que haya cometido en perjuicio del demandado, a cuyo favor ha estado testificando, o en su propio perjuicio. En otras palabras, para minimizar el daño, ilegalmente, con motivo de cualquier metida de pata. Un testimonio así manipulado va en contra de la búsqueda de la justicia que es el norte hacia donde debe mirar todo proceso judicial.

No podemos tapar el cielo con la mano. Existe la firme creencia de que todos mienten en los tribunales. El que un juez o jueza, abogado o abogada permita a sabiendas que ello ocurra, ciertamente no propende a que esa creencia se disipe; todo lo contrario, se perpetúa la creencia.

Siempre he sostenido que las víctimas de impericia médica no mienten en los tribunales. Ello es así porque no es necesario que mientan. Vienen al tribunal a decir la verdad de lo que les ocurrió a ellos o a su ser querido. No soy ingenuo; no descarto que alguno que otro, sin mi consejo, exagere más de la cuenta los daños que ha sufrido como consecuencia de la impericia médico-hospitalaria. Sin embargo, con relación a los hechos sustanciales del caso, nunca he sabido de ninguno de mis clientes que lo haga.

No puedo decir lo mismo de algunos médicos o ciertos peritos médicos, cuyos testimonios he presenciado. Debo añadir, con cierto grado de frustración, que nunca he sabido que las mentiras que vierte bajo juramento esta gente tengan alguna consecuencia penal inmediata en su contra. O los jueces o juezas en Puerto Rico no están atentos en ese momento al testimonio, son ingenuos, miran hacia el lado o sencillamente no se atreven a imputarle perjurio en corte abierta por las razones que sean, que es lo que procede en derecho. Por la inacción judicial en estas situaciones es que seguramente lo hacen repetidamente, una y otra vez.

Por razones de deferencia profesional, muchos abogados hemos pasado por alto que, estando bajo las reglas del tribunal porque ha ocurrido un receso que interrumpe su testimonio, el médico demandado siga conversando con su perito o con quienes quieran. Se supone que no hablen del caso. Sin embargo, ¿habrá alguien tan ingenuo que crea que no están hablando del caso a solas? He visto como lo hacen aún a espaldas de sus propios abogados que, dándoles el beneficio de la duda, desconocen que están violentando la directriz dada por el tribunal al bajar de la silla de los testigos.

Ocurriendo esas conversaciones en un receso de almuerzo o por el día, algunos peritos, que no están regulados por los cánones de ética de nuestra profesión de la abogacía, descaradamente y sin disimulo violentan a propósito las normas y, sin lugar a dudas, ‘aceitan’ al testigo y lo ayudan a que trate subsiguientemente de minimizar cualquier perjuicio que haya ocasionado a su defensa su testimonio anterior. Lo hacen con descaro porque los abogados no pueden hacerlo éticamente y, obviamente, con el único propósito de que queden bien y al final logren ganar el caso. Algunas veces lo logran, en otras no. En todas las ocasiones en que los peritos médicos hacen eso, sin embargo, arriesgan al testigo o parte, probablemente ajeno a la consecuencia que tiene cualquier mentira suya, a una acusación potencial por perjurio o desacato criminal, si lo agarran variando o brindando, bajo juramento, versiones distintas de un mismo hecho sustancial.
Aunque nunca se debe ser un ser humano extremadamente desconfiado, "la vida te da sorpresas", como dice Pedro Navaja. Un abogado debe siempre tratar de tener las pilas encendidas para evitar que pueda ocurrir una manipulación de un testimonio que dé al traste con lo que, se presume, es el objetivo de todo proceso judicial: la búsqueda de la verdad, máxime cuando ha logrado ya desenmascarar al testigo inicialmente. No siempre eso se logra. Pero cuando se percibe, aunque inicialmente lo haya pasado por alto o incluso irrespectivo de la decisión final que pueda tomar determinado juez o jurado en el caso, no debe descansar hasta lograr poner las actuaciones del perito manipulador y el testimonio del testigo embustero de cara al sol. Al final del día, la verdad siempre la tendrá de frente; depende del jurado o del juez querer hacer verdadera justicia en el caso. ¿No dicen que la fe es lo último que se pierde?

NOTA EX POST FACTO
Tuve oportunidad de contrainterrogar a la perito. Confieso que disfruté traviesamente cuando, a mi pregunta de si había preparado a un testigo que ya estaba bajo las reglas del tribunal, patinó .. , patinó ... y volvió a patinar. Finalmente, reaccionando a la especificidad y contundencia de mi pregunta, porque sabía que la acusaba de algo ilegal en corte abierta, contestó con una mirada que esquivó la mía, con la tez blanca como un papel. Estoy seguro que la juez no le creyó cuando dijo que no. Aún no ha llegado la sentencia; ya vendrá.

22 de julio de 2010
Pues ya llego la sentencia y se hizo justicia, no solo a los demandantes sino a su padre fallecido por la impericia y negligencia medica. Al declarar Con Lugar la demanda y condenar a los galenos demandados al pago de una compensacion en favor de los demandantes, el tribunal no le dio credibilidad alguna a esta perito. Como decia mi viejo querido, a la larga el chivo agarra al venao'.