Aunque fue notificada luego, la sentencia fue dictada el pasado 27 de enero por una jueza en contra del gobierno, por la negligencia de unas enfermeras, empleadas de su Departamento de Salud y en contra de una compañía de terapia respiratoria, contratada para dar servicios en el Hospital Universitario Pediátrico del Centro Médico. Ya antes, la Universidad de Puerto Rico había transigido con la parte demandante la negligencia de varios de sus empleados médicos, según concluyó la propia sentencia.
La gran importancia de esta sentencia realmente no es lo que se pueda o no cobrar luego de un tedioso y largo proceso legal. Poquísimo, en comparación con los daños catastróficos que los demandados causaron al niño y a su madre. Por un lado, priman los paupérrimos y anacrónicos topes mandatorios a las compensaciones incluidos en la ley de pleitos contra el estado, que, a estas alturas, muchos entendemos son inconstitucionales. Por el otro, la compañía privada, desafortunadamente, carece de un seguro de negligencia profesional que pueda cubrir los daños probados en este caso en contra de uno de sus empleados. La muy bien estructurada y fundamentada sentencia del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan, en mi humilde opinión, llega en un momento oportuno, a tiempo de salvar muchas vidas que puedan llegar a nuestras instituciones hospitalarias, contrario a otras que, en el pasado, han quedado destrozadas. Este caso y su dictamen deja al descubierto unas cuantas prácticas inapropiadas dentro de una institución hospitalaria importante en nuestro país, que probablemente han prevalecido por muchos años sin que nadie se dignase a corregirlas.
Hay que decir que esta sentencia no sienta un precedente judicial. Sin embargo, a mi juicio, es importante en cuanto al tema de la valoración del daño, por el carácter disuasivo que puede tener en los dictámenes judiciales que se dicten en el futuro en Puerto Rico. No recuerdo, y los abogados que he preguntado tampoco recuerdan, otra sentencia en el pasado en la cual se hayan concedido $5.1 millones a las víctimas de la negligencia médico-hospitalaria, como se concedió en ésta. Entre otros renglones, en cuanto a los daños físicos sufridos por el niño en estado comatoso de por vida, éstos se valoraron en $1 millón, mientras los sufrimientos y angustias mentales de su madre fueron valorados por el tribunal en otro millón de dólares. Para los que no hayan leido la noticia, ésta fue reseñada tanto en Noticel como en El Nuevo Día, el 17 de febrero pasado.
Naturalmente, todos en nuestra oficina nos sentimos muy orgullosos de este triunfo judicial obtenido en favor de nuestra cliente Tania Rosario Domínguez y de su pequeño hijo Andrew. No es para menos. Conoce la madre y su familia que el camino tortuoso que comenzó cuando le inflingieron los daños catastróficos a Andrew es largo y no ha terminado. Sabe que nada de lo que ha pasado o pase en el futuro le restituirá el estado a su hijo, como era antes de octubre de 2009. Está consciente que, por el estado de derecho en Puerto Rico, no cobrará los millones de dólares que le concedieron a ella y a su hijo en daños. Sin embargo, Tania es una madre luchadora que cuenta con todo el sostén de su familia y de todas las personas que la conocen y que son solidarias con su lucha, incluyendo a todo el personal de nuestra oficina, de quienes ha obtenido, de forma ilimitada, todo el apoyo profesional.
Agradecemos, por último, a todos los colegas y amigos que han deseado enhorabuenas de manera sincera. Sé ademas, que muchas personas sienten, como yo, que este granito de arena que se ha puesto con este caso implica un paso gigantezco en la valoración del daño, en favor de las víctimas de impericia médica y de negligencia hospitalaria, que siempre lo necesitan.
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