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martes, 12 de agosto de 2014

EXODO, la Guagua Aérea VIVE

Con la honrosa excepción del doctor Ibarra, el discurso principal de los presidentes del Colegio y de la Asociación de Médicos de Puerto Rico, durante más de una década, ha sido que las demandas de impericia médica y sobre negligencia hospitalaria que los abogados presentamos en los tribunales del país, han sido dínamo o propulsoras de la emigración de estos buenos profesionales a Estados Unidos de América.  Estos buenos doctores han calificado esta emigración profesional de sus pares - y la han exagerado - al punto de llamarla "éxodo", vocablo con raíces antiguas, refiriéndose al  Segundo libro de la biblia, en el que se narra la salida de los hebreos que abandonaron Egipto, de manos del profeta Moisés, en busca de la "Tierra Prometida".

Dándoles el beneficio de la duda, estos dirigentes médicos han argumentado en el pasado, quizá de buena fe, que la mayoría de las demandas que se presentan en los tribunales del país en su contra tienen a los médicos trabajando en los hospitales y oficinas con los pelos de punta y a sus familias temerosas de quedar en la ruina económica y en estado de paupérrima insolvencia.  Sin excepción, y con condescendencia, todos admiten al final que las víctimas de impericia tienen derecho a que sus casos sean ventilados y a ser compensados justamente.

A través de la pasada década, lo que he denominado antes como una falacia o mito, las estadísticas oficiales han derrumbado el argumento médico, evidenciando que la emigración de los médicos hacia el norte, no es distinta al movimiento de los boricuas en general. Habiendo sido condescendiente por muchos años, llegándolo a calificar recientemente como argumento "chatarra", no puedo menos que calificarlo en este momento como una mentira que ha tenido sus consecuencias.

Una de los primeros resultados del argumento falso del éxodo médico, fue la propuesta  de la pasada administración gubernamental de elevar el derecho de hogar seguro de los médicos sobre su residencia, irrespectivo del valor de ésta.  Como esa legislación  representaba un privilegio a una clase, ya privilegiada, se optó eventualmente por otorgar ese derecho a toda la población, y así fue aprobada por el gobernador Fortuño.

Otra de las consecuencias de este argumento mendaz, fue considerar a ciertas instituciones hospitalarias privadas, otorgándole inmunidad a su facultad médica, con los consecuentes topes aplicables a los pleitos contra el Estado.  Es decir, en caso de una reclamación y sentencia del tribunal, $75 mil por víctima de impericia médica, hasta un tope máximo de $150 mil por caso, irrespectivo del daño que la negligencia médica haya ocasionado.  Con un mejor juicio, esta legislación fue revocada por la presente administración, devolviendo la sensatez a la norma jurídica.

El actual presidente del Colegio de Médicos de Puerto Rico, como he advertido antes, ha prometido como una de sus prioridades, propulsar una reforma a la legislación de impericia médica.  El buen doctor ha repetido "ad nauseum" el argumento falaz de que el éxodo de los médicos ha sido y es a causa de las susodichas demandas de impericia médica y el "miedo" de los profesionales a esta espada de Damocles sobre sus cabezas.

Tan reciente como ayer, se publicó un informe del "Pew Research Center" (PRC) en el que analizaba los datos del último censo poblacional, con relación a los boricuas de aquí y los que residen al otro lado del charco.  Este informe reveló lo que ya era un secreto a voces:  que más boricuas han emigrado en la pasada década hacia EEUU, que los que emigraron luego de la Segunda Guerra Mundial, esto es, a principios de la década de los años 50, en lo que los más jóvenes llegamos a conocer como la "guagua aérea".  Ello, en búsqueda de mejores condiciones u ofertas laborales o condiciones familiares.  Es un hecho, evidenciado en este informe, que hay 4.9 millones de puertorriqueños esparcidos por EEUU, versus los un poco más de 3 millones que habitamos en esta bendita Isla del mofongo, las alcapurrias y  del chichorreo de fin de semana.  Otro dato importante que se revela por el PRC es que los boricuas que han volao' la verja hacia el estado de Florida, predominantemente y luego hacia el estado de New York, nuestra mayor ciudad, tienen más educación formal que el resto de los hispanos que han emigrado allá.

Con este informe no ha quedado duda alguna de que la emigración de los médicos puertorriqueños no es distinta a la de los demás profesionales que han optado por irse de Puerto Rico.  Sin embargo, este dato incuestionable seguramente no detendrá a los dirigentes médicos ni impedirá el fuerte cabildeo de sus distintas organizaciones en la Asamblea Legislativa y en la Fortaleza, para procurar una legislación más restrictiva a los derechos de las víctimas de impericia médica y de la negligencia hospitalaria en Puerto Rico.  Anclados en la mendacidad del argumento, y que tan reciente como ayer fue una vez más vapuleado, seguirán estos buenos doctores buscando en su favor más privilegios.  Solo una legislatura valiente e informada podrá impedir su avance y detenerlos en seco.  Por el bien de todos los que han sido o serán pacientes en Puerto Rico, espero que la tengamos.


miércoles, 23 de abril de 2014

Supremo de Florida elimina topes en casos de impericia médica

El estado de Florida impuso en 2003 un tope a las compensaciones por daños no económicos para los casos de impericia médica, tal y como Puerto Rico ha querido hacer y copiar desde entonces.  El alegado razonamiento utilizado por la legislatura de ese estado para imponer los topes fue, al igual que el usado en otros estados, que, al hacerlo, ello iba a redundar en la disminución de las primas de seguros de los médicos que, entonces, andaban fuera de control.  Distinto a los topes paupérrimos que siempre han interesado los médicos y algunos legisladores imponer en nuestra Isla, la legislatura floridiana implantó en ese año un tope de $500 mil, por reclamante, para los daños no económicos.

En una decisión mayoritaria de mediados de marzo pasado, el Tribunal Supremo del estado de Florida invalidó prospectivamente los topes impuestos en 2003 por la legislatura estatal. Cinco de siete jueces votaron a favor de resolver que estos topes violentaban la cláusula de igual protección de las leyes, contenida en su constitución.  Una disposición similar está contenida en la nuestra.

Este caso trataba de la muerte de un paciente ocurrida por la impericia de uno o varios médicos.  Es muy posible que los abogados de los médicos demandados aleguen en el futuro que esta decisión solo aplica a casos donde haya ocurrido la muerte de un paciente y no otro tipo de daños, por severo que estos sean. Aunque así fuese y los tribunales les dieran la razón, en contra del mejor juicio, no hay duda que esta decisión del más alto foro judicial del estado de Florida representa un paso de avance en el sentido correcto. Los médicos de PR que estaban haciendo las maletas para ese estado deben pensarlo mejor, ya que, a partir de esta decisión, Florida dejó de ser un estado protector que los privilegiaba.

Los topes no deben existir ni deben ser impuestos a rajatabla. Los daños que los médicos y empleados de hospitales ocasionen por su negligencia deben ser justamente valorados y compensadas las víctimas.  Su imposición, tal y como resolvió ese tribunal no tenía razón de ser ni estaba vinculada, de forma alguna, con la volatilidad de las primas de seguro de responsabilidad profesional médica. Su imposición no responde a otra cosa sino a privilegiar y favorecer a los médicos y hospitales en perjuicio de las víctimas de impericia médica, el eslabón más débil.





viernes, 7 de marzo de 2014

Buenas noticias para las víctimas de impericia medica y la negligencia hospitalaria

Regresando de unas semi largas vacaciones fuera de Puerto Rico, múltiples han sido las felicitaciones por haber obtenido una sentencia en favor de una joven madre y su hijo, en un caso de impericia médico-hospitalaria que ha dado mucho de qué hablar entre los miembros de nuestra profesión y de la profesión médica. Visitando las redes sociales, me he percatado que muchísima gente, ajena a la abogacía y a la medicina, también la han comentando insistentemente.

Aunque fue notificada luego, la sentencia fue dictada el pasado 27 de enero por una jueza en contra del gobierno, por la negligencia de unas enfermeras, empleadas de su Departamento de Salud y en contra de una compañía de terapia respiratoria, contratada para dar servicios en el Hospital Universitario Pediátrico del Centro Médico.  Ya antes, la Universidad de Puerto Rico había transigido con la parte demandante la negligencia de varios de sus empleados médicos, según concluyó la propia sentencia.

La gran importancia de esta sentencia realmente no es lo que se pueda o no cobrar luego de un tedioso y largo proceso legal.  Poquísimo, en comparación con los daños catastróficos que los demandados causaron al niño y a su madre. Por un lado, priman los paupérrimos y anacrónicos topes mandatorios a las compensaciones incluidos en la ley de pleitos contra el estado, que, a estas alturas, muchos entendemos son inconstitucionales.  Por el otro, la compañía privada, desafortunadamente, carece de un seguro de negligencia profesional que pueda cubrir los daños probados en este caso en contra de uno de sus empleados.  La muy bien estructurada y fundamentada sentencia del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan, en mi humilde opinión, llega en un momento oportuno, a tiempo de salvar muchas vidas que puedan llegar a nuestras instituciones hospitalarias, contrario a otras que, en el pasado, han quedado destrozadas.  Este caso y su dictamen deja al descubierto unas cuantas prácticas inapropiadas dentro de una institución hospitalaria importante en nuestro país, que probablemente han prevalecido por muchos años sin que nadie se dignase a corregirlas.

Hay que decir que esta sentencia no sienta un precedente judicial.  Sin embargo, a mi juicio, es importante en cuanto al tema de la valoración del daño, por el carácter disuasivo que puede tener en los dictámenes judiciales que se dicten en el futuro en Puerto Rico.  No recuerdo, y los abogados que he preguntado  tampoco recuerdan, otra sentencia en el pasado en la cual se hayan concedido $5.1 millones a las víctimas de la negligencia médico-hospitalaria, como se concedió en ésta.  Entre otros renglones, en cuanto a los daños físicos sufridos por el niño en estado comatoso de por vida, éstos se valoraron en $1 millón, mientras los sufrimientos y angustias mentales de su madre fueron valorados por el tribunal en otro millón de dólares. Para los que no hayan leido la noticia, ésta fue reseñada tanto en Noticel como en El Nuevo Día, el 17 de febrero pasado.

Naturalmente, todos en nuestra oficina nos sentimos muy orgullosos de este triunfo judicial obtenido en favor de nuestra cliente Tania Rosario Domínguez y de su pequeño hijo Andrew.  No es para menos.  Conoce la madre y su familia que el camino tortuoso que comenzó cuando le inflingieron los daños catastróficos a Andrew es largo y no ha terminado. Sabe que nada de lo que ha pasado o pase en el futuro le restituirá el estado a su hijo, como era antes de octubre de 2009.  Está consciente que, por el estado de derecho en Puerto Rico, no cobrará los millones de dólares que le concedieron a ella y a su hijo en daños. Sin embargo, Tania es una madre luchadora que cuenta con todo el sostén de su familia y de todas las personas que la conocen y que son solidarias con su lucha, incluyendo a todo el personal de nuestra oficina, de quienes ha obtenido, de forma ilimitada, todo el apoyo profesional.

Agradecemos, por último, a todos los colegas y amigos que han deseado enhorabuenas de manera sincera. Sé ademas, que muchas personas sienten, como yo, que este granito de arena que se ha puesto con este caso implica un paso gigantezco en la valoración del daño, en favor de las víctimas de impericia médica y de negligencia hospitalaria, que siempre lo necesitan.