miércoles, 5 de diciembre de 2007

Hay abogados y ABOGADOS

Un abogad@ litigante no puede, por razones obvias, pero, más aún, debido a los Cánones de Etica que rigen la profesión, prometer resultados a una persona que potencialmente puede ser cliente y que acude a su consulta. Ha habido casos de desaforo en Puerto Rico en los que la falta cometida por el abogad@ ha sido precisamente ésa: prometer determinado resultado positivo en un litigio a un cliente. Y es que resulta lógico. Ningún abogad@ tiene el control de los jueces o los jurados.

Aquel que presume de saber lo que un juzgador de su caso va a decidir es simplemente un abogado truquero. Nuestra judicatura es una de las más honestas del mundo. Nuestros jueces son personas buenas, están bien pagados y sencillamente, antes de ser nombrados, pasan por un cedazo eminentemente moral que garantiza la imparcialidad en los procesos ante su consideración. ¡Hombre! En todos lugares se cuecen habas. No pretendo ser tan ingenuo como para decir que el 100% de nuestros jueces y juezas han sido buenos. Los ha habido malos, injustos, imbéciles y hasta truqueros. De cada una de esas categorías me vienen a la mente unos cuantos ante quienes he postulado a lo largo de tres décadas en esta carrera. Sin embargo, por todas esas razones y otras más que, de momento, no se me ocurren, estos jueces han sido objeto de suspensiones y hasta de desaforos de la profesión, aunque algunos han sobrevivido hasta culminar sus nombramientos, constituyéndose en un dolor de cabeza perenne para los abogados.

Los casos de impericia médico-hospitalaria no son la excepción. En un caso de alegada impericia médica que traen ante la consideración de un abogado, con la excepción de que sea un verdadero calco de uno que ya ha tenido - y cada caso tiene sus particularidades - el abogad@ no debe decir enfáticamente que hay negligencia a menos que un perito médico lo analice. Puede expresar su impresión de lego en la medicina, pero sin asegurar nada. Hay excepciones, naturalmente. Cuando se deja una gasa o unas pinzas en un abdomen cerrado quirúrgicamente, la negligencia es tan obvia que no amerita tomar aquí excepción. Esos son los menos. La gran mayoría de los casos amerita un análisis pericial para una determinación de si hay o no negligencia.

Por más experiencia y prominencia en la profesión que tenga, el abogad@ NO DEBE decir enfáticamente al cliente potencial que existe en su caso una impericia médico-hospitalaria. Si lo hace es sencillamente un truquero que quiere que lo contraten. Cuando lo hace está cometiendo una falta ética grave. Imprime en el cliente la seguridad y, peor aún, la garantía de que va a prevalecer en su día cuando presente la demanda en los tribunales. Y volvemos al principio. Un abogado no puede (debe) garantizar resultados al cliente potencial porque sencillamente no tienen control sobre lo que decida un juzgador de hechos cuando se presente ante sí la demanda.

El abogad@ puede estar excelentemente preparado para llevar su caso al tribunal. Esa puede ser su costumbre, independientemente de los hechos de su caso. Ello no justifica, sin embargo, que le garantice resultados al cliente. Algunos lo hacen continuamente. Por eso hay abogados y hay ABOGADOS. Pienso así; no sé, quizá sea porque me crié viendo a Perry Mason.

2 comentarios:

Rabidbite dijo...

Muy interesante explicacion de echos. Le pregunto, tiene referencias que yo pueda investigar?

La reforma de salud es uno de mis temas escolares.

José Fernando Velázquez dijo...

Acabo de leer su comentario. Si quiere referencias en cuanto a las reformas de salud en PR puede acceder y leer bastante de ese tema en un post en este blog. Analizo las variadas reformas de salud desde la administracion de Rossello. Suerte en sus investigaciones.